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CNUDMI - A-CN.9-WG.IV-WP.161-Rev.2

CNUDMI - Comisión de las Naciones Unidas para el Derecho Mercantil Internacional

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Detalles

Título
CNUDMI - A-CN.9-WG.IV-WP.161-Rev.2
Autor
CNUDMI - Comisión de las Naciones Unidas para el Derecho Mercantil Internacional
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Internacional Privado
Año

Naciones Unidas A/CN.9/WG.IV/WP.161/Rev.2

Asamblea General

Distr. limitada 26 de agosto de 2020

Español Original: inglés

V.20 -04544 (S) 270820 270820 2004544

Comisión de las Naciones Unidas para el Derecho Mercantil Internacional Grupo de Trabajo IV (Comercio Electrónico) 60º período de sesiones Viena, 19 a 23 de octubre de 2020

Programa provisional anotado

I. Programa provisional

1. Apertura del período de sesiones y programación de las sesiones.

2. Aprobación del programa.

3. Proyecto de instrumento sobre la utilización y el reconocimiento transfronterizo de sistemas de gestión de la identidad y servicios de confianza.

4. Otros asuntos.

II. Composición del Grupo de Trabajo

1. El Grupo de Trabajo está formado por todos los Estados miembros de la Comisión, que son los siguientes: Alemania (2025), Argelia (2025), Argentina (2022), Australia (2022), Austria (2022), Belarús (2022), Bélgica (2025), Brasil (2022), Burundi (2022), Camerún (2025), Canadá (2025), Chequia (2022), Chile (2022), China (2025), Colombia (2022), Côte d’Ivoire (2025), Croacia (2025), Ecuador (2025), España (2022), Estados Unidos de América (2022), Federación de Rusia (2025), Filipinas (2022), Finlandia (2025), Francia (2025 ), Ghana (2025), Honduras (2025), Hungría (2025),

Estados Unidos de América (2022), Federación de Rusia (2025), Filipinas (2022), Finlandia (2025), Francia (2025 ), Ghana (2025), Honduras (2025), Hungría (2025), India (2022), Indonesia (2025), Irán (República Islámica del) (2022), Israel (2022), Italia (2022), Japón (2025), Kenya (2022), Lesotho (2022), Líbano (2022), Libia (2022), Malasia (2025), Malí (2025), Maur icio (2022), México (2025), Nigeria (2022), Pakistán (2022), Perú (2025), Polonia (2022), Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte (2025), República de Corea (2025), República Dominicana (2025), Rumania (2022), Singapur (2025), Sri Lanka (2022), Sud áfrica (2025), Suiza (2025), Tailandia (2022), Turquía (2022), Ucrania (2025), Uganda (2022), Venezuela (República Bolivariana de) (2022), Viet Nam (2025) y Zimbabwe (2025).

2. Los Estados que no sean miembros de la Comisión y las organizaciones gubernamen tales internacionales podrán asistir al período de sesiones en calidad de observadores y participar en las deliberaciones. Asimismo, las organizaciones no gubernamentales internacionales invitadas podrán asistir al período de sesiones en calidad de observa doras y exponer sus opiniones sobre los asuntos en que posean conocimientos especializados o experiencia internacional, a fin de facilitar las deliberaciones.A/CN.9/WG.IV/WP.161/Rev.2

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III. Anotaciones sobre los temas del programa

conocimientos especializados o experiencia internacional, a fin de facilitar las deliberaciones.A/CN.9/WG.IV/WP.161/Rev.2

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III. Anotaciones sobre los temas del programa

Tema 1. Apertura del período de sesiones y programación de las sesiones

3. El 60º período de sesiones del Grupo de Trabajo estaba programado inicialmente para celebrarse en la Sede de las Naciones Unidas , en Nueva York , del 6 al 9 de abril de 2020, pero se aplazó debido a la propagación de la enfermedad por coronavirus

(COVID -19). Actualmente está previsto que se celebre en el Centro Internacional de Viena del 19 al 23 de octubre de 2020.

