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CNUDMI - A-CN.9-WG.IV-WP.129

CNUDMI - Comisión de las Naciones Unidas para el Derecho Mercantil Internacional

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Detalles

Título
CNUDMI - A-CN.9-WG.IV-WP.129
Autor
CNUDMI - Comisión de las Naciones Unidas para el Derecho Mercantil Internacional
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Internacional Privado
Año

Naciones Unidas A/CN.9/WG .IV/WP.129

Asamblea General

Distr. limitada 29 de julio de 2014

Español Original: inglés

V.14-04983 (S) 180814 180814

1404983

Comisión de las Naciones Unidas para el Derecho Mercantil Internacional Grupo de Trabajo IV (Comercio Electrónico) 50º período de sesiones Viena, 10 a 14 de noviembre de 2014

Programa provisional anotado

I. Programa provisional

1. Apertura del período de sesiones.

2. Elección de la Mesa.

3. Aprobación del programa.

4. Cuestiones jurídicas relativas al empleo de documentos electrónicos transferibles.

5. Asistencia técnica y coordinación.

6. Otros asuntos.

7. Aprobación del informe.

II. Composición del Grupo de Trabajo

1. El Grupo de Trabajo se compone de todos los Estados miembros de la Comisión, que son los siguientes: Alemania (2019), Argelia (2016), Argentina (2016), Armenia (2019), Australia (2016), Austria (2016), Belarús (2016), Botswana (2016), Brasil (2016), Bulgaria (2019), Camerún (2019), Canadá (2019), China (2019), Colombia (2016), Côte d’Ivoire (2019), Croacia (2016), Dinamarca (2019), Ecuador (2019), El Salvador (2019), España (2016), Estados Unidos de América (2016), Federación de Rusia (2019), Fiji (2016),

(2019), Croacia (2016), Dinamarca (2019), Ecuador (2019), El Salvador (2019), España (2016), Estados Unidos de América (2016), Federación de Rusia (2019), Fiji (2016), Filipinas (2016), Francia (2019), Gabón (2016), Georgia (2015), Grecia (2019), Honduras (2019), Hungría ( 2019), India (2016), Indonesia (2019), Irán (República Islámica del) (2016), Israel (2016), Italia (2016), Japón (2019), Jordania (2016), Kenya (2016), Kuwait (2019), Liberia (2019), Malasia (2019), Mauricio (2016), Mauritania (2019), México (2019), Namibia (2019), Nigeria (2016), Pakistán (2016), Panamá (2019), Paraguay (2016), Polonia (2016), Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte (2019),2 V .14-004983

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República de Corea (2019), Sierra Leona (2019), Singapur (2019), Suiza (2019), Tailandia (2016), Turquía (2016), Uganda (2016), Venezuela (República Bolivariana de) (2016) y Zambia (2019). El mandato de los miembros expira el último día antes del comienzo del período de sesiones anual de la Comisión del año que se indica entre paréntesis.

2. Los Estados que no sean miembros de la Comisión y las organizaciones gubernamentales internacionales podrán asistir a las sesiones en calidad de observadores y participar en las deliberaciones. Además, las organizaciones no gubernamentales internacionales invitadas podrán asistir al período de sesiones en calidad de observadoras y

gubernamentales internacionales podrán asistir a las sesiones en calidad de observadores y participar en las deliberaciones. Además, las organizaciones no gubernamentales internacionales invitadas podrán asistir al período de sesiones en calidad de observadoras y exponer sus opiniones sobre las cuestiones en que tengan conocimientos especializados o experiencia internacional, con objeto de facilitar las deliberaciones en el período de sesiones.

III. Anotaciones relativas a los temas del programa

Tema 1. Apertura del período de sesiones

3. El 50º período de sesiones del Grupo de Trabajo se celebrará en el Centro Internacional de Viena del 10 al 14 de noviembre de 2014. El horario de las reuniones será de las 9.30 a las 12.30 horas y de las 14.00 a las 17.00 horas, salvo el lunes 10 de noviembre de 2014, en que la sesión comenzará a las 10.00 horas.

4. El Grupo de Trabajo tal vez desee tomar nota de que, en consonancia con las decisiones adoptadas por la Comisión en su 34° período de sesiones 1, se espera que el Grupo de Trabajo celebre deliberaciones de fondo durante las nueve primeras sesiones de media jornada (es decir, del lunes al viernes por la mañana), y que la Secretaría prepare un proyecto de informe para que el Grupo de Trabajo lo apruebe en su décima y última sesión (el viernes por la tarde).

Tema 2. Elección de la Mesa

5. De conformidad con la práctica seguida en anteriores períodos de sesiones, el Grupo de Trabajo tal vez desee elegir un Presidente y un Relator.

