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CNO - capitulo 2 anexo b modelos acuerdo 1354 de 2020

CNO - Consejo Nacional de Operación

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Detalles

Título
CNO - capitulo 2 anexo b modelos acuerdo 1354 de 2020
Autor
CNO - Consejo Nacional de Operación
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Servicios Públicos
Año
2020

Capítulo 2. ANEXO B. REQUERIMIENTOS DE MODELOS PRELIMINARES Y VALIDADOS DE LOS SAEB A continuación, se presentan los requerimientos de los modelos preliminares y validados de los SAEB definidos en el Numeral 6 del presente Acuerdo. AB.1 REQUERIMIENTOS PARA LOS MODELOS PRELIMINARES DE LOS SAEB Los agentes representantes deben reportar los modelos preliminares de los SAEB en la herramienta de simulación que utiliza el CND, los cuales deben permitir simular correctamente con un paso de integración de 10 ms y no presentar problemas de estabilidad al integrarse a la Base de Datos -BD del sistema completo. Estos modelos deben reportarse con una anticipación mínima de 6 meses antes de la entrada en operación comercial de los SAEB. Los modelos preliminares deben representar las características estáticas y dinámicas de los SAEB en el punto de conexión incluyendo: aporte de corriente de corto circuito para fallas desbalanceadas en el sistema y energía máxima que soporta ante huecos sucesivos de tensión. Para lograr el cumplimiento de lo anterior la representación reportada por parte de los agentes, en la herramienta de simulación del CND, debe incluir como mínimo la información que se detalla a continuación y que se representa en la Figura B1: Figura B1. Representación de mínima información requerida para el modelo preliminar de los SAEB • El transformador en punto de conexión AT/MT (3-4). • Sistemas auxiliares. • El transformador equivalente MT/BT (1-2). Se debe reportar los parámetros característicos del transformador, el fabricante y el número de transformadores en paralelo. • Impedancia equivalente de línea entre el lado de media tensión de los transformadores de los inversores y el lado de media tensión del transformador de conexión. (Nodo 2Nodo 3). • Transformador zigzag de conexión a tierra, según su ubicación2

La representación del SAEB debe realizarse a través de modelos agregados que cumplan con las siguientes características: • Unidad Equivalente: Se define como unidad que agrega inversores. Las unidades equivalentes comparten todas las características indicadas a continuación: o Tipo de inversor utilizado por los SAEB (fabricante, modelo, capacidad). o Impedancia equivalente vista por cada inversor desde terminales hasta el punto de conexión. Para determinar la impedancia se debe realizar un agrupado de cada uno de los colectores de todo el SAEB y realizar escalones de 10% en el punto de conexión para la frecuencia y la tensión. Se considera que un par de impedancias se pueden unificar (calcular el paralelo) si la potencia activa, reactiva y tensión medidas en el punto de conexión de las unidades equivalentes de cada colectora presenta una desviación máxima del 1% para estas variables. o Configuraciones de los relés de protección de los inversores. o Configuración de controladores y de valores de referencia de control: Hace referencia a los mismos ajustes de los parámetros de los controladores a nivel de inversor. o Control de planta. • Diagramas de bloques en dominio de Laplace del controlador de planta, controles eléctricos donde se identifiquen claramente las siguientes funciones y el valor de los parámetros correspondientes. o Control de tensión (estatismo, respuesta rápida de corriente reactiva, curva de carga, modos de control: factor de potencia, potencia reactiva, tensión). En caso de que se requiera una compensación adicional para cumplir con la curva de carga en el punto de conexión, se debe reportar el modelo del elemento correspondiente, así como también los filtros de armónicos que se incorporen en el SAEB. o Voltage Ride Through: Soportabilidad

para eventos de tensión. o Velocidad de toma de carga o velocidad de descarga. o Frequency Ride Through: Soportabilidad para eventos de frecuencia. o Rampa de entrada y salida. o Modo de control ante fallas simétricas y asimétricas (Corriente balanceada, P constante, Q constante). o Valores de corto circuito para los inversores: parámetros subtransitorio pico, subtransitorio para fallas trifásicas, subtransitorio para fallas bifásicas,3

