CNUDMI - A-CN.9-WG.IV-WP.121
CNUDMI - Comisión de las Naciones Unidas para el Derecho Mercantil Internacional
Descargar PDF
Disponible
Detalles
- Título
- CNUDMI - A-CN.9-WG.IV-WP.121
- Autor
- CNUDMI - Comisión de las Naciones Unidas para el Derecho Mercantil Internacional
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Internacional Privado
- Año
- —
Naciones Unidas A/CN.9/WG .IV/WP.121
Asamblea General
Distr. limitada 28 de enero de 2013
Español Original: inglés
V.13-80436 (S) 140213 150213
1380436
Comisión de las Naciones Unidas para el Derecho Mercantil Internacional Grupo de Trabajo IV (Comercio Electrónico) 47º período de sesiones Nueva York, 13 a 17 de mayo de 2013
Programa provisional anotado
I. Programa provisional
1. Apertura del período de sesiones.
2. Elección de la Mesa.
3. Aprobación del programa.
4. Cuestiones jurídicas relativas al empleo de documentos electrónicos transferibles.
5. Asistencia técnica y coordinación.
6. Otros asuntos.
7. Aprobación del informe.
II. Composición del Grupo de Trabajo
1. El Grupo de Trabajo se compone de todos los Estados miembros de la Comisión, que son los siguientes: Alemania (2013), Argelia (2016), Argentina (2016), Armenia (2013), Australia (2016), Austria (2016), Bahrein (2013), Benin (2013), Bolivia (Estado Plurinacional de) (2013), Botswana (2016), Brasil (2016), Bulgaria (2013), Camerún (2013), Cana dá (2013), Chile (2013), China (2013), Colombia (2016), Croacia (2016), Egipto ( 2013), El Salvador (2013), España (2016), Estados Unidos de América (2016), Federación de Rusia (2013), Fiji (2016),
Colombia (2016), Croacia (2016), Egipto ( 2013), El Salvador (2013), España (2016), Estados Unidos de América (2016), Federación de Rusia (2013), Fiji (2016), Filipinas (2016), Francia (2013), Gabón (2016), Georgia (2015), Grecia (2013), Honduras (2013), India (2016), Irán (República Islámica del) (2016), Israel (2016), Italia (2016), Japón (2013), Jordania (2016), Kenya (2016), Letonia (2013), Malasia (2013), Malta (2013), Marruecos ( 2013), Mauricio (2016), México (2013), Namibia (2013), Nigeria (2016), Noruega (2013), Pakistán (2016), Paraguay (2016), Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte (2013), República Checa (2013),2 V .13-80436
A/CN.9/WG.IV/WP.121
República de Corea (2013), Senegal (2013), Singapur (2013), Sri Lanka (2013), Sudáfrica (2013), Tailandia (2016), Turquía (2016), Ucrania (2014), Uganda (2016) y V enezuela (República Bolivariana de) (2016). El mandato de los miembros expira el último día antes del comienzo del período de sesiones anual de la Comisión del año que se indica entre paréntesis.
2. Los Estados que no sean miembros de la Comisión y las organizaciones gubernamentales internacionales podrán asistir al período de sesiones en calidad de observadores y participar en las deliberaciones. Además, las organizaciones no gubernamentales internacionales invitadas podrán asistir al período de sesiones en
gubernamentales internacionales podrán asistir al período de sesiones en calidad de observadores y participar en las deliberaciones. Además, las organizaciones no gubernamentales internacionales invitadas podrán asistir al período de sesiones en calidad de observadoras y exponer sus opiniones sobre las cuestiones en que tengan conocimientos especializados o experiencia internacional , con objeto de facilitar las deliberaciones en el período de sesiones.
III. Anotaciones relativas a los temas del programa
Tema 1. Apertura del período de sesiones
3. El 47º período de sesiones del Grupo de Trabajo se celebrará en la Sede de las Naciones Unidas en Nueva York del 13 al 17 de mayo de 2013. El horario de las reuniones será de las 10.00 a las 13.00 horas y de las 15.00 a las 18.00 horas, salvo el lunes 13 de mayo de 2013, en que la sesión comenzará a las 10.30 horas.
4. El Grupo de Trabajo tal vez desee tomar nota de que, en consonancia con las decisiones adoptadas por la Comisión en su 34° período de sesiones 1, se espera que el Grupo de Trabajo celebre deliberaciones de fondo durante las nueve primeras sesiones de media jornada (es decir, del l unes al viernes por la mañana), y que la Secretaría prepare un proyecto de informe pa ra que el Grupo de Trabajo lo apruebe en su décima y última sesión el viernes por la tarde.
Tema 2. Elección de la Mesa
5. De conformidad con la práctica seguida en anteriores períodos de sesiones, el Grupo de Trabajo tal vez desee elegir un Presidente y un Relator.
Tema 4. Cuestiones jurídicas relativas al empleo de documentos electrónicos transferibles
Grupo de Trabajo tal vez desee elegir un Presidente y un Relator.
