🇨🇴⚖️ La Rama Judicial valida a Ariel en prueba de concepto de IA. Conoce los resultados aquí

CNO - Anexo 1 Acuerdo 1910 de 2024

CNO - Consejo Nacional de Operación

Icono de documento PDF

Descargar PDF

Disponible

Detalles

Título
CNO - Anexo 1 Acuerdo 1910 de 2024
Autor
CNO - Consejo Nacional de Operación
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Servicios Públicos
Año
2024

Anexo 1 Procedimiento General para la Realización de Pruebas de Verificación de la curva de capacidad de las plantas eólicas y solares fotovoltaicas conectadas al SDL con Capacidad Efectiva Neta o Potencia Máxima Declarada igual o superior a 5 MW Subcomité de Controles

Revisión Fecha Descripción 0 2022-01-03 Presentación Primer borrador 1 2022-01-03 Publicación Primer borrador 2 2022-02-13 Versión final 3 2024-11-25 Se incluyen cambios, considerando la posibilidad de realizar pruebas mínimo hasta el 90 % de la potencia nominal.1. OBJETO

Documentar el procedimiento general para la realización de las pruebas de verificación de la curva de capacidad de las plantas eólicas y solares fotovoltaicas conectadas al SDL con Capacidad Efectiva Neta o Potencia Máxima Declarada igual o superior a 5 MW .

2. ALCANCE

El siguiente procedimiento especifica los pasos a seguir para la realización de las pruebas de verificación de la curva de capacidad y los criterios que deben cumplirse para asegurar que los resultados obtenidos cumplan con los requisitos establecidos en la regulación vigente y en el presente Acuerdo.

3. DEFINICIONES

Actividad de autogeneración en el SIN. Un agente será considerado como autogenerador cuando la energía producida para atender el consumo propio se entregue sin utilizar activos de uso de distribución y/o transmisión.

Capacidad efectiva neta De acuerdo con la Resolución CREG 081 de 2000 es la máxima capacidad de potencia neta

el consumo propio se entregue sin utilizar activos de uso de distribución y/o transmisión.

Capacidad efectiva neta De acuerdo con la Resolución CREG 081 de 2000 es la máxima capacidad de potencia neta (expresada en valor entero en MW) que puede suministrar una planta y/o unidad de generación en condiciones normales de operación, medida en la frontera comercial. Se calcula como la Capacidad Nominal menos el Consumo Propio de la planta y/o unidad de generación.

Consigna: Orden emitida directa o indirectamente por el Centro de Control del OR tendiente a modificar el modo o la condición de operación de una instalación, de un equipo o de un sistema de control.

Control de Factor de Potencia: Es la función que se encarga de controlar el factor de potencia en el punto de conexión de la planta de generación de energía renovable eólica o solar fotovoltaica, a través de parámetros ajustables.

Control de Potencia Reactiva: Es la función que se encarga de controlar la potencia reactiva en el punto de conexión de la planta de generación de energía renovable eólica o solar fotovoltaica, a través de parámetros ajustables.

Control de Tensión con estatismo: Es la función que se encarga de controlar la tensión en el punto de conexión de la planta de generación de energía renovable eólica wo solar fotovoltaica, a través de parámetros ajustables con un valor de estatismo configurable.Curva de Capacidad de la planta de generación: Es la región limitada por la capacidad de la planta de generación para operar en forma segura. Esta región está definida por una combinación de potencias activa y reactiva como una función de la tensión de operación.

Es la región limitada por la capacidad de la planta de generación para operar en forma segura. Esta región está definida por una combinación de potencias activa y reactiva como una función de la tensión de operación.

Curva de capacidad de la planta de generación de energía renovable eólica o solar fotovoltaica en el punto de conexión: Es la región de operación de la planta definida por una combinación de potencias activa y reactiva, vista en el punto de conexión de esta, que cumple con los requisitos establecidos en la regulación vigente.

Generador: Corresponde a cada unidad de generación que forma parte de una planta de generación de energía renovable eólica o solar fotovoltaica, por ejemplo: inversor, aerogenerador.

