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CNUDMI - A-CN.9-1220

CNUDMI - Comisión de las Naciones Unidas para el Derecho Mercantil Internacional

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Detalles

Título
CNUDMI - A-CN.9-1220
Autor
CNUDMI - Comisión de las Naciones Unidas para el Derecho Mercantil Internacional
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Internacional Privado
Año

Naciones Unidas A/CN.9/WG.V/WP.199

Asamblea General

Distr. limitada 14 de octubre de 2024

Español Original: inglés

V.24-18663 (S) 171224 171224 2418663

Comisión de las Naciones Unidas para el Derecho Mercantil Internacional Grupo de Trabajo V (Régimen de la Insolvencia) 65º período de sesiones Viena, 16 a 20 de diciembre de 2024

Otros asuntos: posible labor futura

Propuesta de la delegación de Australia para preparar una actualización de la Guía para la incorporación al derecho interno y la interpretación de la Ley Modelo de la CNUDMI sobre la Insolvencia Transfronteriza

Nota de la Secretaría

El 8 de octubre de 2024, el Gobierno de Australia presentó a la secretaría una propuesta para preparar una actualización de la Guía para la incorporación al derecho interno y la interpretación de la Ley Modelo de la CNUDMI sobre la Insolvencia Transfronteriza. En el anexo de la presente nota figura la traducción al español del texto recibido por la secretaría, con algunos cambios de formato.A/CN.9/WG.V/WP.199

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Anexo

Propuesta de la delegación de Australia para preparar una actualización de la Guía para la incorporación al derecho interno y la interpretación de la Ley Modelo de la CNUDMI sobre la Insolvencia Transfronteriza

Parte I: antecedentes de la Guía para la incorporación al derecho interno y la interpretación

interno y la interpretación de la Ley Modelo de la CNUDMI sobre la Insolvencia Transfronteriza

Parte I: antecedentes de la Guía para la incorporación al derecho interno y la interpretación

1. En su 30º período de sesiones, celebrado en 1997, la Comisión aprobó la Ley Modelo de la CNUDMI sobre la Insolvencia Transfronteriza ( A/52/17 , párrs. 221 y 222 y anexo I). La Comisión también consideró que, a fin de que la Ley Modelo constituyera un instrumento más eficaz, sería útil elaborar una guía con el fin de prestar asistencia a los Estados en la tarea de incorporar a su derecho y aplica r la Ley Modelo ( A/52/17 , párrs. 23 y 24). La Comisión no tuvo tiempo de examinar el proyecto de guía para la incorporación al derecho interno de las Disposiciones Modelo de la CNUDMI para la Insolvencia Transfronteriza en su 30º período de sesiones, pero determinó que la Ley Modelo y la Guía para la incorporación al derecho interno se publicaran en un solo documento consolidado ( A/52/17 , párr. 220). El proyecto de guía para la incorporación al derecho interno fue preparado ( A/CN.9/436 ) y finalizado ( A/CN.9/442 ) por la secretaría a partir del material del 30º período de sesiones de la Comisión. En su 31er período de sesiones, celebrado en 1998, la Comisión tomó nota con reconocimiento de la finalización de la Guía para la incorporación al derecho interno ( A/53/17 , párr. 272).

2. En su 38º período de sesiones, celebrado en 2010, el Grupo de Trabajo recibió una propuesta de la delegación de los Estados Unidos de América para

párr. 272).

2. En su 38º período de sesiones, celebrado en 2010, el Grupo de Trabajo recibió una propuesta de la delegación de los Estados Unidos de América para recomendar a la Comisión que se revisara la Guía para la incorporación al derecho interno a fin de dar orientaciones sobre la interpretación y aplicación de determinados conceptos de la Ley Modelo, como el del “centro de los principales intereses ”

(A/CN.9/WG.V/WP.93/Add.1 , párr. 8). La delegación también informó de los antecedentes de la propuesta ( A/CN.9/WG.V/WP.93/Add.2 ). El Grupo de Trabajo formuló la recomendación propuesta a la Comisión ( A/CN.9/691 , párr. 104). En su 43er período de sesiones, celebrado en 2010, la Comisión hizo suya la recomendación del Grupo de Trabajo ( A/65/17 , párr. 259).

3. En su 43 er período de sesiones, celebrado en 2013, el Grupo de Trabajo examinó las modificaciones propuestas en la Guía para la incorporación al derecho interno

(A/CN.9/WG.V/WP.112 ) e introdujo otras modificaciones ( A/CN.9/766 , párrs. 13 a 54). Las modificaciones se basaban en las deliberaciones mantenidas por el Grupo de Trabajo en sus períodos de sesiones 39º (2010), 40º (2011), 41º (2012) y 42º (2012) (A/CN.9/715 , A/CN.9/738 , A/CN.9/742 y A/CN.9/763 , respectivamente) y en las propuestas formuladas en los documentos A/CN.9/WG.V/WP.95 y Add.1,

(A/CN.9/715 , A/CN.9/738 , A/CN.9/742 y A/CN.9/763 , respectivamente) y en las propuestas formuladas en los documentos A/CN.9/WG.V/WP.95 y Add.1, A/CN.9/WG.V/WP.99 , A/CN.9/WG.V/WP.103 y Add.1, A/CN.9/WG.V/WP.105 y A/CN.9/WG.V/WP.107 . El Grupo de Trabajo comunicó a la Comisión que había completado sus modificaciones de la Guía para la incorporación al derecho interno (A/CN.9/766 , párr. 101).