Tema 4. Cuestiones jurídicas relativas al empleo de documentos electrónicos transferibles
a) Información de antecedentes
6. En su 42º período de sesiones, celebrado en 2009, la Comisión pidió a la Secretaría que preparara un estudio sobre los documentos electróni cos transferibles, teniendo en cuenta las propuestas que se recibieron durante ese período de sesiones
(A/CN.9/681 y Add.1, y A/CN.9/682)2.
7. En su 43º período de sesiones, celebrado en 2010, la Comisión tuvo a su disposición más información sobre el em pleo de las comunicaciones electrónicas para la transferencia de derechos reales sobre mercancías, sobre todo en relación con el empleo de la inscripción registral para la creación y transferencia de esos __________________ 1 Documentos Oficiales de la Asamblea General, quincuagésimo sexto período de sesiones, Suplemento núm. 17 y corrección (A/56/17 y Corr.3), párr. 381. 2 Ibid., sexagésimo cuarto período de sesiones, Suplemento núm. 17 (A/64/17), párr. 343.V .13-80436 3
A/CN.9/WG.IV/WP.121 derechos (A/CN.9/692, párrs. 12 a 47). En ese período de sesiones, la Comisión pidió a la Secretaría que or ganizara un coloquio sobre los temas pertinentes, a saber, los documentos electrónicos tr ansferibles, la gestión de datos de identificación personal, el comercio electrónico por conducto de dispositivos móviles y los sistemas electrónicos de ventanilla única, y que la informara sobre las
los documentos electrónicos tr ansferibles, la gestión de datos de identificación personal, el comercio electrónico por conducto de dispositivos móviles y los sistemas electrónicos de ventanilla única, y que la informara sobre las deliberaciones mantenidas en ese coloquio 3.
8. En su 44º período de sesiones, celebrado en 2011, la Comisión tuvo a su disposición una nota de la Secretaría (A/CN.9/728 y Add.1) en que se resumían las deliberaciones del coloquio sobre el comercio electrónico (Nueva York, 14 a 16 de febrero de 2011) 4. Tras deliberar, la Comisión encomendó al Grupo de Trabajo que realizara actividades en el ámbito de los documentos electrónicos transferibles 5.
Se recordó que esa labor sería útil no solo para promover en general las comunicaciones electrónicas en el comercio internacional, sino también para ocuparse de ciertos aspectos concretos, como el modo de contribuir a la aplicación de las Reglas de Rotterdam6.
9. Además, la Comisión convino en que la labor relativa a los documentos electrónicos transferibles podía abarcar determinados aspectos de otros asuntos, como la gestión de datos de identificación personal, el comerc io electrónico por conducto de dispositivos móviles y los sistemas electrónicos de ventanilla única 7.
Sin embargo, en lo que respecta a la amp liación del mandato del Grupo de Trabajo de modo que se ocupara del examen de esos asuntos por separado (y no en relación con los documentos electrónicos transferibles), la Comisión acordó examinarla en un futuro período de sesiones 8.
10. En su 45º período de sesiones (Viena, 10 a 14 de octubre de 2011), el Grupo de
con los documentos electrónicos transferibles), la Comisión acordó examinarla en un futuro período de sesiones 8.
10. En su 45º período de sesiones (Viena, 10 a 14 de octubre de 2011), el Grupo de Trabajo inició su labor sobre diversas cu estiones jurídicas relativas al empleo de documentos electrónicos transferibles, entre ellas la posible metodología para la labor futura del Grupo de Trabajo (A/CN.9/737, párrs. 14 a 88). También examinó la labor realizada por otras organizaciones internacionales en relación con este tema
(A/CN.9/737, párrs. 89 a 91).
11. En su 45º período de sesiones, celebrado en 2012, la Comisión expresó su reconocimiento al Grupo de Trabajo por los progresos realizados y elogió a la Secretaría por su labor 9. La idea de que el Grupo de Trabajo prosiguiera su labor sobre los documentos electrónicos transfer ibles recibió un apoyo generalizado y se subrayó la necesidad de un régimen internacional que facilitara la utilización transfronteriza de esos documentos10. En ese contexto, se señaló la conveniencia de definir tipos concretos de documentos electrónicos transfer ibles o cuestiones concretas relacionadas con esos documentos y centrarse en ellos 11. Tras deliberar, __________________ 3 Ibid., sexagésimo quinto período de sesiones, Suplemento núm. 17 (A/65/17), párr. 250. 4 La información sobre el coloquio puede consultarse, en la fecha del presente documento, en www.uncitral.org/uncitral/en/commission/colloquia/electronic-commerce-2010.html. 5 Documentos Oficiales de la Asamblea General, sexagésimo sexto período de sesiones,
en www.uncitral.org/uncitral/en/commission/colloquia/electronic-commerce-2010.html. 5 Documentos Oficiales de la Asamblea General, sexagésimo sexto período de sesiones, Suplemento núm. 17 (A/66/17), párr. 238. 6 Ibid., párr. 235. 7 Ibid. 8 Ibid., párr. 239. 9 Ibid., sexagésimo séptimo período de sesiones, Suplemento núm. 17 (A/67/17), párr. 82. 10 Ibid., párr. 83. 11 Ibid.4 V .13-80436
A/CN.9/WG.IV/WP.121 la Comisión reafirmó el mandato del Grupo de Trabajo sobre los documentos electrónicos transferibles 12.
