CNO - Acuerdo 800 de 2015
CNO - Consejo Nacional de Operación
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Detalles
- Título
- CNO - Acuerdo 800 de 2015
- Autor
- CNO - Consejo Nacional de Operación
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Servicios Públicos
- Año
- 2015
fl,r 1 CONSEJO NACIONAL DE OPERACION cNo Acuerdo No. 800 3l de octubre de 2015 Por el cual se cert¡fican las pruebas de estatismo y banda muerta de las unidades 1 y 2 de la central de generación Cucuana El Consejo Nacional de Operac¡ón en uso de sus facultades legales, en especial las confer¡das en el arlículo 36 de la ley l43 de 1994, el anexo general de la Resolución CREG 025 de 1995 y su Reglamento ¡nterno y según lo aprobado en la reunión no presencial número 452 del 31 de octubre de 2015 y,
CONSIDERANDO
1. Que de acuerdo con el artículo tercero de la Resolución CREG 023 de 2001 "Por la cual se mod¡fican y adicionan las disposiciones contenidas en la Resolución CREG-025 de '1995, apl¡cables al servicio de Regulac¡ón Primaria de Frecuenc¡a": 'Las un¡dades y plantas del Sisfema deóen garant¡zar el valor de estatismo declarado al Centro Nac¡onal de Despacho (CND). Se debe efectuar la prueba de estatismo espec¡f¡cada en el Numeral 7.5.2 Prueba de Estat¡smo con la per¡od¡c¡dad establec¡da y proced¡m¡entos establec¡dos pot el CNO."
2. Que med¡ante elAcuerdo 495 de 2010 se aprobaron los protocolos para la med¡ción de estatismo y banda muerta de las un¡dades y plantas de generac¡ón conectadas al SlN.
3. Que mediante elAcuerdo 747 de 2015 se actualizó elAcuerdo 495 de 2010 a la nueva estructura del CNO y se sustituyó.
4. Que en el artículo segundo del Acuerdo 747 de 2015 se prevé que "Las plantas y/o un¡dades de generac¡ón deberán acogerse a uno cualqu¡era de los protocolos aprobados m ed¡ante e ste Acu e rdo. "
5. Que mediante elAcuerdo 496 de 2010 se fijó la period¡cidad para la realización de las pruebas de estat¡smo y banda muerta efectuadas por las unidades y plantas despachadas centralmente.
6. Que mediante elAcuerdo 751 de 20'15 se actualizó elAcuerdo 496 de 2010 a la nueva estructura del CNO y se sust¡tuyó.
7. Que el artículo primero defAcuerdo 751 de 2015 prevé: "ln¡c¡ar a pañir del 31 de mayo de 2011 la peiod¡c¡dad de cuatro (4) años pan que los agente'6 real¡cen las pruebas de $tatbmo y banda muerta y el CNO val¡de la ut¡l¡zación del protocolo y verif¡que el cumpl¡m¡ento de la Resoluc¡ón CREG 23 de 2001.
Parágrafo 1: Las un¡dades y/o plantas nuevas ó aquellas que se re¡ncoryoren al S¡stema ó cambien el regulador de veloc¡dad en alguna de sua unidades, deberán rcalizar las pruebas de estat¡smo y banda muefta antes de entrcr en operación comerc¡al y acogerse
a la peiod¡c¡dad prev¡sta en este Acuerdo. Acuerdo 800
1CONSEJO NACIONAL DE OPERACION
CNO
8. Que EPSA S.A. E.S.P presentó en la reunión 57 del 30 de octubre de 2015 los resultados de las pruebas de estatismo y banda muerta de las unidades 1 y 2 de la central de generación Cucuana.
9. Que el Subcomité de Controles en la reunión 57 del 30 de octubre de 2015 verificó que las pruebas de estatismo y banda muerta de las unidades 1 y 2 de la central de generación Cucuana fueron real¡zadas de conformidad con lo dispuesto en los Acuerdos 747 y 751 de 2015.
10. Que el Com¡té de Operación recomendó la expedición del presente Acuerdo.
ACUERDA PRIMERO: Cert¡ficar que las pruebas de estat¡smo y banda muerta de las unidades 1 y 2 de la central de generación Cucuana que se presentan en elAnexo del presente Acuerdo que hace parle integral del mismo, fueron realizadas de conformidad con lo dispuesto en los Acuerdos 747 y 751 de 2015.
SEGUNDO: Incluir los resultados de las pruebas de estat¡smo y banda muerta de las unidades 1 y 2 de la central de generac¡ón Cucuana en el plazo de v¡gencia por cuatro (4) años que inició el 31 de mayo de 2015, de acuerdo con lo previsto en el articulo segundo delAcuerdo 764 de 2015
TERCERO: In¡ciar el pe odo de real¡zación de las pruebas de estatismo y banda muerta
por parte de las unidades 1 y 2 de la central de generación Cucuana a partir del 3'l de mayo de 2018 y hasta el 31 de mayo de 2019, cuyos resultados deberán ser presentados al Subcomité de Controles para que el Consejo Nac¡onal de Operación, val¡de la ut¡l¡zación del proiocolo y ver¡fique el cumplimiento de la Resolución CREG 23 de 2001, o la que la modif¡que o sustituya.
CUARTO: El presente Acuerdo r¡ge a part¡r de la fecha de su exped¡ción.
Pres¡dente, Secretar¡o Técnico, 2á--42.< dLBERfo oL RI E AGUTRREDIANA M. JIMENEZ RODRIGUEZ l' Acuerdo 800 2z Q rl|^n7. =r,(J z lt=az U