CNUDMI - A-CN.9-WG.III-WP.158
CNUDMI - Comisión de las Naciones Unidas para el Derecho Mercantil Internacional
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Detalles
- Título
- CNUDMI - A-CN.9-WG.III-WP.158
- Autor
- CNUDMI - Comisión de las Naciones Unidas para el Derecho Mercantil Internacional
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Internacional Privado
- Año
- —
Naciones Unidas A/CN.9/WG.III/WP.158
Asamblea General
Distr. limitada 25 de enero de 2019
Español Original: inglés
V.19 -00457 (S) 200219 200219 1900457
Comisión de las Naciones Unidas para el Derecho Mercantil Internacional Grupo de Trabajo III (Reforma del Sistema de Solución de Controversias entre Inversionistas y Estados) 37º período de sesiones Nueva York, 1 a 5 de abril de 2019
Posible reforma del sistema de solución de controversias entre inversionistas y Estados (SCIE)
Información sobre las opciones para aplicar un plan de trabajo
Nota de la Secretaría
Índice Página
I. Introducción ................................ ............................... 2
II. Opciones para aplicar un plan de trabajo ................................ ........ 2
A. Medios disponibles dentro del límite de los recursos existentes ................. 2
B. Medios que requieren recursos adicionales ................................ .. 6
III. Cuestiones que podrían examinarse ................................ ............ 8A/CN.9/WG.III/WP.158
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I. Introducción
1. En su 50º período de sesiones, celebrado en 2017, la Comisión confirió al Grupo de Trabajo III un mandato amplio para que trabajara en lo relativo a la posible reforma del sistema de solución de controversias entre inversionistas y Estados (SCIE).
En cons onancia con los procesos de la CNUDMI, el Grupo de Trabajo III, en cumplimiento de ese mandato, velaría por que las deliberaciones, además de
del sistema de solución de controversias entre inversionistas y Estados (SCIE). En cons onancia con los procesos de la CNUDMI, el Grupo de Trabajo III, en cumplimiento de ese mandato, velaría por que las deliberaciones, además de aprovechar la gama más amplia posible de conocimientos especializados de que dispusieran todos los interesados, f uesen dirigidas por los Gobiernos, se nutrieran con aportes de alto nivel de todos los Gobiernos, se basaran en el consenso y fueran plenamente transparentes. El Grupo de Trabajo procedería: i) a determinar y examinar las inquietudes relacionadas con la SC IE; ii) a evaluar si era deseable emprender una reforma a la luz de las inquietudes que se hubiesen detectado; y iii) si el Grupo de Trabajo llegaba a la conclusión de que la reforma era deseable, a elaborar las soluciones pertinentes que cabría recomendar a la Comisión. La Comisión acordó que se diera al Grupo de Trabajo un amplio margen de discrecionalidad para el cumplimiento de su mandato, y que las soluciones a que se llegara se definieran teniendo en cuenta la labor que estuviesen realizando en ese mo mento las organizaciones internacionales pertinentes y de modo tal que cada Estado tuviera la posibilidad de elegir si deseaba, y en qué medida, adoptar la o las soluciones propuestas 1.
2. El Grupo de Trabajo inició su examen del tema en su 34º período de sesiones
(Viena, 27 de noviembre a 1 de diciembre de 2017). En su 36º período de sesiones (Viena, 29 de octubre a 2 de noviembre de 2018), el Grupo de Trabajo convino en que a continuación tendría que elaborar un plan de trabajo para abordar las
sesiones (Viena, 29 de octubre a 2 de noviembre de 2018), el Grupo de Trabajo convino en que a continuación tendría que elaborar un plan de trabajo para abordar las cuestio nes respecto de las cuales había decidido que era conveniente que la CNUDMI llevara a cabo una reforma ( A/CN.9/964 , párr. 138). Con tal fin, solicitó a la Secretaría que preparase y sometiese a su consideración una nota sobre las opciones disponibles para facilitar el plan de trabajo relativo a la tercera fase de su mandato ( A/CN.9/964 , párr. 140).
