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CNTV - Circular 0008 de 2009

Comisión Nacional de Televisión

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Detalles

Título
CNTV - Circular 0008 de 2009
Autor
Comisión Nacional de Televisión
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Libertad de Prensa
Año
2009

CIRCULAR 8 DE 2009 (14 julio) <Fuente: Archivo interno entidad emisora> COMISIÓN NACIONAL DE TELEVISIÓN <NOTAS DE VIGENCIA: Circular derogada por el artículo 34 de la Resolución 26 de 2018> Para: Concesionarios del servicio de television por suscripción (Cableada y satelital). Canales locales sin animo de lucro. Comunidades organizadas (Acuerdo 09 de 2006). De: Director.

Asunto: Acreditación de pago de derechos de autor.

Resumen de Notas de Vigencia NOTAS DE VIGENCIA: - Circular derogada por el artículo 34 de la Resolución 26 de 2018, 'por la cual se reglamenta la prestación del servicio de Televisión por Suscripción', publicada en el Diario Oficial No. 50.479 de 17 de enero de 2018. De acuerdo con lo consagrado en ¡os artículos 5 literal b) y 29 de la Ley 182 de 1995, y las obligaciones contempladas en los Artículos 17 del Acuerdo 010 de 2006, 25 del Acuerdo 0 9 de 2006 y 11 del Acuerdo 24 de 1997, los concesionarios de televisión por suscripción, las comunidades organizadas autorizadas para prestar el servicio de televisión comunitaria y los canales locales sin ánimo de lucro, tienen la obligación de dar cumplimiento a las normas sobre derechos de autor, para lo cual deben allegar anualmente a la Comisión Nacional de Televisión la acreditación del pago de los mismos, así como los convenios o contratos que

los autorizan a transmitir las señales. En atención a lo anterior, y a efectos de constatar el cumplimiento de las normas antes mencionadas, la Comisión Nacional de Televisión a continuación establece las condiciones para la acreditación de la citada obligación: Los respectivos operadores y concesionarios deberán remitir anualmente a la Oficina de Regulación de la Competencia, entre el 1 y el 31 de diciembre de cada año, original o copia auténtica de los recibos de pago por concepto de derechos de autor y de las certificaciones y convenios o contratos por virtud de los cuales los proveedores de las señales autorizan la transmisión. Cordialmente,

JUAN ANDRÉS CARREÑO CARDONA

DirectorDisposiciones analizadas por Avance Jurídico Casa Editorial Ltda. Normograma de la Comisión de Regulación de Comunicaciones n.d.

Última actualización: 15 de octubre de 2024 - (Diario Oficial No. 52.894 - 29 de septiembre de 2024)

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