CNUDMI - A-CN.9-WG.IV-WP.169
CNUDMI - Comisión de las Naciones Unidas para el Derecho Mercantil Internacional
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Detalles
- Título
- CNUDMI - A-CN.9-WG.IV-WP.169
- Autor
- CNUDMI - Comisión de las Naciones Unidas para el Derecho Mercantil Internacional
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Internacional Privado
- Año
- —
Naciones Unidas A/CN.9/WG.IV/WP.169
Asamblea General
Distr. limitada 9 de agosto de 2021
Español Original: inglés
V.21 -05826 (S) 020921 020921 2105826
Comisión de las Naciones Unidas para el Derecho Mercantil Internacional Grupo de Trabajo IV (Comercio Electrónico) 62º período de sesiones Viena, 22 a 26 de noviembre de 2021
Programa provisional anotado
I. Programa provisional
1. Apertura del período de sesiones y programación de las sesiones.
2. Aprobación del programa.
3. Proyecto de instrumento sobre la utilización y el reconocimiento transfronterizo de sistemas de gestión de la identidad y servicios de confianza.
4. Otros asunt os.
II. Composición del Grupo de Trabajo
1. El Grupo de Trabajo está formado por todos los Estados miembros de la Comisión, que son los siguientes: Alemania (2025), Argelia (2025), Argentina (2022), Australia (2022), Austria (2022), Belarús (2022), Bé lgica (2025), Brasil (2022), Burundi (2022), Camerún (2025), Canadá (2025), Chequia (2022), Chile (2022), China (2025), Colombia (2022), Côte d’Ivoire (2025), Croacia (2025), Ecuador (2025), España (2022), Estados Unidos de América (2022), Federación de Ru sia (2025), Filipinas (2022), Finlandia (2025), Francia (2025), Ghana (2025), Honduras (2025), Hungría (2025),
Estados Unidos de América (2022), Federación de Ru sia (2025), Filipinas (2022), Finlandia (2025), Francia (2025), Ghana (2025), Honduras (2025), Hungría (2025), India (2022), Indonesia (2025), Irán (República Islámica del) (2022), Israel (2022), Italia (2022), Japón (2025), Kenya (2022), Lesotho (2022), L íbano (2022), Libia (2022), Malasia (2025), Malí (2025), Mauricio (2022), México (2025), Nigeria (2022), Pakistán (2022), Perú (2025), Polonia (2022), Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte (2025), República de Corea (2025), República Dominicana ( 2025), Rumania (2022), Singapur (2025), Sri Lanka (2022), Sudáfrica (2025), Suiza (2025), Tailandia (2022), Turquía (2022), Ucrania (2025), Uganda (2022), Venezuela (República Bolivariana de) (2022), Viet Nam (2025) y Zimbabwe (2025).
2. Los Estados que no sean miembros de la Comisión y las organizaciones gubernamentales internacionales podrán asistir al período de sesiones en calidad de observadores y participar en las deliberaciones. Asimismo, las organizaciones no gubernamentales internacionales invitada s podrán asistir al período de sesiones en calidad de observadoras y exponer sus opiniones sobre los asuntos en que posean conocimientos especializados o experiencia internacional, a fin de facilitar las deliberaciones.A/CN.9/WG.IV/WP.169
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III. Anotaciones sobre los temas del programa
conocimientos especializados o experiencia internacional, a fin de facilitar las deliberaciones.A/CN.9/WG.IV/WP.169
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III. Anotaciones sobre los temas del programa
Tema 1. Apertura del período de sesiones y programación de las sesiones
3. El 62º período de sesiones del Grupo de Trabajo se celebrará del 22 al 26 de noviembre de 2021 en el Centro Internacional de Viena. Se adoptarán disposiciones para que los delegados puedan participar en persona y a distancia, conforme a la decisión de la Comisión sobre el formato, la Mesa y los métodos de trabajo de los grupos de trabajo de la CNUDMI durante la pandemia de enfermedad por coronavirus (COVID -19). Se informará en detalle a ese respecto en la página web del Grupo de Trabajo:
https://uncitral.un.org/es/working_groups/4/electronic_commerce .
