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CNUDMI - A-CN.9-WG.III-WP.229

CNUDMI - Comisión de las Naciones Unidas para el Derecho Mercantil Internacional

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Detalles

Título
CNUDMI - A-CN.9-WG.III-WP.229
Autor
CNUDMI - Comisión de las Naciones Unidas para el Derecho Mercantil Internacional
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Internacional Privado
Año

Naciones Unidas A/CN.9/WG.III/WP.229

Asamblea General

Distr. limitada 21 de junio de 2023

Español Original: inglés

V.23 -11992 (S) 170723 170723 2311992

Comisión de las Naciones Unidas para el Derecho Mercantil Internacional Grupo de Trabajo III (Reforma del Sistema de Solución de Controversias entre Inversionistas y Estados) 46º período de sesiones Viena, 9 a 13 de octubre de 2023

Programa provisional anotado

I. Programa provisional

1. Apertura del período de sesiones.

2. Elección de la Mesa.

3. Aprobación del programa.

4. Posible reforma del sistema de solución de controversias entre inversionistas y Estados (SCIE).

5. Otros asuntos.

6. Aprobación del informe.

II. Composición del Grupo de Trabajo

1. El Grupo de Trabajo está integrado por todos los Estados miembros de la Comisión, que son los siguientes: Afganistán (2028), Alemania (2025), Arabia Saudita (2028), Argelia (2025), Argentina (2028), Armenia (2028), Australia (2028), Austria (2028), Belarús (2028), Bélgica (2025), Brasil (2028), Bulgaria (2028), Camerún (2025), Canadá (2025), Chequia (2028), Chile (2028), China (2025), Colombia (2028), Côte d’Ivoire ( 2025), Croacia (2025), Ecuador (2025), España (2028), Estados Unidos

(2025), Canadá (2025), Chequia (2028), Chile (2028), China (2025), Colombia (2028), Côte d’Ivoire ( 2025), Croacia (2025), Ecuador (2025), España (2028), Estados Unidos de América (2028), Federación de Rusia (2025), Finlandia (2025), Francia (2025), Ghana (2025), Grecia (2028), Honduras (2025), Hungría (2025), India (2028), Indonesia (2025), Irán (Repúbl ica Islámica del) (2028), Iraq (2028), Israel (2028), Italia (2028), Japón (2025), Kenya (2028), Kuwait (2028), Malasia (2025), Malawi (2028), Malí (2025), Marruecos (2028), Mauricio (2028), México (2025), Nigeria (2028), Panamá (2028), Perú (2025), Poloni a (2028), Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte (2025), República de Corea (2025), República Democrática del Congo (2028), República Dominicana (2025), Singapur (2025), Somalia (2028), Sudáfrica (2025), Suiza (2025), Tailandia (2028), Türkiye (20 28), Turkmenistán (2028), Ucrania (2025), Uganda (2028), Venezuela (República Bolivariana de) (2028), Viet Nam (2025) y Zimbabwe (2025).A/CN.9/WG.III/WP.229

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2. Los Estados que no sean miembros de la Comisión y las organizaciones gubernamentales internacionales podrán asistir al período de sesiones en calidad de observadores y participar en las deliberaciones. Asimismo, las organizaciones no

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2. Los Estados que no sean miembros de la Comisión y las organizaciones gubernamentales internacionales podrán asistir al período de sesiones en calidad de observadores y participar en las deliberaciones. Asimismo, las organizaciones no gubernamentales internacionales invitadas podrán asistir al período de sesiones en calidad de observadoras y exponer sus opiniones sobre l os asuntos en que posean conocimientos especializados o experiencia internacional, a fin de facilitar las deliberaciones.

III. Anotaciones sobre los temas del programa

Tema 1. Apertura del período de sesiones

3. El 46º período de sesiones del Grupo de Trabajo se celebrará en el Centro Internacional de Viena del 9 al 13 de octubre de 2023. El horario de reunión será de 9.30 a 12.30 horas y de 14.00 a 17.00 horas, excepto el lunes 9 de octubre de 2023, en que la se sión se declarará abierta a las 10.00 horas. En la página web del Grupo de Trabajo III se publicarán oportunamente otros arreglos relativos a la celebración del período de sesiones.

Tema 2. Elección de la Mesa

4. De conformidad con su práctica habitu al, el Grupo de Trabajo tal vez desee elegir una persona para que ocupe el cargo de la Presidencia y otra para el de la Relatoría.

