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CNUDMI - Anuario 1985

CNUDMI - Comisión de las Naciones Unidas para el Derecho Mercantil Internacional

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Título
CNUDMI - Anuario 1985
Autor
CNUDMI - Comisión de las Naciones Unidas para el Derecho Mercantil Internacional
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Internacional_Privado
Año
1985

Comisión de las Naciones Unidas para el Derecho Mercantil Internacional

ANUARIO Volumen XVI: 1985

NACIONES UNIDAS Nueva York, 1989NOTA Las signaturas de los documentos de las Naciones Unidas se componen de letras mayúsculas y cifras. La mención de tales signaturas indica que se hace referencia a un documento de las Naciones Unidas.

A/CN.9/SER.A/1985

PUBLICACIÓN DE LAS NACIONES UNIDAS Número de venta: S.87.V.4

ISBN 92-1-333152-5

ISSN 0251-4273

05400PÍNDICE Página INTRODUCCIÓN vi Primera parte. Informe de la Comisión de las Naciones Unidas para el Derecho Mercantil Internacional; observaciones y decisiones sobre el mismo

DECIMOCTAVO PERÍODO DE SESIONES (1985)

A. Informe de la Comisión de las Naciones Unidas para el Derecho Mercantil Internacional sobre la labor realizada en su 18.° período de sesiones (Viena, 321 de junio de 1985) (A/40/17) 3

B. Conferencia de las Naciones Unidas sobre Comercio y Desarrollo (UNCTAD): pasajes del informe de la Junta de Comercio y Desarrollo (31.° período de sesiones) 49

C. Asamblea General: Informe de la Sexta Comisión (A/40/935) 49

D. Resoluciones 40/71 y 40/72 de la Asamblea General de 11 de diciembre de 1985 50

Segunda parte. Estudios e informes sobre cuestiones concretas

I. ARBITRAJE COMERCIAL INTERNACIONAL

A. Compilación analítica de las observaciones formuladas por gobiernos y organiza­

Segunda parte. Estudios e informes sobre cuestiones concretas

I. ARBITRAJE COMERCIAL INTERNACIONAL

A. Compilación analítica de las observaciones formuladas por gobiernos y organiza­ ciones internacionales acerca del proyecto de una ley modelo sobre arbitraje comercial internacional: informe del Secretario General (A/CN.9/263 y Add. 1-3) 55

B. Comentario analítico sobre el proyecto de texto de una ley modelo sobre arbitraje comercial internacional: informe del Secretario General (A/CN.9/264) .. .... 109

II. PAGOS INTERNACIONALES

A. Títulos negociables internacionales 151

Informe del Grupo de Trabajo sobre Títulos Negociables Internacionales acerca de la labor realizada en su 13.° período de sesiones (Nueva York, 7-18 enero 1985) (A/CN.9/261) 151

B. Transferencias electrónicas de fondos 161

Proyecto de Guía Jurídica sobre las transferencias electrónicas de fondos: informe del Secretario General (A/CN.9/266 y Add. 1 y Add.2) 161

III. NUEVO ORDEN ECONÓMICO INTERNACIONAL: CONTRATOS INDUSTRIA­

LES

A. Sexto período de sesiones del Grupo de Trabajo sobre el Nuevo Orden Económico

Internacional 213

1. Informe del Grupo de Trabajo sobre el Nuevo Orden Económico Internacional acerca de la labor realizada en su sexto período de sesiones

(Viena, 10-20 septiembre 1984) (A/CN.9/259) 213

2. Proyecto de Guía Jurídica para la redacción de contratos internacionales de construcción de obras industriales: informe del Secretario General

(A/CN.9/WG.V/WP.13 y Add.1-6) 229

B. Séptimo período de sesiones del Grupo de Trabajo sobre el Nuevo Orden

construcción de obras industriales: informe del Secretario General

(A/CN.9/WG.V/WP.13 y Add.1-6) 229

B. Séptimo período de sesiones del Grupo de Trabajo sobre el Nuevo Orden

Económico Internacional 265

1. Informe del Grupo de Trabajo sobre el Nuevo Orden Económico Internacional sobre la labor realizada durante su séptimo período de sesiones: (Nueva York, 8-19 abril 1985) (A/CN.9/262) 265Página