Tema 3. Proyecto de instrumento sobre la utilización y el reconocimiento transfronterizo de sistem as de gestión de la identidad y servicios de confianza

a) Información de antecedentes

4. En su 48º período de sesiones, celebrado en 2015, la Comisión solicitó a la Secretaría que llevase a cabo una labor preparatoria sobre las cuestiones jurídicas rela cionadas con la gestión de la identidad y los servicios de confianza, entre otras cosas mediante la organización de coloquios y reuniones de grupos de expertos, para que el Grupo de Trabajo la examinase en un futuro (A/CN.9/854 )1. La Comisión también pidió a la Secretaría que informara al Grupo de Trabajo IV de los resultados de esa labor preparatoria con miras a obtener recomendaciones sobre el alcance exacto, la posible metodología y las prioridades que se someterían a consideración de la Comisión en su 49º período de sesiones 2.

preparatoria con miras a obtener recomendaciones sobre el alcance exacto, la posible metodología y las prioridades que se someterían a consideración de la Comisión en su 49º período de sesiones 2.

5. En su 49º período de sesiones, celebrado en 2016, la Comisión tuvo ante sí una nota de la Secretaría sobre los aspectos jurídicos relacionados con la gestión de la identidad y los servicios de confianza ( A/CN.9/891 ) en la que se resumían las deliberaciones sostenidas durante el Coloquio de la CNUDMI sobre las cuestiones jurídicas relacionadas con la gestión de la identi dad y los servicios de confianza celebrado en Viena los días 21 y 22 de abril de 2016 3. La Comisión convino en que el tema de la gestión de la identidad y los servicios de confianza siguiera figurando en el programa del Grupo de Trabajo 4.

6. En su 54º pe ríodo de sesiones (Viena, 31 de octubre a 4 de noviembre de 2016), el Grupo de Trabajo comenzó a deliberar sobre las cuestiones jurídicas relacionadas con la gestión de la identidad y los servicios de confianza, así como acerca de los aspectos contractuale s de la computación en la nube. Convino en que su labor futura sobre la gestión de la identidad y los servicios de confianza se refiriera únicamente a la utilización con fines comerciales de los sistemas de gestión de la identidad y que no se tuviera en cu enta el carácter público o privado del proveedor de servicios de gestión de la identidad. El Grupo de Trabajo convino también en que, si bien el tema de la gestión de la identidad podría abordarse antes que el de los servicios de confianza, los términos

la identidad. El Grupo de Trabajo convino también en que, si bien el tema de la gestión de la identidad podría abordarse antes que el de los servicios de confianza, los términos relativos a uno y otro tema tendrían que determinarse y definirse simultáneamente, dada la estrecha relación existente entre ellos. Se acordó asimismo que se prestara especial atención a los sistemas de gestión de la identidad pluripartitos y a la identifica ción de las personas físicas y jurídicas, sin excluir, cuando procediera, el examen de los sistemas bipartitos de gestión de la identidad y la identificación de los objetos físicos y digitales. Además, se decidió que el Grupo de Trabajo prosiguiera su labo r aclarando en mayor medida los objetivos de la tarea propuesta, especificando su alcance, determinando los principios generales aplicables y redactando las definiciones necesarias ( A/CN.9/897 , párrs. 118 a 1 20 y 122). __________________ 1 Documentos Oficiales de la Asamblea General, septuagésimo período de sesiones, suplemento núm. 17 (A/70/17 ), párrs. 354, 355 y 358. 2 Ibid., párr. 358. 3 Ibid., septuagésimo primer período de sesiones, suplemento núm. 17 (A/71/17 ), párr. 228. 4 Ibid., párrs. 235 y 236.A/CN.9/WG.IV/WP.161/Rev.2

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7. Tras finalizar su labor relativa a la Ley Modelo de la CNUDMI sobre Documentos Transmisibles Electrónicos en su 54º período de sesiones, el Grupo de Trabajo