4. En su 46º período de sesiones, celebrado en 2013, la Comisión agregó otras recomendaciones ( A/68/17 , párr. 197) y aprobó la versión revisada de la Guía para la incorporación al derecho interno y la interpretación (A/68/17 , párr. 198).

Parte II: finalidad de la Guía para la incorporación al derecho interno y la interpretación

5. Las leyes modelo dan a los Estados un ejemplo de ley que, si un Estado opta por incorporar a su derecho interno, contribuirá a armonizar las leyes de ese Estado y deA/CN.9/WG.V/WP.199

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otros Estados que han optado igualmente por incorporarla a su derecho interno. La Ley Modelo está concebida como un marco moderno, armonizado y equitativo que regula eficazmente las situaciones en que existen procedimientos transfronterizos relativos a deudores que se encuentran en graves apuros financieros o que son insolventes. La Ley Modelo es fundamentalmente un documento procedimental. Sus principales

eficazmente las situaciones en que existen procedimientos transfronterizos relativos a deudores que se encuentran en graves apuros financieros o que son insolventes. La Ley Modelo es fundamentalmente un documento procedimental. Sus principales disposiciones se centran en promover: a) el acceso a los tribunales locales, b) el reconocimiento del procedimiento extranjero, c) las medidas para asistir al procedimiento extranjero y d) la cooperación entre Estados.

6. La Guía para la incorporación al derecho interno y la interpretación refleja la opinión de la Comisión, que ha mantenido desde la aprobación de la Ley Modelo, de que la mejor manera de dotar de eficacia a la Ley Modelo era elaborar un documento explicativo. La Guía para la incorporación al derecho interno y la interpretación está concebida fundamentalmente para ser utilizada por los poderes legislativo y ejecutivo de los Estados, encargados de modificar (cuando sea necesario) e incorporar al derecho inte rno la Ley Modelo. También ofrece una perspectiva sobre la Ley Modelo que debería ser de interés para los funcionarios judiciales, abogados, académicos y otros colectivos encargados de interpretar y aplicar la Ley Modelo. La Guía para la incorporación al derecho interno y la interpretación también está complementada por la publicación Ley Modelo de la CNUDMI sobre la Insolvencia Transfronteriza: la perspectiva judicial (2022), el Compendio de jurisprudencia relativa a la Ley Modelo de la CNUDMI sobre la Ins olvencia Transfronteriza (2021) y la Guía de prácticas de la CNUDMI sobre cooperación en la insolvencia transfronteriza (2009).

Parte III: propuesta de actualización de la Guía para la incorporación al derecho interno y la interpretación

cooperación en la insolvencia transfronteriza (2009).

Parte III: propuesta de actualización de la Guía para la incorporación al derecho interno y la interpretación

7. La Guía para la incorporación al derecho interno y la interpretación cumple una importante función como complemento de la Ley Modelo. Con el fin de promover de la mejor manera posible los fines de la Ley Modelo, la delegación de Australia desearía formular una recomendación de labor futura de modo que el Grupo de Trabajo V revise y actualice la Guía para la incorporación al derecho interno y la interpretación .

8. Reconociendo la función de la CNUDMI como líder en la elaboración de la Ley Modelo, recomendamos que el Grupo de Trabajo V revise en primer lugar la Guía para la incorporación al derecho interno y la interpretación a fin de determinar ámbitos apropiados para su actualización en vista de la evolución de la Ley Modelo desde su aprobación. Tras esa revisión, recomendamos además que el Grupo de Trabajo V, habiendo señalado ámbitos de la Guía para la incorporación al derecho interno y la interpretación cuya a ctualización resulte apropiada, explore vías para llevar a cabo una actualización en esos ámbitos.

9. Recomendamos que el Grupo de Trabajo V debata las propuestas anteriores en su 65º período de sesiones, que se celebra en diciembre de 2024, y que se estudie la posibilidad de aprobarlas en el 58º período de sesiones de la CNUDMI, que tendrá lugar en 2025. Recomendamos también que la Comisión otorgue margen de flexibilidad suficiente a fin de que el Grupo de Trabajo pueda valorar a qué ámbitos de la Guía para la incorporación al derecho interno y la interpretación hay que prestar atención.

en 2025. Recomendamos también que la Comisión otorgue margen de flexibilidad suficiente a fin de que el Grupo de Trabajo pueda valorar a qué ámbitos de la Guía para la incorporación al derecho interno y la interpretación hay que prestar atención.

10. Formulamos la presente sugerencia habida cuenta tanto de la evolución de la propia Ley Modelo como del aumento en el número de jurisdicciones que han aprobado leyes basadas en la Ley Modelo o influidas por ella. De hecho, desde la última actualización de l a Guía para la incorporación al derecho interno y la interpretación , aprobada por la Comisión el 18 de julio de 2013, en el transcurso de su 46º período de sesiones, 40 jurisdicciones han aprobado leyes de esa índole.

11. Por ello, esta delegación propone que: el Grupo de Trabajo V estudie la posibilidad de recomendar a la Comisión que examine este tipo de propuesta en su siguiente período de sesiones con miras a aprobar un mandato para que el Grupo de Trabajo V revise laA/CN.9/WG.V/WP.199

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vigencia de la Guía para la incorporación al derecho interno y la interpretación y actualice la publicación .

12. Agradeceríamos que el Grupo de Trabajo V estudiara la presente propuesta.

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