Tema 3. Proyecto de instrumento sobre la utilización y el reconocimiento transfronterizo de sistemas de gestión de la identidad y servicios de confianza
a) Información de antecedentes
4. En su 48º período de sesiones, celebrado en 2015, la Comisión solicitó a la secretaría que realizara una labor preparatoria sobre las cuestiones jurídicas relacionadas con la gestión de la iden tidad y los servicios de confianza, entre otras cosas, organizando coloquios y reuniones de grupos de expertos, para que el Grupo de Trabajo la examinase posteriormente 1. La Comisión pidió a la secretaría que informara al Grupo de Trabajo IV de los result ados de esa labor preparatoria con miras a obtener recomendaciones sobre el alcance exacto, la posible metodología y las prioridades que
la examinase posteriormente 1. La Comisión pidió a la secretaría que informara al Grupo de Trabajo IV de los result ados de esa labor preparatoria con miras a obtener recomendaciones sobre el alcance exacto, la posible metodología y las prioridades que se someterían a consideración de la Comisión en su 49º período de sesiones 2.
5. En su 49º período de sesiones, celebra do en 2016, la Comisión tuvo ante sí una nota de la secretaría sobre los aspectos jurídicos relacionados con la gestión de la identidad y los servicios de confianza ( A/CN.9/891 ) en la que se resumían las deli beraciones sostenidas durante el Coloquio de la CNUDMI sobre las cuestiones jurídicas relacionadas con la gestión de la identidad y los servicios de confianza, celebrado en Viena los días 21 y 22 de abril de 2016 3. La Comisión convino en que el tema de la gestión de la identidad y los servicios de confianza siguiera figurando en el programa de trabajo del Grupo de Trabajo 4.
6. En su 54º período de sesiones (Viena, 31 de octubre a 4 de noviembre de 2016), el Grupo de Trabajo comenzó a deliberar sobre las c uestiones jurídicas relacionadas con la gestión de la identidad y los servicios de confianza, así como acerca de los aspectos contractuales de la computación en la nube. Convino en que su labor futura sobre la gestión de la identidad y los servicios de con fianza se refiriera únicamente a la utilización con fines comerciales de los sistemas de gestión de la identidad y que no se tuviera en cuenta el carácter público o privado del proveedor de servicios de gestión de la identidad. El Grupo de Trabajo convino también en que, si bien el tema de la gestión
utilización con fines comerciales de los sistemas de gestión de la identidad y que no se tuviera en cuenta el carácter público o privado del proveedor de servicios de gestión de la identidad. El Grupo de Trabajo convino también en que, si bien el tema de la gestión de la identidad podría abordarse antes que el de los servicios de confianza, los términos relativos a uno y otro tema tendrían que determinarse y definirse simultáneamente, dada la estrecha relación existente e ntre ellos. Se acordó asimismo que se prestara especial atención a los sistemas de gestión de la identidad pluripartitos y a la identificación de las personas físicas y jurídicas, sin excluir, cuando procediera, el examen de los sistemas de gestión de la i dentidad bipartitos y la identificación de los objetos físicos y digitales. Además, se decidió que el Grupo de Trabajo prosiguiera su labor aclarando en mayor medida los objetivos de la tarea propuesta, especificando su alcance, determinando los principios generales aplicables y redactando las definiciones necesarias ( A/CN.9/897 , párrs. 118 a 120 y 122). __________________ 1 Documentos Oficiales de la Asamblea General, septuagésimo período de sesiones, suplemento núm. 17 (A/70/17 ), párrs. 354, 355 y 358. 2 Ibid. , párr. 358. 3 Ibid. , septuagésimo primer período de sesiones, suplemento núm. 17 (A/71/17 ), párr. 228. 4 Ibid. , párrs. 235 y 236.A/CN.9/WG.IV/WP.169
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7. Tras finalizar su labor relativa a la Ley Modelo de la CNUDMI sobre Documentos
4 Ibid. , párrs. 235 y 236.A/CN.9/WG.IV/WP.169
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7. Tras finalizar su labor relativa a la Ley Modelo de la CNUDMI sobre Documentos Transmisibles Electrónicos en su 54º período de sesiones, el Grupo de Trabajo dirigió su atención a las cuestiones jurídicas relacionadas con la gestión de la identidad y los servicios de confianza, así como a los aspectos contractuales de la computación en la nube. En su 55º período de sesiones (Nueva York, 24 a 28 de abril de 2017), el Grupo de Trabajo analizó, entre otros asuntos, los objetivos, los principios generales y el alcance de su labor sobre la gestión de la identidad y los servicios de confianza
(A/CN.9/902 , párrs. 29 a 85).
