CNO - Acuerdo 752 de 2015
CNO - Consejo Nacional de Operación
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Detalles
- Título
- CNO - Acuerdo 752 de 2015
- Autor
- CNO - Consejo Nacional de Operación
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Servicios Públicos
- Año
- 2015
CONSEJO NACIONAL DE OPERACIÓN
CNO ACUERDO No, 752 7 de mayo de 2Ot5 Por el cual se establecen los requerimientos para la obtención y validaciónde parámetros del generador y los modelos del s¡stema de excatación.control de velocidad/potencia y estabilizadores de sistemas de potenc¡a delas un¡dades de generación del SIN, y se definen las pautas para laspruebas y reajustes de los controles de generación El Cons_ejo Nacional de Operac¡ón en uso de sus facu¡tades legales, en espec¡allas confer¡das en el Artículo 36 de la Ley 143 de 1994, el Anéxo cenerat de laResolución CREG 025 de 1995, su Reglamento Interno, y según lo acordado en lareunlón No. 743 del7 de mayo de 2015 y,
CONSIDERANDO
1. Que en el numeral 7.6 del Código de Operación de la Resolución CREG 025 de1995 se prevé que "E/ C/VD en cualquier momento puede sol¡citar a cualquierempresa generadora que cert¡f¡que los parámetros ut¡lizados en el planeam¡ento Operat¡vo con el f¡n de demostrar que cumple con los declarados.,'
2. Que en el numeral 3 del Anexo CO2 del Código de Operac¡ón se prevé que entr€ otras obligaciones los agentes generadores deben reportar al CND losmodetos que repTesentan los siguientes sistemas: S¡stema de Exc¡tación, Estab¡lizador de Potencia, Gobernador de Velocidad y Turbina. 3, Que de acuerdo con lo establecido en el numeral 13.1 del Código de Conexjón,los generadores deben proveer control de tensión y potencia reactiva, control defrecuencia mediante regulador de velocidad, estabil¡zación de potencia y
regulac¡ón secundaria de frecuencia con AGC.
4. Que el Acuerdo 526 de 2011 def¡ne los tipos de pruebas para ¡as pranras o unidades de generación que están autor¡zadas para desviarse, entre los que se encuentra: Estabi¡izadores de S¡stemas de potencia -pSS-, ajuste y/o verif¡cac¡ón de regulador de velocjdad de turbjna y ajuste y verificación dei regulador devoltaje o tensión.
5. Que los reguladores de velocidad/potenc¡a, los sistemas de excitación y estabilizadores de sistemas de potencia, son deteTminantes para Ia estab¡lidaá del SIN.
6. Que mediante el Acuerdo 552 de 2011 se establecieron los requerimientospara -los modelos, pruebas y ajustes de los controles de excitac¡ón, velocidad/potencla y estabil¡zadores de slstemas de potencia de las un¡dades degeneración del SIN y se definieron las pautas para el desarrollo de un plan Dilotoen algunas un¡dades del SIN.
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CONSEJO NACIONAL DE OPERACIÓN
CNO
7. Que med¡ante el Acuerdo 640 de 2013 se establecieron los requerlmientospara la obtención y validación de parámetros del generador y los modelos dels¡stema de excitac¡ón, control de veloc¡dad/potencla y estabil¡zadores de sistemasde potenc¡a de las unidades de generación del SIN, y se definen las pautas para las pruebas y reajustes de los controles de generación.
8. Que mediante el Acuerdo 738 del 5 de marzo de 2015 se adoptó un nuevoReglamento Interno del Consejo Nacional de Operación, en el que se establec¡ó
una nueva estructura organ¡zac¡onal, que ¡ncluye una estructura de operación y una estTuclura de apoyo.
9. Que en la estructura de operación se creó el Subcomité de Controles oue tieneentre otras, la función de "Real¡zar seguim¡ento al cumpl¡m¡ento de los Acuerdos asociados a los controles del SIN."
10. Que el comité de Operac¡ón en su reun¡ón 253 del 30 de abril de 2015 recomendó al CNO la exped¡ción de¡ presente Acuerdo.
