CNUDMI - Legal Guide to Uniform Instruments in the Area of International Commercial

CNUDMI - Comisión de las Naciones Unidas para el Derecho Mercantil Internacional

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Detalles

Título
CNUDMI - Legal Guide to Uniform Instruments in the Area of International Commercial
Autor
CNUDMI - Comisión de las Naciones Unidas para el Derecho Mercantil Internacional
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Internacional Privado
Año
—

CNUDMI COMISIÓN DE LAS NACIONES UNIDAS PARA EL DERECHO MERCANTIL INTERNACIONAL CNUDMI, Conferencia de La Haya y Unidroit Guía jurídica sobre instrumentos uniformes en el ámbito de los contratos comerciales internacionales, con énfasis en la compraventa NACIONES UNIDASPara más información, diríjase a: Secretaría de la CNUDMI, Vienna International Centre P.O. Box 500, 1400 Viena, Austria

Teléfono: (+43-1) 26060-4060 Fax: (+43-1) 26060-5813

Internet: uncitral.un.org Correo electrónico: uncitral@un.orgCNUDMI, Conferencia de La Haya y Unidroit Guía jurídica sobre instrumentos uniformes en el ámbito de los contratos comerciales internacionales, con énfasis en la compraventa

NACIONES UNIDAS

Viena, 2021

COMISIÓN DE LAS NACIONES UNIDAS PARA EL DERECHO

MERCANTIL INTERNACIONAL

CONFERENCIA DE LA HAYA DE DERECHO INTERNACIONAL PRIVADO

INSTITUTO INTERNACIONAL PARA LA UNIFICACIÓN

DEL DERECHO PRIVADOPUBLICACIÓN DE LAS NACIONES UNIDAS e-ISBN 978-92-1-005531-4

© Naciones Unidas, septiembre de 2021. Reservados todos los derechos. Las denominaciones empleadas en esta publicación y la forma en que se presentan los datos no implican, de parte de la Secretaría de las Naciones Unidas, juicio alguno sobre la condición jurídica de ningún país, territorio, ciudad o zona, o de sus autoridades, ni sobre la delimitación de sus fronteras o límites.

Producción editorial: Sección de Servicios en Inglés, Publicaciones y Biblioteca, Oficina de las Naciones Unidas en Viena.iii Índice Resumen .......................................................... vii

sus autoridades, ni sobre la delimitación de sus fronteras o límites.

Producción editorial: Sección de Servicios en Inglés, Publicaciones y Biblioteca, Oficina de las Naciones Unidas en Viena.iii Índice Resumen .......................................................... vii

I. Introducción ....................................................... 1

A. Origen y finalidad de la Guía .................................... 1

B. Alcance y enfoque ............................................. 4

II. ¿Por qué leer esta Guía? ............................................. 7

III. Determinación del derecho aplicable a los contratos comerciales internacionales ..................................................... 13

A. Aplicación directa de un tratado de derecho uniforme ............ 13 ¿Cómo se aplican los tratados de derecho uniforme a un contrato internacional? ................................................. 13

B. Aplicación de las normas de DIPr ............................... 15

1. Aplicación de las normas de DIPr cuando las partes eligen la ley aplicable ............................................. 16

2. Aplicación de las normas de DIPr a falta de elección por las partes .................................................. 25

C. Normas imperativas y orden público ............................ 28

IV . Derecho sustantivo de la compraventa internacional. . . . . . . . . . . . . . . . . . . 33

A. Convención de las Naciones Unidas sobre los Contratos de Compraventa Internacional de Mercaderías ................... 33

1. Ámbito de aplicación: bases para aplicar la CIM ............. 33

2. Obligaciones de las partes (con inclusión de la transmisión del riesgo y la conservación de las mercaderías) .............. 48

B. Convención sobre la Prescripción ............................... 75

1. El objetivo de la Convención sobre la Prescripción ........... 75

2. Ámbito de aplicación de la Convención sobre la Prescripción . 76iv

B. Convención sobre la Prescripción ............................... 75

1. El objetivo de la Convención sobre la Prescripción ........... 75

2. Ámbito de aplicación de la Convención sobre la Prescripción . 76iv

3. Disposiciones sobre los plazos de prescripción ............... 77

4. Interacción con otros instrumentos de derecho uniforme ..... 82

C. Principios del Unidroit sobre los Contratos Comerciales Internacionales ................................................ 84 1. ¿Cuáles son los objetivos de los Principios Unidroit? ....... 84 2. ¿Cómo se elaboraron los Principios Unidroit? ............. 84