Planta de generación de energía renovable eólica o solar fotovoltaica: Es el conjunto de generadores y todas las instalaciones y equipos necesarios para la vinculación de los generadores al punto de conexión de acuerdo con la normativa vigente.

Potencia Máxima Declarada: Es la capacidad de energía que un autogenerador declara al centro nacional de despacho

(CND) para entregar energía excedente a la red.

Potencia nominal: Para efectos de este documento se considera la potencia nominal como:

a. Plantas de generación: La capacidad efectiva neta expresada en MW adicionando una precisión de dos cifras decimales b. Plantas autogeneración: La Potencia máxima declarada

Sistema de control de la planta : Es el sistema centralizado de la planta que tiene la responsabilidad de controlar cada generador, a través de un sistema de comunicaciones dedicado. Dicho control tiene el objetivo de realizar la operación del equipo dentro de su curva de generación conforme a los respectivos modos de operación disp onibles, por

responsabilidad de controlar cada generador, a través de un sistema de comunicaciones dedicado. Dicho control tiene el objetivo de realizar la operación del equipo dentro de su curva de generación conforme a los respectivos modos de operación disp onibles, por ejemplo: Control de potencia activa, reactiva, factor de potencia o tensión, según corresponda.

4. ACLARACION PLANTAS DE AUTOGENERACION

Los procedimientos presentados en este Anexo aplican de manera general en el Punto de Conexión. Para proyectos de Autogeneración y con el fin de eliminar la influencia de la carga del usuario final asociado al sistema de Autogeneración, se permite donde apliquen mediciones, que estas se lleven a cabo en un punto diferente al Punto de Conexión.

Las condiciones para la realización de las pruebas en los proyectos de Autogeneración serán previamente coordinadas con el OR y el usuario final con el fin de evitar cualquier afectación en la calidad del servicio del mismo.5. PROCEDIMIENTO

1. Fechas para la Realización de las Pruebas

Las pruebas de campo requeridas para verificar la curva de capacidad deberán coordinarse con el OR correspondiente y el CND (en los casos en que aplique según lo establecido en los numerales dos y cinco del presente Acuerdo ) al menos con 15 días de antelación a la realización de estas, a fin de garantizar la seguridad operativa del Sistema. El OR y el CND (en los casos que aplique) analizarán en la semana anterior la factibilidad de realizar estas pruebas.

En el caso de las plantas Despach adas Centralmente e l agente realizará la oferta de estas pruebas de acuerdo con lo establecido en la regulación vigente, para el día y periodos analizados teniendo en cuenta el código de pruebas que aplica para la verificación de curva

En el caso de las plantas Despach adas Centralmente e l agente realizará la oferta de estas pruebas de acuerdo con lo establecido en la regulación vigente, para el día y periodos analizados teniendo en cuenta el código de pruebas que aplica para la verificación de curva de carga. Producto de esta actividad de coordinación con el OR y el CND, pueden surgir reprogramaciones o consignas operativas para el periodo de las pruebas.

Cuando en las pruebas mencionadas no se puedan verificar todos los puntos por limitaciones de potencia activa , tanto para la entrega como para la absorción de potencia reactiva, de acuerdo con lo planeado; el agente tendrá seis intentos de solicitar las pruebas, de acuerdo con lo establecido en la Resolución CREG 044 de 2020 o aquella que la modifique o sustituya (para el caso de plantas despachadas centralmente) o coordinar nuevamente con el operador de red:

  • En caso de que después de los 6 intentos no se tenga prueba exitosa por no alcanzar la potencia activa nominal durante las pruebas o al menos el 90 % de esta, los agentes deberán explicar las condiciones que no permitieron tener éxito en las pruebas y cuál será el plan de acción para conseguirlo. Esto se debe hacer ante el Subcomité de Controles. Para el caso de plantas no despachadas centralmente, cualquier intento adicional se deberá coordinar directamente con el operador de red.
  • En caso de que una prueba no se pueda realizar por causas ajenas al agente, esta no se considerará como un intento de prueba.
  • Para el caso de las plantas despachadas centralmente, i ntento se define como la oferta de la prueba en el despacho considerando la ventana de tiempo en la que se

se considerará como un intento de prueba.