3. En la presente nota, que responde a esa solicitud, se describen varias posibilidades para el proceso de deliberación y la elaboración de instrumentos y se señalan sus principales consecuencias en materia de recursos.
II. Opciones para aplicar un plan de trabajo
A. Medios disponibles dentro del límit e de los recursos existentes
4. Desde su establecimiento 2 , la CNUDMI ha cumplido con la mayor parte del componente legislativo de su mandato siguiendo un proceso intergubernamental organizado en diversos foros en el seno de las Naciones Unidas. En primer lugar, se encuentran los períodos ordinarios de sesiones anuales, en los que la Comisión, entre otras cosas, ultima textos jurídicos; integran el segundo foro los grupos de trabajo
(actualmente seis), en los que se preparan los textos jurídicos, y, por úl timo, en el tercer foro quedan comprendidas otras reuniones intergubernamentales, como congresos y coloquios.
5. A modo de contexto, cabe señalar que los textos de la CNUDMI suelen elaborarse en general por conducto de los grupos de trabajo. La Comisión r econoció “el vínculo
y coloquios.
5. A modo de contexto, cabe señalar que los textos de la CNUDMI suelen elaborarse en general por conducto de los grupos de trabajo. La Comisión r econoció “el vínculo existente entre ese proceso oficial de negociación y la aplicabilidad universal
(y, por tanto, también la aceptación) de los textos de la CNUDMI, la importancia de la __________________ 1 Documentos Oficiales de la Asamblea General, septuagésimo segundo período de sesiones, Suplemento núm. 17 (A/72/17 ), párr. 264. 2 Véase la resolución 2205(XXI) de la Asamblea General, de 17 de diciembre de 1966.A/CN.9/WG.III/WP.158
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transparencia que otorgaba ese proceso ” 3 y los métodos de trabajo i nclusivos 4 y multilingües 5 de la CNUDMI. Como ha reconocido la Comisión, estos métodos contribuyen a evitar que prevalezcan grupos e intereses especializados. La Comisión también ha señalado que “la flexibilidad de los métodos de funcionamiento de la Comi sión, que habían resultado satisfactorios ” en las deliberaciones y en la toma de decisiones contribuye a la eficacia y eficiencia de la CNUDMI 6. En ese mismo sentido, al conferir el mandato al Grupo de Trabajo III, la Comisión observó que “la CNUDMI ofrecí a un foro multilateral adecuado para examinar las cuestiones pertinentes de manera inclusiva y transparente, en el que se podían tener presentes los intereses no solo de los Estados, sino también de otros interesados ”. Se recordó que la CNUDMI había empren dido con éxito una reforma del sistema de solución de controversias entre
manera inclusiva y transparente, en el que se podían tener presentes los intereses no solo de los Estados, sino también de otros interesados ”. Se recordó que la CNUDMI había empren dido con éxito una reforma del sistema de solución de controversias entre inversionistas y Estados mediante la preparación de normas sobre transparencia 7.
Asignación anual del tiempo de reuniones a la CNUDMI
6. La Comisión y sus grupos de trabajo se reúnen haciendo uso del tiempo de reuniones asignado a la CNUDMI, que en la actualidad alcanza un máximo de 15 semanas anuales 8. Por lo general, se destinan tres semanas al período de sesiones anual de la Comisión. En diversas ocasiones, la Comisión ha dedicado hasta una semana de su período de sesiones a examinar y ultimar un proyecto de texto 9 y, a veces, ha constituido comités plenarios con esa misma finalidad 10. Siempre que el período de sesiones de la Comisión n o exceda el tiempo de reuniones asignado, este enfoque no tiene consecuencias presupuestarias para la Comisión.