subtransitorio para fallas monofásicas, en estado estable, de secuencia negativa. El modelo debe operar adecuadamente en todo el rango declarado del SAEB incluyendo condiciones derrateadas por mantenimiento de inversores. Reporte de la información El representante del SAEB deberá enviar al CND la Base de Datos (BD) con el modelo RMS de este en la herramienta de simulación del CND y el modelo EMT en la herramienta definida por el CND y un informe con el detalle del SAEB considerando como mínimo la siguiente información: • Nombre del SAEB • Ubicación geográfica del SAEB • Capacidad nominal • Número de inversores con su respectivo nombre de modelo y de fabricante. • Tiempos de carga y descarga definidos desde carga mínima a carga máxima y visceversa. • Unifilar con las características de conexión del SAEB, • El transformador MT/BT. Se debe reportar los parámetros característicos del transformador, el fabricante y el número de transformadores en paralelo. • Transformador de conexión AT/MT: Información de placa. • Longitud de los circuitos de conexión. • Compensación adicional que se vaya a incluir para cumplir con los requisitos de curva de carga en el punto de conexión. Se debe describir el tipo de compensación (capacitiva, inductiva, fija, SVC, STATCOM) y la capacidad nominal. • Representación del modelo de los servicios auxiliares con su respectivo consumo. • Descripción de los agregados considerados, indicando claramente la justificación para definirlos, el número de inversores que se incluyen en cada uno. • Número de controladores de planta y diagrama de bloques correspondiente. Descripción de las funciones que se encuentran representadas en el citado diagrama de bloques, con su respectiva parametrización y justificación para el ajuste considerado. La justificación debe4

incluir pruebas de simulación reproducibles en la base de datos que se entrega para lo que se deben incluir en la misma los casos de estudio considerados. En estas pruebas se debe identificar el cumplimiento de los tiempos y características de respuesta definidos en el presente Acuerdo. • Modelo en diagrama de bloques del control eléctrico de cada uno de los agregados incluyendo descripción de las funciones que se encuentran representadas en el citado diagrama de bloques, con su respectiva parametrización y justificación para el ajuste considerado. La justificación debe incluir pruebas de simulación reproducibles en la base de datos que se entrega para lo que se deben incluir en la misma los casos de estudio considerados. En estas pruebas se debe identificar el cumplimiento de los tiempos y características de respuesta definidas en el presente Acuerdo. Asimismo, se deben realizar pruebas para evaluar el desempeño de los SAEB ante fallas trifásicas, bifásicas y monofásicas desbalanceadas en el punto de conexión. Se debe indicar claramente cómo debe realizarse el ajuste de los parámetros para habilitar las funciones definidas, que se encuentran implementadas en el control eléctrico de las unidades equivalentes. • Modelo EMT del SAEB en la herramienta utilizada por el CND • Parametrización del SAEB • Velocidad de toma de carga: Puede ser un único valor en MW/minuto para el rango entre la Pmin y la capacidad nominal del SAEB. El reporte se realizará mediante la herramienta que el CND disponga y deberá considerar los valores definidos en la Tabla B1. Límite Inferior [MW] Limites Superior [MW] Velocidad de toma de carga [MW/Minuto] Tabla B1. Formato de reporte de información de la velocidad de toma de carga • Velocidad de descarga: Puede ser un único valor en MW/minuto para el rango entre la capacidad nominal del SAEB y la Pmin. El reporte se realizará mediante la herramienta que el CND disponga y deberá considerar los valores definidos en la Tabla B2. Límite Inferior

de carga • Velocidad de descarga: Puede ser un único valor en MW/minuto para el rango entre la capacidad nominal del SAEB y la Pmin. El reporte se realizará mediante la herramienta que el CND disponga y deberá considerar los valores definidos en la Tabla B2. Límite Inferior [MW] Limites Superior [MW] Velocidad de descarga [MW/Minuto] Tabla B2. Formato de reporte de información de la velocidad de descarga AB.2 REQUERIMIENTOS DE LOS MODELOS VALIDADOS RMS PARA LOS SAEB5

