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CNO - Acuerdo 770 de 2015

CNO - Consejo Nacional de Operación

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Detalles

Título
CNO - Acuerdo 770 de 2015
Autor
CNO - Consejo Nacional de Operación
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Servicios Públicos
Año
2015

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CONSEJO NACIONAL DE OPERACION

CNO ACUERDO NO. 77O 6 de agosto de 2015 Por el cual se aDrueba el Droced¡mlento de modificac¡ón de las listas de auditores y de personas autorizadas para emitir dictámenes técn¡cos EI Consejo Nacional de Operación en uso de sus facultades legales¡ en especial las conferidas en el Artículo 36 de la Ley 143 de 1994, el Anexo general de la Resoluc¡ón CREG 025 de 1995, su Reglamento Interno y según lo aprobado en la reun¡ón No. 440 del 6 de agosto de 2015, y

CONSIDERANDO:

1. Que el Consejo Nacional de Operación ha exped¡do por mandato regulatorio los s¡guientes acuerdos, por med¡o de los cuales se integran listas de auditores y de personas autor¡zadas para em¡tir d¡ctámenes técnicos: - Acuerdo 548 de 2011: Por el cual se establece la l¡sta de flrmas que pueden ser seleccionadas para la aud¡toría de todos los contratos y documentos de logística de abastecim¡ento entregados por los agentes generadores con plantas y/o un¡dades térm¡cas que tengan asignadas obl¡gaciones de energía en firme respaldadas con combustibles líqu¡dos. - Acuerdo 587 de 2OL2: Por el cua¡ se actual¡za la l¡sta de f¡rmas aud¡toras para la realización de las pruebas de consumo Térm¡co Específico Neto y capac¡dad Efect¡va 14ed¡a l'lultianual de las plantas Térmicas del Sistema

Interconectado Nacional. - Acuerdo 659 de 2013: Por el cual se actualiza la l¡sta de firmas auditoras que pueden ser selecc¡onadas para realizar la auditoría del Centro Nacional de Despacho CND. - Acuerdo 660 de 2013: Por el cual se establece la l¡sta de firmas auditoras que pueden ser selecc¡onadas para realizar la auditoría del Admin¡strador del S¡stema de Intercambios Comerciales ASIC, L¡quidador y Administrador de Cuentas LAC v Transacciones Internacionales de Electr¡cidad TIE. - Acuerdo 672 de 20I4i Por el cual se amplía la integración de la l¡sta de auditores de la información del esquema de calidad del servicio en los Sistemas de D¡str¡bución Local. - Acuerdo 674 de 2OI4i Por el cual se actualiza la lista de firmas auditoras que certificarán el rendim¡ento eléctrico equ¡valente (REE) de su proceso y el cumpl¡m¡ento de la producc¡ón mín¡ma de energía eléctr¡ca y térm¡ca de los cogeneradores nuevos y existentes. - Acuerdo 677 de 2O74i Por el cual se amplía la ¡ntegraclón de la lista de flrmas audltoras de las pruebas de potenc¡a react¡va, - Acuerdo 683 de 2014: Por el cual se actual¡za la llsta de f¡rmas auditoras para la determinación del Factor de Conversión de Plantas H¡dráulicas del S¡stema Interconectado Nacional.

ACUERDO 770

1CONSEJO NACIONAL DE OPERACION

cNo - Acuerdo 7O7 de 2O!4: Por el cual se actual¡za la integración de la llsta de f¡rmas ¡nterventoras de los proyectos de expansión que se ejecuten en los S¡stemas de Transmisión Regional STRS. - Acuerdo 727 de 2Dl5i Por el cual se ¡ntegra la llsta de personas autorizadas para em¡t¡r el d¡ctamen técnico de los contratos de suminlstro de Combustibles de origen Agrícola. - Acuerdo 748 de 20151 Por el cual se actual¡za la l¡sta de firmas que pueden ser seleccionadas para las auditorías de la construcción de plantas o unidades de generación nuevas o especiales, 2, Que se ut¡lizó el procedimiento general prev¡sto en el Acuerdo 501 de 2010 "Por el cual se adopta un proced¡mlento y se establecen los requ¡s¡tos mín¡mos de las firmas de ingeniería o auditoras que ¡ntegran las listas del Consejo Nacional de Operación" para la integración de las listas previstas en los siguientes acuerdos: Acuerdo 548 de 2011, Acuerdo 587 de 2012, Acuerdo 674 de 2OL4, Acuerdo 683 de 2074 y el Acuerdo 748 de 2015.