8. En su 50º período de sesiones, celebrado en 2017, la Comisión reafirmó el mandato que había en comendado al Grupo de Trabajo en su 49º período de sesiones (véase el párr. 5 supra ). Se pidió a la secretaría que considerara la posibilidad de convocar reuniones de grupos de expertos. Se invitó a los Estados y las organizaciones internacionales a que tr ansmitieran sus conocimientos especializados 5 . Así pues, la secretaría organizó una reunión de un grupo de expertos sobre los aspectos jurídicos de la gestión de la identidad y los servicios de confianza, que se celebró en Viena los días 23 y 24 de noviem bre de 2017.
9. En su 56º período de sesiones (Nueva York, 16 a 20 de abril de 2018), el Grupo de Trabajo señaló la pertinencia de las cuestiones siguientes para su examen de los aspectos
23 y 24 de noviem bre de 2017.
9. En su 56º período de sesiones (Nueva York, 16 a 20 de abril de 2018), el Grupo de Trabajo señaló la pertinencia de las cuestiones siguientes para su examen de los aspectos jurídicos de la gestión de la identidad y los servicios de confianza : alcance de la labor, principios generales, definiciones, requisitos y mecanismos para el reconocimiento recíproco, certificación de la gestión de la identidad y los servicios de confianza, niveles de garantía en el ámbito de la gestión de la identidad y los servicios de confianza, responsabilidad, mecanismos de cooperación institucional, transparencia, obligación de identificar, conservación de los datos y supervisión de los proveedores de servicios
(A/CN.9/ 936, párrs. 61 a 94).
10. En su 51 er período de sesiones, celebrado en 2018, por recomendación del Grupo de Trabajo ( A/CN.9/936 , párr. 95) la Comisión solicitó a este que emprendiera una labor con miras a pre parar un texto destinado a facilitar el reconocimiento transfronterizo de la gestión de la identidad y los servicios de confianza, sobre la base de los principios y las cuestiones señaladas por el Grupo de Trabajo en su 56º período de sesiones (véase el pá rr. 9 supra )6.
11. En su 57º período de sesiones (Viena, 19 a 23 de noviembre de 2018), el Grupo de Trabajo continuó examinando las cuestiones que había señalado en su 56º período de sesiones ( A/CN.9/965 , pá rrs. 10 a 129).
Trabajo continuó examinando las cuestiones que había señalado en su 56º período de sesiones ( A/CN.9/965 , pá rrs. 10 a 129).
12. En su 58º período de sesiones (Nueva York, 8 a 12 de abril de 2019), el Grupo de Trabajo tuvo ante sí un proyecto de disposiciones sobre el reconocimiento transfronterizo de sistemas de gestión de la identidad y servicios de confianza
(A/CN.9/WG.IV/WP.157 ), acompañado de observaciones explicativas (A/CN.9/WG.IV/WP.158 ). El Grupo de Trabajo examinó el proyecto de disposiciones sobre el ámbito de aplicación, el reconocimiento y la fiabilidad de los sistemas de gestión de la identidad y los servicios de confianza, los tipos de servicios de confianza que estarían comprendidos y las obligaciones y la responsabilidad de los proveedo res de servicios de gestión de la identidad y de servicios de confianza (véase A/CN.9/971 , párrs. 13 a 153).