A continuación, se presenta el procedimiento que debe llevarse a cabo para validar los modelos de los SAEB. AB.2.1 ESTABILIDAD DE LOS CONTROLES DE GENERACIÓN Y LOS MODELOS VALIDADOS CORRESPONDIENTES. Los Agentes representantes de los SAEB deberán verificar las condiciones de estabilidad de los controles de los SAEB y los modelos validados correspondientes en operación sincronizada a la red, evaluando la estabilidad de los controles y los modelos correspondientes en condiciones de Pmin, un valor intermedio y a la capacidad nominal del SAEB. AB.2.2 PARÁMETROS REQUERIDOS DEL SAEB. Los Agentes representantes de los SAEB deben determinar los parámetros del modelo que mejor representen la dinámica de este, considerando elementos como líneas de transmisión, compensadores, transformadores, inversores, o cualquier otro parámetro físico o eléctrico que afecte el comportamiento estático o dinámico del SAEB. Se debe proporcionar mínimo la siguiente información: • Tipo de conexión (Por ejemplo: 3PH, 3PH-E) • Número de inversores en el SAEB. • Corriente directa máxima que soporta cada inversor. • Capacidad nominal del SAEB. • Características de los sistemas de compensación de reactivos (capacidad, tensión nominal, reactancia), si aplica. • Datos de placa de los transformadores de conexión AT/MT y el de cada unidad equivalente (MT/BT). • Parámetros de las líneas que conectan el SAEB al punto de conexión (Reactancia, longitud, capacidad nominal, entre otros.). Estas líneas incluyen las asociadas a cada unidad equivalente y a todo el SAEB. • Sistemas auxiliares. • Impedancias equivalentes de línea entre el lado de media tensión de los transformadores de los inversores y el lado de media tensión del transformador de conexión. • Transformador zigzag de conexión a tierra, según su ubicación. • Número de unidades equivalentes. Para definir la validez del modelo del SAEB y sus parámetros correspondientes, la reproducción de las diferentes pruebas realizadas por el Agente se

los inversores y el lado de media tensión del transformador de conexión. • Transformador zigzag de conexión a tierra, según su ubicación. • Número de unidades equivalentes. Para definir la validez del modelo del SAEB y sus parámetros correspondientes, la reproducción de las diferentes pruebas realizadas por el Agente se hará en la herramienta de simulación dinámica del CND. Los resultados de las simulaciones serán comparados con los resultados de las pruebas en campo y se aplicarán los índices de evaluación indicados en el presente documento con el fin de verificar la validez de los modelos.6

AB.2.3 ENTREGA DE RESULTADOS DE LAS PRUEBAS DE VALIDACIÓN DE LOS MODELOS DE LOS CONTROLES Y PARÁMETROS DE LOS SAEB. Los Agentes representantes de los SAEB mediante comunicación oficial deben enviar al CND en los medios que este defina para este fin la siguiente información: • Informe de resultados donde se describan: la metodología utilizada, las pruebas realizadas y los resultados obtenidos en el proceso de validación de los modelos de control y los parámetros del SAEB. • Modelos del SAEB y sus controles asociados en la herramienta de simulación utilizada por el CND. • Datos necesarios para reproducir los registros de pruebas y las simulaciones en formato de texto (.txt). AB.2.4 REVISIÓN DEL INFORME DE RESULTADOS DE LAS PRUEBAS DE VALIDACIÓN DE LOS MODELOS DE LOS CONTROLES Y PARÁMETROS DE LOS SAEB. El informe entregado por el Agente debe contener como mínimo la información solicitada en el presente Acuerdo. En caso de que el Agente no presente la información requerida, el CND le informará al Agente en un plazo máximo de 15 días calendario dicha situación para que este, en un plazo de 15 días calendario contados a partir de recibida la comunicación, envíe al CND el informe incluyendo los datos faltantes. A partir de la primera entrega, se seguirán aplicando plazos de 15 días calendario para revisión y reporte de información faltante tanto para el Agente como para el CND y el incumplimiento de estos plazos será reportado al CNO. Cuando se superen 3 entregas del informe en donde se evidencie la falta de la misma información solicitada, la situación deberá ser justificada en el CNO a través de correo electrónico y socializada en

