CNUDMI - A-CN.9-WG.IV-WP.133
CNUDMI - Comisión de las Naciones Unidas para el Derecho Mercantil Internacional
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Detalles
- Título
- CNUDMI - A-CN.9-WG.IV-WP.133
- Autor
- CNUDMI - Comisión de las Naciones Unidas para el Derecho Mercantil Internacional
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Internacional Privado
- Año
- —
Naciones Unidas A/CN.9/WG .IV/WP.133
Asamblea General
Distr. limitada 13 de mayo de 2015
Original: Español
V.15-02857 (S) 180515 180515
1502857
Comisión de las Naciones Unidas para el Derecho Mercantil Internacional Grupo de Trabajo IV (Comercio Electrónico) 51º período de sesiones Nueva York, 18 a 22 de mayo de 2015
Comercio móvil/pagos a través o por intermedio de dispositivos móviles Posible labor futura
Propuesta de Colombia
Nota de la Secretaría
En el marco de los preparativos de l 51º período de sesiones del Grupo de Trabajo IV (Comercio Electrónico), el Gobi erno de Colombia ha presentado a la Secretaría el documento adjunto. El documento que se adjunta como anexo se reproduce en la forma en que lo recibió la Secretaría.2 V .15-02857
A/CN.9/WG.IV/WP.133
Anexo
Introducción
De conformidad con el documento A/CN.9/728, en el 40° período de sesiones de la Comisión de Naciones Unidas para el Derecho Mercantil Internacional (CNUDMI), la Comisión pidió a la Secretaría que siguiera de cerca la evolución legislativa en materia de comercio electrónico, con miras a efectuar sugerencias en ese sentido. En el 43° período de sesiones, la Comisión pidió a la Secretaría que organizara un coloquio sobre los temas analizados en el documento A/CN.9/692
materia de comercio electrónico, con miras a efectuar sugerencias en ese sentido. En el 43° período de sesiones, la Comisión pidió a la Secretaría que organizara un coloquio sobre los temas analizados en el documento A/CN.9/692 —los documentos electrónicos transferibles, la gestión de datos de identificación personal y el comercio electrónico por conducto de di spositivos móvilesy que preparara una nota en la que resumiera las deliberaciones en ese Coloquio con el fin de facilitar información para que la Comisión pudiera a doptar una decisión por la que confiriera al Grupo de Trab ajo de Comercio Electrónico un “claro mandato” a ese respecto. Teniendo en cuenta que una de las funciones de la CNUDMI consiste en modernizar y armonizar las reglas del comercio intern acional, la delegación colombiana está interesada en proponer a las delegaciones de los países miembros de la Comisión y que participan en el Grupo de Trabajo IV (Comercio Electró nico), que una vez finalizadas las labores del proyecto de ré gimen sobre los Documentos Electrónicos Transferibles, se evalúe la posibilidad de que un régimen para el comercio móvil o los pagos a través de dispositivos móviles sea el tema que se aborde a continuación en los siguientes períodos de sesiones del Grupo de Trabajo IV . De igual manera, el estudio de un régimen que haga referencia a los pagos a través o por medio de dispositivos móviles, no puede perder de vista los procesos de bancarización on line a través de los Servicios Financ ieros Móviles, con el fin de armonizar las legislaciones con las act uales tendencias tecnológicas y los mecanismos de pago para el comercio electrónico local y transfronterizo. Para la Comisión y para las delegaciones de los países miembros del Grupo de
armonizar las legislaciones con las act uales tendencias tecnológicas y los mecanismos de pago para el comercio electrónico local y transfronterizo. Para la Comisión y para las delegaciones de los países miembros del Grupo de Trabajo IV de la CNUDMI, también pudiese resultar útil impartir directrices generales acerca de la adopción de una normativa legal apropiada, particularmente en el empleo de dispositivos móviles para usos financieros o como medio de pago para completar la realización de transacciones de comercio electrónico.