12. En su 46º período de sesiones (Viena, 29 de octubre a 2 de noviembre de 2012), el Grupo de Trabajo prosiguió su examen de las cuestiones jurídicas relativas al empleo de documentos electrónicos transferibles. Al comienzo, el Grupo de Trabajo confirmó la conveniencia de proseguir la labor relacionada con los documentos electrónicos transferibles y la posible utilidad de la orientación sobre esa cuestión y en general se opinó que deberían formularse reglas generales basadas en un enfoque funcional que abarcaran diversos tipos de documentos electrónicos transferibles (A/CN.9/761, párrs. 17 y 18). Posteriormente, el Grupo de Trabajo examinó diversas cuestiones jurídicas que se planteaban durante el ciclo vital de los documentos electrónicos transferibles (A/CN.9/761, párrs. 24 a 89). En cuanto a la
examinó diversas cuestiones jurídicas que se planteaban durante el ciclo vital de los documentos electrónicos transferibles (A/CN.9/761, párrs. 24 a 89). En cuanto a la labor futura, se expresó amplio apoyo a la preparación de proyectos de disposición relativos a documentos electrónicos transferibles que deberían presentarse en forma de una ley modelo, sin perjuicio de la decisión que el Grupo de Trabajo adoptara sobre la forma de su labor (A/CN.9/761, párrs. 90 a 93).
b) Documentación
13. El Grupo de Trabajo tendrá a su disposición una nota de la Secretaría en la que se presentan proyectos de disposición relativos a documentos electrónicos transferibles (A/CN.9/WG .IV/WP.122 y sus adiciones). Durante el período de sesiones se distribuirá un número limitado de ejemplares de los siguientes documentos de antecedentes: - Ley Modelo de la CNUDMI sobre Comercio Electrónico con la Guía para su incorporación al derecho interno; - Ley Modelo de la CNUDMI sobre las Firmas Electrónicas con la Guía para su incorporación al derecho interno; - Convención de las Naciones Unidas sobre la Utilización de las Comunicaciones Electrónicas en los Contratos Internacionales; - Fomento de la confianza en el come rcio electrónico: cuestiones jurídicas de la utilización internacional de mét odos de autenticación y de firma electrónicas; - Labor actual y posible labor futura en materia de comercio electrónico
(A/CN.9/692); - Labor actual y posible labor futura en materia de comercio electrónico (A/CN.9/728 y Add.1); - Informe del Grupo de Trabajo IV (Comercio Electrónico) sobre la labor
(A/CN.9/692); - Labor actual y posible labor futura en materia de comercio electrónico (A/CN.9/728 y Add.1); - Informe del Grupo de Trabajo IV (Comercio Electrónico) sobre la labor realizada en su 45º período de sesiones (A/CN.9/737); - Nota de la Secretaría sobre cues tiones jurídicas relativas al empleo de documentos electrónicos transferibles (A/CN.9/WG.IV/WP.118 y Add.1); __________________ 12 Ibid., párr. 90.V .13-80436 5
A/CN.9/WG.IV/WP.121 - Cuestiones jurídicas relativas al empleo de documentos electrónicos transferibles - Propuesta de los Gobiernos de Colombia, España y los Estados Unidos (A/CN.9/WG.IV/WP.119); - Informe del Grupo de Trabajo IV (Comercio Electrónico) sobre la labor realizada en su 46º período de sesiones (A/CN.9/761).
14. Los documentos de la CNUDMI pueden consultarse en el sitio web de la Comisión (www.uncitral.org) una vez publicados en todos los idiomas oficiales de las Naciones Unidas. Los delegados podrán comprobar si están disponibles abriendo la página del Grupo de Trabajo, en la sección del sitio web titulada “Documentos de los grupos de trabajo”.
Tema 5. Asistencia técnica y coordinación
15. El Grupo de Trabajo escuchará un informe oral sobre las actividades de asistencia técnica realizadas por la Secretaría, incluidas las de promoción de los textos de la CNUDMI sobre el comercio electrónico.
Tema 6. Otros asuntos
15. El Grupo de Trabajo escuchará un informe oral sobre las actividades de asistencia técnica realizadas por la Secretaría, incluidas las de promoción de los textos de la CNUDMI sobre el comercio electrónico.
Tema 6. Otros asuntos
16. Según el calendario previsto, el 48º perí odo de sesiones del Grupo de Trabajo se celebrará en Viena del 30 de septiembre al 4 de octubre de 2013. La fecha de celebración del período de sesiones está sujeta a la confirmación de la Comisión en su 46º período de sesiones que se celebrará en Viena del 8 al 26 de julio de 2013, según el calendario previsto.
Tema 7. Aprobación del informe