ACUERDA PRIMERO. DEFINICIONES. Para el correcto entendim¡ento de este Acuerdo. se define: Parámetros vat¡dados de los generadores: son los parémetros del modelo delgenerador que perm¡ten representar su respuesta real a eventos en el s¡stema o pruebas de campo. Modelo val¡dadoi es el modelo matemático en el que se ha comprobado la capacidad de reproducir dentro de márgenes razonables el comportamiento del: Regulador de velocidad, Sistema de excitac¡ón y Estabil¡zador del Sistema de Potencia asociado, medlante la contrastac¡ón entre ensayos de campo o eventos reales,y la simulac¡ón de condiciones equivalentes.
Control de generación: es uno de los siguientes controles: regulador de velocidad / potencia, s¡stema de excitación, y estabilizador del sistema de potenc¡a asociado.
Estab¡l¡dad: es la característ¡ca de respuesta del sistema en la que se verifica que las señales de salida de los modelos validados son amort¡guadas en el t¡empo ante señales de entrada escalón, para los modos y condic¡ones operat¡vas
anal¡zadas. Modelo Establei es el modelo en el que se verifica que las señales de salida son amoftiguadas en el t¡empo ante señales de entrada escalón. para todos los modos y condic¡ones operativas analizadas. Acuerdo 752 2CONSEJO NACIONAL DE OPERACIÓN CNO Modelg t¡po 6 máqu¡na s¡ncrón¡cat es un modelo matemático de la máquinas¡ncrónica representado por 6 var¡ables de estado. Los modelos de orden superiorcont¡enen más de 6 var¡ables de estado y representan con mayor fldelidad elcomportam¡ento dinámico del generador.
Sbase: Potencia aparente base del generador, Normalmente aparente nominal en ¡4VA.
Vbase: Tensión base del generador. Normalmente es la tensión enen kV. fpn; Factor de potenc¡a nominal de¡ qenerador. es la potenc¡a bornes nominal la CV;.C€iling Voltage (Voltaje de Techo): es el límite que corresponde a ta máx¡may mín¡ma tensión de campo que puede alcanzar el sistema de excitacron.
OEL: Over Exc¡tat¡on L¡m¡ter (L¡m¡tador de sobre excitación).
UE¿: Under Excitation Limiter (Lim¡tador de sub excitac¡ón).
RCC: React¡ve Current Compensation (Compensación de corriente reactiva).
CCC: Cross Current Compensat¡on (Compensación de corriente cruzada).
V/Hz: L¡mitador de sobreflujo magnét¡co del generador. Limita la relación V/Hz.
SCL: Stator Current Limiter (Limitador de corriente del estator).
LPQ: es el l¡mitador de ángulo de carga del s¡stema de excitac¡ón.
SEGUNDO. PLAZO DE MODELAMIENTO DE LAS UNIDADES DE LA ETAPA T.Los agentes generadores deben suminjstrar al CND un informe con tosparámetros validados de los generadores y los modelos val¡dados de los controlesasoc¡ados a cada una de las unidades de generación1 de: San Carlos, M¡el I,Guavio, Paraíso, La Guaca, cuatapé, porce II, porce III, Chivor, Alto Anchicayá,Urrá, Termotasajero, Termocentro, unidades con turbinas de combus ón deTebsa.y Flores I. EI plazo para la entrega de este informe será hasta et 30 demayo de 2014. Se recomienda que la val¡dac¡ón de los parámetros del generador y sus controlesasoc¡ados, sea realizada en Ia herram¡enta ut¡lizada por el CND, s¡n embargodicha . valjdación puede presentarse en otras herram¡entas de simulaciénotnamtca.
PARÁGRAFO: A partir de la fecha de entrada en vigenc¡a del presente Acuerdo,los agentes generadores definirán un cTonograma dé traba¡o para la entrega delos modelos val¡dados, al cual se Ie hará seg¡im¡ento en el érupo de controles de Generac¡ón, y deberá estar sujeto al plazo máximo establecido en el presente antculo.
