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CNO - Acuerdo 559 de 2011

CNO - Consejo Nacional de Operación

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Detalles

Título
CNO - Acuerdo 559 de 2011
Autor
CNO - Consejo Nacional de Operación
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Servicios Públicos
Año
2011

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COI{SEJO NACIOI\AL DE OPERACIÓN

CNO ACUERDO No. 559 21 de noviembre de 2O11 Por el cual se aprueba la ampliación del plazo para la realización de las pruebas del factor de conversión de las Centrales Hidroeléctricas La Esmeralda y San Francisco El Consejo Nacional de Operación en uso de sus facultades legales, en especial las conferidas en el Artículo 36 de la Ley 143 de Lgg4, el Anexo general de la Resolución CREG 025 de 1995, su Reglamento interno y según lo aprobado en la reunión no presencial No. 356 de noviembre 1g de ZOL!, y

CONSIDERANDO

1. Que Central Hidroeléctrica de Caldas S.A. E.S.P. CHEC informó mediante comunicación del 4 de noviembre de 2011, que la CHEC realizó las pruebas del factor de conversión de las unidades 1 y 2 de la central hidroeléctrica La Esmeralda y las unidades 1, 2 y 3 de la central hidroeléctrica San Francisco el 17 de enero y el 18 de enero de 2006 respectivamente,

2. Que de acuerdo a lo previsto en el numeral 9 del Anexo 7 del Acuerdo 360 de 2006 "Las centrales filo de agua tal como están definidas en este protocolo estimarán su factor de conversión con una sola prueba. Dicho factor de conversión medido tendrá una vigencia de 5 años contados a partir de la ejecución de la prueba ó de la homologación. Para ejecutar la prueba no se

exigirá un nivel específico de agua en las estructuras de captación y/o conducción. "

3. Que de acuerdo con el numeral 10 del Anexo del Acuerdo 360 de 2006: "En el evento que una empresa prevea que por razones fuera de su control, no pudiese realizar las pruebas en el periodo de un año luego de vencida la vigencia de la curva disponible, deberá informar por escrito al Secretario Técnico del CNO, con una antelación de 30 días calendario a la finalización del plazo, las razones por las cuales no pudo completar la realización de las pruebas." y el cNo podrá ampliar por una vez el plazo para la realización de las pruebas hasta por un año utilizando los mismos niveles para los cuales no se pudo realizarla prueba.

4. Que teniendo en cuenta lo anterior y en la misma comunicación arriba mencionada, cHEc informó que "programó un mantenimiento mayor con desembalse durante los meses de Agosto y Septiembre para las plantas Esmeralda y San Francisco que incluía la recuperación de las tuberías d€ cargo de dichas Plantas, por lo que la realización de las pruebas de Factor de Conversión se programaron posteriores a esta fecha. El día 2L de septiembre de 2011 se presentó un trágico accidente que afectó la tubería de carga de la planta Esmeralda y que hasta el momento no ha permitido la utilización de la misma.

ACUERDO 559

ICONSEJO NACIONAL DE OPERACIÓN CNO Según lcls estudios realizados y las recomendaciones dadas por expertos, las reparaciones se extenderán hasta el mes de diciembre de 2011 y por lo tanto

estima realizar durante el mes de febrero de 2012 las pruebas del factor de conversión de la Central Hidroeléctrica La Esmeralda y San Francisco."

5. Que consultado el Subcomité Hidrológico y de Plantas Hidráulicas en su reunión 22L del9 de noviembre de 2011, dio su concepto favorable a la solicitud de la CHEC.

ACUERDA PRIMERO.- Ampliar hasta el 17 de enero y el 18 de enero de 2013 el plazo para la realización de las pruebas del factor de conversión de las Centrales Hidroeléctricas La Esmeralda y San Francisco respectivamente. SEGUNDO.- El presente Acuerdo rige a partir de la fecha de su expedición, El Presidente El Secretario Técnico, )' //.É ¿

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ACUERDO 559

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