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CNUDMI - A-CN.9-WG.IV-WP.140

CNUDMI - Comisión de las Naciones Unidas para el Derecho Mercantil Internacional

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Detalles

Título
CNUDMI - A-CN.9-WG.IV-WP.140
Autor
CNUDMI - Comisión de las Naciones Unidas para el Derecho Mercantil Internacional
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Internacional Privado
Año

Naciones Unidas A/CN.9/WG.IV/WP.140

Asamblea General

Distr. limitada 23 de enero de 2017

Español Original: inglés

V.17 -00303 (S) 260117 260117 1700303

Comisión de las Naciones Unidas para el Derecho Mercantil Internacional Grupo de Trabajo IV (Comercio Electrónico) 55º período de sesiones Nueva York, 24 a 28 de abril de 2017

Programa provisional anotado

I. Programa provisional

1. Apertura del período de sesiones.

2. Elección de la Mesa.

3. Aprobación del programa.

4. Aspectos contractuales de los servicios de computación en la nube.

5. Cuestiones jurídicas relacionadas con la gestión de la identidad y los servicios de confianza.

6. Asistencia técnica y coordinación.

7. Otros asuntos.

8. Aprobación del informe.

II. Composición del Grupo de Trabajo

1. El Grupo de Trabajo está formado por todos los Estados miembros de la Comisión, que son los siguientes: Alemania (2019), Argentina (2022), Armenia (2019), Australia (2022), Austria (2022), Belarús (2022), Brasil (2022), Bulgari a (2019), Burundi (2022), Camerún (2019), Canadá (2019), Chile (2022), China (2019), Colombia (2022), Côte d’Ivoire (2019), Dinamarca (2019), Ecuador (2019), El Salvador (2019), España (2022), Estados Unidos de América (2022), Federación

Colombia (2022), Côte d’Ivoire (2019), Dinamarca (2019), Ecuador (2019), El Salvador (2019), España (2022), Estados Unidos de América (2022), Federación de Rusia (2019), Filipinas (2022), Francia (2019), Grecia (2019), Honduras (2019), Hungría (2019), India (2022), Indonesia (2019), Irán (República Islámica del) (2022), Israel (2022), Italia (2022), Japón (2019), Kenya (2022), Kuwait (2019), Lesotho (2022), Líbano (2022), Liberia (2019), Libia (2022), Malasia (2019), Mauricio (2022), Mauritania (2019), México (2019), Namibia (2019), Nigeria (2022), Pakistán (2022), Panamá (2019), Polonia (2022), Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte (2019), República Checa (2022), República de Corea (2019), Rumania (2022), Sierra Leona (2019), Singapur (2019), Sri Lanka (2022), Suiza (2019), Tailandia (2022), Turquía (2022), Uganda (2022), Venezuela (República Bolivariana de) (2022)A/CN.9/WG.IV/WP.140

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y Zambia (2019). El mandato de los miembros expi ra el último día antes del comienzo del período de sesiones anual de la Comisión del año que se indica entre paréntesis.

2. Los Estados Miembros que no son miembros de la Comisión, los Estados no miembros de las Naciones Unidas que hayan recibido una invit ación permanente a participar como observadores en los períodos de sesiones y la labor de la Asamblea

2. Los Estados Miembros que no son miembros de la Comisión, los Estados no miembros de las Naciones Unidas que hayan recibido una invit ación permanente a participar como observadores en los períodos de sesiones y la labor de la Asamblea General, y las organizaciones gubernamentales internacionales podrán estar representados en el período de sesiones en calidad de observadores y participar en las deliberaciones. Asimismo, las organizaciones no gubernamentales internacionales invitadas podrán estar representadas en el período de sesiones en calidad de observadores y exponer sus opiniones sobre los asuntos en que posean competencia técnica o experiencia internacional, a fin de facilitar las deliberaciones.

III. Anotaciones sobre los temas del programa

Tema 1. Apertura del período de sesiones

3. El 55º período de sesiones del Grupo de Trabajo se celebrará en la Sede de las Naciones Unidas, en Nueva York, del 24 al 28 de abril de 2017. El horario de las sesiones será de 10.00 a 13.00 horas y de 15.00 a 18.00 horas, excepto el lunes 24 de abril de 2017, en que el período de sesiones se declarará abierto a las 10.30 horas.