  • Para el caso de las plantas despachadas centralmente, i ntento se define como la oferta de la prueba en el despacho considerando la ventana de tiempo en la que se realizará la prueba (máximo 7 horas consecutivas). Para el caso de las plantas no despachadas centralmente intento se define como ejecución de la prueba luego de su coordinación con el operador de red.

Las pruebas se considerarán exitosas si se cumple con alguno de los 3 siguientes casos:

1. Se evalúan todos los puntos planeados durante pruebas en sitio.

2. Si para dar cumplimiento con la evaluación de los puntos a valores superiores al 90 % de la potencia nominal, el agente aporta registros operativos mostrando que se alcanzan los valores de Q tanto en absorción como en entrega de potencia para los puntos pendientes a evaluar por encima del 90 % de la potencia nominal, en el modode control en el que se encuentre la planta y permaneciendo en los valores objetivo por al menos 1 minuto. En este caso, los resultados deberán ser reportados por el agente al auditor, quien deberá verificar los registros correspondientes sin que se requiera en este caso su presencia en sitio e incorporar los mismos en el informe de auditoría.

3. Si durante los intentos realizados se alcanza un valor superior o igual al 90 % de la potencia nominal pero inferior a la capacidad nominal y no se cuenta con registros en los que se haya alcanzado los valores de Q tanto en absorción como en entrega de potencia para los puntos pendientes a evaluar por encima del 90 % de la potencia nominal en el modo de control en el que se encuentre la planta, se deberá aportar adicionalmente en el informe auditado, lo siguiente:

tanto en absorción como en entrega de potencia para los puntos pendientes a evaluar por encima del 90 % de la potencia nominal en el modo de control en el que se encuentre la planta, se deberá aportar adicionalmente en el informe auditado, lo siguiente:

  • Ficha técnica provista por el fabricante de la curva de carga o familia de curvas de carga a nivel de inversor. • Utilizando el modelo preliminar, el agente deberá demostrar que la planta alcanza los puntos pendientes por evaluar superiores al 90 % de la potencia nominal.

Para el caso 3, luego de la entrada en operación de la planta, el agente tendrá 12 meses contados a partir de la fecha de prueba exitosa, en la que se alcanzó un valor igual o superior al 90 % de la potencia nominal, para enviar resultados de pruebas al CN D y al operador de red mostrando que se alcanzan los valores de Q tanto en absorción como en entrega de potencia reactiva que se encuentran pendientes de verificación para valores superiores al 90 % de la potencia nominal. Para esto el agente podrá utilizar datos operativos permaneciendo en los valores objetivo por al menos 1 minuto y considerando el modo de control en el que se encuentre la planta o podrá realizar pruebas siguiendo lo establecido en el presente Acuerdo.

Para todos los casos, luego de la entrada en operación comercial de las plantas, el contador de intentos se llevará a cero y se reiniciará para las siguientes pruebas de la curva de carga que se realicen en el marco del presente Acuerdo.

2. Verificaciones y Reajustes en Planta por Parte del Agente que Realiza las Pruebas

Para la realización de las pruebas se recomienda realizar las siguientes verificaciones:

Verificación de la planta

2. Verificaciones y Reajustes en Planta por Parte del Agente que Realiza las Pruebas

Para la realización de las pruebas se recomienda realizar las siguientes verificaciones:

Verificación de la planta

Se recomienda revisar que antes del inicio de las pruebas, los niveles de alarma y operativos de la planta y sus protecciones sean coherentes con las recomendaciones del fabricante.

Verificación de los transformadores elevadores (en caso de que haya)

Se recomienda revisar que antes del inicio de las pruebas, los niveles de alarma y disparo de los transformadores elevadores sean coherentes con su clase de aislamiento y con sus especificaciones técnicas.

Verificación del controlador de la planta y compensacionesSe recomienda revisar que antes del inicio de las pruebas, el controlador de planta y compensaciones (si están disponibles) hayan sido exitosamente comisionados, conforme a los diferentes modos de control disponibles.