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7. Tras finalizar su labor relativa a la Ley Modelo de la CNUDMI sobre Documentos Transmisibles Electrónicos en su 54º período de sesiones, el Grupo de Trabajo examinó las cuestiones jurídicas relacionadas con la gestión de la identidad y los servicios de confianza, así como los aspectos contractuales de la computación en la nube. En su 55º período de sesiones (Nueva York, 24 a 28 de abril de 2017), el Grupo de Trabajo analizó, entre otros asuntos, los objetivos, los principios generales y el alcance de su labor sobre la gestión de la identidad y los servicios de confianza

(A/CN.9/902 , párrs. 29 a 85).

8. En su 50º período de sesiones, celebrado en 2017, la Comisión reafirmó el mandato que había enco mendado al Grupo de Trabajo en su 49º período de sesiones, en 2016

(véase el párr. 5 supra ). Se pidió a la Secretaría que considerara la posibilidad de convocar reuniones de expertos, si lo estimaba necesario, para agilizar la labor en ambas esferas y gara ntizar que el Grupo de Trabajo hiciera un uso productivo de los recursos para servicios de conferencias. Se invitó a los Estados y las organizaciones internacionales a que transmitieran al Grupo de Trabajo y a la Secretaría sus conocimientos especializados en los temas asignados al Grupo de Trabajo 5.

9. La Secretaría organizó una reunión de expertos sobre los aspectos jurídicos de la gestión de la identidad y los servicios de confianza, que se celebró en Viena los días 23 y 24 de noviembre de 2017.

9. La Secretaría organizó una reunión de expertos sobre los aspectos jurídicos de la gestión de la identidad y los servicios de confianza, que se celebró en Viena los días 23 y 24 de noviembre de 2017.

10. En su 56º período de sesiones (Nueva York, 16 a 20 de abril de 2018), el Grupo de Trabajo señaló la pertinencia de las cuestiones siguientes para su examen de los aspectos jurídicos de la gestión de la identidad y los servicios de confianza: alcance de la lab or; principios generales; definiciones; requisitos y mecanismos para el reconocimiento recíproco; certificación de la gestión de la identidad y los servicios de confianza; niveles de garantía en el ámbito de la gestión de la identidad y los servicios de co nfianza; responsabilidad; mecanismos de cooperación institucional; transparencia; obligación de identificar; conservación de los datos; y supervisión de los proveedores de servicios

(A/CN.9/936 , párrs. 61 a 9 4).

11. En su 51 er período de sesiones, celebrado en 2018, por recomendación del Grupo de Trabajo ( A/CN.9/936 , párr. 95), la Comisión solicitó a este que estudiara las cuestiones jurídicas relacionadas con la gestión de la identidad y los servicios de confianza con miras a preparar un texto destinado a facilitar el reconocimiento transfronterizo de la gestión de la identidad y los servicios de confianza, sobre la base de los principios y las cuestiones señaladas por el Grupo de Trabajo en su 56º período de sesiones 6.

12. En su 57º período de sesiones (Viena, 19 a 23 de noviembre de 2018), el Grupo de

de los principios y las cuestiones señaladas por el Grupo de Trabajo en su 56º período de sesiones 6.

12. En su 57º período de sesiones (Viena, 19 a 23 de noviembre de 2018), el Grupo de Trabajo continuó deliberando sobre las cuestiones jurídicas relacionadas con la gestión de l a identidad y los servicios de confianza que había señalado en su 56º período de sesiones ( A/CN.9/965 , párrs. 10 a 129).

13. En su 58º período de sesiones (Nueva York, 8 a 12 de abril de 2019), el Grupo de Trabajo tuvo ante sí un proyecto de disposiciones sobre el reconocimiento transfronterizo de sistemas de gestión de la identidad y servicios de confianza ( A/CN.9/WG.IV/WP.157 ), acompañado de observacio nes explicativas ( A/CN.9/WG.IV/WP.158 ). El Grupo de Trabajo examinó el proyecto de disposiciones sobre el ámbito de aplicación, el reconocimiento y la fiabilidad de los sistemas de gestión de la iden tidad y los servicios de confianza, los tipos de servicios de confianza que estarían comprendidos y las obligaciones y la responsabilidad de los proveedores de servicios de gestión de la identidad y de servicios de confianza (véase A/CN.9/971 , párrs. 13 a 153).