la reunión posterior de este para definir el compromiso de entrega definitiva. En todo caso, los tiempos que se incluyen en esta revisión deberán ser tales que la actualización de los modelos no supere 6 meses tras la primera comunicación del CND. Para cumplir con los requerimientos de los modelos validados, el Agente representante del SAEB debe realizar pruebas de validación en las que se pueda contrastar la respuesta del sistema real con la simulada con el modelo obtenido. En el presente Acuerdo, se presenta una guía de pruebas mínimas que deben ser realizadas para verificar la validez de los modelos de los controles de generación. Lo anterior sin perjuicio de que puedan incluirse pruebas adicionales a las presentadas. Independientemente de las pruebas que se realicen sobre el SAEB, las mismas deben desarrollarse a potencias correspondientes a Pmin, un valor intermedio y a la capacidad nominal declarada, y deben considerarse perturbaciones en las que se exciten las dinámicas lineales y no lineales de los equipos modelados (Se deben considerar dinámicas no lineales tales como la limitación por curva de carga de entrega y absorción de reactivos, límites por temperatura, entre otros. Esto sin perjuicio de que se validen las otras funciones de limitación encontradas en el SAEB). Adicionalmente, el Agente representante del SAEB debe verificar que existe coherencia al comparar las curvas correspondientes del sistema real con las del sistema simulado, utilizando los modelos obtenidos. Una vez el CND reciba7

oficialmente el informe de resultados por parte del Agente, el CND debe verificar dicha coherencia con base en los índices de comparación de curvas establecidos en el presente documento. Esta verificación debe hacerse sobre al menos las siguientes variables: • Control de Potencia Reactiva/Tensión: voltaje en el punto de conexión del SAEB, potencia reactiva de cada unidad equivalente, potencia reactiva en el punto de conexión del SAEB. • Control para alivio de restricciones: En este caso se analiza la operación del esquema de control para alivio de restricciones incluyendo el tiempo de operación del SAEB, la variable a analizar es la potencia de salida del SAEB en el punto de conexión • Perfil de carga: Estado de carga del SAEB • Perfil de descarga: Estado de carga del SAEB • Inyección rápida de reactivos y Voltage Ride Through: Tensión en el punto de conexión, potencia activa en el punto de conexión y potencia reactiva en el punto de conexión. • Validación de la limitación de rampas operativas: potencia activa en el punto de conexión Para las pruebas realizadas sobre los controladores se deben tomar mínimo 100 muestras por segundo hasta que se logre la estabilización de la señal, lo cual se logra cuando se alcance un punto de operación que ingrese y permanezca dentro de la banda de +/-3% del cambio esperado alrededor del valor final. Durante la prueba de modelamiento de cada unidad equivalente se debe garantizar que estarán disponibles y en servicio, al menos, el 10% de los inversores que conforman dicha unidad equivalente, aproximando este valor al entero mayor más próximo. AB.2.5 EVALUACIÓN DEL DESEMPEÑO DE LOS MODELOS VALIDADOS. Una vez el CND reciba el

informe completo, revisará los modelos validados de los controles del SAEB a los que hace referencia el presente Acuerdo en un plazo máximo de 15 días calendario contados a partir de la recepción de este. Esta revisión realizada en la herramienta de simulación dinámica utilizada por el CND incluirá la verificación de la estabilidad de los modelos. En caso de presentarse diferencias entre la respuesta del modelo suministrado y el comportamiento real, teniendo en cuenta los requerimientos considerados en el presente Acuerdo, el CND informará tal situación al Agente, para que se dé inicio a la revisión del modelo y si es necesario, realizar las respectivas correcciones. En caso de que el Agente deba realizar correcciones al modelo, tendrá un plazo de 30 días calendario contados a partir de la comunicación del CND, para presentar nuevamente el8

modelo validado y estable. A partir de la primera entrega, se seguirán aplicando plazos de 15 días calendario para revisión y entrega del modelo validado tanto para el Agente como para el CND y el incumplimiento de estos plazos será reportado al CNO cuando se superen 3 entregas del modelo validado sin cumplir con los requisitos establecidos. En este caso se podrán coordinar reuniones entre el agente y el CND para aclarar las diferencias encontradas y la situación deberá ser justificada al CNO. En todo caso, los tiempos que se incluyen en esta revisión deberán ser tales que la aprobación final del modelo por parte del CND se haga dentro de los 6 meses siguientes a la notificación inicial asociada al informe enviada al agente. Adicionalmente a la información reportada por el agente, el CND podrá verificar la validez de los modelos del SAEB y sus controles utilizando registros diferentes a los utilizados en la etapa de levantamiento de modelos. El CND podrá solicitar pruebas de reajuste a los controles y de requerirse la validación, cuando se presenten condiciones dinámicas del sistema que requieran reajuste de los parámetros de los controles del SAEB. Estos reajustes serán realizados en coordinación con el Agente de conformidad con lo establecido en el presente Acuerdo. AB.2.6 DECLARACIÓN DE LOS PARÁMETROS DEL SAEB Y LOS MODELOS DE SUS CONTROLES ASOCIADOS. Una vez el CND de concepto favorable a la validez de los modelos, el Agente tendrá máximo 15 días calendario para enviar al CND la actualización de los parámetros correspondientes teniendo en cuenta la regulación vigente. AB.2.7 ÍNDICES DE EVALUACIÓN PARA VERIFICAR