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CNO TERCERO. PLAZO DE MODELAMIENTO DE LAS UNIDADES HIDRÁULICAS DE LA.ETAPA 2. Los agentes generadores de las un¡dades hidráulicas exlstentes¡ despachadas centralmente, no mencionadas en el Artículo Segundo del presente Acuerdo, deben suministrar al CND un informe con los parámetros va¡idados delos generadores y los modelos validados de los controles asoc¡ados a las unidades de generaciónl. El plazo para la entrega de este ¡nforme será hasta el 31 de octubre de 2014. Se recomienda que la val¡dación de los parámetros del generador y sus controles asociados, sea real¡zada en la herramienta utilizada por el CND, sin embargo dicha validación puede presentarse en otras herramientas de simulacjén d¡námlca. PARÁGRAFO; A partir de la fecha de entrada en v¡genc¡a del presente Acuerdo, los agentes generadores definirén un cronograma de trabajo para la entrega de los mddelos validados, al cual se le hará seguimiento en el Grupo de Controles de Generaclón, y deberé estar sujeto al plazo máximo establecido en el pTesente art¡cu lo. CUARTO. PLAZO DE MODELAMIENTO DE LAS UNIDADES TÉRMICAS DE LA ETAPA 2. Los agentes generadores de las plantas térm¡cas existentes despachadas centralmente, a part¡r de 250 MW, plantas en ciclo combinado o plantas que cuenten con unidades térmicas a part¡r de 100 lvlw, y que no estén mencionadas en el Artículo Segundo del presente Acuerdo, deben sumin¡strar al
CND un ¡nforme con los parámetros validados de los generadores y los modelos validados de los controles asociados a las unjdades de generación1. El plazo para la entrega de este ¡nforme será hasta el 31 de octubre de 2014. Se recomjenda que la validac¡ón de los parámetros del generador y sus controtes asoc¡ados, sea real¡zada en la herramienta ut¡lizada por el CND, sin embargo dicha validación puede presentarse en otras herramientas de simulacién d¡námica.
PARÁGRAFO: A partir de la fecha de entrada en vigenc¡a de¡ presente Acuerdo, los agentes generadores definlrán un cronograma de trabajo para la enrrega oe los modelos val¡dados, al cual se le haré segu¡miento en el Grupo de controles de Generación, y deberá estar sujeto al plazo máximo establecido en el presente art¡culo.
QUINTO. PLAZO DE MODELAMIENTO DE LAS UNIDADES TÉRMICAS DE LA ETAPA 3. Los agentes generadores de las un¡dades térmicas existentes despachadas centralmente, no mencionadas en los Artículos Sequndo v Cuarto del presente Acuerdo, deben sum¡nistrar al CND un informe con ios parámetros validados de los generadores y los modelos validados de los controles asoctados a las unidades de generac¡ónl. El plazo para la entrega de este informe será hasta el 31 de enero de 2015.
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4CONSEJO NACIONAL DE OPERACIÓN CNO Se recomienda que la va¡¡dación de los parámetros del generador y sus controlesasociados? sea real¡zada en la herramienta util¡zada por el CND, sin embargodicha . validaclón puede p¡esentarse en otras herramientas de s¡mu¡aciónornamrca, con base en lo establecido en el Artículo Décimo Segundo del presente Acuerdo.
Acuerdo.
PARÁGRAFO: A partir de la fecha de entrada en vigencia del presente Acuerdo,los agentes generadores definirán un cronograma de trabajo para la entrega delos modelos validados, al cual se le haré seguimiento en el érupo de Controles deGeneración, y deberá estar sujeto al plazo máximo establecido en el presente articu lo.