13. En el curso de sus deliberaciones sobre el proyecto de disposiciones, el Grupo de Trabajo pidió a la secretaría que preparara propuestas concretas, en consulta con especialistas en la materia, sobre cuestiones relativas a la fiabilidad de los sistemas de gestión de la identidad, para examinarlas en su 59º período de sesiones ( A/CN.9/971 , párr. 67). En atención a esa solicitud, la secretaría convocó una reunión de un grupo de expertos, que se celebró en Viena los días 22 y 23 de julio de 2019, a fin de examinar las normas y procedimientos a que debían ajustarse los sistemas de gestión de la identidad a efectos de su reconocimiento jurídico, así como otras cuestiones
expertos, que se celebró en Viena los días 22 y 23 de julio de 2019, a fin de examinar las normas y procedimientos a que debían ajustarse los sistemas de gestión de la identidad a efectos de su reconocimiento jurídico, así como otras cuestiones contempladas en el proyecto de disposiciones, en particular, la fiabilidad de esos __________________ 5 Ibid. , septuagésimo segundo período de sesiones, suplemento núm. 17 (A/72/17 ), párr. 127. 6 Ibid. , septuagésimo tercer período de sesiones, suplemento núm. 17 (A/73/17 ), párr. 159.A/CN.9/WG.IV/WP.169
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sistemas y las obligaciones y la responsabili dad de los proveedores de servicios de gestión de la identidad.
14. En su 52º período de sesiones, celebrado en 2019, la Comisión expresó su satisfacción por los progresos que había realizado el Grupo de Trabajo y lo alentó a que prosiguiera su labor sobre la base de la versión revisada del proyecto de disposiciones que prepararía la secretaría 7. La Comisión señaló también que, como el proyecto se encontraba en una etapa inicial, la labor del Grupo de Trabajo debía encaminarse a elaborar un instrumento que pudiera aplicarse a la utilización de la gestión de la identidad y los servicios de confianza tanto a nivel nacional como a través de fronteras, y que el resultado de la labor repercutiría en aspectos que iban más allá de las operaciones co merciales 8.
15. En su 59º período de sesiones (Viena, 25 a 29 de noviembre de 2019), el Grupo de Trabajo tuvo ante sí una versión revisada del proyecto de disposiciones sobre el
operaciones co merciales 8.
15. En su 59º período de sesiones (Viena, 25 a 29 de noviembre de 2019), el Grupo de Trabajo tuvo ante sí una versión revisada del proyecto de disposiciones sobre el reconocimiento transfronterizo de sistemas de gestión de la identidad y servi cios de confianza ( A/CN.9/WG.IV/WP.160 ) en la que se tenían en cuenta las deliberaciones sostenidas por el Grupo de Trabajo en su 58º período de sesiones, así como los resultados de las consultas de la secretaría con expertos (véase el párr. 13 supra ). El Grupo de Trabajo procedió a la lectura completa del proyecto de disposiciones, centrándose en las relativas a los servicios de confianza ( A/CN.9/1005 , párrs. 10 a 122). También sostuvo deliberaciones preliminares sobre la forma del instrumento, y se expresó una preferencia clara por que este adoptara la forma de una ley modelo, en lugar de una convención
(ibid., párr. 123).
16. En su 53 er período de ses iones, celebrado en 2020, la Comisión expresó de nuevo su satisfacción por los progresos del Grupo de Trabajo y lo alentó a que finalizara su labor y la sometiera a la consideración y posible aprobación de la Comisión en el 54º período de sesiones de esta, en 2021 9.
