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CNO - Acuerdo 660 de 2013

CNO - Consejo Nacional de Operación

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Detalles

Título
CNO - Acuerdo 660 de 2013
Autor
CNO - Consejo Nacional de Operación
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Servicios Públicos
Año
2013

/'

CONSEJO NACIONAL T}E OPERACION

CNO ACUERDO Ho. 660 l9 de diciembre de ?OtB Por el cual se actualiza la lista de firmas auditoras que pueden ser selecclonadas Para realizar la auditoría del Administrador del Sistema de Intercambios Cornerciales ASIC, Liquidador y Administrador de Cuentas l-AC y Transacciones Internacionales de Electricidad TIE El Consejo Nacional de .Operación en uso de sus facultades legales, en especial las csnferidas en el Artículo 36 de la Ley 143 de 1994, el Anáxo general de la Resolución CREC 025 de 1995, su Reglarnento Interno y según lo a|ordado en la reunión no presencial No. 405 del tB de diciembre ce zcir: y,

CONSIT}ERAHtrO

1. Que en la Resolución CRFG 155 de 2ü11 "Por la cual se define la auditor.ia al Centro Nacional de Despacho, CND, y al Liquidador y Administrador de Cuentas, Hü, y se dictan otras disposiciCInes" se prevé que se deherán realizar auditorías at ASIC o quien haga sus veces para evaluar la aplicación de la regulación a los aspectos de la liquidación y facturacióñ'de los cargos de la redei def Sistema Interconectado Nacicnal. 2" Que según la previsto en el aÉículo 6 de la Resolución CREG 1SS de 2011, el auditor para las auditorías del ASIC, TIE y tAC deberá ser seleccionado mediante

ylft'.oceso competitivo por la empresa que presta los servicios de CND, ASIC y LAC de la lista que elaboren de manera conjunta el cNo y el cAC. I'Qu el 11 de diciembre de 2013 la firma Ernst & Young 5AS solicitó at CNO y al CAC su inclusión en la lista de las firmas auditoras que pueden ser seleccionadaspara realizar la auditoría del Administrador del Sistema de lnfr.iroUiot Comerciales ASIC, Liquidador y Administrador de Cuentas t-AC y Transacciones Internacionales de flectricidad TIE.

4. Que en el artlculo segundo del Acuerdo 59ü del 7 de junio de 2012, For el cual se estableció la fista de firmas auditoras que puedeñ ser seleccionadas para realizar la auditcría del Administr.ador del Sisterna de Intercambios Comerciales ASIC, Liquidador y Administrador de Cuentas tAC y Transacciones Internacionales de Electricidad TIE se prevé que: "El Coniejo Nacional deOperación y el Comité Asesor de Comercialieación podrán meé¡ante Acuerdosposteriores modificar la integración de la lista de las firmas auditoras que podrán ser seleccionadas para la auditoría del Administrador del Sisterna de Intercambios

Comerciales ASIC, Liquidador y Administrador de Cuentas ¡¡C y Transacciones

Internacionales de Electricidad TIE de que trata la Resofución CREG 155 de Z01lo aquellas normas que la rnodifiquenr adicionen o sustituyan".

ACUERPO 660

1t

CONSEJO I-{ACIONAL NE OPERACIÓX

CNO

5. Que el C mité Asesor de Comercialización en su reunién 215 de diciernbre 12de ?013 decidió delegar en el Secretario del Comité Asesor de Comercialización tarevisión del cumplimiento de los requisitos de selección por pa¡te de la firmaErnst & Young gA5, conforme la solicitud recibida el día 11 de diciembre de 2013.y la inclusién en la lista de auditores del ASIC, HC y TIE's, una vez verificado elcumplimiento de dichos requisitüs.

6. Que de acuerdo con los requisitos aprobados por ef Consejo Nacional deOperación y el Comité Asesor de Comercializacién para la seleccion de las firmasauditoras que pueden ser seleccionadas pará realizar la "rO¡toiia JelAdministrador del Sistema de Intercambios Comerciales ASIC, Liquidador yAdministrador de Cuentas lÁC y Transacciones Internacionales de Électric¡dadTIE del Acuerdo 590 de ?012, la firma Ernst & Young SAS acreditó elcurnplimiento de los requisitos de selección.

JTCUERDA: PRII ERt): Actualizar la lista de firmas que pueden ser seleccionadas para laauditoría del Administrador del Sistema de Intercambios Comerciales ASIC,Liquidador y Administrador de Cuentas t-AC y Transacciones Internacionales deElectricidad TIE así: - Frice llfaterhousecoopers Asesores Gerenciales l-tda.- Gestión Futura Revisores Fiscales Ltda.

  • BDO Audit S.A.
  • OR Better Consultores Ltda. ' Deloitte Asesores y Consultores Ltda. ' HLB FAST & ABS Auditores y csnsultores LTDA.
  • Paez Asociados y Compañía SAS
  • KPlvlG Advisory Services Ltda. - Ernst & Young SAS Parágrafo: Estas firmas estarán sometidas a las causales de inhabilidad eincompatibilidad establecidas en la Ley y de conflicto de interés qü; O"nri Xn¡S.A. E.S.p. en los términos de referencia del proceso de selección. En caso desobrevenir alguna de las causales de inhabilidad, incompatibilidad o conflicto deinterés, con posterioridad a fa celebración del contrato de auditoría, la firmaauditora estará obligada a comunicarlo al contratante dentro de los diez (10) díascalendario siguientes al momento en que se configure cualquiera de talescausafes.

En ,caso que la firma auditora incumpla con esta obligación de información, elCNO y el CAC evaluardn y determinar.án si hay lugar a la exclusión de la niiauditora de la lista del presente Acuerdo.

ACUTRDO 660 zCüNsEJo nAC:IoNAt DE OFERACIóN CNO .$EGUItttrOl €l Consej,o lllacio.r¡al' :de Operación y el Comité Asesór deCor¡ercialización 'Bodriil'r mgdiante Acueidoi ,posteriores rnodificrr' lu inrii"oiinde la lista .de. lag firraas .suditoras quel p-odrán ser seleccionadas p.ara la aüO¡toiiadel Administr¿dor del Sisteml,Ae inteicambios Cornerciales nSíi, Liquidador yAdministrador de Cuentas l-Ac y Transacciones Internac¡onales i"-ii"rüijroTIE {e nue trata la Resolución CREG 1,55 de 2011 o aguellas norrnas: ,gue larnodifiguenr adicionen o sustituyan.

TERGERO: ,€l presente AcryI{! rige, fl pñrt'il. de la fecha de su expedición ysustituye el Acuerdo Sg0 de 2012.

El Presidente H Sec-retario Técnico, r ,./tf o/É/ (fERro

oLARTEAGuTRREVJULIAN CADAVID VELAsQUEZ

660 3

ACUERDO

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