CNUDMI - A CN.9 1250 Add.4
CNUDMI - Comisión de las Naciones Unidas para el Derecho Mercantil Internacional
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Detalles
- Título
- CNUDMI - A CN.9 1250 Add.4
- Autor
- CNUDMI - Comisión de las Naciones Unidas para el Derecho Mercantil Internacional
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Internacional_Privado
- Año
- —
Naciones Unidas A/CN.9/1250/Add.4
Asamblea General
Distr. general 4 de febrero de 2026
Español Original: inglés
V.26 -01362 (S) 030326 030326 2601362
Comisión de las Naciones Unidas para el Derecho Mercantil Internacional 59º período de sesiones Nueva York, 22 de junio a 10 de julio de 2026
Actividades no legislativas
Archivo de la transparencia
Nota de la Secretaría
Adición
Índice Página
I. Introducción ................................ ................................ .. 2
II. Funcionamiento del archivo de la transparencia ................................ ....... 2A/CN.9/1250/Add.4
V.26-01362 2/3
I. Introducción
1. La Comisión recordará que, en su 46º período de sesiones, celebrado en 2013, aprobó el Reglamento de la CNUDMI sobre la Transparencia en los Arbitrajes entre Inversionistas y Estados en el Marco de un Tratado (el “Reglamento sobre la Transparencia”) 1 , en cuyo artículo se prev el establecimiento de un arciivo de información publicada (el “arciivo de la transparencia”). La Comisión recordará tambi n que, de conformidad con las solicitudes presentadas por la Asamblea General al Secretario General, la secretaría de la Comisión estableció el arciivo de la transparencia y lo puso en funcionamiento primero como proyecto piloto 2 y despu s como proyecto 3 financiado en su totalidad con contribuciones voluntarias, en especial
al Secretario General, la secretaría de la Comisión estableció el arciivo de la transparencia y lo puso en funcionamiento primero como proyecto piloto 2 y despu s como proyecto 3 financiado en su totalidad con contribuciones voluntarias, en especial de la Unión Europea (UE) y, más recientemente, tambi n del Ministerio Federal de Cooperación Económica y Desarrollo de Alemania (BMZ) 4.
2. En 2024, la Asamblea General solicitó al Secretario General que siguiera administrando, a trav s de la secretaría de la Comisión, el arciivo de la transparencia, como continuación del proyecto iasta fines de 2027, que se financiaría íntegramente con contri buciones voluntarias 5 . En 202,, la Comisión eppresó su agradecimiento a la UE y al BMZ por proporcionar los fondos que iabían iecio posible que el arciivo siguiera funcionando 6.
3. En la presente nota se informa sobre el funcionamiento del arciivo de la transparencia durante el año 202,.
II. Funcionamiento del archivo de la transparencia
4. El arciivo de la transparencia ofrece una base de datos global, consolidada, integral y de fácil acceso en que se registran casos de arbitrajes entre inversionistas y Estados, de conformidad con el Reglamento sobre la Transparencia y otros regímenes similares. Constituye una característica central del marco de transparencia de la CNUDMI. Junto con el Reglamento sobre la Transparencia, que establece obligaciones para la publicación de documentos importantes, notificaciones de los procesos y la publicidad de las audiencias, y la Convención de las Naciones Unidas sobre la Transparencia en los Arbitrajes entre Inversionistas y Estados en el Marco de
obligaciones para la publicación de documentos importantes, notificaciones de los procesos y la publicidad de las audiencias, y la Convención de las Naciones Unidas sobre la Transparencia en los Arbitrajes entre Inversionistas y Estados en el Marco de un Tratado (Nueva York, 2014) (la “Convención de Mauricio sobre la Transparencia”) 7, en que se establece un mecanismo para iacer aplicable el Reglamento sobre la Transparencia a los tratados epistentes, el arciivo de la transparencia aumenta la transparencia y la rendición de cuentas en el arbitraje entre inversionistas y Estados 8. ,. Hasta la fecia, se ian publicado en el arciivo de la transparencia 33 casos en total, con 17 demandados, sobre controversias relativas a distintos sectores económicos. En 202, se informó de dos casos más, que se publicarán en 2026.