2. Proyecto de Guía Jurídica para la redacción de contratos internacionales de construcción de instalaciones industriales: informe del Secretario General

(A/CN.9/WG.V/WP.15 y Add.l a 10) 286

C. Trabajo adicional de la Comisión en la esfera de los contratos internacionales para la construcción de instalaciones industriales: nota de la Secretaría

(A/CN.9/268) 345

IV. EMPRESARIOS DE TERMINALES DE TRANSPORTE Octavo período de sesiones del Grupo de Trabajo sobre prácticas contractuales internacionales 347

A. Informe del Grupo de Trabajo sobre prácticas contractuales internacionales acerca de la labor realizada en su octavo período de sesiones (Viena, 3-13 diciembre 1984)

(A/CN.9/260) 347

B. Documentos de trabajo presentados por el Grupo de Trabajo 361

1. Responsabilidad de los empresarios de terminales de transporte: cuestiones a examinar por el Grupo de Trabajo: nota de la Secretaría (A/CN.9/

WG.II/WP.52) 361

2. Informe explicativo del texto del anteproyecto de Convención sobre la responsabilidad de los empresarios de terminales de transporte, preparado por la secretaría del UNIDROIT: nota de la secretaría (A/CN.9/WG.II/WP.52/

2. Informe explicativo del texto del anteproyecto de Convención sobre la responsabilidad de los empresarios de terminales de transporte, preparado por la secretaría del UNIDROIT: nota de la secretaría (A/CN.9/WG.II/WP.52/ Add. 1) (Para fines de consulta únicamente) 369

3. Responsabilidad de los empresarios de terminales de transporte: cuestiones adicionales que habrá de examinar el Grupo de Trabajo: nota de la Secretaría

(A/CN.9/WG.II/WP.53) .... 369

V. PROCESO AUTOMÁTICO DE DATOS Valor jurídido de los registros computadorizados: informe del Secretario General

(A/CN.9/265) 373

VI. COORDINACIÓN DE LOS TRABAJOS Aspectos jurídicos de la transferencia de tecnología: actividades en curso de las organizaciones internacionales dentro del sistema de las Naciones Unidas: informe del Secretario General (A/CN.9/269) 391

VIL SITUACIÓN DE LAS CONVENCIONES Situación de las Convenciones: nota de la Secretaría (A/CN.9/271) 405

VIII. CAPACITACIÓN Y ASISTENCIA Capacitación y asistencia: informe del Secretario General (A/CN.9/270) 409

IX. DIFUSIÓN DE LAS DECISIONES Difusión de las decisiones relativas a los textos jurídicos de la CNUDMI e interpretación uniforme de esos textos: nota de la Secretaría (A/CN.9/267) 411

Tercera parte. Anexos

I. LEY MODELO DE LA CNUDMI SOBRE ARBITRAJE COMERCIAL INTER­ NACIONAL (A/40/17, anexo I) 417

II. ACTAS RESUMIDAS DE LA COMISIÓN DE LAS NACIONES UNIDAS PARA

I. LEY MODELO DE LA CNUDMI SOBRE ARBITRAJE COMERCIAL INTER­ NACIONAL (A/40/17, anexo I) 417

II. ACTAS RESUMIDAS DE LA COMISIÓN DE LAS NACIONES UNIDAS PARA EL DERECHO MERCANTIL INTERNACIONAL CORRESPONDIENTES A LAS SESIONES DEDICADAS A LA PREPARACIÓN DE LA LEY MODELO DE LA

CNUDMI SOBRE ARBITRAJE COMERCIAL INTERNACIONAL (A/CN.9/SR.305333) 425Página

III. BIBLIOGRAFÍA DE OBRAS RECIENTES RELATIVAS A LA LABOR REALI­

ZADA POR LA CNUDMI (A/CN.9/284) 543

IV. LISTA DE DOCUMENTOS DE LA CNUDMI 547

V. REMISIONES: DOCUMENTOS DE LA CNUDMI A LOS QUE SE HACE

REFERENCIA EN EL PRESENTE VOLUMEN Y QUE SE HAN REPRODUCIDO

EN ANTERIORES VOLÚMENES DEL ANUARIO 551

VINTRODUCCIÓN El presente es el 16.° volumen de la serie de Anuarios de la Comisión de las Naciones Unidas para el Derecho Mercantil Internacional (CNUDMI)1. Este volumen consta de tres partes. La primera parte contiene el informe de la Comisión sobre la labor realizada en su 18.° período de sesiones, que se celebró en Viena del 3 al 21 de junio de 1985, y las observaciones y decisiones al respecto de la Conferencia de las Naciones Unidas sobre Comercio y Desarrollo (UNCTAD) y de la Asamblea General. La segunda parte reproduce la mayoría de los documentos examinados por la Comisión en su 18.° período de sesiones. Entre estos documentos figuran los informes de los grupos de trabajo de la Comisión que se ocupan, respectivamente,