Tema 4. Cuestiones jurídicas relativas al empleo de documentos electrónicos transferibles

a) Información de antecedentes

Grupo de Trabajo tal vez desee elegir un Presidente y un Relator.

Tema 4. Cuestiones jurídicas relativas al empleo de documentos electrónicos transferibles

a) Información de antecedentes

6. En su 42º período de sesiones, celebrado en 2009, la Comisión pidió a la Secretaría que preparara un estudio sobre los documento s electrónicos transferibles, teniendo en cuenta las propuestas que se recibieron durante ese período de sesiones (A/CN.9/681 y Add.1, y A/CN.9/682) 2. ───────────────── 1 Documentos Oficiales de la Asamblea General, quincuagésimo sexto período de sesiones, Suplemento núm. 17 y corrección (A/56/17 y Corr.3), párr. 381. 2 Ibid., sexagésimo cuarto período de sesiones, Suplemento núm. 17 (A/64/17), párr. 343.V .14-04983 3

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7. En su 43º período de sesiones, celebrado en 2010, la Comisión tuvo a su disposición más información sobre el empleo de las com unicaciones electrónicas para la transferencia de derechos reales sobre mercancías, sobre todo en relación con el empleo de la inscripción registral para la creación y transferencia de esos derechos (A/CN.9/692, párrs. 12 a 47).

En ese mismo período de sesiones, la Comisión pidió a la Secretaría que organizara un coloquio sobre los temas pertinentes, a saber, los documentos electróni cos transferibles, la gestión de datos de identificación personal, el comercio electrónico por conducto de dispositivos móviles y los sistemas electrónicos de ventanilla única, y que la informara

coloquio sobre los temas pertinentes, a saber, los documentos electróni cos transferibles, la gestión de datos de identificación personal, el comercio electrónico por conducto de dispositivos móviles y los sistemas electrónicos de ventanilla única, y que la informara sobre las deliberaciones mantenidas en ese coloquio3.

8. En su 44º período de sesiones, celebrado en 2011, la Comisión tuvo a su disposición una nota de la Secretaría (A/CN.9/728 y Add.1) en la que se resumían las deliberaciones del coloquio sobre el comercio electrónico (Nueva York, 14 a 16 de febrero de 2011) 4. Tras deliberar, la Comisión encomendó al Grupo de Trabajo que se ocupara del tema de los doc umentos electrónico s transferibles 5. Se recordó que esa labor sería útil no solamente para promover en general las comunicaciones electrónicas en el comercio internacional, sino también para abordar determinadas cuestiones, como el modo de contribuir a la aplicación de las Reglas de Rotterdam 6.

9. Además, la Comisión convino en que la labor relativa a los documentos electrónicos transferibles podía abarcar ciertos aspectos de otros asuntos, como la gestión de datos de identificación personal, el comercio electróni co por conducto de dispositivos móviles y los sistemas electrónicos de ventanilla única 7. Sin embargo, en lo que respecta a la ampliación del mandato del Grupo de Trabajo de modo que se ocupara del examen de esos asuntos por separado (y no en relación con los documentos electrónicos transferibles), la Comisión acordó examinar esa ampliación en un futuro período de sesiones 8.

10. En su 45º período de sesiones (Viena, 10 a 14 de octubre de 2011), el Grupo

documentos electrónicos transferibles), la Comisión acordó examinar esa ampliación en un futuro período de sesiones 8.

10. En su 45º período de sesiones (Viena, 10 a 14 de octubre de 2011), el Grupo de Trabajo inició su labor sobre diversas cuestiones jurídicas relativas al empleo de documentos electrónicos transferibles, entre ellas la posible metodología para la labor futura del Grupo de Trabajo (A/CN.9/737, párrs. 14 a 88). También examinó la labor realizada por otras organizaciones internacionales en relación con este tema

(A/CN.9/737, párrs. 89 a 91).

11. En su 45º período de sesiones, celebrado en 2012, la Comisión apoyó en general la idea de que el Grupo de Trabajo prosiguier a su labor sobre los documentos electrónicos transferibles y se subrayó la necesidad de establecer un régimen internacional que facilitara la utilización transfronteriza de esos documentos 9. En ese contexto, se señaló la conveniencia de definir tipos concretos de documentos electrónicos transferibles o aspectos concretos de esos documentos y de centrarse en ellos 10. Tras deliberar, ───────────────── 3 Ibid., sexagésimo quinto período de sesiones, Suplemento núm. 17 (A/65/17), párr. 250. 4 La información sobre el coloquio puede consultarse, en la fecha del presente documento, en el sitio www.uncitral.org/uncitral/en/commission/colloquia/electronic-commerce-2010.html. 5 Documentos Oficiales de la Asamblea General, sexagésimo sexto período de sesiones, Suplemento núm. 17 (A/66/17), párr. 238. 6 Ibid., párr. 235.

