CNUDMI - A CN.9 WG.II WP.243
CNUDMI - Comisión de las Naciones Unidas para el Derecho Mercantil Internacional
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Detalles
- Título
- CNUDMI - A CN.9 WG.II WP.243
- Autor
- CNUDMI - Comisión de las Naciones Unidas para el Derecho Mercantil Internacional
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Internacional Privado
- Año
- —
Naciones Unidas A/CN.9/WG.II/WP.243
Asamblea General
Distr. limitada 21 de noviembre de 2025
Español Original: inglés
V.25 -19060 (S) 151225 151225 2519060
Comisión de las Naciones Unidas para el Derecho Mercantil Internacional Grupo de Trabajo II (Solución de Controversias) 83er período de sesiones Nueva York, 16 a 20 de febrero de 2026
Programa provisional anotado
I. Programa provisional
1. Apertura del período de sesiones.
2. Elección de la Mesa.
3. Aprobación del programa.
4. Examen de las adiciones de la nota explicativa y las Notas sobre la organización del proceso arbitral relativas a los laudos arbitrales en forma electrónica y examen de las notificaciones electrónicas del arbitraje.
5. Coloquio de la CNUDMI sobre el uso de la inteligencia artificial en la solución de controversias y elaboración de orientaciones procesales sobre las audiencias a distancia en el arbitraje y la conducción de la mediación.
6. Aprobación del informe.
II. Composición del Grupo de Trabajo
1. El Grupo de Trabajo está integrado por todos los Estados miembros de la Comisión, que son los siguientes: Afganistán (2028), Alemania (2031), Arabia Saudita (2028), Argentina (2028), Armenia (2028), Australia (2028), Austria (2028), Belarús (2028), Bélgica (2031), Bolivia (Estado plurinacional de) (2031), Brasil (2028),
(2028), Argentina (2028), Armenia (2028), Australia (2028), Austria (2028), Belarús (2028), Bélgica (2031), Bolivia (Estado plurinacional de) (2031), Brasil (2028), Bulgaria (2028), Burundi (2031), Canadá (2031), Chequia (2028), Chile (2028), China (2031), Colombia (2028), Congo (2031), Côte d’Ivoire (2031), El Salvador (2031), España (2028), Estados Unidos de América (2028), Federación de Rusia (2031), Filipinas (2031), Francia (2031), Ghana (2031), Grecia (2028), Hungría (2031), India (2028), Irán (República Islámica de) (2028), Iraq (2028), Israel (2028), Italia (2028), Japón (2031), Kenya (2028), Kuwait (2028), Malasia (2031), Malawi (2028), Marruecos (2028), Mauricio (2028), Mauritania (2031), México (2031), Nigeria (2028), Países Bajos (Reino de los) (2031), Panamá (2028), Perú (2031), Polonia (2028), Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Nor te (2031), República de Corea (2031), República Democrática del Congo (2028), República Dominicana (2031), Sierra Leona (2031), Singapur (2031), Somalia (2028), Sri Lanka (2031), Sudáfrica (2031), Suecia (2031), Suiza (2031), Tailandia (2028), Türkiye (202 8), Turkmenistán (2028), Ucrania (2031), Uganda (2028), Uruguay (2031), Venezuela (República Bolivariana de) (2028), Viet
Suiza (2031), Tailandia (2028), Türkiye (202 8), Turkmenistán (2028), Ucrania (2031), Uganda (2028), Uruguay (2031), Venezuela (República Bolivariana de) (2028), Viet Nam (2031) y Zambia (2031).A/CN.9/WG.II/WP.243
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2. Los Estados que no sean miembros de la Comisión y las organizaciones gubernamentales internacionales podrán asistir al período de sesiones en calidad de observadores y participar en las deliberaciones. Asimismo, las organizaciones no gubernamentales intern acionales invitadas podrán asistir al período de sesiones en calidad de observadoras y exponer sus opiniones sobre los asuntos en que posean conocimientos especializados o experiencia internacional, a fin de facilitar las deliberaciones durante el perío do de sesiones.