3. Que se h¡cieron convocatorias públicas en las que se defin¡eron los términos y condic¡ones que debían cumplir las personas naturales y/o juríd¡cas para la integrac¡ón de las l¡stas prev¡stas en los siguientes acuerdos: Acuerdo 659 de

2013, Acuerdo 660 de 2013, Acuerdo 672 de 2014, Acuerdo 677 de 2074, y el Acuerdo 721 de 2015.

4. Que la l¡sta prevista en el Acuerdo 7O7 de 2OL4 es el resultado del cumpl¡miento de los parámetros y cond¡c¡ones que la UPlvlE señala al CNO, de acuerdo con lo previsto en el artículo 26 de la Resolución CREG 024 de 2013 y será revisada por lo menos una vez al año ten¡endo en cuenta los comentar¡os que la UPME y la SSPD em¡tan sobre e¡ desempeño, calidad y experiencia de los interventores que integren la lista en menc¡ón.

5. Que la integrac¡ón de las listas prevlstas en los demás acuerdos del Consejo prevén que pueden ser modificadas con posterioridad a la expedición del m¡smo.

6. Que el Consejo Nacional de Operac¡ón en la reunión 439 del 2 de julio 2015 sol¡c¡tó al Comité Legal el anál¡sis de la mod¡flcac¡ón de las listas aud¡tores y de personas autor¡zadas para em¡tir d¡ctámenes técnicos.

7. Que el Comlté Legal en la reunión 88 del 28 de julio de 2015 recomendó al Consejo la formal¡zación de un procedimiento de mod¡ficación de las l¡stas de auditores y de personas autorizadas para emit¡r d¡ctámenes técnicos que de claridad al procedimiento que se debe seguir para solic¡tar el ingreso a cualquiera de las l¡stas del CNO, se forma¡ice una evaluación con cr¡ter¡os

técnicos y objetivos que garantice la idoneidad técnica de los integrantes de las l¡stas y demás procedim¡entos de modif¡cación que apliquen. ACUERDO 770 oe oeCONSEJO NACIONAL DE OPERACION cNo ACUERDA: PRIMERo,- Aprobar el procedimiento de modiflcación de las l¡stas de audltores y de personas autor¡zadas para emitir dictámenes técn¡cos, como se prevé en el Anexo del presente Acuerdo y hace parte integral del m¡smo. SEGUNDO.- El presente Acuerdo r¡ge a partir de la fecha de su expedición. El Pres¡dente (Ad Hoc), Secretar¡o Técn¡co,

LBERTO OLARTE AGUiRRE /LI,'n^ | LL

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WILMAN GARZON MMIREZ v4r ,12Á,/ l"

ACUERDO 770CONSEJO NACIONAL DE OPERACION

CNO N l ANEXO Procedimiento de modlficación de las l¡stas de aud¡tores y de personas autorizadas para em¡t¡r dictámenes técnicos La modlficación de las llstas de auditores y de personas autor¡zadas para em¡t¡r dictámenes técn¡cos implica el ingreso de una nueva persona natural y/o juríd¡ca a una lista particular y también el retiro de una persona natural y/o juridica que lntegra una lista prevlsta en un acuerdo vigente.

1. MODIFiCACIÓN POR SOLICITUD DE INGRESO 1.1 Una persona natural y/o jurídica podré solicitar €l ¡ngreso a una lista de

auditores y de personas autorizadas para em¡tir d¡ctámenes técnicos prev¡sta en un acueTdo vigente del Consejo, para lo cual deberá segu¡r el mismo procedim¡ento empleado por el CNO para la integrac¡ón de la lista. 1.2 Una vez la persona natural y/o juríd¡ca solic¡tante cumpla con el procedimiento prev¡sto para la integración de una lista prev¡sta en un acuerdo vigente, el Com¡té o Subcomité respectivo dará su concepto técnico y recomendará al Consejo la expedición de un acuerdo por el cual se apruebe el ¡ngreso del sol¡citante y se modif¡que la integrac¡ón de la lista.