7. En 2003, la Comisión convino en que normalmente sus seis grupos de trabajo debían reunirse durante un período de sesiones de una semana dos v eces al año y en que, si un grupo de trabajo se reunía durante un período inferior a las dos semanas que en teoría le eran asignadas, ese tiempo sin utilizar podía ser empleado por otro grupo de trabajo. Así, por ejemplo, el tiempo de reuniones sin utiliza r que de otro modo se habría asignado al Grupo de Trabajo II durante el otoño de 2018 se destinó a la reunión de un grupo intergubernamental de expertos sobre los proyectos de infraestructura con __________________ 3 Documentos Oficiales de la Asamblea General, sexagésimo octavo período de sesiones,
grupo intergubernamental de expertos sobre los proyectos de infraestructura con __________________ 3 Documentos Oficiales de la Asamblea General, sexagésimo octavo período de sesiones, Suplemento núm. 17 (A/68/17 ), párr. 300. 4 El proceso está diseñado para que todas las regiones y todos los niveles de desarrollo estén debidamente incluidos en las deliberaciones y la toma de decisiones (para más información, véanse las siguientes páginas del sitio web de la CNUDMI: https://uncitral.un.org/es/about/faq/mandate_composition y https://uncitral.un.org/es/about/ faq/methods ). 5 En el sitio web de la CNUDMI pueden consultarse los documentos de trabajo y los informes sobre los períodos de sesiones de los grupos de trabajo en los seis idiomas oficiales de las Naciones Unidas; la interp retación simultánea hacia esos idiomas oficiales facilita la labor realizada en los períodos de sesiones de la Comisión y de los grupos de trabajo. 6 Las decisiones de la CNUDMI se basan en el consenso; véanse el Reglamento y métodos de trabajo de la CNU DMI ( A/CN.9/638/Add.4 ) y Documentos Oficiales de la Asamblea General, sexagésimo cuarto período de sesiones, Suplemento núm. 17 (A/64/17 ), párr. 387. 7 Documentos Oficiales de la Asamblea General, septuagésimo segundo período de sesiones, Suplemento núm. 17 (A/72/17 ), párr. 258. 8 Se asignan tres semanas a la Comisión y doce semanas a los seis grupos de trabajo. 9 Por ejemplo, cuando ultimó el proyecto de Ley Modelo sobre la Contratación Pública en 2011
8 Se asignan tres semanas a la Comisión y doce semanas a los seis grupos de trabajo. 9 Por ejemplo, cuando ultimó el proyecto de Ley Modelo sobre la Contratación Pública en 2011 (véase Documentos Oficiales de la Asamblea General, sexagésimo sexto período de sesiones, Suplemento núm. 17 (A/66/17 ), párrs. 13 a 191) y las Notas de la CNUDMI sobre la organización del proceso arbitral en 2015 (véase Documentos Oficiales de la Asamblea General, septuagésimo período de sesiones, Suplemento núm. 17 (A/70/17 ), párrs. 14 a 132). 10 La Comisión establece estos comités en el transcurso de su período de sesiones anual en el contexto de la elaboración de textos normativos; a título de ejemplo, véase el proceso por el que se examinaron y aprobaron provision almente algunas partes de la Ley Modelo sobre Garantías Mobiliarias en 2015, Documentos Oficiales de la Asamblea General, septuagésimo período de sesiones, Suplemento núm. 17 (A/70/17 ), párrs. 12 y 169 a 213; pa ra un análisis más detallado de los comités plenarios, véase el Reglamento y métodos de trabajo de la CNUDMI (A/CN.9/638/Add.1 ), párrs. 17 a 21.A/CN.9/WG.III/WP.158
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financiación privada 11. Del mismo modo, se dedicaron a ese mi smo tema dos días que no se habían utilizado en el período de sesiones de la Comisión de 2018 12.
8. No se prevé que los grupos de trabajo dejen sin usar un tiempo que pueda ponerse
financiación privada 11. Del mismo modo, se dedicaron a ese mi smo tema dos días que no se habían utilizado en el período de sesiones de la Comisión de 2018 12.