Tema 4. Posible reforma del sistema de solución de controversias entre inversionistas y Estados (SCIE)

5. En su 50º perío do de sesiones, celebrado en 2017, la Comisión confirió al Grupo de Trabajo III un mandato amplio para que trabajara en lo relativo a la posible reforma

inversionistas y Estados (SCIE)

5. En su 50º perío do de sesiones, celebrado en 2017, la Comisión confirió al Grupo de Trabajo III un mandato amplio para que trabajara en lo relativo a la posible reforma del sistema de solución de controversias entre inversionistas y Estados (SCIE). Además, decidió que, en consonancia con los procesos de la CNUDMI, el Grupo de Trabajo, en cumplimiento de ese mandato, velaría por que las deliberaciones, además de aprovechar la gama más amplia posible de conocimientos especializados de que dispusieran todos los interesados, f ueran dirigidas por los Gobiernos, se nutrieran con aportes de alto nivel de todos los Gobiernos, se basaran en el consenso y fueran plenamente transparentes.

El Grupo de Trabajo procedería, en primer lugar, a determinar y examinar las inquietudes relacion adas con la SCIE; en segundo lugar, a evaluar si era deseable emprender una reforma a la luz de las inquietudes que se hubieran detectado, y, en tercer lugar, si llegaba a la conclusión de que la reforma era deseable, a elaborar las soluciones pertinentes que cabría recomendar a la Comisión. La Comisión acordó que se diera al Grupo de Trabajo un amplio margen de discrecionalidad para el cumplimiento de su mandato y que las soluciones a que se llegara se definieran teniendo en cuenta la labor que estuvieran realizando en ese momento las organizaciones internacionales pertinentes y de modo tal que cada Estado tuviera la posibilidad de elegir si deseaba, y en qué medida, adoptar las soluciones propuestas 1.

6. En sus períodos de sesiones 34º a 37º, el Grupo de Trabajo señaló y examinó determinadas cuestiones de interés relacionadas con el sistema de SCIE y, a la luz de

y en qué medida, adoptar las soluciones propuestas 1.

6. En sus períodos de sesiones 34º a 37º, el Grupo de Trabajo señaló y examinó determinadas cuestiones de interés relacionadas con el sistema de SCIE y, a la luz de las inquietudes manifestadas, consideró que era conveniente reformar ese sistema 2 .

En sus períodos de sesiones 38º a 45º, el Grupo de T rabajo estudió opciones concretas para reformar el sistema de SCIE 3. __________________ 1 Documentos Oficiales de la Asamblea General, septuagésimo segundo período de sesiones, suplemento núm. 17 (A/72/17 ), párr. 264. 2 Las deliberaciones y decisiones del Grupo de Trabajo correspondientes a sus períodos de sesiones 34º a 37º figuran en los documentos A/CN.9/930/Rev.1 , A/CN.9/930/Rev.1/Add.1 , A/CN.9/935 , A/CN.9/964 y A/CN.9/970 , respectivamente. 3 Las deliberaciones y decisiones del Grupo de Trabajo correspondientes a sus períodos de sesiones 38º a 45º figuran en los documentos A/CN.9/1004 , A/CN.9/10 04/Add.1 , A/CN.9/1044 , A/CN.9/1050 , A/CN.9/1054 , A/CN.9/1086 , A/CN.9/1092 , A/CN.9/1124 , A/CN.9/1130 y A/CN.9/1131 .A/CN.9/WG.III/WP.229

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7. En su 56º período de sesiones, celebrado en 2023, la Comisión finalizó y aprobó

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7. En su 56º período de sesiones, celebrado en 2023, la Comisión finalizó y aprobó el [proyecto de disposiciones sobre mediación, el proyecto de directrices sobre la mediación de inversiones y el código de conducta para árbitros en la solución de controversias internacionales relativas a inversiones, y aprobó en principio el código de conducta para jueces en la solución de controversias internacionales relativas a inversiones], tod os ellos elaborados por el Grupo de Trabajo 4.

8. En ese mismo período de sesiones, la Comisión se declaró satisfecha con los avances logrados por el Grupo de Trabajo y el apoyo prestado por la secretaría.