la Asamblea General. La segunda parte reproduce la mayoría de los documentos examinados por la Comisión en su 18.° período de sesiones. Entre estos documentos figuran los informes de los grupos de trabajo de la Comisión que se ocupan, respectivamente, de los títulos negociables internacionales, el nuevo orden económico internacional y las prácticas contractuales internacionales, así como informes y notas del Secretario General y de la Secretaría. Se han incluido asimismo en esta parte algunos de los documentos de trabajo presentados a los grupos de trabajo. La tercera parte contiene la Ley Modelo de la CNUDMI sobre arbitraje comercial internacional, que fue aprobada por la Comisión en su 18.° período de sesiones, las actas resumidas de algunas sesiones de la Comisión, una bibliografía de trabajos recientes relacionados con la labor de la Comisión, preparada por la Secretaría, una lista de los documentos de la CNUDMI y una lista de referencias cruzadas entre los documentos de la CNUDMI mencionados en el presente volumen. 'Los volúmenes del Anuario de las Naciones Unidas para el Derecho Mercantil Internacional [denominado en adelante Anuario (año)] que se han publicado hasta la fecha son los siguientes: Volumen I II III III (Suplemento) IV V VI VII VIII IX X XI XII XIII XIV XV Años 1986-1970 1971 1972 1972 1973 1974 1975 1976 1977 1978 1979 1980 1981 1982 1983 1984 Publicación de las Naciones Unidas Núm. de venta S.71.V.1 S.72.V.4

1976 1977 1978 1979 1980 1981 1982 1983 1984 Publicación de las Naciones Unidas Núm. de venta S.71.V.1 S.72.V.4 S.73.V.6 S.73.V.9 S.74.V.3 S.75.V.2 S.76.V.5 S.77.V.1 S.78.V.7 S.80.V.8 S.8I.V.2 S.81.V.8 S.82.V.6 S.84.V.5 S.85.V.3

S.86.V.2DECIMOCTAVO PERIODO DE SESIONES (1985)

A. Informe de la Comisión de las Naciones Unidas para el Derecho Mercantil Internacional sobre la labor realizada en su 18.° período de sesiones

(Viena, 3 a 21 de junio de 1985) (A/40/17)«

ÍNDICE

Párrafos

INTRODUCCIÓN 1-2

Capítulo

I. ORGANIZACIÓN DEL PERÍODO DE SESIONES 3-10

A. Apertura 3

B. Composición y asistencia 4-7

C. Elección de la Mesa 8

D. Programa 9

E. Aprobación del informe 10

II. ARBITRAJE COMERCIAL INTERNACIONAL: PROYECTO DE LEY

MODELO SOBRE ARBITRAJE COMERCIAL INTERNACIONAL .... 11-333

A. Introducción 11-13

B. Observaciones generales sobre el proyecto de texto de una ley modelo sobre arbitraje comercial internacional 14-16

C. Examen de algunos artículos por separado 17-325

CAPÍTULO I. DISPOSICIONES GENERALES 17-81

B. Observaciones generales sobre el proyecto de texto de una ley modelo sobre arbitraje comercial internacional 14-16

C. Examen de algunos artículos por separado 17-325

CAPÍTULO I. DISPOSICIONES GENERALES 17-81

Artículo 1. Ámbito de aplicación 17-36 Artículo 2. Definiciones y reglas de interpretación 37-50 Artículo 4. Renuncia al derecho a objetar 51-57 Artículo 5. Alcance de la intervención del tribunal 58-65 Artículo 6. Tribunal para el cumplimiento de determinadas funciones de asistencia y supervisión durante el arbitraje — 66-81