3. Realización de las Pruebas en campo en la Región de absorción de potencia reactiva

Después de haber realizado las verificaciones iniciales, y de ser necesarios reajustes, se debe seguir el siguiente procedimiento, el cual aplica tanto para las pruebas auditadas en campo, como para la pruebas validadas por el auditor a través de registros .

1. Coordinar con el centro de control del OR e informar al CND (en los casos en que aplique) el inicio de la prueba. El Centro de Control del OR , a su vez, coordinará las consignas operativas requeridas antes y durante la prueba. Estas consignas pueden incluir consideraciones de topología y despacho particulares para los recursos de generación (puede requierir coordinación con el CND) con el fin de evaluar la curva de cada planta de generación de energía renovable eólica y solar fotovoltaica. La planta se debe llevar a una

para los recursos de generación (puede requierir coordinación con el CND) con el fin de evaluar la curva de cada planta de generación de energía renovable eólica y solar fotovoltaica. La planta se debe llevar a una de las potencias activas definidas para la prueba.

2. Asegúrese que la planta esté en modo de control automático de tensión. En caso de que el OR o el agente identifiquen la necesidad de realizar las pruebas iniciando en un modo de control diferente al de tensión, previa revisión conjunta y evaluación de la posibilidad de las condiciones del sistema por parte del OR, se podrá realizar la prueba considerando una alternativa diferente.

3. Durante la realización de esta prueba el agente generador registrará las potencias activa, reactiva y la tensión en el punto de conexión con una resolución mínima de un dato por segundo utilizando un registrador con certificado de calibración vigente.

4. La realización de esta prueba requiere que la planta controle la variable que corresponda, según el modo de control que aplique, a un valor definido por el OR según las condiciones del sistema. Para lograr este valor, se pueden utilizar otras unidades de la zona de influencia (en coordinación con el CND en caso de ser necesario), igualmente puede hacerse uso de equipos de compensación de reactivos o cambiadores de tomas de transformadores (en coordinación con el CND en caso de ser necesario),. El OR coordinará las acciones necesarias para lograr el objetivo, sin violar los límites establecidos en tensiones o cargabilidad de elementos del sistema.

5. Si agotadas las consignas, la planta no puede llegar al límite esperado de absorción de reactiva por condiciones del sistema, este punto será declarado como Conforme y se consignará esta situación en el informe de resultados de la prueba.

5. Si agotadas las consignas, la planta no puede llegar al límite esperado de absorción de reactiva por condiciones del sistema, este punto será declarado como Conforme y se consignará esta situación en el informe de resultados de la prueba.

6. Después de obtenido el valor de potencia reactiva máxima a la potencia activa seleccionada, la planta debe ser mantenida en este punto de operación mínimo durante 1 minuto para el registro de las variables de la prueba.

7. Una vez recolectados los datos para el primer punto de potencia activa en el modo de control de tensión, se deberá realizar la misma verificación de la curva de carga en la potencia activa definida, cambiando el modo de control a potencia reactiva y factor de potencia, tomando los registros definidos en el paso 3 por un tiempo mínimo de 1 minuto para cada uno de los modos restantes. Previo al cambio del modo de control, se debe procurar que la consigna de la nueva variable a controlar sea igual o muy cercana a su medida en tiempo real, de forma que, al realizar el cambio del modo de control, se minimicen los cambiosen el punto de operación del sistema. Según el caso la variable a controlar puede ser factor de potencia, potencia reactiva o tensión.

8. Una vez recolectados los datos para el primer punto de potencia activa en todos los modos de control, se debe realizar el mismo procedimiento anterior para los otros puntos acordados entre el OR, el CND (en caso en que aplique) y el agente, teniendo en cuenta lo establecido en el punto 5 del presente numeral.