SEXTO, MODELAMIENTO DE UNIDADES NUEVAS y SUS CONTROLES. Los agentes generadores de las unidades h¡dráulicas y térmicas despachadas centralm€nte que €ntren en operación comercial en fecha posterior a la vigencjade este Acuerdo, deberán declarar los parámetros del generador y los modelos delos controles de generación antes de su entrada en operación comerc¡al, enconcoTdancia con lo establecido en la reglamentación vigente. Adic¡onalmente enun plazo no mayor a 90 días calendarlo después de su entrada en operac¡ón comerc¡al, deberán reportar al CND los parámetros validados de los generadores y los modelos validados de los controles asoc¡ados a las unidades de gineración1. Se recomienda que la val¡dación de los parámetros del generador y sus controtes asociados, sea real¡zada en la herramienta util¡zada por el CND, sin embargo d¡cha validac¡ón puede presentarse en otras herramjentas de simulaci¿n d iná m ¡ca. SÉPTIMO. VENCIMIENTo DE PLAZOS. En el evento de que un agentegenerador no pueda cumplir con los plazos de entrega de la információn establecidos en los Artículos Segundo, Tercero, Cuarto, eu¡nto y Sexto delpresente Acuerdo, deberá solicltar la aprobación de la prórroga del mismo y
presentar la just¡ficac¡ón correspondiente de tal situac¡ón ante el Subcomité deControles y el Comité de Operac¡ón, los cuales recomendarán o no al CNO la aprobación de la sol¡c¡tud de prórroga. De ser aprobada, el CNO em¡tirá el Acuerdo correspond¡ente, Para todos los casos, el informe entregado por los agentes generadores debe contener como mínimo la información solic¡tada en el Anexó 1 del presente Acuerdo. 1 ^ . -L¡s Dodelos validados rcquetidos coRcsponden a: Reeulador de Velocidadporenci4 Sisle¡¡a do Excitación, y Estabili?¿do¡ del Sistem¿ de Pote¡cia aociadó
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5r CONSEJO NACIONAL DE OPERACIÓN CNO OCTAVO, -ACTUALIZACIóN DE MODELOS DE CONTROLES DEGENERACIóN. Los agentes generadores deberán actualizar los modetos de loscontro¡es de generación y enviar ar cND ra información de los modeios var¡dadosen los s¡guientes plazos y casos: . En un plazo no mayor a 30 días calendario después de que una unidad tengaun.cambio en u¡ control de generación (estabil¡zador del sistema de potenc¡a,sistema de excitac¡ón o regulador de velocidad/potenc¡a ). . Al menos una vez cada 5 años, a part¡r de ¡a recepción a sat¡sfaccton por parte del CND de la información de los modelos de controles validados, los agéntesgeneradores deben demostrar que los modelos entregados al CND continúansiendo válidos, med¡ante la realización de pruebas tipo escalón de pequeña
señal en las referencias del s¡stema de exc¡tac¡ón y el gobernador de velocidad / potenc¡a. Igualmente, se deben realizar pruebas paia comprobar la va¡idezde los modelos de los limitadores del s¡stema de exc¡tación y el pSS, en lasque se garantice la actuación de dichos d¡spositivos, Los agentes generadores deben envlar los datos que permitan reconstruir las curvas s¡mulada y real obtenidas durante las pruebas. Esta informac¡ón debeser enviada en formato de texto (.txt) con columna de t¡empo e ¡ndicando el nombre de las var¡ables y sus correspondientes unidades. Las pruebas que deben mostrar la validez de los d¡ferentes modelos, debenrealizarse en cond¡c¡ones de vacÍo y para tres niveles de carga de la unidad,máxima, media y mínima. Las pruebas son las s¡gu¡entes: . Escalón de pequeña señal (2%) en la tens¡ón de referencia del AVR, cony sin PSS. . Escalón de pequeña señal (50/o) en la frecuenc¡a de referencia del regulador de velocidad / potencia de la un¡dad. . Escalones en la tensión de referenc¡a del AVR que lleven hasta la actuación de los limitadores de sub y sobre-excitac¡ón del generador. Las curvas y los datos para reconstruir las curvas que deben ser env¡ados como min¡mo para ratif¡car la validez de los modelos, son ¡os correspond¡entes a las sjguientes variables: . Tensión en term¡nales. . Tens¡ón de campo. . Potenc¡a Activa. . Potencia Reactiva.