9. En su 43 er período de sesiones, celebrado en se ptiembre de 2022, el Grupo de Trabajo examinó la posibilidad de crear un centro de asesoramiento sobre el derecho internacional de las inversiones sobre la base de los documentos A/CN.9/WG.III/WP.2 12 y A/CN.9/WG.III/WP.212/Add.1 y solicitó a la Secretaría que preparara un conjunto revisado de disposiciones a partir de las deliberaciones

(A/CN.9/1124 , párr. 65). En ese mismo período de sesiones, el Grupo de Trabajo examinó también proyectos de disposiciones sobre la reforma procesal a partir del documento A/CN.9/WG.III/WP.219 y ot ras cuestiones transversales, señaló otras cuestiones que requerían más trabajo y solicitó a la secretaría que preparara proyectos de disposiciones sobre las cuestiones señaladas ( A/CN.9/1124 , párrs. 89 a 1 44).

Elementos de reforma y documentación

cuestiones que requerían más trabajo y solicitó a la secretaría que preparara proyectos de disposiciones sobre las cuestiones señaladas ( A/CN.9/1124 , párrs. 89 a 1 44).

Elementos de reforma y documentación

10. En su 46º período de sesiones, está previsto que el Grupo de Trabajo continúe sus deliberaciones en relación con el centro de asesoramiento sobre el derecho internacional de las inversiones, así como con los proyectos de disposiciones sobre cuestiones procesales y transversales. Antes de la apertura del período de sesiones se facilitará su programación detallada.

11. Está previsto que las deliberaciones se basen en los siguientes documentos preparados por la secretaría: • A/CN.9/WG.III/WP.230 y A/CN.9/WG.III/WP.212/Add.1 , relativos al centro de asesoramiento sobre el derecho internacional d e las inversiones, y • A/CN.9/WG.III/WP.231 y A/CN.9/WG.III/WP.232 , relativos a los proyectos de disposiciones sobre cuestiones procesales y tr ansversales.

12. Los documentos de la CNUDMI se publican en el sitio web de la Comisión una vez publicados en todos los idiomas oficiales de las Naciones Unidas. Las delegaciones pueden comprobar qué documentos se han publicado entrando en la página web de l

Grupo de Trabajo III.

Tema 5. Otros asuntos

13. El Grupo de Trabajo escuchará un informe oral sobre la sexta reunión entre períodos de sesiones sobre la reforma del sistema de SCIE, que se celebró los días 7 y 8 de septiembre de 2023 en Singapur. También se facilitará información sobre los próximos eve ntos oficiosos, incluida cualquier reunión entre períodos de sesiones.

y 8 de septiembre de 2023 en Singapur. También se facilitará información sobre los próximos eve ntos oficiosos, incluida cualquier reunión entre períodos de sesiones.

Tema 6. Aprobación del informe

14. En su 55º período de sesiones, celebrado en 2022, la Comisión decidió que el Grupo de Trabajo podría utilizar la última sesión de sus períodos de sesiones para mantener deliberaciones sustantivas, en lugar de dedicarla a la aprobación del informe, y continuar con la práctica de aprobar el informe mediante un procedimiento escrito.

Por consiguiente, la Presidencia y la Relatoría del Grupo de Trabajo prepararán un resumen de las deliberaciones del período de sesiones y de las conclusiones a las que, en su caso, se haya llegado, que se distribuirá a las delegaciones en el transcurso del período de sesiones o al término de este para que formulen observac iones. A partir de __________________ 4 Documentos Oficia les de la Asamblea General, septuagésimo octavo período de sesiones, suplemento núm. 17 (A/78/17 ) (se publicará próximamente ).A/CN.9/WG.III/WP.229

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las observaciones recibidas, se preparará y distribuirá una versión revisada del resumen para que el Grupo de Trabajo lo apruebe como su informe con vistas a presentarlo ante la Comisión en su 57º período de sesiones, en 2024. En el caso de que hubiera objeciones, se presentaría como resumen de la Presidencia y la Relatoría y se sometería al examen de la Comisión para que esta actuara como estimara oportuno, o el Grupo de Trabajo podría aprobarlo como su informe en el siguiente período de sesiones 5.

al examen de la Comisión para que esta actuara como estimara oportuno, o el Grupo de Trabajo podría aprobarlo como su informe en el siguiente período de sesiones 5.

__________________ 5 Documentos Oficiales de la Asamblea General, septuagésimo séptimo período de sesiones, suplemento núm. 17 (A/77/17 ), párr. 236.

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