3. Ediciones y versiones en distintos idiomas ................... 86 4. ¿Qué se entiende por “principios” de derecho de los contratos? . 86 5. ¿Cuáles y de qué tipo son las diferencias fundamentales con la CIM? ............................................... 86 6. ¿Cómo se pueden utilizar en la práctica los Principios Unidroit? ............................................... 88 7. ¿Cómo aplicarían los jueces y árbitros una cláusula en la que se designaran los Principios Unidroit como el derecho aplicable al contrato? ....................................... 89

8. Aplicación indirecta como medio de interpretación y complementación ........................................ 91 9. ¿Cuál es el ámbito de aplicación de los Principios Unidroit? . 92

10. Disposiciones sustantivas: visión general .................... 93

11. Algunas características ..................................... 99 12. ¿Cómo interactúan los Principios Unidroit con otros instrumentos de derecho uniforme? ......................... 100

D. Normas uniformes sobre cláusulas contractuales por las que se establece una suma convenida en razón de la falta de cumplimiento .............................................. 103

1. Relación con el derecho al cumplimiento específico .......... 104

2. Relación con el derecho a la indemnización de los daños

se establece una suma convenida en razón de la falta de cumplimiento .............................................. 103

1. Relación con el derecho al cumplimiento específico .......... 104

2. Relación con el derecho a la indemnización de los daños y perjuicios ................................................ 105

3. Reducción de la suma convenida por decisión de un órgano judicial o un tribunal arbitral ............................... 105

E. T extos regionales ............................................... 105

F. Modelos de contratos basados en textos uniformes ............... 106

1. Modelo de Contrato de Compraventa Internacional de la CCI y elaboración de normas jurídicas neutrales para los contratos internacionales ............................................ 106

2. T extos orientativos del Centro de Comercio Internacional .... 107v

3. Guía para la redacción de contratos de la International Bar Association ............................................... 108

V . Cuestiones jurídicas recurrentes que se plantean en relación con los contratos de compraventa ........................................ 109

A. Utilización de medios electrónicos .............................. 109

B. Contratos de distribución ...................................... 111

C. Representación ............................................... 113

D. Cuestiones relativas a los programas informáticos, los datos y la propiedad intelectual ........................................ 115

E. Comercio compensatorio y trueque ............................. 116

Anexo. Fuentes de información sobre instrumentos de derecho uniforme en el ámbito de los contratos comerciales internacionales ......... 119

A. Recursos ofrecidos por la Conferencia de La Haya, la CNUDMI y el Unidroit ................................................. 119

1. Conferencia de La Haya de Derecho Internacional Privado ... 119

2. La CNUDMI y otras entidades del sistema de las Naciones Unidas .................................................... 120

3. U nidroit ................................................ 122

B. Otros recursos ................................................. 123

1. Conferencia de La Haya de Derecho Internacional Privado ... 119

2. La CNUDMI y otras entidades del sistema de las Naciones Unidas .................................................... 120

3. U nidroit ................................................ 122

B. Otros recursos ................................................. 123

1. Determinación del derecho aplicable a los contratos comerciales internacionales ................................ 123

2. Derecho sustantivo de la compraventa internacional. . . . . . . . . . 123

3. Principios del Unidroit sobre los Contratos Comerciales Internacionales ............................................ 124