7 Ibid.

5 Documentos Oficiales de la Asamblea General, sexagésimo sexto período de sesiones, Suplemento núm. 17 (A/66/17), párr. 238. 6 Ibid., párr. 235. 7 Ibid. 8 Ibid., párr. 239. 9 Ibid., sexagésimo séptimo período de sesiones, Suplemento núm. 17 (A/67/17), párr. 83. 10 Ibid.4 V .14-004983

A/CN.9/WG.IV/WP.129 la Comisión reafirmó el mandato encomendado al Grupo de Trabajo respecto de los documentos electrónicos transferibles 11.

12. En su 46º período de sesiones (Viena, 29 de octubre a 2 de noviembre de 2012), el Grupo de Trabajo prosiguió su examen de las cuestiones jurídicas relativas al empleo de documentos electrónicos transferibles. Al principio, el Grupo de Trabajo confirmó la conveniencia de proseguir la labor relacionada con los documentos electrónicos transferibles y lo útil que tal vez sería recibir orientación sobre esa cuestión, y en general se opinó que deberían formularse reglas generales basadas en un enfoque funcional que abarcaran diversos tipos de documentos electrónicos transferibles (A/CN.9/761, párrs. 17 y 18). Posteriormente, el Grupo de Trabajo examinó diversas cuestiones jurídicas que se plan teaban durante el período de validez de los documentos electrónicos transferibles (A/CN.9/761, párrs. 24 a 89). En cuanto a la labor futura, una amplia mayoría de delegaciones apoyó la preparación de un proyecto de disposiciones relativas a los documentos

período de validez de los documentos electrónicos transferibles (A/CN.9/761, párrs. 24 a 89). En cuanto a la labor futura, una amplia mayoría de delegaciones apoyó la preparación de un proyecto de disposiciones relativas a los documentos electrónicos transferibles que se presentara en forma de ley modelo, sin perjuicio de la decisión que el Grupo de Trabajo adoptara sobre la forma definitiva que debería revestir su labor (A/CN.9/761, párrs. 90 a 93).

13. En su 47º período de sesiones (Nueva York, 13 a 17 de mayo de 2013), el Grupo de Trabajo inició su examen del proyecto de disposiciones presentado en el documento A/CN.9/WG .IV/WP.122. Se indicó que habría una interacción entre las normas que posibilitaban el empleo de documentos electrónicos transferibles y las disposiciones generales que regían las operaciones electrónicas, y que sería muy conveniente armonizar más esas disposiciones generales (A/CN.9/768, párr. 15).

En cuanto a la labor futura, se observó que aunque era prematuro ocuparse de la forma que revestiría esa labor, el proyecto de disposiciones era en gran medida compatible con los resultados a los que podía llegarse (A/CN.9/768, párr. 112).

14. En su 46º período de sesiones, la Comisión tomó nota de los progresos realizados por el Grupo de Trabajo en el tema de los documentos electrónicos transferibles 12. Reconociendo que la labor actual del Grupo de Trabajo ayudaría enormemente a facilitar el comercio elect rónico en las relaciones comerciales internacionales, la Comisión reafirmó el mandato encomendado al Grupo de Trabajo respecto de los documentos electrónicos transferibles 13.

enormemente a facilitar el comercio elect rónico en las relaciones comerciales internacionales, la Comisión reafirmó el mandato encomendado al Grupo de Trabajo respecto de los documentos electrónicos transferibles 13.

15. En su 48º período de sesiones (Viena, 9 a 13 de noviembre de 2013), el Grupo de Trabajo prosiguió su labor de preparación de un proyecto de disposiciones cuyo texto se presentó en los documentos A/CN.9/WG .IV/WP.124 y Add.1. El Grupo de Trabajo también examinó las cuestiones jurídicas que plant eaba el empleo de documentos electrónicos transferibles y que se exponían en el documento

A/CN.9/WG.IV/WP .125.

16. En su 49º período de sesiones (Nueva York, 28 de abril a 2 de mayo de 2014), el Grupo de Trabajo prosiguió su labor de preparación del proyecto de disposiciones, enunciado en los documentos A/CN.9/WG.IV/WP.128 y Add.1.