9. En caso de que el mínimo técnico de la planta sea inferior al 10 % de la Pnominal, y no se haya establecido entre el OR y el agente la opción de contar con un valor de

9. En caso de que el mínimo técnico de la planta sea inferior al 10 % de la Pnominal, y no se haya establecido entre el OR y el agente la opción de contar con un valor de potencia reactiva superior a 5%Q/Pn para las potencias inferiores al 10 % de la potencia nominal, se deberá realizar una prueba en el mínimo técnico en modo control potencia reactiva considerando como referencia un valor de potencia reactiva del 10 % Q/Pn. Se deberá graficar la potencia reactiva en el punto de conexión y demostrar que esta es limitada a un valor igual o inferior a 5%Q/Pn manteniendo condiciones de estabilidad. El valor en el que se limite la potencia reactiva será el valor a declarar para la potencia reactiva en el mínimo técnico de la planta.

4. Realización de la Pruebas en campo en la Región de entrega de potencia reactiva

Después de haber realizado las verificaciones iniciales, y de ser necesarios reajustes, se debe seguir el siguiente procedimiento, el cual aplica tanto para las pruebas auditadas en campo, como para las pruebas validadas por el auditor a través de registros.

1. Coordinar con el centro de control del OR e informar al CND (en los casos en que aplique) el inicio de la prueba. El Centro de Control del OR , a su vez, coordinará las consignas operativas requeridas antes y durante la prueba. Estas consignas pueden incluir consideraciones de topología y despacho particulares para los recursos de generación (puede requierir coordinación con el CND) con el fin de evaluar la curva de cada planta de generación de energía renovable eólica y solar fotovoltaica. La planta se debe llevar a una de las potencias activas definidas para la prueba.

cada planta de generación de energía renovable eólica y solar fotovoltaica. La planta se debe llevar a una de las potencias activas definidas para la prueba.

2. Asegúrese que la planta esté en modo de control automático de tensión. En caso de que el OR o el agente identifiquen la necesidad de realizar las pruebas iniciando en un modo de control diferente al de tensión, previa revisión conjunta y evaluación de la posibilidad de las condiciones del sistema por parte del OR, se podrá realizar la prueba considerando una alternativa diferente.

3. Durante la realización de esta prueba el agente generador registrará las potencias activas, reactiva y la tensión en el punto de conexión con una resolución mínima de un dato por segundo utilizando un registrador con certificado de calibración vigente.

4. La realización de esta prueba requiere que la planta controle la variable que corresponda, según el modo de control que aplique, a un valor definido por el OR según las condiciones del sistema. Para lograr este valor, se pueden utilizar otras unidades de la zona de influencia (en coordinación con el CND en caso de ser necesario), igualmente puede hacerse uso de equipos de compensación de reactivos o cambiadores de tomas de transformadores (en coordinación con el CND en caso de ser necesario),. El OR coordinará las acciones necesarias para lograr el objetivo, sin violar los límites establecidos en tensiones o cargabilidad de elementos del sistema.5. Si agotadas las consignas, la planta no puede llegar al límite esperado de entrega de reactiva por condiciones del sistema, este punto será declarado como Conforme y se consignará esta situación en el informe de resultados de la prueba.

6. Después de obtenido el valor de potencia reactiva máxima a la potencia activa seleccionada, la planta debe

condiciones del sistema, este punto será declarado como Conforme y se consignará esta situación en el informe de resultados de la prueba.

6. Después de obtenido el valor de potencia reactiva máxima a la potencia activa seleccionada, la planta debe ser mantenida en este punto de operación mínimo durante 1 minuto para el registro de las variables de la prueba.

7. Una vez recolectados los datos para el primer punto de potencia activa en el modo de control de tensión, se deberá realizar la misma verificación de la curva de carga en la potencia activa definida, cambiando el modo de control a potencia reactiva y factor de potencia, tomando los registros definidos en el paso 3 por un tiempo mínimo de 1 minuto para cada uno de los modos restantes. Previo al cambio del modo de control, se debe procurar que la consigna de la nueva variable a controlar sea igual o muy cercana a su medida en tiempo real, de forma que, al realizar el cambio del modo de control, se minimicen los cambios en el punto de operación. Según el caso la variable a controlar puede ser factor de potencia, potencia reactiva o tensión.