En caso de que se compruebe un comportamiento dlferente entre el modelo delgenerador o sus controles respecto a la respuesta real, los mode¡os deberán serajustados apropiadamente, para asegurar su val¡dez. En este caso el aqente Acuerdo 752 6t' CONSEJO NACIONAL DE OPERACION CNO tendrá 90 días calendario para entregar un nuevo ¡nforme ajustando los modelosque presentan diferencias. En todos los casos el CND env¡aré al agente una comunicación oflcial que certificala recepción a sat¡sfacc¡ón de la información de los mode¡os val¡dados, fecha a partlr de la cual se cuenta el periodo de 5 años para el nuevo reporte. NOVENO. ACTUALIZACIONES DE LOS PARÁMETROS DEL GENERADOR. LOS agentes deberán enviar al CND la jnformación de los parámetros validados delgenerador, en un tlempo no mayor a 30 días calendar¡o después de que una unidad tenga una modificación en la turbina, núcleos o bobinados del estator o del rotor, que afecten los parámetros físicos o eléctricos del con.iunto turbina -generador. El modelo del generador a ser usado y los parámetrós del coniunto turbina - generador sujetos a ver¡ficación son los relacionados en el Ariículo Dec¡mosegundo. DÉCIMO. ESTABILIDAD DE LOS MODELOS VALIDADOS. LOS AOENTES generadoTes deberán verificar ¡as condiciones de estab¡lidad de los módelos validados de los controles de generación asociados a sus unidades, en modo normal de operación (por ejemplo, modo potencia, modo frecuencja) baio las
siguientes condic¡ones: Con las un¡dades sincronizadas a la red: se evalúa la estabi¡¡dad de los modelos de los .controles de generación en condiciones de máxima, media vmtntma geneTac¡on. Operac¡ón en red a¡sladar Para Ias unidades hidráulicas debe ver¡ficarse también la estabilidad del generador en el modo de control por potencia, s¡mulando su operación en red aislada, util¡zando para ello el modelo validado del regulador de veloc¡dad y los parámetros val¡dados del generador. En el Anexo 2 se presenta la metodología propuesta para la real¡zacjón de estas pruebas, Se deben enviar al CND los resultados de las pruebas realizadas Dor el aoentepara verificar la estabilldad de las unidades s¡mulando su operación eñ red aislada. Una vez el CND reciba estos ajustes, el CND real¡zará estudios sistémicos para determinar el efecto en el control de frecuenc¡a de los m¡smos. En caso de que el CND encuentre inconvenientes los reajustes propuestos, acordará con el agente los parámetros que mejor convengan a la regulación de frecuenc¡a del sistema.
PARÁGRAFo: REAJUSTES DE REGULADoRES DE vELocIDAD PARA GARANTIZAR ESTABILIDAD EN STMULACIóN DE RED AISLADA, Todos los ajustes en campo de los reguladores de velocidad de unidades hidráulicas, ¡ncluyendo aquellos necesarios para cumpl¡r con los Teouer¡mientos de estabil¡dad en red a¡slada, deben realizarse en coordinación con el CND. La
Acuerdo 752 7r CONSEJO NACIONAL DE OPERACIÓN CNO evaluac¡ón del desempeño d¡námlco de estos ajustes, estará sujeta a las sigulentes consideraciones : . Una vez el agente realice el ajuste del regulador de velocidad en campo, ta unidad correspondiente no será objeto de verificación de la prestación efectiva del Servic¡o de regulac¡ón pr¡maria de frecuencia por parte del CND, durante un per¡odo de evaluación que corresponde al mayor enrre un mes o la ocurrenc¡a de los tres primeTos eventos que orig¡nen excursión dela frecuencia de¡ sistema por fuera de los límites normales de oDerac¡ón(59.BHz - 60.2H2). . Si durante este periodo de evaluación, se detecta que el ajuste de la un¡dad no responde adecuadamente a eventos de frecuenc¡a, el agente deberá ¡nformar al CND los nuevos parÉmetros que permitan cumplir simultáneamente con la estab¡lidad en simulación en red aislada y la _prestac¡ón del servicio de regulación pr¡maria. La cantidad de reaiustesposib¡es estará lim¡tada al per¡odo de evaluac¡ón defln¡do. . En caso de requer¡rse un reajuste de parámetros, el agente tendrá unplazo para estud¡ar y proponer al CND nuevos parámetros. Este plazo no será superior a 10 días hábiles a partir de la ocurrencia del Drimer evento en frecuencia donde se evidencie una inadecuada respuesta en regulaciónpr¡maria de la unidad. . Si durante el periodo de prueba definido no es posible encontrar un
