CNO - Acuerdo 684 de 2014
CNO - Consejo Nacional de Operación
Descargar PDF
Disponible
Detalles
- Título
- CNO - Acuerdo 684 de 2014
- Autor
- CNO - Consejo Nacional de Operación
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Servicios Públicos
- Año
- 2014
/"
CONSEJO NACIONAL DE OPERACIÓX chlo
ACUERDO No. 584
Junio 5 de z0tl Por el cual se aprueba la ampliación del plazo para el reporte de losmodelos validados de los controles de generación de las centrales degeneración Río Amoyá la Esperanza y Jaguas El Consejo Nacional de Operación en uso de sus facultades legales, en especial las conferidas en el Artículo 36 de la Ley 143 de tgg4, el Rnexogeneral de la Resolución CREG 025 de 1995, su Regtamento Interno y se9ún lo aprobado en la reunión No. 416 del 5 de ¡unlo de 20 !4, y
CONSIDERANDO:
1. Que según el artículo sexto del Acuerdo 040 de 2013: "MODELAMIENTO DE IJNIDADES NI]EVAS Y SUS CONTROLES. LOS agentes generadores de las u n idades h id rá u licas y térm icas despachadas centralmente que entren en operación comercial en fechaposterior a la vigencia de este Acuerdo, deberán declarar los parámetros del generador y los modelos de los controles de generación antes de su entrada en operación comercial, en concordancia con to estabtecido en la reglamentación vigente. Adicionalmente en un plazo no mayor a g0 días calendario después de su entrada en operación comercial, deberán reportar al CND los parámetros validados de los generadores y los modelos validados de los controles asociados a las unidades de generación. "
2. Que según el artículo séptimo del Acuerdo 640:"vENCIMIENTT DE
PLAZOS. En el evento de que un agente generador no pueda cumplir con los plazos de entrega de la información establecidos en tos Artículos Segundo, Tercero, Cuarto, Quinto y Sexto del presente Acuerdo, deberá soliéitar la aprobación de la prórroga det mismo y presentar ta justificación correspondiente de tal situación ante el Subcomité de Estudios Eléctricos y et Comité de Operación, los cuales recomendarán o no al CNO la aprobación de ta solicitud de prórroga. De ser aprobada, et CNO emitirá et Acuerdo correspond iente. "
3. Que con base en lo anterior, ISAGEN S.A. E,S.P. envió mediante comunicación E-14-0006548 del LZ de mayo de 2OI4 al Consejo la solicitud de ampliación del plazo para el reporte de los modelos validados de los controles de generación de las centrales Río Amoyá la Espera nza Y Jaguas, en la que informa en el caso de la central de generación Río Amoyá la Espera nza, "si bien ISAGEN ha adelantado todas las gestiones con el fabricante de los equipos, no ha sido posible
ACUERDO 684
1CONSEJO NACIONAT DE OPERACIÓN CNO concertar las fechas de intervención de /os srsfe mas a modetar dado que el fabricante continúa realizando algunas intervenciones por garantía enlos mismos, y hasta tanto no se cuente con su aval, -no podrán realizarse las modelaciones soticitadas por el Acuerdo CNO 644., y ,,En el caso de la central Hidroeléctrica Jaguas, durante la puesta en serviciodel sistema de excitación de la unidad No. I a finales del año 2013, sepresentó un evento que afectó los equipos ya instalados siendonecesario reprogramar la modernización de la unidad No. 2 para el mes
de noviembre del año 2074, fecha en Ia cual solo podrán realizarse la validación de los modelos de tos nuevos controles."
4. Que por lo anterior, ISAGEN S.A. E.S.P. solicitó la ampliación de la entrega de los modelos validados de los controles de generación de la central H¡droeléctrica Río Amoyá la Esperanza antes del 28 de agosto de
20L5 y de la central Hidroeléctrica Jaguas antes del 30 de abril dé 2015.
5. Que el Subcomité de Estudios Eléctricos en su reunión 223 del 22 de mayo de 20L4 dio su concepto favorable a la solicitud de aplazamiento
de ISAGEN S.A. E.S.P.
5. Que el Comité de Operación en su reunión 248 del Zg de mayo de
20L4 recomendó la expedición del presente Acuerdo.
ACUERDA: PRIMERO.- Aprobar la ampliación del plazo para realizar el reporte los modelos validados de los controles de generación de la central generación Río Amoyá la Esperanza hasta el 28 de agosto de 2015.
SEGUNDO.- Aprobar la ampliación del plazo para realizar el reporte de los modelos validados de los controles de generación de la central Hidroeléctrica Jaguas hasta el 30 de abril de 2015. TERCERO.- El presente Acuerdo rige a partir de la fecha de su expedición. El Presidente, Ad-hoc El Secretario Técnico, ,4á.paf a{,s r nr o /ILARTE nc if nnr U de de /'
RESTREPO
ACUERDO 684
2