8. Una vez recolectados los datos para el primer punto de potencia activa en todos los modos de control, se debe realizar el mismo procedimiento anterior para los otros puntos acordados entre el OR, el CND (en caso en que aplique) y el agente, teniendo en cuenta lo establecido en el punto 5 del presente numeral.

9. En caso de que el mínimo técnico de la planta sea inferior al 10 % de la Pnominal, y no se haya establecido entre el OR y el agente la opción de contar con un valor de potencia reactiva superior a 5%Q/Pn para las potencias inferiores al 10 % de la potencia nominal, se deberá realizar una prueba en el mínimo técnico en modo control

se haya establecido entre el OR y el agente la opción de contar con un valor de potencia reactiva superior a 5%Q/Pn para las potencias inferiores al 10 % de la potencia nominal, se deberá realizar una prueba en el mínimo técnico en modo control potencia reactiva considerando como referencia un valor de potencia reactiva del 10 % Q/Pn. Se deberá graficar la potencia reactiva en el punto de conexión y demostrar que esta es limitada a un valor igual o inferior a 5%Q/Pn manteniendo condiciones de estabilidad. El valor en el que se limite la potencia reactiva será el valor a declarar para la potencia reactiva en el mínimo técnico de la planta.

5. CÁLCULO DE TOLERANCIAS ASOCIADAS AL RESULTADO DE LAS PRUEBAS

El cálculo del error está definido por las desviaciones porcentuales de los puntos de operación obtenidos durante las pruebas, con respecto a los puntos esperados. Estos errores se encuentran asociados a la cadena de medición de potencia activa y reactiva.

Teniendo como base los registros en el tiempo de cada uno de los puntos operativos logrados durante las pruebas, los errores de medición de transformadores de potencial y corriente y equipo de registro se define el siguiente procedimiento:

1. Cuando aplique, corregir los valores de potencia reactiva obtenidos durante la prueba calculando la potencia reactiva esperada a la tensión en el punto de conexión de la prueba.

2. Después de haber corregido por tensión la serie de datos de potencia reactiva, se promedian los valores obtenidos en el periodo de prueba y se obtiene un valor representativo para cada punto operativo evaluado.3. Calcular el error de medición relativo asociado a PTs y CTs y al tipo de registrador, reportando la fuente

obtenidos en el periodo de prueba y se obtiene un valor representativo para cada punto operativo evaluado.3. Calcular el error de medición relativo asociado a PTs y CTs y al tipo de registrador, reportando la fuente bibliográfica que define el cálculo del equipo de medición correspondiente.

4. En el caso de los Autogeneradores adicionar las pérdidas de potencia reactiva calculadas entre el punto de medición y el punto de conexión, reportando los modelos matemáticos o fórmulas utilizadas para dicho cálculo. Los procedimientos usados para adicionar las pérdidas deberán ser validados por el auditor de las pruebas.

5. Graficar la curva de carga dada por los puntos P, Q que se definieron en la etapa de planeación. A esta curva se deben adicionar dos curvas que forman una envolvente conformada por la curva original considerando una tolerancia de +/-1%.

6. En la misma gráfica dibujar el valor promedio de los puntos medidos corregidos por tensión y pérdidas de potencia reactiva en el caso de la autogeneración (punto 4) para cada punto operativo probado. A cada punto se debe adicionar y restar el error absoluto de medición, para generar un rectángulo representativo del error de medición en potencia reactiva.

7. La prueba se da como válida en la región de entrega de potencia reactiva si al menos un punto del rectángulo de tolerancia de error de medida, está dentro de la zona de tolerancia del 1%, para los puntos auditados en la prueba.

8. La prueba se da como válida en la región de absorción de potencia reactiva si al menos un punto del rectángulo de tolerancia por error de medida, está dentro de la zona de tolerancia del 1%, para los puntos auditados en la prueba.

8. La prueba se da como válida en la región de absorción de potencia reactiva si al menos un punto del rectángulo de tolerancia por error de medida, está dentro de la zona de tolerancia del 1%, para los puntos auditados en la prueba.