III. Anotaciones sobre los temas del programa
Tema 1. Apertura del período de sesiones
3. El 83 er período de sesiones del Grupo de Trabajo se celebrará del 16 al 20 de febrero de 2026 en la Sede de las Naciones Unidas (Nueva York). El horario de las sesiones será de las 10.00 a las 13.00 horas y de las 15.00 a las 18.00 horas, excepto el lunes 16 de febrero de 2026, en que el período de sesiones se declarará abierto a las 10.30 horas. Los días 16 de febrero (de las 15.00 a las 18.00 horas) y el 17 de febrero
(de las 10.00 a las 13.00 horas y de las 15.00 a las 18.00 horas) tendrá lugar un coloquio sobre el uso de la inteligencia artificial (AI) en la solución de controversias y l a
(de las 10.00 a las 13.00 horas y de las 15.00 a las 18.00 horas) tendrá lugar un coloquio sobre el uso de la inteligencia artificial (AI) en la solución de controversias y l a elaboración de orientaciones procesales sobre las audiencias a distancia en el arbitraje y la conducción de la mediación, organizado a petición de la Comisión ( A/80/17 , párrs. 237 y 347).
4. El martes 17 de febrero de 2026 coincide con el Año Nuevo Lunar, y se ha solicitado a la secretaría que haga lo posible por evitar que se celebren reuniones durante un día feriado de las Naciones Unidas 1. Por ello, se ha asignado el martes al coloquio en lugar de dedicarlo a deliberaciones sustantivas, a fin de adaptarse a las delegaciones que celebran el día feriado. Así pues, se espera que el Grupo de Trabajo mantenga deliberaciones sustantivas el lunes por la mañana, que las reanude el miércoles por la mañana, una vez concluido el coloquio, y que apruebe el informe del período de sesiones el viernes por la tarde. La información sobre los demás arreglos para el período de sesiones se anunciarán en la pág ina web del Grupo de Trabajo II a su debido tiempo.
Tema 2. Elección de la Mesa
5. De conformidad con la práctica que ha seguido anteriormente, el Grupo de Trabajo tal vez desee elegir una persona para que ocupe la Presidencia y otra para la Relatoría.
Tema 4. Examen de las adiciones de la nota explicativa y las Notas sobre la organización del proceso arbitral relativas a los laudos arbitrales en forma electrónica y examen de las notificaciones electrónicas del arbitraje
Tema 4. Examen de las adiciones de la nota explicativa y las Notas sobre la organización del proceso arbitral relativas a los laudos arbitrales en forma electrónica y examen de las notificaciones electrónicas del arbitraje
6. En el marco de este tema del programa, se espera que el Grupo de Trabajo prosiga con sus deliberaciones sobre dos cuestiones: i) los laudos en forma electrónica, finalizando las adiciones de la nota explicativa y las Notas sobre la organización del proceso arbitral , y ii) las notificaciones electrónicas, continuando con el debate sobre una disposición que especifique que se admiten las notificaciones del arbitraje en forma electrónica, en consonancia con el principio de no discriminación, así como sobre propuestas de texto en que se traten cuestiones relacionadas con la entrega y la recepción.
A. Antecedentes
7. En su 57º período de sesiones, celebrado en 2024, la Comisión examinó la comunicación de los Gobiernos de Alemania, España, Israel, el Japón y la República de Corea sobre la posible labor futura en materia de solución de controversias en la economía digita l ( A/CN.9/1186 ) y las notas de la Secretaría sobre los progresos realizados en el examen de los acontecimientos que se han producido en ese ámbito, __________________ 1 Documentos Oficiales de la Asamblea General, octagésimo período de sesiones, suplemento núm. 17 (A/80/17 ), párr. 346.A/CN.9/WG.II/WP.243
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incluidas propuestas de labor futura ( A/CN.9/1189 y A/CN.9/1190 ). Sobre esa base, la
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incluidas propuestas de labor futura ( A/CN.9/1189 y A/CN.9/1190 ). Sobre esa base, la Comisión encargó al Grupo de Trabajo II que emprendiera una labor en relación con el reconocimiento y la ejecución de laudos arbitrales electrónicos y, posteriormente, las notificaciones electrónicas 2.