CAPÍTULO II. ACUERDO DE ARBITRAJE 82-97

Artículo 7. Definición y forma del acuerdo de arbitraje 82-88 Artículo 8. Acuerdo de arbitraje y demanda en cuanto al fondo ante un tribunal 89-94 Artículo 9. Acuerdo de arbitraje y adopción de medidas provisionales por el tribunal ..... 95-97

CAPÍTULO III. COMPOSICIÓN DEL TRIBUNAL ARBITRAL ... 98-148

Articulólo. Número de arbitros ....,......:.... 98-99 Artículo 11. Nombramiento de los arbitros ..... 100-111 Artículo 12. Motivo de recusación .. 112-119 Artículo 13. Procedimiento de recusación 120-134 Artículo 14. Falta o imposibilidad de ejercicio de las funciones —,... 135-143 Artículo Ubis 144-145 Artículo 15. Nombramiento de un arbitro sustituto ... 146-148 "Documentos Oficiales de la Asamblea General, cuadragésimo período de sesiones, Suplemento No. 17 (A/40/17) (denominado en adelante el

Artículo 15. Nombramiento de un arbitro sustituto ... 146-148 "Documentos Oficiales de la Asamblea General, cuadragésimo período de sesiones, Suplemento No. 17 (A/40/17) (denominado en adelante el Informe).4 Anuario de la Comisión de las Naciones Unidas para el Derecho Mercantil Internacional — Vol. XVI: 1985

CAPÍTULO IV. COMPETENCIA DEL TRIBUNAL ARBITRAL ... 149-169

Artículo 16. Facultad para decidir acerca de su propia competencia 149-163 Artículo 18. Medidas provisionales cautelares 164-169

CAPÍTULO V. SUSTANCIACIÓN DE LAS ACTUACIONES

ARBITRALES 170-230

Artículo 19. Determinación del procedimiento 170-176 Artículo 20. Lugar del arbitraje 177-181 Artículo 21. Iniciación de las actuaciones arbitrales 182-187 Artículo 22. Idioma 188-194 Artículo 23. Demanda y contestación 195-201 Artículo 24. Audiencias y actuaciones por escrito 202-211 Artículo 25. Rebeldía de una de las partes 212-216 Artículo 26. Nombramiento de peritos por el tribunal arbitral 217-221 Artículo 27. Asistencia de los tribunales para la práctica de pruebas 222-230

CAPÍTULO VI. PRONUNCIAMIENTO DEL LAUDO Y TERMI­

NACIÓN DE LAS ACTUACIONES 231-271

Artículo 28. Normas aplicables al fondo del litigio 231-242 Artículo 29. Adopción de decisiones cuando hay más de un arbitro ... 243-246 Artículo 30. Transacción , 247-250 Artículo 31. Forma y contenido del laudo 251-259 Artículo 32. Terminación de las actuaciones 260-264

Artículo 29. Adopción de decisiones cuando hay más de un arbitro ... 243-246 Artículo 30. Transacción , 247-250 Artículo 31. Forma y contenido del laudo 251-259 Artículo 32. Terminación de las actuaciones 260-264 Artículo 33. Corrección e interpretación del laudo y laudo adicional 265-271

CAPÍTULO VIL IMPUGNACIÓN DEL LAUDO 272-307

Artículo 34. La petición de nulidad como único recurso contra un laudo arbitral 272-307

CAPÍTULO VIII. RECONOCIMIENTO Y EJECUCIÓN DE LOS

LAUDOS 308-325

Artículo 35. Reconocimiento y ejecución 311-317 Artículo 36. Motivos para denegar el reconocimiento o la ejecución ... 318-325