4. El Grupo d e Trabajo tal vez desee tener presente que, en consonancia con las decisiones adoptadas por la Comisión en su 34° período de sesiones 1, se prevé que el Grupo de Trabajo celebrará deliberaciones de fondo durante las nueve primeras sesiones de media jornada (es decir, del lunes al viernes por la mañana), y que la Secretaría preparará un proyecto de informe para que el Grupo de Trabajo lo apruebe en su décima y última sesión (el viernes por la tarde).

Tema 2. Elección de la Mesa

Secretaría preparará un proyecto de informe para que el Grupo de Trabajo lo apruebe en su décima y última sesión (el viernes por la tarde).

Tema 2. Elección de la Mesa

5. De conformidad con la pr áctica aplicada en períodos de sesiones anteriores, el Grupo de Trabajo tal vez desee elegir un Presidente y un Relator.

Tema 4. Aspectos contractuales de los servicios de computación en la nube

Tema 5. Cuestiones jurídicas relacionadas con la gestión de la identidad y los servicios de confianza

a) Información de antecedentes

6. En su 48º período de sesiones, celebrado en 2015, la Comisión encargó a la Secretaría que llevase a cabo una labor preparatoria en relación con la gestión de la identidad y l os servicios de confianza, la computación en la nube y el comercio móvil, entre otras cosas mediante la organización de coloquios y reuniones de grupos de expertos, para que el Grupo de Trabajo la examinase en un futuro. La Comisión también pidió a la Secr etaría que informara al Grupo de Trabajo IV de los resultados de esa labor preparatoria, con miras a obtener recomendaciones sobre el alcance exacto, la posible metodología y las prioridades que se someterían a su consideración en su 49º período de sesione s2.

7. En su 49º período de sesiones, celebrado en 2016, la Comisión tuvo ante sí una nota de la Secretaría sobre los aspectos jurídicos relacionados con la gestión de la __________________ 1 Documentos Oficiales de la Asamblea General, quincuagésimo sexto período de sesiones, Suplemento núm.17 y corrección ( A/56/17 y Corr.3), párr. 381.

__________________ 1 Documentos Oficiales de la Asamblea General, quincuagésimo sexto período de sesiones, Suplemento núm.17 y corrección ( A/56/17 y Corr.3), párr. 381. 2 Ibid ., septuagésimo período de sesio nes, Suplemento núm. 17 (A/70/17 ), párr. 358.A/CN.9/WG.IV/WP.140

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identidad y los servicios de confianza ( A/CN.9/891 ) en la que se resumían las deliberaciones mantenidas durante el Coloquio de la CNUDMI sobre las cuestiones jurídicas relacionadas con la gestión de la identidad y los servicios de confianza, celebrado en Viena los días 21 y 22 de abril de 201 6, y otro material complementario. También se informó a la Comisión de que se había comenzado a trabajar a nivel de expertos en lo relativo a los aspectos contractuales de la informática en la nube, sobre la base de una propuesta ( A/CN.9/856 ) presentada en el 48º período de sesiones de la Comisión, en 2015 3.

8. También en su 49º período de sesiones, la Comisión convino en que los temas de la gestión de la identidad y los servicios de confianza, así como el de la computación en la nube, debían mantenerse en el programa de trabajo, y que sería prematuro asignar prioridad a uno respecto del otro. La Comisión confirmó su decisión de autorizar al Grupo de Trabajo a que comenzara a trabajar sobre esos temas una vez q ue hubiese finalizado su labor relativa al proyecto de ley modelo sobre los documentos transmisibles electrónicos. En ese contexto, se pidió a la Secretaría, dentro de los

autorizar al Grupo de Trabajo a que comenzara a trabajar sobre esos temas una vez q ue hubiese finalizado su labor relativa al proyecto de ley modelo sobre los documentos transmisibles electrónicos. En ese contexto, se pidió a la Secretaría, dentro de los límites de los recursos existentes, y al Grupo de Trabajo que prosiguieran la labor preparatoria y de actualización sobre ambos temas, incluso en cuanto a la viabilidad de abordarlos en forma paralela y flexible, y que presentaran un informe a la Comisión para que esta pudiera adoptar una decisión fundamentada en un futuro período de sesi ones, incluso con respecto a la prioridad que habría de darse a cada tema. En tal sentido, se señaló que el orden de prioridades debía basarse en las necesidades prácticas y no en el interés que pudiera revestir cada tema o en la viabilidad de la labor al respecto 4.