reajuste con el que se obtenga estabil¡dad de la un¡dad en simulación de red a¡slada y adecuada respuesta en regulación pr¡maria, el agente deberá retornar los parámetros del regulador de veloc¡dad a sus va¡ores originales, . Si durante el periodo de prueba def¡nido se encuentra un reajuste con el que se obtenga estabilidad de la unidad en simulac¡ón de red aislada V adecuada respuesta en regulac¡ón primaria, el agente deberá mantenei operativos los nuevos parámetros del regulador de veloc¡dad encontrados. En cualquiera de los casos anteriores, una vez tTanscurrido el per¡odo de evaluación definido, la un¡dad correspondiente seré nuevamente objeto de la ver¡ficación de regulación primaria de frecuenc¡a, DÉcIMo PRIMERo. coNDIcIoNEs PARA REAJUSTE DE REGuLADoRES DE VELOCIDAD DE PLANTAS HIDRÁULICAS, En caso de ser necesario reajustar el regulador de velocidad para garant¡zar su estabilidad, los agentes generadores ceDen: . Realizar simulac¡ones util¡zando el modelo validado, para determinar los ajustes requeridos de forma que la unidad sea estable en s¡mulac¡ón de red aislada y cumpla con el serv¡cio de regulación pr¡maria. . Los nuevos ajustes deben ser ¡mplementados en el regulador de veloc¡dad para evaluar med¡ante pruebas en campo si la unidad responde adecuadamente a la prestación del servic¡o de regu¡ación pr¡maria, acorde con
lo establec¡do en la reglamentación v¡gente. Acuerdo 752 8I CONSEJO NACIONAL DE OPERACIÓN CNO . En caso de que los ajustes no resulten sat¡sfactor¡os, se deben reevatuaT tos mismos e ln¡ciar de nuevo el proceso mediante la verlficación de la estabilidad de la unidad en modo potencia, simulando su operación en red ais¡ada. . Una vez el agente generador implemente los reajustes definidos para el regulador de velocidad, se Tequiere realizar pruebas de AGC para las un¡dades que prestan dicho servicio, dado que las unidades pierden su elegib¡lidad cuando se realizan reajustes en los reguladores de velocldad. . En el Anexo 2 se presenta la metodología propuesta para la realización de las pruebas en simulac¡ón de red a¡slada, con el objetivo de garantizar su estab¡lidad. DÉcrMo SEGUNDo. pARÁMETRos REeuERrDos DEL GENERADoR. Deben determinarse los parámetros del modelo del generador que mejor representen la dinámica del mismo, considerando un modelo de máqulna s¡ncrónica t¡po 62 o supenoT. Como mínimo se deben determ¡nar, a través de pruebas en s¡t¡o, los siguientes parámetros; Reactancia sincrónica de eje directo (xd Ip.u.]) Reactancia transitor¡a de eje directo (x'd [p.u,]) Reactancia subtransitor¡a de eje d¡recto (x"d [p.u.])
Reactanc¡a sincrónica de eje de cuadratura (xq lp.ul) Reactanc¡a trans¡toria de eje de cuadratura (x'q Ip.u]) Reactancia subtransltoria de eje de cuadratura (x"q Ip.u]) Constante de t¡empo transitoria de eje d¡recto de circuito ab¡erto (t'do [s]) ConstAnte de t¡empo transltoria de eje de cuadratura de circu¡to abierto (t'qo [s]) Constante de tiempo subtransitoria de eje de cuadratura y de c¡rcuito abierto (t"qo [s]) Constante de inercia (H [s], con base en MVA y kV nominales del generador) Curva tabulada de saturación en vacío del generador (Corr¡ente de excitación Vs. Tensión Nominal en vacío ([p.u]) Tipo de rotor (polos sal¡entes, l¡so) Los parámetros refer¡dos y las bases ut¡lizadas para el cálculo en p.u. deberán ser reportados junto con los resultados y la metodología empleada para obtención de estos parámetros. (Sb¡se (MVA), Vb""" (kV), fp"). ' El modelo tipo 6 de la máquina sincrónica representado por 6 variables de estado corresponde al usado por la herr¿mienra de simulación utilizada por el CND segin [1]. La descripción detallada de este modelo, y
mod€los de orden superior se encuentra en [1], [2] y [3]. Acuerdo 752 9CONSEJO NACIONAL DE OPERACIÓN cNo Para def¡n¡r Ia validez del modelo del generador y sus parámetros correspondientes, la reproducc¡ón de las diferentes pruebas real¡zadas por elagente se hará en la herram¡enta de simulación d¡nám¡ca del CND. Los resultadosde las simulac¡ones serán comparados con los resultados de las DrueDas encampo y se aplicarán los índices de evaluac¡ón del Anexo 3 del presente Acuerdocon el fin de verif¡car la validez de los modelos. DÉcIMo TERCERo. ENTREGA DE REsuLTADos DE LAs PRuEBAS DEVALI,DACION DE LOS MODELOS DE LOS CONTROLES DE GENERACIóN YPARAMETROS DEL GENERADOR. El agente generador mediante comunicac¡ónoficial debe env¡ar al CND en med¡o magnét¡co la siguiente información: . Informe de resultados al CND, donde se describan la metodoloqía util¡zada.-las pruebas realizadas y los resultados obtenidos en el -oroceso dá validac¡ón de los modelos de control y los parámetros del generador. . Datos necesarios para reproducir los registros de prueDas y tas simulaciones en formato de texto (,txt), . Se recomienda entregar los modelos del generador y sus contro¡es asociados en la herramienta utillzada por el CND, sin embargo estospueden ser entregados en otras herramientas de simulación dinámica.