D. Examen de otros asuntos 326-330

E. Examen del proyecto de articulado por el Grupo de Redacción 331

F. Aprobación de la Ley Modelo 332-333

III. PAGOS INTERNACIONALES 334-342

A. Proyecto de convención sobre letras de cambio internacionales y pagarés internacionales 334-338

B. Transferencias electrónicas de fondos 339-342

IV. NUEVO ORDEN ECONÓMICO INTERNACIONAL: CONTRATOS

INDUSTRIALES 343-346

V. RESPONSABILIDAD DE LOS EMPRESARIOS DE TERMINALES DE

TRANSPORTE 347-349

VI. COORDINACIÓN DE LA LABOR 350-361

A. Coordinación general de actividades 350-353

B. Valor jurídico de los registros computadorizados 354-360

C. Actividades en curso de otras organizaciones en la esfera de la transferencia de tecnología 361

VIL CAPACITACIÓN Y ASISTENCIA 362-368

B. Valor jurídico de los registros computadorizados 354-360

C. Actividades en curso de otras organizaciones en la esfera de la transferencia de tecnología 361

VIL CAPACITACIÓN Y ASISTENCIA 362-368

VIII. SITUACIÓN DE LAS CONVENCIONES 369-370Primera parte. Decimoctavo período de sesiones 5

IX. RESOLUCIONES PERTINENTES DE LA ASAMBLEA GENERAL,

LABOR FUTURA Y OTROS ASUNTOS 371-378

A. Resolución de la Asamblea General sobre la labor de la Comisión ... 371

B. Lugar y fecha del 19.° período de sesiones de la Comisión 372

C. Periodos de sesiones de los Grupos de Trabajo 373-375

D. Difusión de las decisiones relativas a los textos jurídicos de la CNUDMI e interpretación uniforme de esos textos 376-378

ANEXOS

I. Ley Modelo de la CNUDMI sobre arbitraje comercial internacional

II. Lista de documentos del período de sesiones

Página 49 49

INTRODUCCIÓN

1. El presente informe de la Comisión de las Naciones Unidas para el Derecho Mercantil Internacional se refiere al 18.° período de sesiones de la Comisión, celebrado en Viena del 3 al 21 de junio de 1985.

2. En cumplimiento de la resolución 2205 (XXI) de la Asamblea General, de 17 de diciembre de 1966, este informe se presenta a la Asamblea y se envía asimismo a la Conferencia de las Naciones Unidas sobre Comercio y Desarrollo para que formule sus observaciones.

Alemania, República Federal de, Argelia Austra­ lia, Austria, Brasil, Cuba, Checoslovaquia, China, Chipre, Egipto, España, Estados

Desarrollo para que formule sus observaciones. Alemania, República Federal de, Argelia Austra­ lia, Austria, Brasil, Cuba, Checoslovaquia, China, Chipre, Egipto, España, Estados Unidos de América, Filipinas, Francia, Guate­ mala, Hungría, India, Iraq, Italia, Japón, Kenya, México, Nigeria, Perú, Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte, República Centroafricana, República Democrática Alemana, República Unida de Tanzania, Senegal, Sierra Leona, Singapur, Suecia, Trinidad y Tabago, Uganda, Unión de Repúblicas Socialistas Soviéticas y Yugoslavia. Capítulo I. Organización del período de sesiones

A. Apertura

3. La Comisión de las Naciones Unidas para el Derecho Mercantil Internacional (CNUDMI) inició su 18.° período de sesiones el 3 de junio de 1985. El Sr.

Carl-August Fleischhauer, Secretario General Adjunto y Asesor Jurídico, abrió el período de sesiones en nombre del Secretario General.

B. Composición y asistencia

4. La Comisión se creó en virtud de la resolución 2205

(XXI) de la Asamblea General con una composición de 29 Estados, elegidos por la Asamblea. En su resolución 3108 (XXVIII), la Asamblea General aumentó de 29 a 36 el número de miembros de la Comisión. Los actuales miembros de la Comisión, elegidos el 9 de noviembre de 1979 y el 15 de noviembre de 1982, son los siguientes Estados1: 'En virtud de la resolución 2205 (XXI) de la Asamblea General, los miembros de la Comisión se eligen por un periodo de seis años.

1979 y el 15 de noviembre de 1982, son los siguientes Estados1: 'En virtud de la resolución 2205 (XXI) de la Asamblea General, los miembros de la Comisión se eligen por un periodo de seis años. De los miembros actuales, la Asamblea General eligió 19 en su trigésimo cuarto período de sesiones, el 9 de noviembre de 1979 (decisión 34/308), y 17 en su trigésimo séptimo período de sesiones, el 15 de noviembre de 1982 (decisión 37/308). De conformidad con la resolución 31/99, de 15 de diciembre de 1976, el mandato de los miembros elegidos por la Asamblea General en su trigésimo cuarto período de sesiones expirará el día anterior a la apertura del 19.° período ordinario de sesiones anual de la Comisión, en 1986, y el mandato de los miembros elegidos por la Asamblea en su trigésimo séptimo período de sesiones expirará el día anterior a la apertura del 22.° período ordinario de sesiones anual de la Comisión, en 1989.