9. La prueba se da como válida tanto en la región de absorción como en la de entrega de potencia reactiva si no se cumplen las condiciones de los puntos 7 y 8 arriba pero al menos uno de los puntos obtenidos en los rectángulos de tolerancia de error de cada una de las medidas supera los límites de la curva PQ de referencia que aplique para el voltaje medido en el Punto de Conexión.

6. CURVA DE CAPACIDAD DEFINITIVA

Una vez que el Agente , el OR y el CND (en los casos en que aplique según lo establecido en los numerales dos y cinco del presente Acuerdo) hayan verificado la capacidad de la planta para entregar y absorber potencia reactiva mediante la prueba correspondiente, el agente generador deberá declarar como nueva Curva de Ca pacidad, la región obtenida durante las pruebas de verificación siempre y cuando las mismas hayan sido exitosas. Esta declaración debe hacerse en un tiempo no superior a 15 días luego de recibir el concepto correspondiente del OR y el CND (en los casos en que aplique).

En caso de que durante la prueba de verificación de la curva de capacidad no se alcancen los valores de potencia reactiva esperados por que las condiciones del sistema de potencia no lo permiten, o porque la prueba se realiza a un valor igual o superior al 90 % de la potencia nominal pero inferior a la potencia nominal , el agente deberá declarar para aquellos puntos no validados los valores de potencia reactiva esperados. En cualquier caso, si a nivel operativo

permiten, o porque la prueba se realiza a un valor igual o superior al 90 % de la potencia nominal pero inferior a la potencia nominal , el agente deberá declarar para aquellos puntos no validados los valores de potencia reactiva esperados. En cualquier caso, si a nivel operativo se identifica un incumplimiento a la curva de carga, esto será notificado al CNO.

7. REPROGRAMACIÓN DE LA PRUEBAEn caso que durante una prueba de verificación de la curva de capacidad, el OR o el CND (en los casos que aplique) determinen que por las condiciones de seguridad del Sistema la prueba no puede continuar, esta deberá ser reprogramada.

8. INFORME DE RESULTADOS

A más tardar 30 días calendario después de la realización de la prueba de verificación reactiva, el agente debe entregar al OR correspondiente y al CND (en los casos en que aplique según lo establecido en los numerales dos y cinco del presente Acuerdo ) el informe escrito del auditor en el que se detallen los resultados de las pruebas, además de los diferentes soportes técnicos de las mismas. Este informe debe contener como mínimo lo siguiente:

  • Procedimiento o protocolo de pruebas detallado, que contenga fecha y hora precisas indicando cada una de las maniobras y consignas seguidas durante las pruebas en la planta. • Certificado vigente de calibración del registrador de medidas. • Curva de carga con los puntos acordados en la etapa de planeación de las pruebas y los puntos obtenidos durante las pruebas. • Gráficos que presenten la evolución en el tiempo de las principales variables de la planta medidas durante las pruebas en el punto de conexión1 con el uso del registrador de medidas: o Potencia activa o Potencia reactiva o Tensión
  • Gráficos que presenten la evolución en el tiempo de las principales variables de la planta medidas durante las pruebas en el punto de conexión1 con el uso del registrador de medidas: o Potencia activa o Potencia reactiva o Tensión • Gráficos que presenten la evolución en el tiempo de variables adicionales medidas durante las pruebas.

Estos pueden ser obtenidos del sistema SCADA u otro sistema de medición disponible en la planta: -Tensión en servicios auxiliares -Temperaturas que estén disponibles • Cálculo de los errores y tolerancias finales obtenidas con respecto a los puntos esperados en la etapa de planeación. • Si es del caso, las justificaciones técnicas de limitaciones adicionales encontradas durante el desarrollo de las pruebas, que puedan limitar el alcance de los puntos previamente acordados, siempre

Estás viendo una vista previa

Lee el documento completo con Ariel

Este es un fragmento de uno de los más de 1.2 millones de documentos de la biblioteca de Ariel. Crea tu cuenta para leerlo completo, descargarlo y consultarlo con Ariel, que siempre te lleva a la fuente exacta: Ariel NO alucina.

Consultar sobre este documento ...