9. En su 54º período de sesiones, celebrado en Viena del 31 de octubre al 4 de noviembre de 2016, el Grupo de Trabajo sostuvo un intercambio preliminar de opiniones sobre la posibilidad de examinar el tema de la computación en la nube en el futu ro. Si bien no se adoptó ninguna decisión al respecto, se observó que la preparación de un documento descriptivo en el que se enumeraran las cuestiones que debían tenerse en cuenta al analizar los contratos de servicios de computación en la nube podía ser particularmente útil para ayudar a las pequeñas y medianas empresas.

Se dijo también que ese documento debía reflejar las prácticas contractuales y, cuando existiera, la legislación en la materia, y mencionar las normas técnicas pertinentes, pero no debía ser de carácter legislativo, sin perjuicio de las deliberaciones y decisiones futuras de la Comisión ( A/CN.9/897 , párr. 126).

existiera, la legislación en la materia, y mencionar las normas técnicas pertinentes, pero no debía ser de carácter legislativo, sin perjuicio de las deliberaciones y decisiones futuras de la Comisión ( A/CN.9/897 , párr. 126).

10. En el mismo período de sesiones el Grupo de Trabajo convino en que su labor futura sobre la gestión de la identidad y los servicios de confianza se limitara a los sistemas de gestión de la identidad utilizados con fines comerciales y no tuviera en cuenta e l carácter público o privado del proveedor de servicios de gestión de la identidad. Convino también en que, si bien el tema de la gestión de la identidad se podía abordar antes que el de los servicios de confianza, los términos relativos a uno y otro tema tendrían que determinarse y definirse simultáneamente, debido a la estrecha relación existente entre ellos. Además, se convino en que se prestara especial atención a los sistemas de identidad pluripartitos y a las personas físicas y jurídicas, sin excluir, cuando procediera, el examen de los sistemas de identidad bipartitos y de los objetos físicos y digitales. Asimismo, se decidió que el Grupo de Trabajo prosiguiera su labor aclarando en mayor medida los objetivos de la tarea propuesta, especificando su alcance, determinando los principios generales aplicables y redactando las definiciones necesarias ( A/CN.9/897 , párrs. 118 a 120 y 122).

__________________ 3 Ibid ., septuagésimo primer período de sesiones, Suplemento núm. 17 (A/71/17 ), párr. 229. 4 Ibid ., párr s. 235 y 353 .A/CN.9/WG.IV/WP.140

4 Ibid ., párr s. 235 y 353 .A/CN.9/WG.IV/WP.140

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b) Documentación

11. En relación con el tema 4 del programa provisional ( Aspectos contractuales de los servicios de computación en la nube ), el Grupo de Trabajo tendrá ante sí una nota de la Secretaría presentada en atención a una solicitud de la Comisión (véase el párr. 6) ( A/CN.9/WG.IV/WP.142 ). En la nota se resumen los resultados de la labor preparatoria llevada a cabo hasta el momento por la Secretaría sobre el tema de la computación en la nube y se mencionan cuestiones relativas a la labor futura en esa esfera que se someten a examen del Grupo de Trabajo.

12. En relación con el tema 5 del programa provisional ( Cuestiones jurídicas relacionadas con la gestión de la identidad y los servicios de confianza ), el Grupo de Trabajo tendrá ante sí una nota de la Se cretaría por la que se transmite un documento presentado a esta por la Federación de Rusia a fin de someterlo a examen del Grupo de Trabajo en su 55º período de sesiones ( A/CN.9/WG.IV/WP.141 ).

En re lación con el mismo tema, el Grupo de Trabajo tendrá ante sí una nota de la Secretaría que contiene definiciones de los términos y conceptos pertinentes en relación con la gestión de la identidad y los servicios de confianza

(A/CN.9/WG.IV/WP.143 ).

13. Durante el período de sesiones se pondrá a disposición de las delegaciones un número limitado de ejemplares de los siguientes documentos de antecedentes: a) Convención de las Naciones Unidas sobre la U tilización de las

Comunicaciones Electrónicas en los Contratos Internacionales;