DÉcrMo cuARTo, REvrsróN DEL TNFoRME DE REsuLTADos DE LAs PRUEBAS DE VALIDACIóN DE LOS MODELOS DE LOS CONTROLES DE GENERACIóN Y PARÁMETROS DEL GENERADOR. Et ¡nforme entregado por el agente debe contener como mín¡mo la ¡nformación solicitada en el Anexo 1 delpresente Acuerdo. En caso de que el agente no pTesente la ¡nformación allí requer¡da, el CND le ¡nformará al agente dicha s¡tuación, para que este en un plazo de 30 días calendario contados a partir de recibida la comunicación, envíe alCND el informe incluyendo los datos faltantes. Si para la segunda entrega del informe, persiste la omisión de envío de información, esia situación será reportada al CNO. Asim¡smo, para evaluar ¡a cal¡dad de los modelos entregados por el agente, el CND ver¡ficará que ex¡sta correspondencia entre las curvas comparativas reales del sistema y las obtenidas con el modelo validado. teniendo en cuenta los índices de evaluación que se definen para estas curvas en el Anexo 3 delpresente Acuerdo. Para cumplir con los requerimientos de los modelos validados, el aqentegenerador debe reaiizar pruebas de validación en las que se pueda contraslar la respuesta del sistema real con ¡a simulada con el modelo obten¡do, En el Anexo 4 del presente Acuerdo, se presenta una guía de pruebas Tecomensaqas que pueden ser realizadas para verif¡car la val¡dez de los modelos de los controles de
Acuerdo 752 l0CONSEJO NACIONAL DE OPERACIÓN CNO generación, Lo anter¡or s¡n perjuicio de que puedan usarse pruebas d¡ferentes a ras presentadas. Para..las unidades hidráulicas, el modelo de turbina y conducciones debecons¡derar el efecto del acoplamiento hidráulico entre unidades oe una mtsma Planta. Independientemente de las pruebas que se rea¡icen sobre la un¡dad, las mismasdeben desarrollarse en condiciones de vacío y a potencias correspondientes almínimo técn¡co, un valor intermedio y su valor máximo, y deben considerarseperturbaciones en ¡as que se exciten las d¡námicas lineales y no lineales de losequipos modelados. Adic¡onalmente, el agente generador debe veriflcar que ex¡ste coherencia al comparar las curvas correspondientes del sistema real conlas del sistema sjmulado, util¡zando los modelos obtenidos. Una vez el CND recibaoficialmente el informe de resultados por parte del agente, el CND debe verif¡cardicha coherencia con base en los índ¡ces de comparación de curvas establecidosen el Anexo 3 del presente Acuerdo. Esta verif¡cac¡ón debe hacerse sobre almenos las sigu¡entes var¡ables: . Sistema de Exc¡tación: voltaje en terminales del generador y el voltaje de campo del generador (voltaje de campo de la excitatriz y ¡a corr¡ente de campo para las unidades sin escobillas) y potencia reactiva. . Func¡ones de lim¡tación y ampensación del sistema de excitaciónivoltaje en terminales del generador, potencia reactiva, y en caso de serposible se deben presentar las señales a la salida fís¡ca de los ljmitadores