El comercio electrónico a través de dispositivos móviles
- El crecimiento de los dispositivos móviles
La Comisión de Regulación de Comunicaciones (CRC) de Colombia, indicó que en el ámbito internacional la evolución acel erada de la convergencia tecnológica ha facilitado la integración de los servicios de comunicaciones y medios, situación que ha favorecido la aparición de un grupo de consumidores más sofisticados que demandan acceso permanente e inmediato a los servicios relacionados con las TIC. Así mismo, observa el documento, se vislumbró un crecimiento importante en elV .15-02857 3
A/CN.9/WG.IV/WP.133 mercado de contenidos y aplicaciones, lo que ha modificado de manera significativa las dinámicas de los mercados y de las empresas en todos los sectores productivos 1. La penetración del servicio de telefonía móvil en el mundo está acercándose al 100%, lo que significa que en el corto plazo habrá tantas líneas celulares como personas2, tendencia que es generalizada en la mayor parte de los países del mundo, con contadas excepciones. En el caso de Colombia, para el cierre de 2012 la penetración asciende a 103 suscriptores por cada 100 habitantes y es muy similar a
personas2, tendencia que es generalizada en la mayor parte de los países del mundo, con contadas excepciones. En el caso de Colombia, para el cierre de 2012 la penetración asciende a 103 suscriptores por cada 100 habitantes y es muy similar a la penetración agregada en el continente3. En escenarios de las Naciones Unidas se reconoce el impacto de los dispositivos móviles en el desarrollo, como por ejemplo en el Information Economy Report de la Conferencia de las Naciones Unidas para el Comercio y el Desarrollo (UNCTAD) de 2009 4, en donde se muestra que en los últim os años en los países en desarrollo, los dispositivos móviles pueden resultar útile s para suplir la insuficiencia de unas infraestructuras de comunicación limitadas, aparte del rápido crecimiento del número de usuarios de estos dispositivos, tendencia que ha impulsado el aumento de la oferta de servicios a través de telé fonos inteligentes, como por ejemplo, la utilización de los dispositivos móviles para enviar y recibir comunicaciones electrónicas vía Short Messaging Services/SMS (servicio de mensajes abreviados), o navegar por Internet a través del Wireless Application Protocol (WAP), о negociar operaciones sin contact o directo basadas en aplicaciones de la Near Field Communication (NFC) (red de comunicación de alcance cercano o de corto alcance). En la mayoría de estos casos la comunicación entablad a sería considerada como de índole electrónica como los mensajes de datos, conforme a los textos de la CNUDMI 5. La CNUDMI 6 señala la necesidad de disponer de una norma que mejore la posibilidad de otorgarle validez jurídica a las operaciones negociadas por vía electrónica, incluidas las efectuadas a través de dispositivos móviles, pues algunos
La CNUDMI 6 señala la necesidad de disponer de una norma que mejore la posibilidad de otorgarle validez jurídica a las operaciones negociadas por vía electrónica, incluidas las efectuadas a través de dispositivos móviles, pues algunos países menos desarrollados no cuentan aún con normas mercantiles de índole general para el comercio electrónico; y, otros países, tras haber determinado expresamente que el comercio por dispos itivos móviles es una de las formas del comercio electrónico que deben ser regulad as por leyes tecnológicamente neutras, han promulgado leyes especiales al resp ecto. Sería la forma más apropiada de __________________ 1 www.crcom.gov.co/uploads/images/files/Reporte_Industria_2013_11.pdf. Comisión de Regulación de Comunicaciones - República de Colombia Reporte de Industria TICNoviembre 2013. En www.mintic.gov.co . 2 Ibidem. 3 Ibidem. En la información del Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones de Colombia (MINTIC), se indica que al término del primer trimestre de 2014 el número total de abonados en servicio de telefonía móvil es de 51.594.619 y que de acuerdo con la cifra de abonados en servicio de telefonía móvil, en el país existen 106,3 abonados en servicio porcada 100 habitantes. En la actualidad existe una gran penetración en el uso denominados dispositivos móviles, especialmente de teléfonos móviles inteligentes o Smartphone en gran parte de los países desarrollados y en una menor medida, aunque significativa, en los países en vías de desarrollo. 4 En el documento A/CN.9/692. Puede verse en http://unctad.org/en/docs/ier2009_en.pdf .