El Grupo de Trabajo centró sus debates en los conceptos de original, y de la singularidad e integridad de un documento electrónico transferible sobre la base de ───────────────── 11 Ibid., párr. 90. 12 Ibid., sexagésimo octavo período de sesiones, Suplemento núm. 17 (A/68/17), párrs. 223 a 226. 13 Ibid., párrs. 227 y 230.V .14-04983 5

A/CN.9/WG.IV/WP.129 los principios de la equiva lencia funcional y de la neutralidad respecto de los medios tecnológicos.

17. En su 47º período de sesiones, celebrado en 2014, la Comisión tomó nota de los debates clave mantenidos por el Grupo de Trabajo en sus períodos de sesiones

medios tecnológicos.

17. En su 47º período de sesiones, celebrado en 2014, la Comisión tomó nota de los debates clave mantenidos por el Grupo de Trabajo en sus períodos de sesiones 48º y 49º14. Observando que la labor actual del Grupo de Trabajo contribuiría en gran medida a facilitar el comercio elect rónico en las relaciones comerciales internacionales, la Comisión reafirmó el mandato del Grupo de Trabajo de preparar un texto legislativo sobre los documentos electrónicos transferibles 15. b) Documentación

18. El Grupo de Trabajo tendrá a su disposición las notas de la Secretaría en las que se presenta el proyecto de disposiciones sobre los documentos electrónicos transferibles (A/CN.9/WG.IV/WP.130 y Add.1).

19. En el período de sesiones se pondrá a disposición de las delegaciones una tirada limitada de ejemplares de los si guientes documentos de antecedentes: - Ley Modelo de la CNUDMI sobre Comercio Electrónico con la Guía para su incorporación al derecho interno; - Ley Modelo de la CNUDMI sobre las Firmas Electrónicas con la Guía para su incorporación al derecho interno; - Convención de las Naciones Unidas sobre la Utilización de las Comunicaciones Electrónicas en los Contratos Internacionales; - Fomento de la confianza en el come rcio electrónico: cuestiones jurídicas de la utilización internacional de métodos de autenticación y de firma electrónicas; - Proyecto de disposiciones sobre los documentos electrónicos transferibles

(A/CN.9/WG .IV/WP.124 y Add.1); - Nota de la Secretaría sobre cuestio nes jurídicas relativas al empleo de documentos electrónicos transferibles (A/CN.9/WG.IV/WP.125);

(A/CN.9/WG .IV/WP.124 y Add.1); - Nota de la Secretaría sobre cuestio nes jurídicas relativas al empleo de documentos electrónicos transferibles (A/CN.9/WG.IV/WP.125); - Informe del Grupo de Trabajo IV (Comercio Electrónico) sobre la labor realizada en su 48º período de sesiones (A/CN.9/797); - Proyecto de disposiciones sobre los documentos electrónicos transferibles (A/CN.9/WG.IV/WP.128 y Add.1); e - Informe del Grupo de Trabajo IV (Comercio Electrónico) sobre la labor realizada en su 49º período de sesiones (A/CN.9/804).

20. Los documentos de la CNUDMI pueden consultarse en el sitio de la Comisión en Internet (www.uncitral.org) una vez publicados en todos los idiomas oficiales de las Naciones Unidas. Los delegados podrán comprobar si están disponibles abriendo la página del Grupo de Trabajo, en la sección del sitio de la CNUDMI titulada “Documentos de los grupos de trabajo”.

───────────────── 14 Ibid., sexagésimo noveno período de sesiones, Suplemento núm. 17 (A/69/17) ( en preparación ). 15 Ibid.6 V .14-004983

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Tema 5. Asistencia técnica y coordinación

21. Además, se expondrá ante el Grupo de Trabajo un informe oral sobre las actividades de asistencia técnica y de c oordinación realizadas por la Secretaría, incluidas las de promoción de los textos de la CNUDMI sobre el comercio electrónico.

Tema 6. Otros asuntos

actividades de asistencia técnica y de c oordinación realizadas por la Secretaría, incluidas las de promoción de los textos de la CNUDMI sobre el comercio electrónico.

Tema 6. Otros asuntos

22. Según el calendario previsto, el 51º perí odo de sesiones del Grupo de Trabajo se celebrará en Nueva York del 18 al 22 de mayo de 2015.

Tema 7. Aprobación del informe

23. Al término de su período de sesiones, el viernes 14 de noviembre de 2014, el Grupo de Trabajo tal vez desee aprobar un informe para presentarlo a la Comisión en su 48º período de sesiones, cuya celebración está prevista en Viena del 29 de junio al 16 de julio de 2015. En la décima sesión (el viernes por la tarde) se dará lectura a un resumen de las principales conclusiones a que haya llegado el Grupo de Trabajo en su novena sesión (el viernes por la mañana) para dejar constancia de ellas y posteriormente incorporarlas al informe.

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