5. Con excepción de la República Centroafricana, Senegal, Trinidad y Tabago y Uganda, todos los miembros de la Comisión estuvieron representados en el período de sesiones.

6. También asistieron al período de sesiones obser­ vadores de los siguientes Estados: Argentina, Bulgaria,

Canadá, Colombia, Cote d'Ivoire, Chile, Finlandia, Grecia, Guinea, Indonesia, Irán (República Islámica del), Kuwait, Líbano, Noruega, Omán, Países Bajos, Panamá, Polonia, Portugal, República de Corea, República Dominicana, República Popular Democrática de Corea,

Kuwait, Líbano, Noruega, Omán, Países Bajos, Panamá, Polonia, Portugal, República de Corea, República Dominicana, República Popular Democrática de Corea, República Socialista Soviética de Bielorrusia, República Socialista Soviética de Ucrania, Rumania, Santa Sede, Suiza, Tailandia, Venezuela y Zaire.

7. Estuvieron representadas por observadores las organizaciones internacionales siguientes: a) Secretaría de las Naciones Unidas Comisión Económica para Europa (CEPE) Conferencia de las Naciones Unidas sobre Comercio y Desarrollo (UNCTAD) Organización de las Naciones Unidas para el

Desarrollo Industrial (ONUDI) Centro de Comercio Internacional UNCTAD/ GATT E1 mandato expira el día anterior a la apertura del período ordinario de sesiones dé la Comisión en 1986. E1 mandato expira el día anterior a la apertura del período ordinario de sesiones de la Comisión en 1989.6 Anuario de la Comisión de las Naciones Unidas para el Derecho Mercantil Internacional — Vol. XVI: 1985 b) Organizaciones intergubernamentales Comisión de las Comunidades Europeas Comité Jurídico Consultivo Asiático-Africano Conferencia de La Haya de Derecho Internacional Privado Consejo de Europa Instituto Internacional para la Unificación del Derecho Privado c) Otras organizaciones internacionales Chartered Institute of Arbitrators Asociación Interamericana de Abogados Asociación Internacional de Abogados Cámara de Comercio Internacional Centro Regional de Arbitraje Mercantil, El Cairo Comisión Interamericana de Arbitraje Comercial Consejo Internacional de Arbitraje Comercial

Asociación Interamericana de Abogados Asociación Internacional de Abogados Cámara de Comercio Internacional Centro Regional de Arbitraje Mercantil, El Cairo Comisión Interamericana de Arbitraje Comercial Consejo Internacional de Arbitraje Comercial Federación Internacional de Ingenieros Consultores

C. Elección de la Mesa

8. La Comisión eligió a los siguientes miembros de la

Mesa2:

Presidente: R. Loewe (Austria)

Vicepresidentes: L.G. Paes de Barros Leaes (Brasil)

I. Szász (Hungría)

H.Z. Tang (China)

Relator: E. E. E. Mtango (República Unida de

Tanzania)

D. Programa

9. El programa del período de sesiones, aprobado por la Comisión en su 305a. sesión, celebrada el 3 de junio

de 1985, fue el siguiente:

1. Apertura del período de sesiones

2. Elección de la Mesa

3. Aprobación del programa

4. Arbitraje comercial internacional

5. Pagos internacionales

6. Nuevo orden económico internacional: contra­ tos industriales

7. Empresarios de terminales de transporte

8. Coordinación de la labor

9. Situación de las convenciones

10. Difusión de las decisiones relativas a los textos jurídicos elaborados por la CNUDMI e inter­ pretación uniforme de estos textos

2Las elecciones tuvieron lugar en las sesiones 305a. y 308a., celebradas los días 3 y 4 de junio de 1985. De conformidad con una decisión adoptada por la Comisión en su primer periodo de sesiones, la Comisión tiene tres Vicepresidentes, además del Presidente y el Relator, a fin de que cada uno de los cinco grupos de Estados

decisión adoptada por la Comisión en su primer periodo de sesiones, la Comisión tiene tres Vicepresidentes, además del Presidente y el Relator, a fin de que cada uno de los cinco grupos de Estados enumerados en el párrafo 1 de la sección II de la resolución 2205 (XXI) de la Asamblea General esté representado en la Mesa de la Comisión (véase el informe de la Comisión de las Naciones Unidas para el Derecho Mercantil Internacional sobre la labor realizada en su primer período de sesiones, Documentos Oficiales de la Asamblea General, vigésimo tercer período de sesiones, Suplemento No. 16 (A/7216), párr. 14 (Anuario 1968-1970, segunda parte, I, A, párr. 14).