Smartphone en gran parte de los países desarrollados y en una menor medida, aunque significativa, en los países en vías de desarrollo. 4 En el documento A/CN.9/692. Puede verse en http://unctad.org/en/docs/ier2009_en.pdf . 5 Documento A/CN.9/692. “Labor actual y posible labor futura en materia de comercio Electrónico”. CNUDMI, 2010. 6 Idem, párr. 69.4 V .15-02857
A/CN.9/WG.IV/WP.133 actualizar y armonizar todas esas regulacion es, sin el inconveniente de realizar esfuerzos regulatorios individuales. En Colombia, por ejemplo, se aprobó una iniciativa que busca promover los pagos digitales, utilizando la capacida d instalada de las redes exis tentes a lo largo y ancho del territorio nacional, donde la penetración de telefonía móvil tendrá un impacto importante, denominada Ley de Inclusión Financiera, con el fin de promover el uso de dispositivos digitales como herramienta financiera para el procesamiento de operaciones financieras básicas 7. Sobre ese particular, la Unión Internacion al de las Telecomunicaciones (UIT) indica que entre 2010 y 2011 8, los abonados al servicio móvil celular registraron un crecimiento continuo de dos dígitos en lo s mercados de los países en desarrollo, pero se observó una desaceleración genera l en comparación con años anteriores. Según la UIT, el número de abonados al servicio móvil celular aumentó en más de 600 millones, casi todos en los países desarrollados, o sea, 86 de cada 100 habitantes a nivel mundial. La tasa de penetración móvil celular aumentó en un 11% en todo el mundo, en comparación con 13% el año anterior. En general, el
600 millones, casi todos en los países desarrollados, o sea, 86 de cada 100 habitantes a nivel mundial. La tasa de penetración móvil celular aumentó en un 11% en todo el mundo, en comparación con 13% el año anterior. En general, el aumento del número de proveedores de servicios ha dado lugar a una competencia en el sector y ha hecho bajar los precios al consumidor de manera significativa, lo cual ha sido un factor clave en la propag ación de los servicios móviles celulares, según el estudio de la UIT 9.
- Los pagos móviles y el comercio móvil
Respecto del comercio móvil la UNCTAD señala que son “las operaciones comerciales y las actividades de comunicación realizadas a través de servicios y redes de comunicaciones inalámbricas por medio de servicios de mensajes cortos (“SMS’), servicios de mensajes mu ltimedios (“MMS’), o Internet, empleando pequeños dispos itivos móviles manuales que hab itualmente se habían u tiliz ado para comunicaciones telefónicas ”10, lo cual también implica el acceso a datos a través de estos dispositivos, que dinamiza el segmento de las apps . Así mismo, en el documento A/CN.9/728 se sugirió una definición de comercio móvil como punto de partida para las deliberaciones futuras: “toda operación comercial y actividad de comunicación realizada a través de servicios y redes de comunicaciones inalámbricas utiliz ando dispos itivos móviles m anuales diseñados para su empleo en redes móviles y otras redes de comunicaciones inalámbricas” 11. __________________ 7 Ley 1735 de 2014 , Por el cual se dictan medidas tendientes a promover el acceso a los servicios financieros transaccionales y se dictan otras disposiciones .