8. No se prevé que los grupos de trabajo dejen sin usar un tiempo que pueda ponerse a disposición del Grupo de Trabajo III antes del 52º período de sesiones de la Comisión, que tendrá lugar en julio de 2019. Sin embargo, en su 51 er período de sesiones, celebrado en 2018, la Comisión convino en que procuraría concluir su programa de trabajo en las dos primeras semanas del período de sesiones, de modo que la tercer a semana se destinara a otros fines 13. Por tanto, cabe la posibilidad de que la Comisión decida asignar una semana a un grupo de trabajo o un proyecto de su elección.
Asignación flexible del tiempo y los temas
9. Los grupos de trabajo han celebrado per íodos de sesiones conjuntos en que han examinado temas de interés común, tanto para coordinar la labor como para garantizar la coherencia 14. En esos casos, se han dividido entre dos grupos de trabajo los mandatos para abordar temas que se solapan, un enfoqu e podría aplicarse al Grupo de Trabajo III y al Grupo de Trabajo II (Arbitraje y Conciliación/Arreglo de Controversias).
Por ejemplo, el Grupo de Trabajo II podría ocuparse de las cuestiones relativas a la práctica del arbitraje cuya reforma ha sido consi derada conveniente por el Grupo de Trabajo III y que no se limitan a la SCIE.
10. También cabe señalar que, si bien los grupos de trabajo suelen reunirse durante un período de sesiones de una semana dos veces al año, como se ha indicado anteriormente, se podría pedir a la Comisión que estudiara la posibilidad de asignar dos temas a un solo
10. También cabe señalar que, si bien los grupos de trabajo suelen reunirse durante un período de sesiones de una semana dos veces al año, como se ha indicado anteriormente, se podría pedir a la Comisión que estudiara la posibilidad de asignar dos temas a un solo grupo de trabajo, en cuyo caso ese grupo de trabajo podría repartir entre los dos temas el tiempo de reuniones de que dispusiera.
Reuniones paralelas a los períodos de sesiones de la Comisión y los grupos de trabajo
11. La Comisión convino en que se podía mejorar el uso que esta y los grupos de trabajo hacían del tiempo de reuniones si se recurría más a las consultas oficiosas y a los grupos de redacción que funcionaba n en paralelo a los períodos de sesiones de la Comisión y los grupos de trabajo. A título de ejemplo, la Comisión mencionó la experiencia positiva que había tenido cuando los Estados lograron resolver cuestiones controvertidas y ultimar y aprobar el texto de la Ley Modelo sobre la Contratación Pública 15 gracias a la celebración de consultas previas, así como en el caso de la Convención sobre los Acuerdos de Transacción Internacionales Resultantes de la Mediación 16. En términos más generales, la Comisión inv itó “a las delegaciones a que celebraran consultas oficiosas antes de las reuniones oficiales y reservaran éstas exclusivamente para examinar las cuestiones que requerían deliberaciones extensas, __________________ 11 La reunión del grupo de expertos tuvo lugar en Viena del 26 al 30 de noviembre de 2018
(https://uncitral.un.org/es/working_groups/1/pfip ). 12 Documentos Oficiales de la Asamblea General, septuagésimo tercer período de sesiones,
