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CNO - Acuerdo 895 de 2016

CNO - Consejo Nacional de Operación

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Detalles

Título
CNO - Acuerdo 895 de 2016
Autor
CNO - Consejo Nacional de Operación
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Servicios Públicos
Año
2016

CONSEJO NACIONAL DE OPERACIÓN

CNO Acuerdo No. 895 4 de agosto de 2016 Por el cual se deroga el Acuerdo 893 de 2016 "Por el cual se aprobó la ampliación del plazo para la realización de las pruebas del factor de conversión de la Central Hidroeléctrica Cucuana” El Consejo Nacional de Operación en uso de sus facultades legales, en especial las conferidas en el Artículo 36 de la Ley 143 de 1994, el Anexo general de la Resolución CREG 025 de 1995, su Reglamento Interno y según lo aprobado en la reunión No. 495 del 4 de agosto de 2016, y

CONSIDERANDO:

1. Que el 7 de julio de 2016 el Consejo expidió el Acuerdo 893 de 2016 “Por el cual se aprobó la ampliación del plazo para la realización de las pruebas del factor de conversión de la Central Hidroeléctrica Cucuana”.

2. Que el Acuerdo 893 de 2016 contó con el concepto favorable del Subcomité de Plantas y posterior a su expedición se validó que EPSA no había presentado en el Subcomité Hidrológico la solicitud de ampliación del plazo para realizar las pruebas del factor de conversión de la central Cucuana y por procedimiento interno se requiere de su concepto.

3. Que por lo anterior EPSA presentó la solicitud antes mencionada en la reunión 299 del 14 de julio del Subcomité Hidrológico.

4. Que previo análisis de lo previsto en el numeral 7 del Acuerdo 694 de 2014 “Por el cual se aprueba el protocolo para la estimación del factor de conversión de plantas hidráulicas” verificó que “Para las plantas

4. Que previo análisis de lo previsto en el numeral 7 del Acuerdo 694 de 2014 “Por el cual se aprueba el protocolo para la estimación del factor de conversión de plantas hidráulicas” verificó que “Para las plantas existentes que tengan menos de tres (3) años de operación, se adoptará el FC teórico reportado por el agente al CND como procedimiento para las plantas nuevas.”, y teniendo en cuenta que la central Cucuana es una planta cuyas unidades entraron en operación en el segundo semestre de 2015, el Subcomité Hidrológico conceptúa que no es procedente la solicitud de ampliación del plazo solicitado para la realización de las pruebas del factor de conversión de la central

Cucuana.

5. Que el Comité de Operación en la reunión 275 del 28 de julio de 2016 recomendó la expedición del presente Acuerdo.

ACUERDO 895

heCONSEJO NACIONAL DE OPERACIÓN

CNO ACUERDA: PRIMERO.- Derogar el Acuerdo 893 de 2016 “Por el cual se aprobó la ampliación del plazo para la realización de las pruebas del factor de conversión de la Central Hidroeléctrica Cucuana”.

SEGUNDO.- El presente Acuerdo rige a partir de la fecha de su expedición. Presidente, Secretario Técnico, DA <= 07% OÍ) DIANA M. JIMÉNEZ RODRÍGUEZ ALBERTO OLARTE AGt

ACUERDO 895

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