4. Sitios web citados en la presente Guía ....................... 125vii Resumen La presente Guía ofrece una visión general de los instrumentos de derecho uniforme en el ámbito de los contratos comerciales internacionales. En los capítu­ los  I y II se proporciona información sobre el origen y la finalidad de la Guía, su alcance y enfoque, y los lectores a quienes va dirigida. El capítulo III trata de cuestiones de derecho internacional privado, a saber, la determinación del derecho aplicable a los contratos comerciales internacionales, haya sido o no elegido por las partes. Se hace referencia a los textos elaborados por la Conferencia de La Haya de Derecho Internacional Privado, en particular los Principios de La Haya sobre la Elección del Derecho Aplicable en materia de Contratos Comerciales Internacionales. En el capítulo IV , que se refiere al derecho uniforme en materia de compraventa internacional, se examinan, en particular, las disposiciones de la Convención de las Naciones Unidas sobre los Contratos de Compraventa Internacional de Mercaderías, la Convención sobre la Prescripción en materia de Compraventa Internacional de Mercaderías y los Principios del U nidroit sobre los Contratos Comerciales Internacionales, y la interacción entre ellas. En el

Internacional de Mercaderías, la Convención sobre la Prescripción en materia de Compraventa Internacional de Mercaderías y los Principios del U nidroit sobre los Contratos Comerciales Internacionales, y la interacción entre ellas. En el capítulo IV también se hace referencia a textos uniformes regionales y modelos de contratos basados en textos uniformes. En el capítulo V figura un resumen de las cuestiones jurídicas recurrentes que se plantean con frecuencia en relación con los contratos de compraventa y las soluciones previstas al respecto en los instrumentos de derecho uniforme.1

I. Introducción

A. Origen y finalidad de la Guía

1. La Conferencia de La Haya de Derecho Internacional Privado (Conferencia de La Haya), la Comisión de las Naciones Unidas para el Derecho Mercantil Inter ­ nacional (CNUDMI) y el Instituto Internacional para la Unificación del Derecho Privado (Unidroit) llevan varios decenios elaborando textos de derecho uniforme que promueven la armonización y modernización progresivas del derecho de los contratos comerciales. Otras organizaciones internacionales gubernamentales y no gubernamentales también han hecho importantes contribuciones en los planos mundial y regional.

2. A lo largo del tiempo, la Conferencia de La Haya, la CNUDMI y el U ni­ droit han elaborado una serie de textos complementarios, a saber: la Conven ­ ción de las Naciones Unidas sobre los Contratos de Compraventa Internacional de Mercaderías (1980) (CIM) 1, los Principios del U nidroit sobre los Contratos Comerciales Internacionales (Principios Unidroit )2 y los Principios de La Haya sobre la Elección del Derecho Aplicable en materia de Contratos Comerciales Internacionales (Principios de La Haya) 3. Además, la CNUDMI ha elaborado

Comerciales Internacionales (Principios Unidroit )2 y los Principios de La Haya sobre la Elección del Derecho Aplicable en materia de Contratos Comerciales Internacionales (Principios de La Haya) 3. Además, la CNUDMI ha elaborado algunos tratados, como la Convención de las Naciones Unidas sobre la Utili ­ zación de las Comunicaciones Electrónicas en los Contratos Internacionales (2005) (Convención sobre Comunicaciones Electrónicas) 4 y la Convención sobre la Prescripción en materia de Compraventa Internacional de Mercaderías (1974, enmendada en 1980) (Convención sobre la Prescripción) 5, que están estrechamente relacionados con la CIM y que la complementan con respecto a determinadas materias6. De manera similar, la Conferencia de La Haya ha apro ­ bado a lo largo de la historia una serie de tratados que contienen normas sobre elección del derecho aplicable a los contratos de compraventa internacional, a saber: el Convenio sobre la Ley Aplicable a las Ventas de Carácter Internacional de Bienes Muebles Corporales (1955) (Convenio de La Haya de 1955 sobre 1 Naciones Unidas, Treaty Series, vol. 1489, núm. 25567. 2 La versión más reciente de los Principios Unidroit, de 2016, puede consultarse en el sitio web del Unidroit. 3 Los Principios de La Haya pueden consultarse en el sitio web de la Conferencia de La Haya. 4 Naciones Unidas, Treaty Series, vol. 2898, núm. 50525.