(https://uncitral.un.org/es/working_groups/1/pfip ). 12 Documentos Oficiales de la Asamblea General, septuagésimo tercer período de sesiones, Suplemento núm. 17 (A/73/17 ), párrs. 135 a 137. 13 Ibid ., párr. 283. 14 A modo de ejemplo, cabe señalar que el Grupo de Trabajo V (Régimen de la Insolvencia) y el Grupo de Trabajo VI (Garantías Mobiliarias) celebraron perío dos de sesiones conjuntos en 2003 y 2004 para coordinar los aspectos de la insolvencia de la Guía legislativa sobre las operaciones garantizadas (A/CN.9/535 y A/CN.9/950 ); en 2005, tuvo lugar en Londres una reunión de expertos oficiosa del Grupo de Trabajo IV (Comercio Electrónico) y el Grupo de Trabajo III (Derecho del Transporte) en la que se examinaron las disposiciones del proyecto de instrumento sobre el transporte [total o parcialmente] [marítimo] de mercancías que guardaban relación con el comercio eléctrico ( A/CN.9/WG.III/WP.47 ). 15 Documentos Oficiales de la Asamblea General, sexagésimo sexto perío do de sesiones, Suplemento núm. 17 (A/66/17 ), párr. 343. 16 Documentos Oficiales de la Asamblea General, septuagésimo segundo período de sesiones, Suplemento núm. 17 (A/72/17 ), párr. 238; véase también Documentos Oficiales de la Asamblea
16 Documentos Oficiales de la Asamblea General, septuagésimo segundo período de sesiones, Suplemento núm. 17 (A/72/17 ), párr. 238; véase también Documentos Oficiales de la Asamblea General, septuagésimo tercer período de sesiones, Suplemento núm. 17 (A/73/17 ), párrs. 31 y 62.A/CN.9/WG.III/WP.158
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tanto de carácter oficial como oficioso, en el marco de sesi ones formales de la Comisión y de los grupos de trabajo ”17.
Coloquios y otras formas de reuniones
12. La CNUDMI organiza periódicamente coloquios sobre temas puntuales, por ejemplo, sobre algunos de los aspectos de la solución de controversias, así como coloquios para promover sus textos o conmemorar fechas especiales 18. Muchos de los coloquios celebrados hasta la fecha han sido fruto de la colaboración con otras organizaciones 19. Aunque en ellos suelen examinarse temas que pueden ser de interés para l a CNUDMI en el futuro, también se han analizado textos en proceso de elaboración 20. Los coloquios pueden tener carácter intergubernamental y es posible que para su celebración se utilicen varios días correspondientes a los períodos de sesiones de la Comisió n o los grupos de trabajo 21.
Reuniones entre períodos de sesiones y otras formas de apoyar los avances entre los períodos de sesiones de los grupos de trabajo
13. Pueden celebrarse reuniones oficiosas de Estados, por invitación de un Gobierno.
Las reuni ones entre períodos de sesiones que se celebran para apoyar la labor del Grupo
períodos de sesiones de los grupos de trabajo
13. Pueden celebrarse reuniones oficiosas de Estados, por invitación de un Gobierno.
Las reuni ones entre períodos de sesiones que se celebran para apoyar la labor del Grupo de Trabajo III reflejan este planteamiento general (véase A/CN.9/935 , párrs. 101 y 102). El Grupo de Trabajo, cuando acogió con b eneplácito la primera reunión regional entre períodos de sesiones que tendría lugar en Incheon (República de Corea), señaló que la reunión tendría por objeto debatir en un contexto regional algunas o todas las cuestiones que tenía ante sí el Grupo de Traba jo (véase A/CN.9/935 , párr. 101), y la Comisión observó que, si bien el evento ofrecería un foro abierto para que los representantes gubernamentales de alto nivel y demás interesados de la región de Asia y el Pacífico examinaran esas cuestiones, no se adoptaría ninguna decisión 22. El Grupo de Trabajo tal vez desee tener presente que está previsto que se celebre una segunda reunión entre períodos de sesiones en Santo Domingo (República Dominicana) los días 13 y 14 de febrero de 2019.