__________________ 7 Ley 1735 de 2014 , Por el cual se dictan medidas tendientes a promover el acceso a los servicios financieros transaccionales y se dictan otras disposiciones . 8 Unión Internacional de Telecomunicaciones (UIT), La Medición de la Sociedad de la Información, Resumen Ejecutivo 2012. En http://www.itu.int/dms pub/itu-d/opb/ind/DINDICTOI-2Q12-SUM-PDF-S.pdf . 9 En www.itu.int/dms_pub/itu-d/opb/ind/D-IND-ICTOI-2012-SUM-PDF-E.pdf. 10 OEDC, Policy Guidance for Addressing Emerging Consumer Protection and Empowerment Issues in Mobile Commerce, junio de 2008. Citado en documento A/CN.9/728. Comisión de las Naciones Unidas para el Derecho Mercantil Internacional, 44º período de sesiones. Viena, 27 de junio a 15 de julio de 2011. Labor actual y posible labor futura en materia de comercio electrónico. Nota de la Secretaría. 11 Documento A/CN.9/728. Comisión de las Naciones Unidas para el Derecho Mercantil Internacional, 44º período de sesiones. Viena, 27 de junio a 15 de julio de 2011. Labor actual y posible labor futura en materia de comercio electrónico. Nota de la Secretaría. Párrafo 35.V .15-02857 5
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Esta definición extiende el ámbito de aplicación del comercio móvil, al no circunscribirse solo a los Smartphone sino que también incluye cualquier dispositivo que utilice redes móv iles inalámbricas, como WiFi, NFC, bluetooth, incluso los mensajes de texto o chats y redes sociales.
circunscribirse solo a los Smartphone sino que también incluye cualquier dispositivo que utilice redes móv iles inalámbricas, como WiFi, NFC, bluetooth, incluso los mensajes de texto o chats y redes sociales. Ahora bien, los medios de pago basados en servicios y mensajes de texto (MSM o MSSM), así como las comunicaciones mediante dispositivos de proximidad (NFC), están surgiendo en todo el mundo. El uso generalizado de teléfonos inteligentes y la comodidad y movilidad que estos dispositivos ofrecen al consumidor o usuario a través de servicios que exceden de la simple comunicación, son los principales factores que impulsan un creciente interés en la realización de pagos mediante este tipo de dispositivos señala la Organización No Gubernamental sobre Tecnologías de la Información ISACA12. Además, los pagos a través de dispositivos móviles siguen aumentando en todo el mundo, cons idera el proveedor de soluciones Ayden 13 en la última edición de su índice de pagos móviles mundial (Adyen Global Mobile Payments Index )14. De igual manera, la consultora Flurry Mobile 15 reveló en su más reciente informe 16 el crecimiento de Smartphone y tabletas a nivel mundial. Para enero del 2013, China y los EE.UU. tenían más o menos la misma base activa de dis positivos inteligentes instalados, esto es, 222 millones en los EE.UU. frente a 221 millones en China. Según los estimativos de la Consultora, para finales de febrero de 2013 China tendría 246 millones de dispositivos en comparación con 230 millones en los EE.UU. seguidas por el Reino Unido con 43 millones, considerado como el tercer mercado más grande del mundo17. En el informe de ISACA 18 se indica que en la Unión Europea (UE), especialmente,
los EE.UU. seguidas por el Reino Unido con 43 millones, considerado como el tercer mercado más grande del mundo17. En el informe de ISACA 18 se indica que en la Unión Europea (UE), especialmente, la flexibilización de las restricciones im puestas a los operadores de pago está modificando el panorama de los pagos medi ante dispositivos mó viles en esa zona. Específicamente, una serie de nuevos actores (operadores de telefonía móvil, grandes almacenes, etc.) serán oficialmente reconocidos como proveedores de servicios de pago (PSP) aunque no sean una entidad crediticia tradicional (tal como la define la directiva de la Unión Europea 2000/12/CE) y es claro que se les permitirá operar en competencia directa con las instituciones fi nancieras/crediticias __________________ 12 Tecnologías Emergentes. Informe Oficial de ISACA sobre tecnologías emergentes. Noviembre de 2011. En http://www.isaca.org/chapters8/Montevideo/cigras/Documents/cigras-2012-03mobile-payments-wp-espaol.pdf . 13 Adyen es un proveedor de soluciones de pago omni-canal cuya plataforma está basada en Internet. En www.adyen.com . 14 www.ayden.com/home/about-ayden/press-room/press-releases/mobile-payments-indexjuly-2014.html. El Adyen Global Mobile Payment Index se publica trimestralmente teniendo como base los datos de pagos realizados a través de la compañía. 15 Citado por una publicación nacional en REDACCIÓN TECNOLOGIA, Publicación, eltiempo.com. Sección Tecnosfera. Fecha de publicación 19 de febrero de 2013. Autor,
REDACCIÓN TECNOLOGÍA. Colombia.