11. Capacitación y asistencia

12. Resolución de la Asamblea General sobre la labor de la Comisión

13. Labor futura

14. Otros asuntos

15. Aprobación del informe de la Comisión

E. Aprobación del informe

10. La Comisión aprobó por consenso el presente informe en sus sesiones 333a. y 334a., celebradas el 21 de junio de 1985.

Capítulo II. Arbitraje comercial internacional: Proyecto de ley modelo sobre arbitraje comercial internacional3

A. Introducción

11. En su 14.° período de sesiones, la Comisión decidió encargar al Grupo de Trabajo sobre Prácticas Contrac­ tuales Internacionales la preparación de un proyecto de ley modelo sobre arbitraje comercial internacional4. El Grupo de Trabajo cumplió su tarea en sus períodos de sesiones tercero, cuarto, quinto, sexto y séptimo5. El Grupo de Trabajo completó su labor al aprobar el proyecto de texto de una ley modelo sobre arbitraje

Grupo de Trabajo cumplió su tarea en sus períodos de sesiones tercero, cuarto, quinto, sexto y séptimo5. El Grupo de Trabajo completó su labor al aprobar el proyecto de texto de una ley modelo sobre arbitraje comercial internacional al final de su séptimo período de sesiones6, después de que un grupo de redacción hubiera elaborado las versiones correspondientes a los seis idiomas de la Comisión.

12. En su 17.° período de sesiones, la Comisión pidió al Secretario General que transmitiese el proyecto de texto a todos los gobiernos y a las organizaciones internacionales interesadas para que presentasen sus observaciones y pidió a la Secretaría que preparase una compilación analítica de las observaciones recibidas. La Comisión pidió también a la Secretaría que presentase a la Comisión, en su 18.° período de sesiones, un comentario sobre el proyecto de texto7.

13. En su actual período de sesiones, la Comisión tuvo ante sí un informe del Secretario General en el que figuraba una compilación analítica de las observaciones formuladas por gobiernos y organizaciones inter­ nacionales sobre el proyecto de texto de una ley modelo

3La Comisión examinó este tema en sus sesiones 305a. a 333a., celebradas del 3 al 21 de junio de 1985. Las actas resumidas de esas sesiones figuran en los documentos A/CN.9/SR. 305-333. 'Informe de la Comisión de las Naciones Unidas para el Derecho Mercantil Internacional sobre la labor realizada en su 14.° periodo de sesiones, Documentos Oficiales de la Asamblea General, trigésimo sexto periodo de sesiones, Suplemento No. 17 (A/36/17), párr. 70.

Mercantil Internacional sobre la labor realizada en su 14.° periodo de sesiones, Documentos Oficiales de la Asamblea General, trigésimo sexto periodo de sesiones, Suplemento No. 17 (A/36/17), párr. 70. 5Los informes sobre la labor de esos períodos de sesiones figuran

en A/CN.9/216, A/CN.9/232, A/CN.9/233, A/CN.9/245 y

A/CN.9/246. 6E1 proyecto de texto de una Ley Modelo sobre arbitraje comercial internacional figura en el anexo al documento A/CN.9/246. 'Informe de la Comisión de las Naciones Unidas para' el Derecho Mercantil Internacional sobre la labor realizada en su 17.° período de sesiones, Documentos Oficiales de la Asamblea General, trigésimo noveno periodo de sesiones, Suplemento No. 17 (A/39/17), párr. 101.Primera parte. Decimoctavo periodo de sesiones 7 sobre arbitraje comercial internacional (A/CN.9/263 y Add. 1 y 2), y un informe del Secretario General en el que figuraba un comentario analítico sobre el proyecto de texto (A/CN.9/264).