8. El Grupo de Trabajo inició sus deliberaciones en su 80º período de sesiones, celebrado en 2024 (Viena, 30 de septiembre a 4 de octubre de 2024), con un coloquio de dos días de duración, organizado a petición de la Comisión, con el fin de recabar perspectiv as sobre cuestiones relativas a los laudos arbitrales electrónicos y las posibles soluciones para las notificaciones electrónicas del arbitraje. Tras el coloquio, el Grupo de Trabajo comenzó a estudiar el reconocimiento y la ejecución de laudos arbitral es electrónicos, tal y como quedó reflejado en el documento A/CN.9/1193 , y prosiguió con sus deliberaciones en el 81 er período de sesiones (Nueva York, 3 a 7 de febrero de 2025), tal y como quedó reflejado en el documento A/CN.9/1200 , sobre la base de los documentos A/CN.9/WG.II/WP.238 y A/CN.9/WG.II/WP.240 , respectivamente. La Comisión se declaró satisfecha con los avances realizados, y el Grupo de Trabajo prosiguió posteriormente con sus deliberaciones en su 82º período de sesiones (Viena, 13 a 17 de octubre de 2025), tal y como quedó reflejado en el docum ento A/CN.9/1236 ,
prosiguió posteriormente con sus deliberaciones en su 82º período de sesiones (Viena, 13 a 17 de octubre de 2025), tal y como quedó reflejado en el docum ento A/CN.9/1236 , sobre la base del documento A/CN.9/WG.II/WP.242 .
B. Documentación
9. El Grupo de Trabajo tendrá ante sí una nota de la Secretaría
(A/CN.9/WG.II/WP.244 ), que se publicará en la página web del Grupo de Trabajo II una vez publicada en todos los idiomas oficiales de las Naciones Unidas. El Grupo de Trabajo tal vez desee tener en consideración asimismo los siguientes textos, que pueden consultarse en la secc ión del sitio web de la CNUDMI titulada “Textos y situación ”: • Ley Modelo de la CNUDMI sobre Arbitraje Comercial Internacional (1985) con las enmiendas aprobadas en 2006; • Reglamento de Arbitraje de la CNUDMI (2021); • Notas de la CNUDMI sobre la organización del proceso arbitral aprobadas en 2016 (con una nota adicional sobre la desestimación temprana y la determinación preliminar aprobada en 2023).
Tema 5. Coloquio de la CNUDMI sobre el uso de la inteligencia artificial (IA) en la solución de controversias y elaboración de orientaciones procesales sobre las audiencias a distancia en el arbitraje y la conducción de la mediación
10. En el marco de este tema del programa se espera que el Grupo de Trabajo formule una recomendación de posible labor futura, que se someterá al examen de la Comisión en su 59º período de sesiones, en 2026.
10. En el marco de este tema del programa se espera que el Grupo de Trabajo formule una recomendación de posible labor futura, que se someterá al examen de la Comisión en su 59º período de sesiones, en 2026.
11. En su 58º período de sesiones, celebrado en 2025, la Comisión tuvo ante sí una nota de la Secretaría que contenía un informe sobre los progresos realizados en el examen de los acontecimientos que se han producido en el ámbito de la solución de controversia s en la economía digital ( A/CN.9/1215 ), en el cual se resumían los avances hechos en la labor de investigación sobre el tema del uso de la inteligencia artificial en la solución de controversias. La Comisión también tuvo ante sí una comunicación del Gobierno de Israel en relación con la labor de investigación sobre el arbitraje y la mediación a distancia ( A/CN.9/1233 ).
