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CNO - Acuerdo 438 de 2008

CNO - Consejo Nacional de Operación

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Detalles

Título
CNO - Acuerdo 438 de 2008
Autor
CNO - Consejo Nacional de Operación
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Servicios Públicos
Año
2008

CONSEJO NACIONAL DE OPERACIÓN

CNO

ACUERDO No 438

Noviembre 06 de 2008 Por el cual se modifica la lista de firmas de ingeniería con experiencia en construcción o interventoría de proyectos de generación de energía eléctrica El Consejo Nacional de Operación en uso de sus facultades legales, en especial las conferidas en el Artículo 36 de la Ley 143 de 1994, el Anexo general de la Resolución CREG 025 de 1995 y según lo aprobado en la Reunión No 279 de noviembre 6 de 2008 y,

CONSIDERANDO

1. Que el artículo 10 de la Resolución CREG 061 de 2007 establece: "Las firmas que van a practicar las auditorías nuevas o especiales, a las que hace referencia la Resolución CREG 071 de 2006 o aquellas normas que la modifiquen, adicionen o sustituyan y el Reglamento de Garantías, deberán ser seleccionadas de la lista de firmas de ingeniería con experiencia en construcción o interventoria de proyectos de generación de energía eléctrica, que adopte el Consejo Nacional de Operación -CNO-mediante Acuerdo, que deberá ser expedido a más tardar un mes después de la entrada en vigencia de esta resolución. El CNO podrá mediante Acuerdos posteriores modificar el listado de firmas auditoras autorizadas.

El ASIC podrá sugerir firmas de ingeniería que cumplan los requisitos mencionados, para que el CNO las considere al elaborar el listado.”

2. Que la Resolución CREG 071 de 2006 prevé en el numeral 1.5 del Anexo 1 la Contratación de la Auditoría para plantas o unidades de generación nuevas o especiales.

el listado.”

2. Que la Resolución CREG 071 de 2006 prevé en el numeral 1.5 del Anexo 1 la Contratación de la Auditoría para plantas o unidades de generación nuevas o especiales.

3. Que el Consejo Nacional de Operación CNO expidió el Acuerdo 405 del 30 de agosto de 2007 por el cual estableció la lista de firmas de ingeniería con experiencia en construcción o interventoria de proyectos de generación de energía eléctrica para las auditorías para la construcción de plantas o unidades de generación nuevas o especiales y las instaladas que vayan a ser repotenciadas.

4. Que el Comité de Operación en su reunión 179 recomendó al Consejo Nacional de Operación mediante concepto CO-105 incluir

ACUERDO 438

1CONSEJO NACIONAL DE OPERACIÓN CNO en la lista nombres de firmas internacionales de ingeniería con experiencia en construcción o interventoria de proyectos de generación de energía eléctrica en los términos del artículo 10 de la Resolución CREG 061 de 2007.

5. Que el Comité Legal, tal como consta en el Acta de Reunión 52 del 20 de octubre de 2008, recomendó al Consejo Nacional de Operación, CNO, incluir en el texto del Acuerdo por el que se elabora la lista de firmas de ingeniería con experiencia en construcción o interventoria de proyectos de generación de energía eléctrica, que estas estarán sometidas a las causales de inhabilidad e incompatibilidad y conflicto de interés que defina el administrador de la subasta en los términos de referencia.

ACUERDA: PRIMERO. Establecer la siguiente lista de firmas de ingeniería con experiencia en construcción o interventoria de proyectos de

e incompatibilidad y conflicto de interés que defina el administrador de la subasta en los términos de referencia.

ACUERDA: PRIMERO. Establecer la siguiente lista de firmas de ingeniería con experiencia en construcción o interventoria de proyectos de

generación de energía eléctrica:

Firmas Nacionales: Integral

Ingetec Compañía Colombiana de Consultores Estudios Técnicos Consultores Unidos Aene S.A. Sedic Inelectra Gómez Cajiao

10. Ponce León

11. Lee € Infante

12. HMV

Firmas internacionales: Altimec

Black 8: Veatch Klohn Crippen Berger Montgomery Watson Harza Engineering Company - MWH R.W. Beck

ACUERDO 438

2CONSEJO NACIONAL DE OPERACIÓN CNO Parágrafo: Estas firmas estarán sometidas a las causales de inhabilidad e incompatibilidad y conflicto de interés que defina el administrador de la subasta en los términos de referencia. SEGUNDO. El CNO podrá mediante Acuerdos posteriores modificar la lista de firmas de ingeniería con experiencia en construcción o interventoria de proyectos de generación de energía eléctrica de que trata el artículo 10 de la Resolución CREG 061 de 2007. TERCERO. El presente Acuerdo rige a partir de la fecha de su expedición y deroga el Acuerdo 405. El Presidente, El Secretario Técnico, 1]

Y Y/O DÍ

HE Í RTÍNEZ ALBERTO OLARTE AG

ACUERDO 43:

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