LA VALIDEZ DE LOS MODELOS El principio esencial de la validación de la respuesta dinámica de un modelo es que éste, al ser integrado en el programa de simulación utilizado por el CND para el planeamiento del SIN, permita reproducir dentro de niveles aceptables de precisión la respuesta real de los elementos modelados ante pruebas o perturbaciones en diferentes condiciones operativas. Con el fin de contar con modelos útiles para el análisis y planeamiento del SIN, los Agentes representantes de los SAEB deben garantizar que la respuesta real y la simulada, utilizando los modelos validados, sean coherentes en los siguientes aspectos: • Forma general de las curvas para las distintas pruebas de validación que se desarrollen, incluyendo la magnitud y velocidad de la respuesta • Tiempo de establecimiento, tiempo de respuesta inicial, tiempo de retardo, sobreimpulso • Bandas muertas • Valores iniciales y finales9

Con el fin de verificar que las curvas sean coherentes de acuerdo con los parámetros y características señaladas, se determinarán los índices de evaluación que se presentan a continuación: Error absoluto del sobreimpulso (ES) Es la diferencia absoluta entre los sobreimpulsos en porcentaje. Con: Donde: : Sobreimpulso de la señal real tomada durante la prueba : Sobreimpulso de la señal simulada tomada del modelo : Valor máximo de la curva : Valor final de la curva : Valor inicial de la curva Error relativo en el tiempo de retardo (ETR) Este error está basado en el tiempo de retardo, el cual se define como el tiempo necesario para que la señal alcance un 50% del valor final. El error relativo en el tiempo de retardo será la diferencia absoluta relativa entre los tiempos de retardo real y simulado.

Donde: : Tiempo de retardo de la señal real tomado durante la prueba : Tiempo de retardo de la señal simulada tomado con base en el modelo ||SRSISI=ES-SI = vmax− v f v f − vi

× 100 SIR

SIS v max vf vi 100½½½½½½-RSRTRTRTR=ETRTRR TRS10 Error relativo en el tiempo de establecimiento (ETE) Este error está basado en el tiempo de establecimiento, el cual se define como el tiempo necesario para que la señal ingrese en una banda de ± 3 % del tamaño del escalón alrededor del valor final. El error relativo en el tiempo de establecimiento será la diferencia absoluta relativa entre los tiempos de establecimiento real y simulado. 𝐸𝑇𝐸=%𝑇𝐸!−𝑇𝐸"𝑇𝐸!%×100 Donde: 𝑇𝐸!: Tiempo de establecimiento de la señal real tomado durante la prueba 𝑇𝐸": Tiempo de establecimiento de la señal simulada tomado con base en el modelo Error relativo en el tiempo de respuesta inicial (ETRI) Este error está basado en el tiempo de respuesta inicial, el cual se define como el tiempo necesario para que la señal salga de la banda de ± 3 % del tamaño del escalón alrededor del valor inicial. El error relativo en el tiempo de respuesta inicial será la diferencia absoluta relativa entre los tiempos de respuesta inicial real y simulado. 𝐸𝑇𝑅𝐼=%𝑇𝑅𝐼!−𝑇𝑅𝐼"𝑇𝑅𝐼!%×100 Donde: 𝑇𝑅𝐼!: Tiempo de respuesta inicial de la señal real tomado durante la prueba 𝑇𝑅𝐼": Tiempo de respuesta inicial de la señal simulada tomado con base en el modelo Error relativo del valor final (EVF) Este error se define como la diferencia entre los valores finales alcanzados por las señales real y simulada, con base en la señal real. 𝐸𝐹=%𝑣𝑓!−𝑣𝑓"𝑣𝑓!−𝑣𝑖!%𝑥100 Donde:11