PAMGRAFO: Este procedimiento apl¡ca para los casos de transformación, fusión o escisión de las personas jurídicas que ¡ntegran una l¡sta.

2. MODIFICACION POR RETIRO 2.1 EI Comité o Subcom¡té por competenc¡a temát¡ca es el responsable de la evaluación técn¡ca y objet¡va de las personas naturales y/o jurídicas que integran las llstas previstas en un acuerdo vigente. 2,2 Para la evaluación de las personas naturales y/o juríd¡cas que integran la lista prev¡sta en los acuerdos vigentes, el Comité o Subcomité recomendará al Consejo la deflnic¡ón por medio de un acuerdo del formato de evaluación de las personas naturales y/o jurídicas que ¡ntegran las l¡stas y la per¡od¡c¡dad de la evatuacron. 2.3 De acuerdo con la period¡c¡dad def¡nida por el Comlté o Subcomité, se

aplicará el formato de evaluación a los integrantes de la lista y se presentarán ¡os resultados del m¡smo al Com¡té o Subcom¡té respect¡vo. ACUERDO 770CONSEJO NACIONAL DE OPERACION CNO 2.4 Con base en los resultados de la evaluac¡ón, el Comité o Subcomité respectivo recomendará o no al Consejo el ret¡ro de la lista de una o más personas naturales y/o juríd¡cas que integran la l¡sta evaluada. 2.6 El Consejo dará traslado de los resultados de la evaluac¡ón del Comité o Subcomité a las personas naturales y/o jurídicas que ¡ntegran la l¡sta objeto de evaluación, ¡ndicándoles el tiempo con el que cuentan para dar respuesta a los resultados, s¡ así lo cons¡deran. 2.7 El consejo decidirá la expedlclón de un acuerdo por el cual se modif¡que la integrac¡ón de una l¡sta por retiro de una o varias de las personas naturales y/o juríd¡cas que la integran.

PARÁGMFo: La persona natural y/o jurídica exclu¡da de una lista del cNo no p¡erde la calldad de auditor, o persona autorizada para em¡tir dictámenes técnicos, respecto de los contratos en ejecución.

3. I,IODIFICACIÓN POR CAMBIO DE NOMBRE O RAZON SOCIAL 3.1 La persona jurídica ¡ntegrante de una l¡sta que modiflque su nombre o razón social sol¡citará al secretar¡o Técnico del consejo la mod¡ficación del acuerdo respectivo, para lo cual adjuntaré los documentos de existencia y

representación legal que acred¡ten tal sol¡c¡tud. 3.2 El asesor legal del Consejo anal¡zará los documentos presentados por el solicitante, de ser necesar¡o sol¡c¡taré aclaraciones a los mismos y dará su conceDto sobre la modif¡cación solicitada. 3.3 El concepto del asesor legal será presentado al Comité o Subcom¡té respectivo y estos darán su recomendación al Consejo.

4. MODIFICACIóN POR CAUSAL DE DISOLUCIóN Y LIQUIDACIÓN DE LA PERSONA 4.1 La persona jurídica integrante de una lista tiene €l deber de comun¡car al Secretario Técn¡co del Consejo s¡ ha ¡ncurrido en alguna causal de disoluc¡ón y liquidac¡ón, para lo cual deberá adjuntar los documentos que legalmente acred¡ten dicha causal. 4.2 El asesor legal del Consejo analizará los documentos presentados por el sol¡cltante, de ser necesar¡o sol¡c¡tará aclaraciones a los mismos y dará su concepto sobre la modlficación solicitada. 4.3 El concepto del asesor legal será presentado al Comité o Subcom¡té respectivo y estos darán su recomendac¡ón al Consejo.

ACUERDO 770

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