14. La Secretaría también tiene flexibilidad para organizar el trabajo de forma oficiosa según sea necesario para cada uno de los ámbitos temáticos. La Comisión, si bien tenía presentes los beneficios de las reuniones oficiosas, tam bién convino en que la Secretaría debería esforzarse, siempre que los recursos se lo permitieran, por proporcionar a esas reuniones servicios de traducción e interpretación en todos los idiomas oficiales que se requieran 23 . El Grupo de Trabajo tal vez desee tener en cuenta esta expectativa al planificar reuniones fuera de sus períodos de sesiones oficiales.
reuniones servicios de traducción e interpretación en todos los idiomas oficiales que se requieran 23 . El Grupo de Trabajo tal vez desee tener en cuenta esta expectativa al planificar reuniones fuera de sus períodos de sesiones oficiales.
__________________ 17 Documentos Oficiales de la Asamblea General, quincuagésimo sexto período de sesiones, Suplemento núm. 17 (A/56/17 ), párr. 382. 18 Véase más información al respecto en el sitio web de la CNUDMI: https://uncitral.un.org/en/colloquia . 19 Por ejemplo, la labor de la CNUDMI en materia de régimen de la insolvencia, emprendida por el Grupo de Trabajo V, ha sido apoyada por la celebración de varios coloquios organizados conjuntamente por la CNUDMI, el Banco Mundial y la INSOL (véase https://uncitral.un.org/en/colloquia/insolvency ). Estas dos últimas organizaciones han acogido muchos de estos coloquios y las repercusiones financieras para la secretaría de la CNUDMI se han limitado, en general, al tiempo que la Secretaría ha destinado a la labor preparatoria y a los viajes. 20 Véanse, por ejemplo, los coloquios sobre las alianzas público -privadas y los proyectos de infraestructura con financi ación privada en https://uncitral.un.org/en/colloquia . 21 Por ejemplo, en su 35º período de sesiones, el Grupo de Trabajo escuchó sugerencias en el sentido de que la CNUDMI y el Centro Internacional de Arreglo de Diferencias relativas a Inversiones (CIADI) cooperaran en la elaboración de un código de conducta y otros requisitos éticos para los
de que la CNUDMI y el Centro Internacional de Arreglo de Diferencias relativas a Inversiones (CIADI) cooperaran en la elaboración de un código de conducta y otros requisitos éticos para los árbitros (véase A/CN.9/935 , párr. 64). Si se pone en marcha ese proyecto, cabe esperar que se celebren reuniones conjuntas de la CNUDMI y el CIADI con tal propósito, que entrarían dentro de esa categoría. 22 Documentos Oficiales de la Asamblea General, septuagésimo tercer período de sesiones, Suplemento núm. 17 (A/73/17 ), párr. 146. 23 Ibid ., sexagésimo quinto período de sesiones, Suplemento núm. 17 (A/65/17 ), anexo III, párrs. 13 y 14.A/CN.9/WG.III/WP.158
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Recursos humanos y financieros de la Secretaría
15. En relación con los aspectos financieros, el Grupo de Trabajo tal vez desee tener presente que no se apoya económicamente la participación en las reuniones de la CNUDMI de modo que, en principio, se espera que los participantes sufraguen sus propios gasto s. La Asamblea General estableció en 1993 un Fondo Fiduciario para que la Comisión pudiera conceder asistencia para gastos de viaje a los países en desarrollo miembros de la Comisión, reconociendo así que la falta de recursos financieros suponía una barrer a a la participación en los períodos de sesiones de la CNUDMI 24. Se alienta a contribuir al Fondo Fiduciario. Cabe señalar que la Unión Europea y la Agencia Suiza para el Desarrollo y la Cooperación han prestado recientemente asistencia financiera
contribuir al Fondo Fiduciario. Cabe señalar que la Unión Europea y la Agencia Suiza para el Desarrollo y la Cooperación han prestado recientemente asistencia financiera para logr ar una amplia participación en el Grupo de Trabajo III y otros donantes han mostrado interés en contribuir. La Agencia Alemana de Cooperación Internacional también prestó apoyo en el 36º período de sesiones del Grupo de Trabajo.