𝑣𝑓!: Valor final real de la señal obtenida con base en la prueba. 𝑣𝑓": Valor final de la señal simulada obtenida con base en el modelo. 𝑣𝑖!: Valor inicial real de la señal obtenida con base en la prueba. Coeficiente de Correlación Lineal (CCL): Este error es una medida de la relación lineal entre la señal real con la simulada. 𝐶𝐶𝐿=∑(𝑅#−𝑅5)(𝑆#−𝑆̅)$#%&9∑(𝑅#−𝑅5)'$#%& ∑(𝑆#−𝑆̅)'$#%& Donde: 𝑅#: Es el i-ésimo valor de la señal real proveniente de la prueba. 𝑆#: Es el i-ésimo valor de la señal simulada proveniente del modelo. 𝑅5: Es el valor promedio de la señal real proveniente de la prueba. 𝑆̅: Es el valor promedio de la señal simulada proveniente del modelo. ERROR ABSOLUTO MEDIO NORMALIZADO (EAMN): Este error es el promedio del valor absoluto de las diferencias punto a punto entre la señal real y la señal simulada. Cada punto de las señales debe estar normalizado por el mínimo valor entre el aporte de la señal real y la señal simulada. Se define aporte de la señal real como la máxima diferencia entre la señal real y el valor inicial y aporte de la señal simulada como la máxima diferencia entre la señal simulada y el valor inicial. El error se reporta en porcentaje.12

ERROR COMBINADO (EC): Es el error que considera el EAMN y el CCL 𝑬𝑪=𝑬𝑨𝑴𝑵+𝟏𝟎𝟎(𝟏−𝑪𝑪𝑳)𝟐 Los valores de referencia para los índices de coherencia, las pruebas y las señales sobre las que estos se aplican, son definidos en la Tabla B3 para el control de tensión/potencia reactiva, en la Tabla B4 para los perfiles de carga y descarga y en las Tablas B5 y B6 para el control por alivio de restricciones: Prueba Señal Índice Valor de referencia Escalón en la tensión de referencia. Tensión en punto de conexión ES <=10% EVF <=5% ETR <=5% ETE <=5% ETRI <=5% CCL >=0.75 EAMN <=12%

ES <=15% EVF <=10% ETR <=5% ETE <=5%

Q13

ETRI <=5% CCL >=0.75

EAMN <=12% 1. Registros durante eventos del sistema V_poi,, EC <=20% Tabla B3. Índices de coherencia para el modelo del control de tensión/potencia reactiva. Prueba Señal Índice Valor de referencia Consigna de carga/descarga Carga/descarga del SAEB y potencia activa medida en el punto de conexión ES <=10% EVF <=5% ETR <=5% ETE <=5% ETRI <=5% CCL >=0.75 EAMN <=12% Tabla B4. Índices de coherencia para el modelo del perfil de carga, perfil de descarga Prueba Señal Índice Valor de referencia Validación de esquema de control para alivio de restricciones: tiempo de respuesta Potencia activa medida en ES <=10% EVF <=2% ETR <=2% Q14

Validación de esquema de control para alivio de restricciones: tiempo de respuesta Potencia activa medida en ES <=10% EVF <=2% ETR <=2% Q14 el punto de conexión ETE <=2% ETRI <=2% Tabla B5. Índices de coherencia para el modelo del esquema de control para alivio de restricciones: tiempo de respuesta Prueba Señal Índice Valor de referencia Validación de esquema de control para alivio de restricciones: operación del esquema Potencia activa medida en el punto de conexión ES <=10% EVF <=2% ETR <=2% ETE <=2% ETRI <=2% CCL >=0.75 EAMN <=12% Tabla B6. Índices de coherencia para el modelo del esquema de control para alivio de restricciones: operación del esquema Se considera que un modelo pasa exitosamente la etapa de validación, si todos los índices de coherencia para cada nivel de carga, calculados para cada prueba, son menores o iguales a los valores de referencia indicados en las Tabla B3 a B6. De lo contrario, el CND informará al Agente sobre los índices incumplidos para que este realice los ajustes necesarios en el modelo o en el sistema si no se cumple con los requisitos mínimos establecidos en el presente Acuerdo. Los umbrales de tolerancia definidos en las Tablas B4 a B6 podrán ser revaluados a valores inferiores de acuerdo con las condiciones particulares de cada proyecto según los requerimientos definidos por la UPME. AB.2.8 GUÍA DE PRUEBAS MÍNIMAS PARA REALIZAR LA VALIDACIÓN DE LOS MODELOS DE CONTROL DE LOS SAEB.15

