CNO - Circular 35 de 2025
CNO - Consejo Nacional de Operación
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Detalles
- Título
- CNO - Circular 35 de 2025
- Autor
- CNO - Consejo Nacional de Operación
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Servicios Públicos
- Año
- 2025
Circular N° 35 16 Julio, 2019
Asunto: Circular 35 Solicitud de información de la capacidad de corto circuito de las subestaciones del STN y del STR
Para: Transmisores y Operadores de Red
1. ANTECEDENTE CNO De acuerdo con lo previsto en el Acuerdo 601 de 2012 "Los agentes generadores, transportadores y operadores de red, deben reportar al CND cualquier modificación en los parámetros técnicos requeridos para el planeamiento operativo eléctrico que realiza el CND, una vez hayan validado la información."
Según el mismo Acuerdo, el 31 de marzo y el 30 de septiembre de cada año, los agentes generadores, transportadores y operadores de red deben revisar la información de parámetros técnicos registrada en las bases de datos del CND y de encontrar diferencias deberán reportar las modificaciones de los parámetros técnicos de sus equipos, según los formatos establecidos en el Anexo del Acuerdo mencionado.
2. SOLICITUD DE INFORMACIÓN
Para mantener actualizada la información de la capacidad de corto circuito de las subestaciones del STN y del STR, y establecer las medidas de mitigación de corto plazo para aquellas subestaciones que tengan un nivel de corto
circuito cercano o superior a la capacidad nominal, se solicita el diligenciamiento del Anexo de la presente Circular y el envío de este al correo info@xm.com.co hasta el 1 de agosto de 2019 . Secretario Técnico - Alberto Olarte Aguirre