número limitado de ejemplares de los siguientes documentos de antecedentes: a) Convención de las Naciones Unidas sobre la U tilización de las Comunicaciones Electrónicas en los Contratos Internacionales; b) Ley Modelo de la CNUDMI sobre Comercio Electrónico con la Guía para su incorporación al derecho interno; c) Ley Modelo de la CNUDMI sobre las Firmas Electrónicas con la Guía para su incorporación al derecho interno; d) Fomento de la confianza en el comercio electrónico: cuestiones jurídicas de la utilización internacional de métodos de autenticación y firma electrónicas; e) Informe del Grupo de Trabajo IV (Comercio El ectrónico) sobre la labor realizada en su 54º período de sesiones ( A/CN.9/897 ); f) Panorama general de la gestión de la identidad digital — Documento de antecedentes presentado por el Identity Management Legal Task Force de la American Bar Association ( A/CN.9/WG.IV/WP.120 ); g) Posible labor futura en materia de comercio electrónico — Cuestiones jurídicas que afectan a la informática “en la nube” — Propuesta del Gobierno del Canadá ( A/CN.9/823 ); h) Posible labor futura en materia de comercio electrónico — Cuestiones jurídicas relacionadas con la gestión de la identidad y los servicios de confianza — Propuesta de Austria, Bélgica, Francia, Italia y Polonia ( A/CN.9/854 ); i) Posible labor futura en materia de comercio electrónico — Cuestiones jurídicas que afectan a la informática “en la nube” — Propuesta del Canadá (A/CN.9/856 ); j) Solución de controversias en línea en las operaciones transfronterizas de comercio electrónico: documento presentado por la Federación de Rusia

(A/CN.9/856 ); j) Solución de controversias en línea en las operaciones transfronterizas de comercio electrónico: documento presentado por la Federación de Rusia (A/CN.9/WG.III/WP.136 ), y k) Aspectos jurídicos relacionados con la gestión de la identidad y los servicios de confianza ( A/CN.9/891 ).A/CN.9/WG.IV/WP.140

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14. Los documentos de la CNUDMI pueden consulta rse en su sitio web

(www.uncitral.org) una vez publicados en todos los idiomas oficiales de las Naciones Unidas. Los delegados podrán comprobar qué documentos se han publicado abriendo la página del Grupo de Trabajo en la sección del sitio de la CNUDMI ti tulada “Documentos de los grupos de trabajo”. c) Calendario del examen de los temas 4 y 5 del programa

15. La Secretaría recomienda que el Grupo de Trabajo dedique las reuniones que tendrán lugar los días 24 y 25 de abril al examen del tema 4 del programa ( Aspectos contractuales de los servicios de computación en la nube ) y las que tendrán lugar los días 26 y 27 de abril, al del tema 5 ( Cuestiones jurídicas relacionadas con la gestión de la identidad y los servicios de confianza ).

Tema 6. Asistencia técnica y coordinación

16. El Grupo de Trabajo escuchará un informe oral sobre las actividades de asistencia técnica y coordinación emprendidas por la Secretaría en lo que respecta a la promoción de los textos de la CNUDMI sobre comercio electrónico .

Tema 7. Otros asuntos

17. El Grupo de Trabajo tal vez desee examinar otras cuestiones relacionadas con su

promoción de los textos de la CNUDMI sobre comercio electrónico .

Tema 7. Otros asuntos

17. El Grupo de Trabajo tal vez desee examinar otras cuestiones relacionadas con su programa de trabajo, en particular, las actividades emprendidas en cumplimiento del mandato encomendado por la Comisión con respecto a otros tem as que serán objeto de la labor futura del Grupo (véase el párr. 6) y a cuestiones jurídicas relativas a los sistemas electrónicos de ventanilla única y la facilitación del comercio sin papel 5.

18. En su 55º período de sesiones el Grupo de Trabajo tal vez también desee tomar nota de que se ha previsto, en principio, que su 56º período de sesiones se celebre en Viena del 16 al 20 de octubre de 2017, si bien esas fechas deberán ser confirmadas por la Comisión en su 50º período de sesiones, el cual, según el c alendario previsto, se celebrará en Viena del 3 al 21 de julio de 2017.

Tema 8. Aprobación del informe

19. Al término de su período de sesiones, el viernes 28 de abril de 2017, el Grupo de Trabajo tal vez desee aprobar un informe para presentarlo a la Comisión en su 50º período de sesiones. En la décima sesión (prevista para el viernes por la tarde) se leerá un resumen de las principales conclusiones a que haya llegado el Grupo de Trabajo en su novena sesión (el viernes por la mañana) para dejar const ancia de ellas y posteriormente incorporarlas al informe.

__________________ 5 Ibid ., sexagésimo sexto período de sesiones, Suplemento núm. 17 (A/66/17 ), párr. 2 40. El examen

posteriormente incorporarlas al informe.

__________________ 5 Ibid ., sexagésimo sexto período de sesiones, Suplemento núm. 17 (A/66/17 ), párr. 2 40. El examen más reciente de la cuestión figura en ibid.,septuagésimo primer período de sesiones, Suplemento núm. 17 (A/71/17 ), párrs. 238 a 240.

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