{9E!, qEL, V/Hz, LPQ) y a la satida fÍsica de tas func¡ones de compensac¡ón (RCC, CCC/ SCL). Ad¡cionalmente se deben realizar pruebas para alcanzaT la tensión de techo (CV). El modelo debe ser capaz de reproducir la dinámica de los limitadores, las funciones de compensación v las tensiones de techo méxima y mínima del sistema de excitación. . Regulador .te Velocidad/ pofencia.. potencia activa del generador, apertura de agujas o de distribuidor y en caso de ser pos¡ble, pres¡ón en la tubería (unidades h¡drául¡cas) y apertura de válvulas (un¡dade; térm¡cas). . Estabilizador del Sistema de potencia: voltaje en term¡nales delgenerador, potencia activa y react¡va del generador, y en caso de serposible la señal de sal¡da física del estab¡lizador del sistema de Dotencia. Para las pruebas real¡zadas sobre el Regulador de Velocidad/potencia se deben tomar minimo 10 muestras por segundo hasta que se logre la estabilizac¡ón de la señal. Para las pruebas sobre el S¡stema de Excitac¡ón y Estabilizador del Sistema de Potencia, se requiere un mínimo de 100 muestras por segundo nasra que se logre la estabilización de la señal.
Adicionalmente, con el fin de evaluar el desempeño de los controles degeneraciónl ante modos de oscilación y determinar su d¡nám¡ca ¡nterna, se deben Acuerdo 752 l1CONSEJO NACIONAL DE OPERACIÓN CNO realizar barridos de frecuencia para cada uno de ellos, mínimo desde 0.01 Hzhasta 2 Hz, con una magn¡tud tal que no se exclten las dinámicas no lineales delgenerador y sus controles. para el AVR se recomienda inyectar esta frecuenciaosc¡latoria en la señal de referencia de tensión, y para el Regulador de Veloc¡dad,se recomienda hacerlo sobre la señal de referencia de velocidad. DÉcrMo eurNTo. EVALUACTóN DEL DEsEMpEño DE Los MoDELosVALIDADOS, Una vez el CND rec¡ba el informe completo¡ revisará tos modelosvalidados de los controles de generación a los que hace referencia el presente Acuerdo. Esta rev¡sión real¡zada en una herramienta de simulaclón d¡námicaincluirá la ver¡flcación de la estabil¡dad de los modelos. En caso de presentarse diferenc¡as entre la respuesta del modelo sum¡nistrado y el comportamiento real,teniendo en cuenta los requerimientos considerados en el Anexo 3 det DresenteAcuerdo, el CND informará tal situación al agente, para que se dé inicio a la revisión conjunta del modelo y si es necesario, real¡zar las resDectivas coTTecctones. En caso de que el agente deba realizar correcciones al modelo, tendrá un plazo de 60 días calendario contados a part¡r de la comunicación de¡ CND, Darapresentar nuevamente el modelo val¡dado y estable. S¡ este últ¡mo repoTte no
cumple con los cr¡terios establec¡dos y no ex¡ste una justificac¡ón técnjca adecuada, el CND jnformará tal situación al CNO. En caso de que el CND deba realizar coTrecciones al modelo ¡mplementado, tendrá un plazo de 15 días calendar¡o, para real¡zar nuevamenre tas verificac¡ones del modelo. El CND podré solic¡tar nuevamente pruebas de reajuste y val¡dación, cuanoo se presenten cond¡ciones d¡námicas de¡ sistema que requ¡eran reaiuste de los parámetros de los controles de generac¡ón. Estos reajustes serán iealizados en coordinación con el agente de conform¡dad con el Artículo Octavo del Dresente Acuerdo. DÉCIMo sExTo, RESuMEN DE PLAzos PARA EL cND Y Los AGENTES, En la sigu¡ente Tabla se Tesumen los plazos establecidos asociados al cumplim¡ento del presente Acuerdo respecto a la entrega de jnformes con tos modelos validados para los agentes generadores. Acuerdo 752
t2CONSEJO NACIONAL DE OPERACION
CNO Numeral Entrega de ¡nformes de resultados de las pruebas de val¡dac¡ón de los modelos de los controles de generación y de los parámetros del gen
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