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CNO - Acuerdo 871 de 2016

CNO - Consejo Nacional de Operación

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Detalles

Título
CNO - Acuerdo 871 de 2016
Autor
CNO - Consejo Nacional de Operación
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Servicios Públicos
Año
2016

CONSEJO NACIONIAL DE OPERACION

CNO ACUERDO No. 871 5 mayo de 2016 Por el cual se aprueba la ampliación del plazo para el reporte de las pruebas de Factor de Conversión de la central Guavio El Consejo Nacional de Operación en uso de sus facultades legales, en especial las conferidas en el Artículo 36 de la Ley 143 de 1994, el Anexo general de la Resolución CREG 025 de 1995, su Reglamento Interno y según lo aprobado en la reunión No. 488 del 5 de mayo de 2016, y

CONSIDERANDO:

1. Que según el numeral dos del artículo noveno del Acuerdo 694:“En el evento que una empresa prevea que por razones fuera de su control, no pudiese realizar todas las pruebas durante los últimos dieciocho (18) meses de vigencia de la curva disponible, deberá informar por escrito al Secretario Técnico del CNO, con una antelación no menor a 60 días calendario a la finalización de la vigencia de la curva, las razones por las cuales no pudo completar la realización de las pruebas y el plazo requerido. El CNO, previo concepto del Subcomité Hidrológico y de Plantas Hidráulicas, podrá ampliar por una vez mediante Acuerdo, el plazo para la realización de las pruebas hasta por (1) un año. El agente deberá realizar las pruebas faltantes utilizando los mismos percentiles con los cuales se realizó la primera prueba.”

2. Que EMGESA presentó al Subcomité de Plantas y al Subcomité Hidrológico la solicitud de ampliación del plazo para el reporte de las pruebas de Factor de Conversión (FC) de la central Guavio al Subcomité Hidrológico, teniendo en

la solicitud de ampliación del plazo para el reporte de las pruebas de Factor de Conversión (FC) de la central Guavio al Subcomité Hidrológico, teniendo en cuenta que la única empresa en el país con la tecnología, capacidad técnica, experiencia y autorizaciones por parte del Estado, para el manejo del material radiactivo que requiere este tipo de procedimientos para la Central Guavio, no tenía vigente la licencia de manejo de material radiactivo al momento de realizar las pruebas de FC. Esta situación retrasó y evitó la realización de las pruebas, ya que el estado de las reservas, los aportes energéticos y la expectativa de uso del recurso hídrico cuando la firma experta renovó la licencia para el manejo del material radiactivo y EMGESA realizó su contratación, no cumplían las condiciones para la ejecución de las mismas. La nueva fecha solicitada es el 31 de mayo de 2017.

3. Que el Subcomité Hidrológico en su reunión 295 del 14 de abril de 2016, dio su concepto favorable a la solicitud de aplazamiento presentada por EMGESA

SA BSP.

4. Que el Subcomité de Plantas en su reunión 239 del 25 de abril de 2016, dio su concepto favorable a la solicitud de aplazamiento presentada por EMGESA

S.A. E.S.P.

ACUERDO 871

JlCONSEJO NACIONIAL DE OPERACION

CNO

5. Que el Comité de Operación en la reunión 272 del 28 de abril de 2016 recomendó la expedición del presente Acuerdo.

ACUERDA: PRIMERO.- Aprobar la ampliación del plazo para realizar el reporte de las pruebas de Factor de Conversión de la central Guavio hasta el 31 de mayo de

2017.

recomendó la expedición del presente Acuerdo.

ACUERDA: PRIMERO.- Aprobar la ampliación del plazo para realizar el reporte de las pruebas de Factor de Conversión de la central Guavio hasta el 31 de mayo de

2017. SEGUNDO.- El presente Acuerdo rige a partir de la fecha de su expedición. Presidente, Secretario Técnico, Ara Vo] LL)

DIANA M. JIMÉNEZ RODRÍGUEZ ERTO OLARTE AGUIRRE

ACUERDO 871

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