B. Medios que requiere n recursos adicionales
Aumento del tiempo de reuniones asignado a la CNUDMI
16. En su informe a la Comisión, un grupo de trabajo podría solicitar a este tiempo suplementario para sus deliberaciones, para lo cual debería “justificar debidamente ” la necesidad de que se aumente el tiempo asignado. Cuando la Comisión considera necesario asignar más tiempo a las reuniones debe adoptar una decisión, que se transmite posteriormente a la Asamblea General 25. Por tanto, los Estados miembros de la Comisión tien en que coordinarse estrechamente con sus representantes en las comisiones de la Asamblea General para concienciarlos acerca de la necesidad de asignar más tiempo de reuniones. El Grupo de Trabajo tal vez desee tener presente que el costo de prestar servici os para una reunión de una semana de duración, si se tiene en cuenta el apoyo de servicios de conferencias previsto para las reuniones del calendario ordinario de la CNUDMI o de sus grupos de trabajo, asciende a 192.756 dólares de los Estados Unidos 26. __________________ 24 Véase en la sección de preguntas más frecuentes que figura en
https://uncitral.un.org/es/about/faq/mandate_composition/history : “¿Se proporciona a los
los Estados Unidos 26. __________________ 24 Véase en la sección de preguntas más frecuentes que figura en https://uncitral.un.org/es/about/faq/mandate_composition/history : “¿Se proporciona a los delegados asistencia fin anciera para sufragar los gastos de viaje y alojamiento? ”. 25 Para ello habría que solicitar más tiempo de reuniones al Departamento de la Asamblea General y de Gestión de Conferencias, que gestiona su propio presupuesto. Teniendo en cuenta que es probable que el tiempo de reuniones del que disponga el Departamento sea limitado, es muy probable que se tenga que ampliar su dotación presupuestaria. Con ese fin, la Secretaría (la Secretaría de las Naciones Unidas, o más específicamente, el Departamento de la Asamblea General y de Gestión de Conferencias) podría solicitar mayores recursos en su proyecto de presupuesto para 2020 o junto con el proyecto de resoluci ón general a la Sexta Comisión (Comisión Jurídica). Habida cuenta de que la resolución (por la que se otorgaría a la Comisión más tiempo de reuniones) tendría consecuencias presupuestarias, la Secretaría (probablemente la División de Derecho Mercantil Inte rnacional de la Oficina de Asuntos Jurídicos de las Naciones Unidas, que hace de secretaría de la CNUDMI junto con el Departamento de la Asamblea General y de Gestión de Conferencias) tendría que remitir a la Comisión Consultiva en Asuntos Administrativo s y de Presupuesto (CCAAP) y a la Quinta Comisión (Comisión de Asuntos Administrativos y de Presupuesto) un informe formal sobre las consecuencias para el presupuesto por programas que tendría la solicitud de esos recursos adicionales. La CCAAP y la Quint a Comisión examinarían el informe sobre las consecuencias para el presupuesto por
Asuntos Administrativos y de Presupuesto) un informe formal sobre las consecuencias para el presupuesto por programas que tendría la solicitud de esos recursos adicionales. La CCAAP y la Quint a Comisión examinarían el informe sobre las consecuencias para el presupuesto por programas junto con la Sexta Comisión, de modo que la Asamblea General pudiera finalmente aprobar una resolución por la que se permitiera asignar nuevos recursos. 26 Se ha calculado esta cifra a partir del coste de los servicios de conferencia, que se estima en 128.638 dólares de los Estados Unidos, y del coste de la traducción de los documentos anteriores al período de sesiones (30 páginas) y el informe (25 páginas), es de cir, en 64.118 dólares de los Estados Unidos. Cabe señalar que en 2011 la Comisión expresó la opinión general de que prestar servicios a seis grupos de trabajo obligaría a estirar al máximo los recursos de la secretaría de la CNUDMI (véase Documentos Ofic iales de la Asamblea General, sexagésimo sexto período de sesiones, Suplemento núm. 17 (A/66/17 ), párr. 342); a título informativo, cabe señalar que la Secretaría está integrada por 14 abogados que prestan serv icios a los seis grupos de trabajo y a la Comisión y que brindan apoyo para la aprobación y la utilización de losA/CN.9/WG.III/WP.158