14. En el curso de sus deliberaciones sobre el proyecto de disposiciones, el Grupo de Trabajo pidió a la Secretaría que preparara propuestas concretas, en consulta con especialistas en la materia, sobr e cuestiones relativas a la fiabilidad de los sistemas de gestión de la identidad, para examinarlas en su 59º período de sesiones ( A/CN.9/971 ,

__________________

especialistas en la materia, sobr e cuestiones relativas a la fiabilidad de los sistemas de gestión de la identidad, para examinarlas en su 59º período de sesiones ( A/CN.9/971 , __________________ 5 Ibid., septuagésimo segundo período de sesiones, suplemento núm. 17 (A/72/17 ), párr. 127. 6 Ibid., septuagésimo tercer período de sesiones, suplemento núm. 17 (A/73/17 ), párr. 159.A/CN.9/WG.IV/WP.161/Rev.2

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párr. 67). En atención a esa solicitud, la Secretaría convocó un a reunión de expertos, que se celebró en Viena los días 22 y 23 de julio de 2019, a fin de examinar las normas y procedimientos a que debían ajustarse los sistemas de gestión de la identidad a efectos de su reconocimiento jurídico, así como otras cuestione s contempladas en el proyecto de disposiciones, en particular, la fiabilidad de esos sistemas y las obligaciones y la responsabilidad de los proveedores de servicios de gestión de la identidad.

15. En su 52º período de sesiones, la Comisión expresó su sati sfacción por los progresos realizados por el Grupo de Trabajo y lo alentó a que prosiguiera su labor sobre la base de la versión revisada del proyecto de disposiciones que prepararía la Secretaría 7.

La Comisión señaló también que, dado que el proyecto se encontraba en una etapa inicial, la labor del Grupo de Trabajo debía encaminarse a elaborar un instrumento que pudiera aplicarse a la utilización de la gestión de la identidad y los servicios de confianza tanto a nivel nacional como a través de fronteras, y que el resultado de la labor

inicial, la labor del Grupo de Trabajo debía encaminarse a elaborar un instrumento que pudiera aplicarse a la utilización de la gestión de la identidad y los servicios de confianza tanto a nivel nacional como a través de fronteras, y que el resultado de la labor repercutiría en aspectos que iban más allá de las operaciones comerciales 8.

16. En su 59º período de sesiones (Viena, 25 a 29 de noviembre de 2019), el Grupo de Trabajo tuvo ante sí un proyecto revisado de dispos iciones sobre el reconocimiento transfronterizo de sistemas de gestión de la identidad y servicios de confianza

(A/CN.9/WG.IV/WP.160 ) en el que se tenían en cuenta las deliberaciones sostenidas por e l Grupo de Trabajo en su 58º período de sesiones, así como los resultados de las consultas de la Secretaría con expertos (véase el párr. 14 supra ). El Grupo de Trabajo procedió a la lectura completa del proyecto de disposiciones, centrándose en las relativ as a los servicios de confianza ( A/CN.9/1005 , párrs. 10 a 122). También sostuvo deliberaciones preliminares sobre la forma del instrumento, y se expresó una preferencia clara por que este adoptara la forma d e una ley modelo, en lugar de una convención (ibid., párr. 123).