17. En su 60º período de sesiones (Viena, 19 a 23 de octubre de 2020), el Grupo de Trabajo tuvo ante sí un proyecto de disposiciones sobre la utilización y el reconocimiento transfronterizo de sistemas de gestión de la identidad y servicios de confianza ( A/CN.9/WG.IV/WP.162 ), en el que se tuvieron en cuenta las deliberaciones
Trabajo tuvo ante sí un proyecto de disposiciones sobre la utilización y el reconocimiento transfronterizo de sistemas de gestión de la identidad y servicios de confianza ( A/CN.9/WG.IV/WP.162 ), en el que se tuvieron en cuenta las deliberaciones sostenidas por el Grupo de Trabajo en su 59º período de sesiones. El Grupo de Trabajo realizó una segunda lectura c ompleta del proyecto de disposiciones ( A/CN.9/1045 , párrs. 16 a 138), que aprobó para su examen ulterior a condición de que se introdujeran las modificaciones convenidas. El Grupo de Trabajo también convino en la posibilidad de celebrar consultas oficiosas a fin de debatir las cuestiones pendientes.
18. Del 15 al 17 de marzo de 2021 se celebraron consultas oficiosas a distancia con los delegados y los observadores para examinar la responsabilidad, la relación entre el proyecto de disposiciones y los textos vigentes de la CNUDMI, el reconocimiento transfronterizo y las definiciones, así como otras cuestiones terminológicas.
19. En su 61 er período de sesiones (Nueva York, 6 a 9 de abril de 2021), el Grupo de Trabajo tuvo ante sí la versión revisada del proyecto de disposiciones sobre la utilización y el reconocimiento transfronterizo de sistemas de gestión de la identidad y servicios de confianza ( A/CN.9/W G.IV/WP.167 ), al que se incorporaron las deliberaciones mantenidas por el Grupo de Trabajo en su 60º período de sesiones.
El Grupo de Trabajo recibió información sobre los resultados de las consultas oficiosas y, en vista de las limitaciones (como la reduc ción del tiempo asignado a las reuniones) derivadas del formato híbrido con que se desarrolló el período de sesiones, centró sus
El Grupo de Trabajo recibió información sobre los resultados de las consultas oficiosas y, en vista de las limitaciones (como la reduc ción del tiempo asignado a las reuniones) derivadas del formato híbrido con que se desarrolló el período de sesiones, centró sus deliberaciones en las cuestiones examinadas durante esas consultas ( A/CN.9/105 1, párrs. 13 a 67). Al término de las deliberaciones, el Grupo de Trabajo observó que aún quedaban cuestiones por resolver en varias disposiciones del proyecto y recomendó a __________________ 7 Ibid. , septuagésimo cuarto período de sesiones, suplemento núm. 17 (A/74/17 ), párr. 175. 8 Ibid. , párr. 172. 9 Ibid. , septuagésimo quinto período de sesiones, suplemento núm. 17 (A/75/17 ), segunda parte , párrs. 41 y 51 d).A/CN.9/WG.IV/WP.169
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la Comisión que se prosiguiera el análisis de los asuntos pendientes en su 62º período de sesiones ( ibid., párr. 11).
20. Se señaló a la Comisión en su 54º período de sesiones, celebrado en 2021, que pese a la reducción del tiempo asignado a las reuniones el Grupo de Trabajo había avanzado considerablemente hacia la finalización del instrumento. La Comisión expresó su satisfacción por los progresos realizados y alentó al Grupo de Trabajo a que finalizara su labor y la sometiera al examen de la Comisión en su 55º período de sesiones, que tendría lugar en 2022 10.
b) Documentación
su labor y la sometiera al examen de la Comisión en su 55º período de sesiones, que tendría lugar en 2022 10.
b) Documentación
21. El Grupo de Trabajo tendrá ante sí una nota de la secretaría con el proyecto de disposiciones sobre la utilización y el reconocimiento transfronterizo de sistemas de gestión de la identidad y servicios de confianza ( A/CN.9/WG.IV/WP.170 ), que se revisó para incorporar las modificaciones convenidas por el Grupo de Trabajo en su 61 er período de sesiones. También tendrá ante sí, como se solicitó en el 61 er período de sesiones ( A/CN.9/1051 , párr. 11), una nota de la secretaría con el proyecto de texto explicativo de las disposiciones ( A/CN.9/WG.IV/WP.171 ). Es posible que se reciban más comunicaciones d e Estados o de la secretaría.
