CNO - Acuerdo 530 de 2011
CNO - Consejo Nacional de Operación
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Detalles
- Título
- CNO - Acuerdo 530 de 2011
- Autor
- CNO - Consejo Nacional de Operación
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Servicios Públicos
- Año
- 2011
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CONSEJO NACIONAL DE OPERACION
CNO ACUERDO No. 53O Abril 7 de 2OLl Por el cual se actualiza la lista de firmas que pueden ser seleccionadas para las auditorías de la construcción de plantas o unidades de generación nuevas o especiales El Consejo Nacional de Operación en uso de sus facultades legales, en especial las conferidas en el Artículo 36 de la Ley 143 de 1994, el Anexo general de la Resolución CREG 025 de 1995, su Reglamento Interno y según lo aprobado en la Reunión No. 343 de 7 de abril de 2011 y,
CONSIDERANDO
1. Que de conformidad con lo previsto en el artículo 10 de la Resolución CREG 061 de 2007, el Consejo Nacional de Operación expidió el Acuerdo 405 del 30 de agosto de 2007, "Por el cual se presenta la lista de firmas de ingeniería con experiencia en construcción o interventoría de proyectos de generación de energía eléctrica para las auditorías para la construcción de plantas o unidades de generación nuevas o especiales y las instaladas que vayan a ser repotenciadas", el cual fue derogado por el Acuerdo 438 del 6 de noviembre de 2008 "Por el cual se modifica la lista de firmas de ingeniería con experiencia en construcción o interventoría de proyectos de generación de energía eléctrica. " 2, Que mediante el artículo 1 de la Resolución CREG 075 de 2009 se modificó el artículo 10 de la Resolución CREG 061 de 2007 así: "Artículo 70. Firmas auditoras. Las firmas que practicarán las auditorías para la construcción de ptantas o unidades de generación
nuevas o especiales, a las que se refiere la Resolución CREG 071 de 2006 o aquellas normas que la modifiquen, adicionen o sustituyan y el Reglamento de Garantías, deberán ser seleccionadas de la lista de firmas de ingeniería con experiencia en construcción o interventoría de proyectos de generación de energía eléctrica, firmas de auditoría con personal que tenga experiencia especializada en construcción o interventoría de proyectos de infraestructura y firmas de ingeniería con experiencia en construcción o interventoría de proyectos de infraestructura energética, que adopte el Consejo Nacional de Operación-CNOmediante Acuerdo, que deberá ser expedido a más tardar un mes después de la entrada en vigencia de esta resolución. El CNO podrá mediante Acuerdos posteriores modificar el listado de firmas auditoras autorizadas. El ASIC podrá sugerir firmas de ingeniería o de auditoría que cumplan los requisitos mencionados, para que el CNO las considere al elaborar la lista.'
3. Que con base en lo previsto en el artículo 1 de la Resolución CREG 075 de 2009 que modificó el artículo 10 de la Resolución CREG 061 de 2007, el Consejo Nacional de Operación expidió el Acuerdo 454 dejulio 13 de 2009.
4. Que mediante el Acuerdo 510 de 2010 se aclaró el Acuerdo 454 de 2009, señalando que la firma Deloitte Asesores y Consultores Ltda. es la empresa con experiencia en construcción o interventoría de proyectos de generación de energía eléctrica y de auditoría con personal especializado en construcción o interventoría de proyectos de
infraestructura, y no la firma Deloitte & Touche Ltda. que era la que aparecía relacionada en el Acuerdo 454 de 2009. I
ACUERDO 530PI
CONSEJO NACIONAL DE OPERACION
CNO
5. Que el Comité Legal en su reunión No. 62 recomendó al CNO enviar una comunicación a las empresas que mediante Acuerdo integran las listas de firmas de auditoría, en el que se les realice un cuestionario de causales de inhabilidad, incompatibilidad o conflicto de interés.
6. Que en respuesta a dicha comunicación, las firmas HMV Ingenieros Ltda. e Integral S.4., manifestaron estar incursas en alguna de las causales de conflicto de interés con empresas de servicios públicos que actualmente desarrollan actividades de generación, transmisión, distribución o comercialización de energía eléctrica.
7. Que de otra parte, la sociedad Ponce de León y Asociados S.A. Ingenieros Consultores y AENE Consultoría S.A. se encuentran en proceso de liquidación, por lo cual no están en condiciones de ejercer su objeto social.
B. Que el Representante Legal de la firma USAENE LLC Sucursal Colombia solicitó mediante correo electrónico del 16 de febrero de 2011 ratificado mediante comunicación del 21 de febrero de 2011 (...)"participar sin contratiempos en los procesos que se adelantan en el sector de generación de energía, para los procedimientos de auditoría y/o pruebas y que están avalados de acuerdo a las determinaciones del C'N.O."
9. Que una vez surtido el procedimiento previsto en el Acuerdo 501 de 2010 "Por el cual
se adopta un procedimiento y se establecen los requisitos mínimos de las firmas de ingeniería o auditoras que integran las listas del Consejo Nacional de Operación", el Subcomité de Plantas Térmicas dio su recomendación técnica sobre la inclusión de la firma USAENE LLC Sucursal Colombia en la lista de firmas auditoras de la construcción de plantas o unidades de generación nuevas o especiales.
10. Que conforme a lo anteriormente expuesto, el Comité Legal recomienda expedir el presente Acuerdo por medio del cual se actualice la lista de firmas que practicarán las auditorías para la construcción de plantas o unidades de generación nuevas o especiales.
ACUERDA: PRIMERO. Establecer la siguiente lista de firmas de ingeniería con experiencia en construcción o interventoría de proyectos de generación de energía eléctrica y de auditoría con personal que tenga experiencia especializada en construcción o
interventoría de proyectos de infraestructura: Firmas Nacionales Ingetec S.A. Compañía Colombiana de Consultores S.A. Estudios Técnicos S.A. Consultores Unidos S.A. Sedic S.A. Inelectra Colombia S.A.S Gómez Cajiao y Asociados S.A. Lee e Infante Ltda. Pricewaterhouse Coopers Asesores Gerenciales Ltda, Deloitte Asesores y Consultores Ltda, 1. 2. 3. 4. 5. 6. 7. B, 9, 10.
ACUERDO 530
2CONSEJO NACIONAT DE OPERACION cNo
11. 12. Ernst & Young Ltda.
Crowe Horwath Colombia S.A. 1. 2 3. 4. 5. 6.
Firmas Internacionales : USAENE LLC Colombia
Altimec Black & Veatch Klohn Crippen Berger Montgomery Watson Harza Engineering Company - MWH R.W. Beck Parágrafo: Estas firmas estarán sometidas incompatibilidad y conflicto de interés que defina términos de referencia. las causales de inhabilidad e administrador de la subasta en los a el SEGUNDO. El Consejo Nacional de Operación podrá mediante Acuerdos posteriores modificar la lista de firmas que practicarán las auditorías para la construcción de plantas o unidades de generación nuevas o especiales a las que se refiere la Resolución CREG 071 de 2006, o aquellas normas que la modifiquen, adicionen o sustituyan y el Reglamento de Garantías. TERCERO. El presente Acuerdo rige a partir de la fecha de su expedición y sustituye el Acuerdo 454 de 2009 y 510 de 2010. El Secretario Técnico,
GARCIA VALENZ
ACUERDO 530
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