17. A fin de facilitar el avance de los trabajos durante la pandemia de COVID -19, la Secretaría invitó a los Estados, las organizaciones gubernamentales internacionales y las organizaciones n o gubernamentales internacionales invitadas a que enviaran observaciones sobre el proyecto de disposiciones con antelación a la nueva fecha de celebración del 60º período de sesiones del Grupo de Trabajo.

b) Documentación

las organizaciones n o gubernamentales internacionales invitadas a que enviaran observaciones sobre el proyecto de disposiciones con antelación a la nueva fecha de celebración del 60º período de sesiones del Grupo de Trabajo.

b) Documentación

18. El Grupo de Trabajo tendrá ante sí una nota de la Secretaría con una versión revisada del proyecto de disposiciones sobre la utilización y el reconocimiento transfronterizo de sistemas de gestión de la identidad y servicios de confianza

(A/CN.9/WG.IV/WP.162 ), en la que se tienen en cuenta las deliberaciones sostenidas por el Grupo de Trabajo en su 59º período de sesiones. También tendrá ante sí una comunicación sobre el proyecto de disposiciones que fue enviada por el Ba nco Mundial antes de que se propagara la pandemia de COVID -19 ( A/CN.9/WG.IV/WP.163 ), así como otra nota de la Secretaría con un resumen de las observaciones recibidas de Estados y organizaciones en r espuesta a la invitación formulada por la Secretaría (véase el párr. 17 supra ). Es posible que se reciban más comunicaciones de Estados.

19. El Grupo de Trabajo tal vez desee remitirse a los siguientes documentos de antecedentes, que pueden descargarse del sitio web de la CNUDMI (los documentos de antecedentes ya no se distribuyen en versión impresa en los períodos de sesiones del Grupo de Trabajo): a) Convención de las Naciones Unidas sobre la Utilización de las Comunicaciones Electrónicas en los Contratos Internacionales; b) Ley Modelo de la CNUDMI sobre Comercio Electrónico con la Guía para su incorporación al derecho interno ; __________________ 7 Ibid., septuagésimo cuarto período de sesiones, suplemento núm. 17 (A/74/17 ), párr. 175.

su incorporación al derecho interno ; __________________ 7 Ibid., septuagésimo cuarto período de sesiones, suplemento núm. 17 (A/74/17 ), párr. 175. 8 Ibid., párr. 172.A/CN.9/WG.IV/WP.161/Rev.2

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c) Ley Modelo de la CNUDMI sobre las Firmas Electrónicas con la Guía para su incorporación al derecho interno ; d) Fomento de la confianza en el comercio electrónico: cuestiones jurídicas de la utilización internacional de métodos de autenticación y firma electrónicas ; e) Informe del Grupo de Trabajo IV (Comercio Electrónico) sobre la labor realizada en su 54º período de sesiones ( A/CN.9/897 ); f) Informe del Grupo de Trabajo IV (Comercio Electrónico) sobre la labor realizada en su 55º período de sesiones ( A/CN.9/90 2); g) Informe del Grupo de Trabajo IV (Comercio Electrónico) sobre la labor realizada en su 56º período de sesiones ( A/CN.9/936 ); h) Informe del Grupo de Trabajo IV (Comercio Electrónico) sobre la labor realizada en su 57º período de sesiones ( A/CN.9/965 ); i) Informe del Grupo de Trabajo IV (Comercio Electrónico) sobre la labor realizada en su 58º período de sesiones ( A/CN.9/971 ); j) Informe del Grupo de Trabajo IV (Comercio Electrónico) sobre la labor realizada en su 59º período de sesiones ( A/CN.9/1005 ); k) Posible labor futura en materia de comercio elect rónico: cuestiones jurídicas