5 Ibid., vol. 1511, núm. 26119. 6 Ibid., vol. 1511, núm. 26121.2 Guía jurídica sobre instrumentos uniformes en el ámbito de los contratos comerciales internacionales las Ventas de Bienes Muebles Corporales) 7, el Convenio sobre la Ley Aplicable a los Contratos de Intermediarios y a la Representación (1978) (Convenio de La Haya de 1978 sobre los Contratos de Intermediarios) 8 y el Convenio sobre la Ley Aplicable a los Contratos de Compraventa Internacional de Mercaderías (1986) (Convenio de La Haya de 1986 sobre los Contratos de Compraventa) 9. En relación con la compraventa, el Unidroit también aprobó la Convención sobre Representación en la Compraventa Internacional de Mercaderías (1983), en la que se regulan los aspectos sustantivos de la representación 10.

3. La labor de redacción de los textos antes mencionados se llevó a cabo con frecuencia en coordinación con las demás organizaciones. Prueba de ello son los antecedentes legislativos de la CIM, para cuya elaboración la CNUDMI aprovechó textos uniformes anteriores preparados por el Unidroit11. A su vez, la CIM influyó en la elaboración de textos uniformes ulteriores, como los Principios Unidroit.

Además, algunos textos, como los Principios de La Haya, se basan en la CIM y en los Principios U nidroit y contribuyen a su aplicación.

4. Para que puedan cumplir su finalidad, los textos uniformes han de ir acompa ­ ñados de medidas de apoyo adecuadas para su aplicación. Las tres organizaciones han creado una serie de herramientas a tales efectos, como el sistema de infor ­ mación sobre jurisprudencia relativa a los textos de la CNUDMI (CLOUT) 12;

ñados de medidas de apoyo adecuadas para su aplicación. Las tres organizaciones han creado una serie de herramientas a tales efectos, como el sistema de infor ­ mación sobre jurisprudencia relativa a los textos de la CNUDMI (CLOUT) 12; la base de datos UNILEX, que contiene, entre otras cosas, una recopilación de jurisprudencia internacional relativa a los Principios U nidroit13, y las Cláusulas Modelo para el Uso de los Principios del U nidroit sobre los Contratos Comer ­ ciales Internacionales14.

5. El derecho mercantil internacional uniforme tiene por objeto lograr el desarro­ llo de un conjunto de normas armonizadas de alcance mundial, que sean interna ­ cionales desde el punto de vista de su origen, formulación y marco de aplicación e interpretación; en consecuencia, el derecho uniforme reduce los obstáculos jurí ­ dicos que dificultan el flujo del comercio internacional, favorece la igualdad de 7 Ibid., vol. 510, núm. 7411. 8 Países Bajos, Treaty Series, 1987, núm. 138. 9 El Convenio no ha entrado en vigor aún. 10 Esta Convención no entró en vigor y actualmente ha sido reemplazada por los Principios U nidroit, que contienen una sección detallada sobre la representación en el capítulo 2, titulado “Formación y apoderamiento de representantes” (véanse también el párr. 369 y el cap. V , secc. C, infra). 11 Véanse la Convención relativa a una Ley Uniforme sobre la Venta Internacional de Mercaderías (1964)

(Naciones Unidas, Treaty Series, vol. 834, núm. 11929) y la Convención relativa a una Ley Uniforme sobre la Formación de Contratos para la Venta Internacional de Mercaderías (1964) (Naciones Unidas, Treaty Series ,

(Naciones Unidas, Treaty Series, vol. 834, núm. 11929) y la Convención relativa a una Ley Uniforme sobre la Formación de Contratos para la Venta Internacional de Mercaderías (1964) (Naciones Unidas, Treaty Series , vol.  834, núm. 11930) (en el párr. 286 infra figuran más detalles sobre estas dos convenciones); véase también el Convenio de La Haya de 1955 sobre las Ventas de Bienes Muebles Corporales. 12 Puede consultarse en el sitio web de la CNUDMI. 13 Puede consultarse en el sitio web de UNILEX. 14 Pueden consultarse en el sitio web del U nidroit.I. Introducción 3 condiciones entre compradores y vendedores, estrecha las relaciones comerciales entre los Estados y genera oportunidades de inversión. En vista de las numerosas ventajas que ofrece el derecho uniforme en este sector, los textos uniformes men ­ cionados anteriormente se elaboraron con el fin de instaurar normas equilibradas adecuadas para las operaciones internacionales y ayudar a las partes a redactar sus contratos y a los decisores a resolver las controversias. Cada uno de esos textos otorga a las partes cierto grado de autonomía para decidir, de común acuerdo, hasta qué punto se aplicará dicho texto a su operación. Sin embargo, no siempre es fácil obtener información sobre la relación que guardan esos textos entre sí. Por consiguiente, las partes comerciales, los abogados, los jueces, los árbitros, los inves ­ tigadores académicos y los legisladores que deseen adoptar, aplicar o interpretar ese amplio corpus legislativo pueden experimentar dificultades para determinar cuáles son los textos pertinentes y situarlos en su contexto.

