CNO - Acuerdo 693 de 2014
CNO - Consejo Nacional de Operación
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Detalles
- Título
- CNO - Acuerdo 693 de 2014
- Autor
- CNO - Consejo Nacional de Operación
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Servicios Públicos
- Año
- 2014
1',
CONSEJO NACIONAL DE OPERACION
CNO ACUERDO No. 693 6 de agosto de 2O14 Por el cual se aprueba la ampliación del plazo para el reporte de los modelos validados de los controles de generación de las unidadeS 1, 2 y 4 de la central Termopaipa El Consejo Nacional de Operación en uso de sus facultades legales, en especial fas conferidas en el Artículo 36 de la Ley 143 de L994, el Anexo general de la Resolución CREG 025 de 1995, su Reglamento Interno y según lo aprobado en la reunión No. 420 del 6 de agosto de 20L4, y
CONSIDERANDO:
1. Que según el aftículo sexto del Acuerdo 640 de 2013: "MODELAMIENTO DE TJNIDADES NLJEVAS Y SUS CONTROLES. Los agentes generadores de las unidades hidráulicas y térmicas despachadas centralmente que entren en operación comercial en fecha posterior a la vigencia de este Acuerdo, deberán declarar los parámetros del generador y los modelos de los controles de generación antes de su entrada en operación comercial, en concordancia con lo establecido en ta reglamentación vigente, Adicionalmente en un plazo no mayor a 90 días calendario después de su entrada en operación comercial, deberán reportar al CND los parámetros validados de los generadores y los modelos validados de tos controles asociados a las unidades de generación."
2. Que según el artículo séptimo del Acuerdo 640:'UENCIMIENTO DE PUZOS.
En el evento de que un agente generador no pueda cumplir con los plazos de
entrega de ta información establecidos en los Artículos Segundo, Tercero, Cuarto, Quinto y Sexto det presente Acuerdo, deberá solicitar la aprobación de la prórroga del mismo y presentar la justificación correspondiente de tal situación ante el Subcomité de Estudios Eléctricos y el Comité de Operación, los cuales recomendarán o no al CNO ta aprobación de la solicitud de prórroga. De ser aprobada, el CNO emitirá el Acuerdo correspondiente."
3. Que con base en lo anterior, GENSA S.A. E.S.P. mediante comunicación del 14 de julio de 2014, solicitó al Consejo y presentó en la reunión del Subcomité de Estudios Eléctricos la solicitud del aplazamiento de la entrega de los modelos validados de los controles de generación de las unidades L, 2 y 4 de ta central Termopaipa, con base en el plan de modernización de los sistemas de control de estas unidades; que incluye el cambio del turbogrupo de la unidad 1, del cambio de sistema de control turbina de la unidad 2 y el cambio del AVR de la unidad 4.
4. Que el Subcomité de Estudios Eléctricos en su reunión 225 del 17 de julio de
2OL4 dio su concepto favorable a la solicitud de aplazamiento presentada por
GENSA S.A. E.S.P.
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5. Que el Comité de Operación en su reunión 250 del 31 de julio de 2014 dio su concepto favorable a la solicitud de GENSA S.A. E.S. P. Y recomendó la
expedición del presente Acuerdo.
ACUERDA: PRIMERO.- Aprobar la ampliación del plazo para realizar el reporte de los modelos validados de los controles de generación de la unidad t hasta el 30 de agosto de 2016, de la unidad 2 hasta el 29 de febrero de 2016 y de la unidad 4 hasta el 31 de octubre de 2015 de la central de generación Termopaipa.
SEGUNDO.- El presente Acuerdo rige a partir de la fecha de su expedición. El Presidente El Secretario Técnico,
CADAVID VETASQUEZ
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