j) Informe del Grupo de Trabajo IV (Comercio Electrónico) sobre la labor realizada en su 59º período de sesiones ( A/CN.9/1005 ); k) Posible labor futura en materia de comercio elect rónico: cuestiones jurídicas relacionadas con la gestión de la identidad y los servicios de confianza – Propuesta de Austria, Bélgica, Francia, Italia y Polonia ( A/CN.9/854 ); l) Panorama general de la gestión de la identidad – Documento de antecedentes presentado por el Identity Management Legal Task Force de la American Bar Association (A/CN.9/WG.IV/WP.120 ); m) Documentos presentados por la Federación de Rusia ( A/CN.9/WG.III/WP.136 y A/CN.9/WG.IV/WP.141 ); n) Propuesta presentada por Austria, Bélgica, Francia , Italia, el Reino Unido y la Unión Europea ( A/CN.9/WG.IV/WP.144 ); o) Propuesta de los Estados Unidos de América ( A/CN.9/WG.IV/WP.145 ); p) Propuesta presentada por el Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte (A/CN.9/WG.IV/WP.146 ); q) Propuesta de Alemania ( A/CN.9/WG.IV/W P.155 y Add.1 ); r) Nota de la Secretaría sobre aspectos jurídicos relacionados con la gestión de la identidad y los servicios de confianza ( A/CN.9/891 ); s) Nota de la Secretaría sobre cuestiones jurídicas relacionadas con la gestión de la identidad y los servicios de confianza ( A/CN.9/WG.IV/WP.153 ); t) Nota de la Secretaría sobre cuestiones jurídicas relacionadas con la gestión

de la identidad y los servicios de confianza ( A/CN.9/WG.IV/WP.153 ); t) Nota de la Secretaría sobre cuestiones jurídicas relacionadas con la gestión de la identidad y los servicios de confianza ( A/CN.9/WG.IV/WP.154 ); u) Nota de la Secretaría en la que figura el proyecto de disposiciones sobre el reconocimiento transfronterizo de sistemas de gestión d e la identidad y servicios de confianza ( A/CN.9/WG.IV/WP.157 ); v) Nota de la Secretaría en la que figuran observaciones explicativas relativas al proyecto de disposiciones sobre el reconocimiento t ransfronterizo de sistemas de gestión de la identidad y servicios de confianza ( A/CN.9/WG.IV/WP.158 ); w) Nota de la Secretaría en la que figura el proyecto de disposiciones sobre el reconocimiento transfronterizo de sistemas de gestión de la identidad y servicios de confianza ( A/CN.9/WG.IV/WP.160 ); x) Nota de la Secretaría en la que figuran términos y conceptos relativos a la gestión de la i dentidad y los servicios de confianza ( A/CN.9/WG.IV/WP.150 ).A/CN.9/WG.IV/WP.161/Rev.2

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20. Los documentos de la CNUDMI pueden consultarse en el sitio web de la Comisión una vez publicados en todos los idiomas oficiales de las Naciones Unidas. Las delegaciones pueden comprobar qué documentos se han publicado abriendo la página del Grupo de Trabajo en la sección del sitio web de la CNUDMI titulada “Documentos de Trabajo”. Se ruega a las delegaciones tener presente que, debido a la crisis de liquidez

delegaciones pueden comprobar qué documentos se han publicado abriendo la página del Grupo de Trabajo en la sección del sitio web de la CNUDMI titulada “Documentos de Trabajo”. Se ruega a las delegaciones tener presente que, debido a la crisis de liquidez por la que atraviesan las Naciones Unidas, no se pondrán a su disposición ejemplares impresos de documentos anteriores al período de sesiones ni de documentos de antecedentes. Es posible que durante el período de sesiones se distribuy an copias impresas de los documentos de sesión (es decir, un proyecto de resumen preparado por la Presidencia y la Relatoría y otros posibles documentos de sesión (CRP) y sus adiciones).

Tema 4. Otros asuntos

21. El Grupo de Trabajo quizás desee tener presente que la gestión de la identidad, los servicios de confianza y la facilitación del comercio sin papel fueron algunos de los temas principales que se examinaron durante los días 1 y 2 de una serie de mesas redondas virtuales que organizó la Secretarí a entre el 8 y el 16 de julio de 2020 sobre los textos de la CNUDMI y la respuesta y la recuperación en relación con la COVID -19.

En una página especial del sitio web de la CNUDMI ( https://uncitral .un.org/es/COVID19-panels ) se ofrece información detallada sobre esas mesas redondas virtuales, así como grabaciones y copias de las presentaciones.

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