6. La presente Guía jurídica sobre instrumentos uniformes en el ámbito de los conamplio corpus legislativo pueden experimentar dificultades para determinar cuáles son los textos pertinentes y situarlos en su contexto.

6. La presente Guía jurídica sobre instrumentos uniformes en el ámbito de los contratos comerciales internacionales, con énfasis en la compraventa (la Guía) tiene por objeto aclarar la relación existente entre los textos con miras a promover su apro ­ bación, utilización e interpretación uniforme y, en última instancia, la creación de un entorno jurídico previsible y flexible para las operaciones comerciales transfron ­ terizas sobre la base del principio de la libertad contractual.

7. Por lo tanto, la Guía orienta al lector sobre diversas cuestiones jurídicas relacio­ nadas con el derecho de los contratos comerciales internacionales, que van desde la elección de la ley aplicable hasta los textos legislativos, contractuales y de orien ­ tación que pueden ser útiles en una operación comercial. La Guía no pretende favorecer ninguna interpretación en particular de los textos uniformes ni ofrecer ninguna interpretación novedosa de ellos.

8. La Guía se elaboró sobre la base de una propuesta conjunta 15, fruto de una serie de eventos organizados por la secretaría de la CNUDMI con motivo del 35º aniversario de la CIM 16, y fue aprobada por los órganos rectores de la Confe ­ rencia de La Haya, la CNUDMI y el Unidroit17. Fue compilada por las respectivas secretarías, con aportaciones de un grupo de cinco expertos de diferentes tradicio ­ nes jurídicas y distinto origen geográfico, a saber: Neil Cohen (Estados Unidos de 15 Nota de la Secretaría titulada “Propuesta conjunta sobre la cooperación en el ámbito del derecho de los contratos comerciales internacionales (con hincapié en la compraventa)” ( A/CN.9/892).

15 Nota de la Secretaría titulada “Propuesta conjunta sobre la cooperación en el ámbito del derecho de los contratos comerciales internacionales (con hincapié en la compraventa)” ( A/CN.9/892). 16 Nota de la Secretaría titulada “T endencias actuales en el ámbito del derecho de compraventa internacional de mercaderías” ( A/CN.9/849), párrs. 46 y 47. 17 Informe de la Comisión de las Naciones Unidas para el Derecho Mercantil Internacional sobre la labor realizada en su 49º período de sesiones ( A/71/17), párr. 281; documento que contiene las conclusiones y re ­ comendaciones aprobadas por el Consejo sobre Asuntos Generales y Política de la Conferencia de La Haya en marzo de 2016, párr. 23, disponible en inglés en el sitio web de la Conferencia de La Haya; resumen de las conclusiones del Consejo Directivo del U nidroit en su 95º período de sesiones, documento C.D. (95) misc. 2, párr. 18, disponible en el sitio web del U nidroit.4 Guía jurídica sobre instrumentos uniformes en el ámbito de los contratos comerciales internacionales América), Lauro da Gama e Souza Jr (Brasil), Pilar Perales Viscasillas (España), Hiroo Sono ( Japón) y Stefan Vogenauer (Alemania). La Guía se concibió como un documento evolutivo y las tres secretarías lo mantendrán en estudio con miras a su revisión periódica.

B. Alcance y enfoque

9. La Guía trata de los contratos comerciales internacionales, con especial énfasis en la compraventa y con exclusión de los contratos celebrados con consumidores.

Además, ofrece orientación sobre la interacción entre los contratos de compraventa

B. Alcance y enfoque

9. La Guía trata de los contratos comerciales internacionales, con especial énfasis en la compraventa y con exclusión de los contratos celebrados con consumidores.