15 Citado por una publicación nacional en REDACCIÓN TECNOLOGIA, Publicación, eltiempo.com. Sección Tecnosfera. Fecha de publicación 19 de febrero de 2013. Autor, REDACCIÓN TECNOLOGÍA. Colombia. 16 Puede ser consultado en http://www.flurry.com/bid/94352/China-Knocks-Off-U-S-to-BecomeWorld-s-Top-Smart-Device-Market . 17 Idem. 18 Tecnologías Emergentes. Informe Oficial de ISACA sobre tecnologías emergentes. Noviembre de 2011. En http://www.lsaca.org/chapters8/Montevideo/cigras/Documents/cigras-2012-03mobile-payments-wp-espaol.pdf .6 V .15-02857
A/CN.9/WG.IV/WP.133 tradicionales, con el cumplimiento de los requerimientos establecidos en la Directiva. Según la OCDE en un estudio, América Latina ya cuenta con modelos aditivos de banca móvil (incorporan soluciones de m-banking a la oferta de distribución financiera existente). Señala el estudio, que “ Entre las transacciones más habituales ofrecidas sobre canales móviles están, además de las operaciones de gestión de efectivo (al que todavía está muy apegada la población), los envíos domésticos de dinero y los pagos, especialmente, facturas de servicios públicos y la compra de tiempo-aire, probablemente el servicio más popular en las experiencias pioneras”19.
Colombia y los servicios financieros móviles — SFM
El Servicio Financiero Móvil, según la OCDE “Incluye los servicios bancarios móviles, los servicios prestados sobre monederos móviles y el acceso desde el
Colombia y los servicios financieros móviles — SFM
El Servicio Financiero Móvil, según la OCDE “Incluye los servicios bancarios móviles, los servicios prestados sobre monederos móviles y el acceso desde el celular a servicios financieros como la contratación de créditos, la compra-venta de valores en bolsa o el envío y recepción de remesas ”20. Uno de los casos más importantes y para destacar, es el servicio de banca telefónica móvil de Kenya, que se denomina “M-Pesa”, la cual fue concebida por Safaricom 21 — filial de la Compañía inglesa V odafone - en 2005 y lanzado en marzo de 2007 22. El tema comercio electrónico a través de dispositivos móviles pero en especial pagos a través de dispositivos móviles , reviste especial importancia para la competitividad de Colombia, dado el impulso a los procesos de bancarización y a la significativa penetración de equipos móviles inteligentes, Smartphone y Tabletas en nuestro país, lo que implica una mejora en la utilización de los medios electrónicos como un canal transaccional. De igual manera en el plan nacional de desarrollo, 2010–2014, Prosperidad Para Todos, del Gobierno de Colombia, se contempló en el Capítulo sobre Tecnologías de la inform ación y las Comunicaciones, los servicios financieros móviles (SFM), el cual fue la base del documento “Promoción de Servicios Financieros sobre Redes Móviles y Medidas Complementarias para __________________ 19 Telefonía móvil y desarrollo financiero en américa latina - Autores (Analistas Financieros Internacionales): Emilio Ontiveros Baeza, Álvaro Martín Enríquez, Santiago Fernández de Lis,
__________________ 19 Telefonía móvil y desarrollo financiero en américa latina - Autores (Analistas Financieros Internacionales): Emilio Ontiveros Baeza, Álvaro Martín Enríquez, Santiago Fernández de Lis, Ignacio Rodríguez Téubal, y Verónica López Sabater. Coordinador de la Edición: Jaime García Alba (Banco Interamericano de Desarrollo). En www.oecd.org/dev/americas/42825577.pdf. Consultada el 13 de diciembre de 2014. 20 Idem. 21 “La compañía Safaricom, establecida en Kenia, es una de las principales empresas de comunicación integrada en África Oriental y Central. Safaricom fue fundada en 1997 y hacia fines del año 2012 había empleado a más de 1.500 personas, principalmente ubicadas en Nairobi y en otras grandes ciudades como Mombasa, Kisumu, Nakunj y Eldoret. Desde sus comienzos, Safaricom ha tenido éxito en su objetivo de satisfacer a sus suscriptores, lo que ha dado como resultado un aumento en la base de suscriptores hasta llegar, actualmente, a más de 17 millones de abonados a la red. Safaricom ofrece una completa gama de servicios, desde servicios móviles y fijos de voz, hasta servicios de datos, en variadas plataformas.” En http://www.worldmanuals.com/safaricom1 . 