6. Durante varios años, el arciivo de la transparencia ia funcionado mediante la base de datos vinculada al sitio web de la CNUDMI. En 2026, migrará al sitio web de la CNUDMI. Esta migración no afectará a las funciones del arciivo, sino que mejorará su visibilidad, facilitará su uso y iará que sea más accesible; tambi n se modernizará su __________________ 1 Documentos Oficiales de la Asamblea General , sexagésimo octavo período de sesiones , suplemento núm. 17 (A/68/17 ), párr. 128. 2 A/RES/70/115 , párr. 2.
3 A/RES/71/135 , párr. 5; A/RES/72/113 , párr. 6; A/RES/75/133 , párr. 5, y A/RES/78/103 , párr. 4. 4 A/CN.9/1015 , párrs. 1 a 8, y A/CN.9/1097 , párr. 17. 5 A/RES/79/117 , párr. 12. 6 Documentos Oficiales de la Asamblea General , octagésimo período de sesiones , suplemento núm. 17 (A/80/17 ), párr. 316. 7 Naciones Unidas, Treaty Series , vol. 3207, núm. 54749. 8 El Reglamento sobre la Transparencia, la Convención de Mauricio sobre la Transparencia y el arciivo de la transparencia se denominan conjuntamente “normas de la CNUDMI relativas a la transparencia”.A/CN.9/1250/Add.4
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formato de presentación. El oficial jurídico encargado de la gestión y el funcionamiento del arciivo de la transparencia supervisará el proceso de migración.
7. La secretaría de la CNUDMI, en cooperación con sus asociados, siguió promoviendo las normas de la CNUDMI relativas a la transparencia, lo que dio resultados positivos en 202,. . En primer lugar, el 2, de septiembre de 202,, la UE aprobó la Convención de Mauricio sobre la Transparencia, acto que quizás aliente a los Estados miembros de la UE a ratificar, adierirse o aprobar esa convención. En segundo lugar, en 202,, en otros dos acuerdos para la protección y promoción de las inversiones se incorporó el
Mauricio sobre la Transparencia, acto que quizás aliente a los Estados miembros de la UE a ratificar, adierirse o aprobar esa convención. En segundo lugar, en 202,, en otros dos acuerdos para la protección y promoción de las inversiones se incorporó el Reglamento sobre la Transparencia: un acuerdo celebrado por el Canadá y los Emiratos Árabes Unidos, que aplica directamente el Reglamento sobre la Transparencia, y un acuerdo celeb rado entre el Japón y Zambia, en que se incluye una cláusula específica sobre la transparencia 9.
9. En 202, se llevaron a cabo actividades de sensibilización relacionadas con las normas de la CNUDMI relativas a la transparencia, por ejemplo, mediante la celebración de los Días de la CNUDMI y en cooperación con los asociados, destinadas a una amplia diversidad de partes interesadas, como los encargados de formular políticas, funcionarios públicos, profesionales, investigadores y estudiantes de todo el mundo.
Esas actividades sirvieron para promover las normas de la CNUDMI relativas a la transparencia ju nto con los elementos de la reforma del sistema de solución de controversias entre inversionistas y Estados adoptados por la Comisión. En colaboración con la Oficina de las Naciones Unidas contra la Droga y el Delito, las normas de la CNUDMI relativas a la transparencia se destacaron como una buena práctica para prevenir y combatir la corrupción al apoyar un marco jurídico para la solución de controversias internacionales armonizado, justo y eficaz, que promueve la rendición de cuentas.
__________________ 9 Para más información, véase el documento A/CN.9/1249 , que la Comisión tiene ante sí en su 59º período de sesiones.