B. Observaciones generales sobre el proyecto de texto de una ley modelo sobre arbitraje comercial internacional

14. La Comisión reafirmó su reconocimiento al Grupo de Trabajo sobre Prácticas Contractuales Internacionales por la preparación del proyecto de texto de una ley modelo sobre arbitraje comercial internacional que, por lo general, fue recibido favorablemente y considerado como una base excelente para las deliberaciones de la

Comisión.

15. Se señaló que la consideración principal al examinar y revisar el proyecto de texto debería ser el funcionamiento eficiente del arbitraje comercial inter­

lo general, fue recibido favorablemente y considerado como una base excelente para las deliberaciones de la Comisión.

15. Se señaló que la consideración principal al examinar y revisar el proyecto de texto debería ser el funcionamiento eficiente del arbitraje comercial inter­ nacional. Con ese fin, habían de tenerse debidamente en cuenta las necesidades de aquellos que usarían el texto en la práctica cotidiana, a quienes, en última instancia, iba dirigido.

16. En lo relativo a la forma futura del texto que había de aprobarse, la Comisión decidió mantener el supuesto práctico del Grupo de Trabajo según el cual el texto sería aprobado y recomendado en forma de ley modelo y no en forma de convención, con sujeción al posible examen de esa decisión al final de sus deliberaciones sobre la sustancia del proyecto de texto.

C. Examen de algunos artículos por separado

CAPÍTULO I. DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1. Ámbito de aplicación

17. El texto del artículo 1 examinado por la Comisión fue el siguiente: "1) La presente Ley se aplicará al arbitraje comercial internacional, sin perjuicio de cualquier tratado multilateral o bilateral vigente en este Estado. "2) Un arbitraje es internacional si: "a) las partes en un acuerdo de arbitraje tienen, al momento de la celebración de ese acuerdo, sus establecimientos en Estados diferentes, o "Los epígrafes de los artículos se han incluido para facilitar la referencia únicamente y no deberán utilizarse para fines de interpretación. ••Debe darse una interpretación amplia a la expresión "comercial" para que abarque las cuestiones que se plantean en todas las relaciones de índole comercial. Las relaciones de índole comercial

interpretación. ••Debe darse una interpretación amplia a la expresión "comercial" para que abarque las cuestiones que se plantean en todas las relaciones de índole comercial. Las relaciones de índole comercial incluyen las operaciones siguientes, sin limitarse a ellas: cualquier operación comercial de suministro o intercambio de bienes, acuerdo de distribución, representación o mandato comercial, transferencia de créditos para su cobro (factoring), arrendamiento de bienes de equipo con opción de compra (leasing), construcción de obras, consultoría, ingeniería, concesión de licencias, inversión, financiación, banca, seguros, acuerdo o concesión de explotación, asociaciones de empresas y otras formas de cooperación industrial o comercial, transporte de mercancías o de pasajeros por vía aérea, marítima, férrea o por carretera." "b) uno de los lugares siguientes está situado fuera del Estado en el que las partes tienen sus establecimientos: "i) el lugar del arbitraje, si éste se ha determinado en el acuerdo de arbitraje o con arreglo al acuerdo de arbitraje; "ii) el lugar del cumplimiento de una parte sustancial de las obligaciones de la relación comercial o el lugar con el cual el objeto del litigio tenga una relación más estrecha; o "c) la cuestión objeto del acuerdo de arbitraje está relacionada de algún modo con más de un Estado. "3) A los efectos del párrafo 2) de este artículo, si alguna de las partes tiene más de un establecimiento, el establecimiento considerado será el que guarde una relación más estrecha con el acuerdo de arbitraje. Si una parte no tiene ningún establecimiento, se tomará en cuenta su residencia habitual." Ámbito de aplicación sustantiva: arbitraje

el establecimiento considerado será el que guarde una relación más estrecha con el acuerdo de arbitraje. Si una parte no tiene ningún establecimiento, se tomará en cuenta su residencia habitual." Ámbito de aplicación sustantiva: arbitraje comercial internacional

18. Si bien se expresó preocupación por la restricción del ámbito de aplicación sustantiva a los asuntos comerciales internacionales, la Comisión convino en que el proyecto de texto debería orientarse y referirse únicamente al arbitraje comercial internacional.

El término "comercial"

19. Se expresaron opiniones divergentes sobre la conveniencia de la nota a pie de página que acompaña al párrafo 1) en lo relativo

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