A continuación se presenta una guía con pruebas que como mínimo deben ser realizadas para verificar la validez de los modelos de los controles de los SAEB. Tener en cuenta los siguientes aspectos generales: • Todas las protecciones y los limitadores del sistema de control del SAEB deben estar en servicio durante cualquier prueba en línea o fuera de línea. • Para las pruebas relacionadas se deben tomar mínimo 100 muestras por segundo hasta que la señal se estabilice. • Antes de comenzar las pruebas deben definirse los grupos bajo los cuales se va a realizar la definición de las unidades equivalentes, de acuerdo con los criterios de agrupación establecidos en el presente Acuerdo. o Validación del modelo del control de potencia reactiva/tensión por unidad equivalente La validación del modelo del control de potencia reactiva/tensión debe hacerse en vacío y para tres niveles de carga del conjunto de inversores que componen todas las unidades equivalentes (en Pmin, en carga media -en estado de carga y descargay al 90 % de la capacidad nominal-en estado de carga y descarga), en modo control automático, y se deben realizar como mínimo las siguientes pruebas: • Prueba en vacío. Esta prueba debe realizarse en los casos en los que se cuente con la tensión de referencia requerida para operación en vacío. En este caso se debe determinar la respuesta al escalón con uno de los inversores que componen la unidad equivalente en vacío con el control de potencia reactiva/tensión en modo de control de tensión. La prueba debe realizarse tanto en condiciones en las que se exciten todas las dinámicas no lineales del modelo en operación en vacío (limitadores de corriente reactiva) como en condiciones en las que no se activen estas no linealidades. Se deben verificar los siguientes requerimientos: • El escalón en la referencia

del voltaje en terminales del inversor debe ser al menos un 2% del voltaje nominal del inversor. • Se debe almacenar el registro de el voltaje en terminales del inversor el cual será utilizado como variable de comparación para realizar la validación del modelo. • Se deben comparar los registros almacenados del sistema real con la respuesta del modelo. Se debe verificar una coherencia entre la forma de la curva, el valor inicial, el tiempo de retardo, el sobreimpulso, el tiempo de establecimiento, el tiempo de respuesta inicial, la magnitud y el valor final. • Determinar la respuesta al escalón con los inversores que componen cada una de las unidades equivalentes del SAEB, sincronizados a la red y con el control de potencia reactiva/tensión configurado en los 3 modos de control (tensión, potencia reactiva y factor de potencia) en las condiciones de carga definidas. Las pruebas deben realizarse tanto en condiciones en las que se exciten todas las dinámicas no lineales del modelo16

(Limitadores de potencia reactiva) como en condiciones en las que no se activen estas no linealidades. Se deben verificar los siguientes requerimientos: o Para cada caso se deben aplicar al menos dos escalones en la referencia del voltaje de los inversores que hacen parte de la unidad equivalente, uno ascendente y otro descendente, con una variación no inferior al 2% del voltaje nominal del punto. o Se deben almacenar los registros de al menos la potencia reactiva de la unidad equivalente y el voltaje en el punto de conexión, los cuales serán utilizados como variables de comparación para realizar la validación del modelo. o Se deben comparar los registros almacenados del sistema real con la respuesta del modelo. Se debe verificar una coherencia entre la forma de la curva, el valor inicial, el tiempo de retardo, el sobreimpulso, el tiempo de establecimiento, el tiempo de respuesta inicial, la magnitud y el valor final. o Validación del modelo del control de potencia reactiva/tensión para el control centralizado La validación del modelo del control de potencia reactiva/tensión debe hacerse para tres niveles de carga del SAEB (Pmin, en carga media -en estado de carga y descargay al 90 % de la capacidad nominal-en estado de carga y descarga), en modo control automático. Para los niveles de carga baja y media se deben probar al menos dos combinaciones diferentes de inversores de tal forma que se logre la misma potencia activa y se deben realizar como mínimo las siguientes pruebas: • Determinar la respuesta al escalón con el SAEB sincronizado

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