Además, ofrece orientación sobre la interacción entre los contratos de compraventa y algunas operaciones estrechamente relacionadas con ellos, como el trueque, la representación y la distribución. La Guía también proporciona orientación sobre cuestiones transversales, como la utilización de las comunicaciones electrónicas.

10. En la Guía se analizan en particular los textos uniformes elaborados por la Conferencia de La Haya, la CNUDMI y el U nidroit, y se hace referencia a textos legislativos, como tratados y leyes modelo, así como a principios y cláusulas modelo concebidos para que las partes los apliquen en sus contratos.

11. La Guía constituye así un esfuerzo por aclarar la relación existente entre esos textos jurídicos internacionales uniformes y es un documento elaborado conjunta ­ mente por las tres secretarías con el fin de promover la uniformidad, la certeza y la claridad en esta esfera del derecho.

12. En la Guía se mencionan textos uniformes de alcance mundial o regional elaborados por otras organizaciones internacionales gubernamentales y no guber ­ namentales en la medida en que dichos textos ayuden a aclarar cómo funcionan los textos de la Conferencia de La Haya, la CNUDMI y el U nidroit. T ambién se citan en ella documentos de orientación que pueden brindar al lector informa ­ ción complementaria de utilidad. La Guía no tiene por objeto ofrecer una lista exhaustiva de los textos de alcance mundial y regional que guardan relación con los contratos comerciales internacionales. En particular, en ella no se examinan los instrumentos internacionales que, pese a no tratar principalmente de los contratos

exhaustiva de los textos de alcance mundial y regional que guardan relación con los contratos comerciales internacionales. En particular, en ella no se examinan los instrumentos internacionales que, pese a no tratar principalmente de los contratos de compraventa internacional, se remiten a la CIM y a los Principios U nidroit como una expresión de los principios y disposiciones generales adecuados para los regímenes legales modernos en el ámbito del derecho de los contratos 18. 18 Un ejemplo reciente es la Guía jurídica sobre agricultura por contrato del U nidroit, la Organización de las Naciones Unidas para la Alimentación y la Agricultura y el Fondo Internacional de Desarrollo Agrícola, que es un instrumento de orientación sobre la producción agrícola por contrato aprobado en 2015. Se puede consultar en el sitio web del U nidroit.I. Introducción 5

13. La Guía contiene un análisis de cuestiones de derecho internacional privado

(DIPr)19, con énfasis en los Principios de La Haya y su relación con la CIM y los Principios U nidroit, que tiene por objeto explicar la medida en que las partes contratantes pueden elegir el derecho aplicable, así como las consecuencias de no efectuar dicha elección. En la Guía también se expone a grandes rasgos el contenido de la CIM y la Convención sobre la Prescripción. Se examinan la naturaleza, la utilización y el contenido de los Principios U nidroit, y se destacan las similitudes y las diferencias entre la CIM y otros textos uniformes con los que pueden inte ­ ractuar dichos Principios. Por último, se hace referencia a una serie de cuestiones

jurídicas recurrentes relacionadas con los contratos de compraventa. 19 En general se entiende que el DIPr consta de tres elementos: a) la competencia, b) la ley aplicable y c) el reconocimiento y la ejecución de sentencias extranjeras. La cooperación administrativa y judicial relacionada con esas cuestiones también queda comprendida en el ámbito del DIPr. En la Guía, el término DIPr se utiliza principalmente en relación con las cuestiones relativas a la ley aplicable y a su elección, en consonancia con el uso que se da a ese término en determinados instrumentos uniformes (por ejemplo, CIM, art. 7, párr. 2). T am ­ bién se utiliza la expresión “elección de la ley aplicable” cuando resulta necesario para reflejar la terminología del instrumento correspondiente.7

II. ¿Por qué leer esta Guía?

14. La diversidad de ordenamientos jurídicos y sistemas políticos y económicos que existen en el mundo conduce a una fragmentación del derecho que entorpece el flujo del comercio. El derecho uniforme ofrece normas coherentes y homogéneas a escala mundial. En particular, el derecho uniforme prevé un régimen jurídico uniforme para los contratos de compraventa internacional 20 de mercaderías. Con ello, facilita el desarrollo del comercio internacional.