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Creación de nuevos grupos de trabajo
17. En vista del tiempo total de reuniones de que disponen actualmente la CNUDMI y sus grupos de trabajo, y teniendo en cuenta que una semana es el tiempo mínimo necesario para que las deliberaciones sean fructíferas y se pueda preparar y aprobar el
17. En vista del tiempo total de reuniones de que disponen actualmente la CNUDMI y sus grupos de trabajo, y teniendo en cuenta que una semana es el tiempo mínimo necesario para que las deliberaciones sean fructíferas y se pueda preparar y aprobar el informe del período de sesiones de un grupo de trabajo, la práctica habitual desde 2001, momento en que la Comisión decidió ampliar el programa de trabajo a seis temas
(en vez de seguir examinando solo tres, como venía suce diendo) 27, es que cada grupo de trabajo celebre dos períodos de sesiones anuales de una semana de duración, para examinar cada tema. La Comisión pudo ampliar el programa de trabajo sin pedir aprobación porque ampliar el programa no requería la utilización d e más tiempo de reuniones. En el caso de que la Comisión decidiera aumentar nuevamente el número de grupos de trabajo, tendría que solicitar más recursos para servicios de secretaría y de conferencias.
Tiempo de reuniones de carácter excepcional para proyectos especiales
18. En caso de que el plan de trabajo incluyera el examen de uno o varios instrumentos o textos multilaterales, el Grupo de Trabajo tal vez desee tener presente que los proyectos de convención preparados por la Comisión y sus grupos de trabajo deben ser examin ados y aprobados por conferencias diplomáticas ad hoc convocadas por un Estado miembro, aunque en los últimos años la práctica en general ha consistido en presentar esos proyectos de convención a la Asamblea General de las Naciones Unidas, que los examina y aprueba en una conferencia de plenipotenciarios. En el supuesto de que se optara por celebrar una conferencia diplomática ad hoc para que aprobara un instrumento multilateral preparado por la CNUDMI, la Comisión debería formular a la
que los examina y aprueba en una conferencia de plenipotenciarios. En el supuesto de que se optara por celebrar una conferencia diplomática ad hoc para que aprobara un instrumento multilateral preparado por la CNUDMI, la Comisión debería formular a la Asamblea General un a recomendación en ese sentido, que podría incluir el objeto de la conferencia, así como las normas y condiciones que deberían establecerse para la participación de los Estados 28. También se podría pedir a la secretaría de la CNUDMI que prestara servicios de secretaría a la conferencia diplomática.
__________________ textos de la CNUDMI. Por consiguiente, la celebración de más reuniones o la creación de nuevos grupos de trabajo tendría consecuencias para lo s recursos humanos de la Secretaría. 27 Documentos Oficiales de la Asamblea General, quincuagésimo sexto período de sesiones, Suplemento núm.17 (A/56/17 ), párrs. 376 a 383. 28 Para un resumen del debate que ma ntuvo la Comisión sobre las distintas modalidades posibles de aprobación de una convención y su decisión de que la CNUDMI finalizara un texto y recomendara su aprobación en la Asamblea General, véase Documentos Oficiales de la Asamblea General, cuadragésim o primer período de sesiones, Suplemento núm. 17 (A/41/17 ), párrs. 212 y 213. Para el primer ejemplo de aprobación de una convención mediante ese mecanismo, véase Documentos Oficiales de la Asamblea General, cu adragésimo segundo período de sesiones, Suplemento núm. 17 (A/42/17 ), párr. 304. Como se informó a la Comisión en 2017, en las
Documentos Oficiales de la Asamblea General, cu adragésimo segundo períod
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