22 Para mayor ilustración http://digital.law.washington.edu/dspace-law/handle/1773.1/1199.V .15-02857 7
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Provisión de Contenidos y Aplicaciones. Documento Amarillo Coordinación de Análisis. Financiero y Contable” 23 de octubre de 2013 de la CRC.
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Provisión de Contenidos y Aplicaciones. Documento Amarillo Coordinación de Análisis. Financiero y Contable” 23 de octubre de 2013 de la CRC. El documento de la CRC, considera a los SFM como un mercado prometedor, teniendo en cuenta que casi la mitad de la población mundial hace uso de comunicación móvil y en particular, los países en desarrollo son los que han registrado el mayor auge en la implement ación de estos servicios, dada la alta penetración de las TIC, tecnologías que, según el documento, son como un puente para ofrecer otro tipo de servicios, en especial los enfocados a las clases más pobres 24.
- La inclusión financiera: Colombia
En Colombia se expidió la Ley 1435 de 2014 –Ley de Inclusión Financiera– la cual de conformidad con la exposición de motivos25, define la inclusión financiera como el acceso y el uso de servicios financieros formales por parte de la mayoría de la población, la cual tiene una gran importancia ya que contribuye de manera decisiva al desarrollo económico del país pues permite el aumento de la capacidad de consumo de las familias y el aumento en el potencial de inversión. Esta ley crea las sociedades especializadas en de pósitos y pagos electrónicos , entidades financieras vigiladas, con requ isitos regulatorios livianos, que pueden captar ahorros del público únicamente para ofrecer los servicios de pagos, giros, transferencias, recaudo y ahorro y por lo tanto pueden administrar sus recursos para prestarle diferentes servicios transaccionales26. Los bancos, los operadores móviles, los operadores postales o cualquier persona interesada, puede constituir una sociedad especializada en depósitos y pagos electrónicos, siempre que cumpla con
prestarle diferentes servicios transaccionales26. Los bancos, los operadores móviles, los operadores postales o cualquier persona interesada, puede constituir una sociedad especializada en depósitos y pagos electrónicos, siempre que cumpla con todos los requisitos legales exigidos para constituir una entidad financiera, por cuanto los recursos captados por estas sociedades deberán ser depositados en depósitos a la vista administrados por establecimientos de crédito o en una cuenta del Banco Central (Banco de República), si así lo autoriza la Junta Directiva del Banco 27,28. En el documento A/CN.9/800, del WG I, Microempresas y Pequeñas y Medianas Empresas – Posible labor futura – se indica que el Grupo de Trabajo reconoció y acogió con satisfacción el mandato dado por la Comisión de establecer un marco __________________ 23 Promoción de servicios financieros sobre redes móviles y medidas complementarias para provisión de contenidos y aplicaciones. Documento Amarillo Coordinación de Análisis Financiero y Contable . En www.crcom.gov.co/uploads/images/files/DocSoporte_SFM.pdf. 24 Idem. Págs. 13 y 14. 25 En www.legismovil.com/BancoMedios/Archivos/pl-181-14s%20to%20(inclusion%20financiera).pdf. 26 Ministerio de Hacienda y Crédito Público. Colombia. “ ABC Proyecto de Ley de Inclusión Financiera: Sociedades Especializadas en Depósitos y Pagos Electrónicos. ” Septiembre 4 de 2014. En: http://www.minhacienda.gov.co/portal/page/portal/HomeMinhacienda/saladeprensa/09032014abc-inclusion-financiera .