15. Las partes que celebran contratos internacionales, en particular contratos de compraventa de mercaderías, tienen ante sí una plétora de instrumentos de dere ­ cho uniforme. Esos instrumentos son muy útiles no solo porque contribuyen a la uniformidad o la armonización de las leyes de diferentes Estados, sino también porque pueden simplificar, aclarar y modernizar el derecho aplicable a este impor ­ tante aspecto del comercio.

16. No obstante, la forma en que esos instrumentos de derecho uniforme inte ­

uniformidad o la armonización de las leyes de diferentes Estados, sino también porque pueden simplificar, aclarar y modernizar el derecho aplicable a este impor ­ tante aspecto del comercio.

16. No obstante, la forma en que esos instrumentos de derecho uniforme inte ­ ractúan entre sí y se complementan mutuamente no siempre resulta evidente. La finalidad de la Guía es ofrecer una introducción y un breve resumen de varios instrumentos jurídicos importantes relativos a dichos contratos, que han sido ela ­ borados por la Conferencia de La Haya, la CNUDMI y el U nidroit. En ella se ha hecho hincapié en el carácter complementario de esos instrumentos cuando más de uno de ellos es aplicable a una misma operación.

17. La Guía puede ayudar a las partes y sus abogados, así como a los mediado ­ res, árbitros y jueces, a orientarse en relación con los instrumentos uniformes que pueden resultar aplicables. Con ella se aspira a que las partes puedan estructurar sus operaciones comerciales de manera eficiente y eficaz, teniendo en cuenta los beneficios que ofrecen dichos instrumentos.

18. En vista de su finalidad y naturaleza, la Guía no pretende analizar de manera exhaustiva el contenido de cada uno de esos instrumentos ni la interpretación que hacen de ellos los jueces, árbitros y eruditos, sino que, más bien, ofrece orientación básica respecto de ellos para contribuir a la comprensión de sus respectivos ámbitos 20 El concepto de “internacionalidad” , que es más específico o más amplio según el instrumento de que se trate,

se explicará más adelante en la sección correspondiente a cada instrumento.8 Guía jurídica sobre instrumentos uniformes en el ámbito de los contratos comerciales internacionales de aplicación, sus disposiciones fundamentales y la manera en que interactúan. Hay varias fuentes útiles de información jurisprudencial, bibliográfica y de otro tipo acerca de esos instrumentos, algunas de las cuales se pueden consultar sin costo por Internet. En el anexo figura una lista de fuentes que se pueden consultar para obtener más información.

19. Los instrumentos en que se centra principalmente la Guía son los siguientes: a) CIM. Como su nombre lo indica, la CIM prevé normas sobre la formación de los contratos y los derechos y obligaciones de las partes en el ámbito de la com ­ praventa internacional de mercaderías. Cuando resulta aplicable, este instrumento ofrece normas jurídicas neutrales que regulan esos contratos y evita en gran medida la necesidad de determinar la ley de qué Estado regirá las cuestiones fundamentales.

De este modo, la CIM puede contribuir considerablemente a aportar certeza a los intercambios comerciales y a reducir el costo de las operaciones; b) Principios Unidroit. Los Principios Unidroit son una codificación no vinculante de normas y principios de derecho de los contratos concebidos para ser aplicados a los contratos comerciales a escala mundial. Su objetivo es proporcio ­ nar a las partes, así como a los decisores y otros usuarios, un conjunto de normas equilibradas que se adapten especialmente bien a las operaciones transfronterizas. Al ser un instrumento jurídico no vinculante, los Principios U nidroit ofrecen a las partes y a los decisores diversas opciones en cuanto a la forma de utilizarlos y un alto grado de flexibilidad; c) Principios de La Haya . Los Principios de La Haya son también un con ­

Al ser un instrumento jurídico no vinculante, los Principios U nidroit ofrecen a las partes y a los decisores diversas opciones en cuanto a la forma de utilizarlos y un alto grado de flexibilidad; c) Principios de La Haya . Los Principios de La Haya son también un con ­ junto de principios no vinculantes que proporcionan orientación para elaborar y per­ feccionar normas jurídicas sobre el alcance y la aplicación del principio conforme al cual las partes que celebran un contrato comercial tienen autonomí

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