12. Tras deliberar, la Comisión tomó nota con aprecio de las propuestas y de la labor realizada por la secretaría. También se expresó agradecimiento al Gobierno del Japón por su constante apoyo al proyecto sobre la solución de controversias en la economía digi tal. La Comisión solicitó a la secretaría que prosiguiera con su labor de investigación en el proyecto, en particular respecto de las siguientes cuestiones: a) el uso de la inteligencia artificial en la solución de controversias; b) la solución de cont roversias basada en plataformas, en colaboración con la Plataforma Mundial Inclusiva de __________________ 2 Ibid. , septuagésimo noveno período de sesiones, suplemento núm. 17 (A/79/17 ), párrs. 265, 284 y 285.A/CN.9/WG.II/WP.243
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Innovación Jurídica en materia de Solución de Controversias en Línea, y c) la elaboración de orientaciones procesales sobre las audiencias a distancia en el arbitraje y la conducción de la mediación. Solicitó a la secretaría que le informara de los avances realizados en su 59º período de sesiones. La Comisión también pidió que se distribuyera un cuestionario a los Estados, a fin de que realizaran nuevos aportes a los temas mencionados. La Comisión solicitó además que se celebrara un coloquio durante uno de los períodos de sesiones del Grupo de Trabajo II sobre los temas a) y c), que permitiría al Grupo de Trabajo formular una recomendación a la Comisión sobre la posible labor futura 3 . El Grupo de Trabajo tal vez desee tomar nota de que el 2 de diciembre de 2025 tuvo lugar una reunión de un grupo de expertos sobre la solución de controversias basada en plataformas (tema b)), organizada por la Plataforma Mundial Inclusiva de Innovación Jurídica en materia de Solución de Controversias en Línea.
13. El coloquio constó de tres paneles. En el primer panel se trataron cuestiones relacionadas con el uso de sistemas de inteligencia artificial por parte de árbitros. Cada vez más se utilizan herramientas de inteligencia artificial en estos dos ámbitos fundam entales: i) el apoyo sustantivo, para ayudar en tareas como el examen de documentos y el análisis de casos, y ii) el apoyo procesal, para ayudar a programar sesiones, gestionar casos y realizar otras tareas administrativas. Se esperaba que en el panel se analizara el posible impacto del uso de sistemas de inteligencia artificial en el
documentos y el análisis de casos, y ii) el apoyo procesal, para ayudar a programar sesiones, gestionar casos y realizar otras tareas administrativas. Se esperaba que en el panel se analizara el posible impacto del uso de sistemas de inteligencia artificial en el reconocimiento y la ejecución de laudos arbitrales y se estudiaran medidas para mitigar o evitar los efectos adversos.
14. El segundo panel se centró en las orientaciones procesales y las mejores prácticas para celebrar audiencias a distancia en el arbitraje. En el panel se exploraron las prácticas actuales, las herramientas prácticas y las orientaciones para celebrar audienci as a distancia en el arbitraje, con vistas a que esas actuaciones respetaran las garantías procesales, mantuvieran la confidencialidad de las partes y llevaran a la emisión de laudos de manera costoeficiente.
15. En el tercer panel se examinaron cuestiones relativas a la conducción de la mediación a distancia. Específicamente, en el panel se trató de apuntar a experiencias, dificultades y criterios prácticos para celebrar procesos de mediación eficaces a distancia, al tiempo que se salvaguardaban los principios esenciales de la mediación.
Tema 6. Aprobación del informe
16. Al término de su período de sesiones, el Grupo de Trabajo tal vez desee aprobar un informe para presentarlo a la Comisión en su 59º período de sesiones, que está previsto actualmente que se celebre en Nueva York del 22 de junio al 10 de julio de 2026.
__________________ 3 Ibid. , septuagésimo octavo período de sesiones, suplemento núm. 17 (A/80/17 ), párr. 237.