CNO - Acuerdo 666 de 2014
CNO - Consejo Nacional de Operación
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Detalles
- Título
- CNO - Acuerdo 666 de 2014
- Autor
- CNO - Consejo Nacional de Operación
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Servicios Públicos
- Año
- 2014
CONSEJO NACIONAL DE OPERACION
CNO
ACUERDO No. 666
Febrero 6 de 2014 For el cual se establece la integración del Comité de Distribución para el año 20L4 El Consejo Nacional de Operación en uso de sus facultades legales, en especial fas conferidas en el Aftículo 36 de la Ley 143 de L994, su Reglamento Interno y f o aprobado en su reunión No. 408 del 6 de febrero de 20L4 y , CONSIDERANDO: 1. eue de acuerdo con lo p¡evisto en el artículo segundo del Decreto 2238 de 200Ó : "Serán invitados a las' sesiones de los Comités y Subcomités del Conseio Nacionat de Operación, et Superintendente Delegado de Energía Y Gas de la Superintendencia de Senticios Públicos Domiciliarios, el Director de Energía del m¡n¡sterio de Minas y Energía y el Director de la IJPME, quienes serán invitados permanentes a las sesiones y poQrán delegar su participagión en las mismas.'parágrafo: la participación en /asl ses lones de los Comités y Subcomités del Corlígo_ tt,1gionat de'Onerag!ón .pollpa.rte de los anteriores funcionarios, será con voz pero sn voto y atendiendo l4t funciones legales y reglamentarias que se encuentran en cabeza de cada enti\ad." I z. eue de acuerdo con el numeral lrs.2 del Acuerdo 499 de 2010 "El Comité de Disiribución estará integrado (¡) pclr un representante, con voz y voto, de cada
una de las empresas que tienenl asiento en el CNO, (i¡) por el número de empresas distribuidoras que detelmine el CNO mediante Acuerdo y (jii¡ por ¡niltados que deberán ser especiafistas en los temas asignados al Comité. Como invitados participarán el Superintefidente Delegado de Energía y Gas, el Director de Energía det Ministerio de Minas' y Energía y el Director de la UPME o quienes ellos deleguen, en los términos del Decreto 2238 de 2009."
3. Que con el fin de cubrir un mayor porcentaje de demanda nacional, es conveniente seguir considerando otras empresas encargadas de la distribución para que hagan parte del Comité de Distribución, lo cual es importante para los opjetivos y tareas de este Comité y del CNO, incluyendo las actividades de distribución de las empresas integradas verticalmente.
ACUERDA: ARTICULO PRIMERO: El Comité de Distribución del consejo Nacional de Operación para et año 29,L4 estará conformado de la siguiente manera: CODENSA S.a. E.s.p., LA coMpnñÍn ENERGÉTICA DEL ToLIMA s.A. E.s.P. - ENERTOLIMA,
ELECTRICARIBE S.A. E.S.p., EMPRESAS MUNICIPALES DE CALI E.I.C.E. E.S.P., EMPRESAS PUBLICAS DE MEDELLÍN S.A.. E.S.P., EMPRIqA DE ENERGIA DEL FÁüiilód s,q. E-s..p, g'¡FnÉ5Á oi ÉñrncÍn oe sovncÁ s.n. r.s.p., coMpnñÍn
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ICONSEJO NACIONAL DE OPERACION
CNO
ENERGÉTICA DE OCCIDENTE S.A. E.S.P., CENTRALES ELECTRICAS DE NORTE DE
SANTANDER, ELECTRIFICADORA DE SANTANDER S.A. E.S.P., ELECTRIFICADOM
DEL META S.A.E.S.P., ELECTRIFICADORA DEL HUILA S.A. E.S.P. y el
representante del CENTRO NACIONAL DE DESPACHO.
Parágrafo: El Director de Energía del Ministerio de Minas y Energía, €l Superintendente Delegado para Energía y Gas y el Director de la UPME o sus delegados son invitados permanentes al Comité de Distribución con voz Y sin voto.
ARTÍCULO SEGUNDO: El Representante Legal de cada una de las empresas seleccionadas para conformar el Comité de Distribución, deberá designar mediante comunicación escrita dirigida al Secretario Técnico del CNO, su representante principal y suplente ante el Comité, el cual tendrá voz Y voto.
PARÁGRAFO. Cada uno de los miembros principales tendrá un suplente que lo reemplazará en sus ausencias temporales o absolutas, con las mismas facultades y opligaciones del principal.
ARTICULO TERCERO: La anterior conformación sin perjuicio de que cualquiera de 'los miembros con voz y voto del CNO, previa comunicación dirigida al Secretario Técnico del CNO manifieste su interés de participar en este Comité.
ARTICULO CUARTO: El presente Acuerdo rige a partir de la fecha de su expedición y sustituye el Acuerdo 626 de 2013.
Elr Presidente, El Secretario Técnico, JULIAN vELASQUEZ
ACUERDO 666
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