de 2014. En: http://www.minhacienda.gov.co/portal/page/portal/HomeMinhacienda/saladeprensa/09032014abc-inclusion-financiera . 27 Según la Ley, las sociedades especializadas en depósitos y pagos electrónicos tendrán un capital mínimo de cinco mil ochocientos cuarenta y seis millones de pesos ($5.846.000.000). 28 En los Estados Unidos, también se hace referencia a un sistema de pagos móviles : Mobile Payments in the United States. Mapping Out the Road Ahead Darin Contini and Marianne Crowe, Federal Reserve Bank of Boston, Cynthia Merritt and Richard Oliver, Federal Reserve Bank of Atlanta, and Steve Mott, Better Buy Design March 25, 2011 .8 V .15-02857
A/CN.9/WG.IV/WP.133 jurídico propicio para facilitar la activid ad de las MIPYME du rante todo su período de existencia, empezando por la aplicación de reglas simplificadas para la constitución y administración de esas empresas, además de otros temas como la “inclusión financiera, y concretamente los pagos con dispos itivos móviles, el acceso a crédito”, la solución de controversias por otra s vías y regímenes de la insolvencia simplificados 29, lo que implica que el trabajo que se desarrollaría en el WG IV , sobre pagos a través de dispositivos móviles, puede ser el punto de partida para los otros Grupos de Trabajo de la CNUDMI que lo requieran. Podemos concluir entonces, que existe una significativa relación entre el incremento de plataformas diseñadas para prestar servic ios adicionales a los servicios de voz, y el crecimiento de la demanda mundial de dispositivos móviles inteligentes como Smartphone y tablets, lo cual permitirá el desarrollo de nuevos esquemas de negocio
de plataformas diseñadas para prestar servic ios adicionales a los servicios de voz, y el crecimiento de la demanda mundial de dispositivos móviles inteligentes como Smartphone y tablets, lo cual permitirá el desarrollo de nuevos esquemas de negocio que implicaría necesariamente aspectos regul atorios en torno a la seguridad jurídica y tecnológica de las operaciones comerciale s, la generación de empleo, protección de datos personales, protección del cons umidor, habeas data y derechos de propiedad intelectual.
Conclusión
Por lo anterior, ponemos a consideración de las delegaciones de los países miembros de la Comisión de las Naciones Unidas para el Derecho Mercantil Internacional (CNUDMI), en particular, los asistentes al Grupo de Trabajo IV , esta ponencia para ser tenida en cuenta como posible labor futura del mismo, una vez finalice el estudio del régimen para los documentos el ectrónicos transferibles, se evalúe la posibilidad de que el comercio móvil o los pagos a través de dispositivos móviles sea el tema que se aborde a continuación en los siguientes períodos de sesiones para la elaboración de un régimen que armonice y unifique los regímenes individuales que están en estudio.
__________________ 29 A/CN.9/800. Informe del Grupo de Trabajo I (Microempresas y Pequeñas y Medianas Empresas) sobre a labor realizada en su 22° período de sesiones (Nueva York, 10 a 14 de febrero de 2014).