22. El Grupo de Trabajo tal vez desee remitirse a los siguientes documentos de antecedentes: a) Textos de la CNUDMI en materia de comercio electrónico : Convención de las Naciones Unidas sobre la Utilización de las Comunicaci ones Electrónicas en los Contratos Internacionales, Ley Modelo de la CNUDMI sobre Comercio Electrónico con la correspondiente Guía para la incorporación al derecho interno , Ley Modelo de la CNUDMI sobre las Firmas Electrónicas con la correspondiente Guía p ara la incorporación al derecho interno , Ley Modelo de la CNUDMI sobre Documentos Transmisibles Electrónicos con su nota explicativa y Fomento de la confianza en el comercio electrónico: cuestiones jurídicas de la utilización internacional de métodos de au tenticación y firma electrónicas ; b) Informes de los períodos de sesiones anteriores del Grupo de Trabajo en que
comercio electrónico: cuestiones jurídicas de la utilización internacional de métodos de au tenticación y firma electrónicas ; b) Informes de los períodos de sesiones anteriores del Grupo de Trabajo en que se examinó el tema : informes del Grupo de Trabajo IV (Comercio Electrónico) sobre la labor realizada en sus períodos de sesiones 54º ( A/CN.9/897 ), 55º ( A/CN.9/902 ), 56º (A/CN.9/936 ), 57º ( A/CN.9/965 ), 58º ( A/CN.9/971 ), 59º ( A/CN.9/1005 ), 60º (A/CN.9/1045 ) y 61º ( A/CN.9/1051 ); c) Comunicaciones de Estados y organizaciones internacionales : i) Posible labor futura en materia de comercio electrónico: cuestiones jurídicas relacionadas con la gestión de la identidad y los servicios de confianza — propuesta de Austri a, Bélgica, Francia, Italia y Polonia ( A/CN.9/854 ); ii) Panorama general de la gestión de la identidad — Documento de antecedentes presentado por el Identity Management Legal Task Force de la American Bar Ass ociation ( A/CN.9/WG.IV/WP.120 ); iii) Comunicaciones de la Federación de Rusia ( A/CN.9/WG.III/WP.136 y A/CN.9/WG.IV/WP.141 ); iv) Propuesta presentada por Austria, Bélgica, Francia, Italia, el Reino Unido y la Unión Europea ( A/CN.9/WG.IV/WP.144 ); v) Comunicaciones de los Estados Unidos ( A/CN.9/WG.IV/WP.145 y
A/CN.9/WG.IV/WP.165 );
la Unión Europea ( A/CN.9/WG.IV/WP.144 ); v) Comunicaciones de los Estados Unidos ( A/CN.9/WG.IV/WP.145 y A/CN.9/WG.IV/WP.165 ); vi) Comunicación del Reino Unido ( A/CN.9/WG.IV/WP.146 ); vii) Comunicación de Alemania ( A/CN.9/WG.IV/WP.155 y Add.1); __________________ 10 Ibid. , septuagésimo sexto período de sesiones, suplemento núm. 17 (A/76/17 ), cap. IX.A/CN.9/WG.IV/WP.169
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- Comunicaciones del Banco Mundial acerca del proyecto de disposiciones sobre la utilización y el reconocimiento transfronterizo de sistemas de gestión de la identidad y servicios de confianza ( A/CN. 9/WG.IV/WP.163 y A/CN.9/WG.IV/WP.168 , respectivamente); d) Notas de la secretaría : i) Aspectos jurídicos relacionados con la gestión de la identidad y los servicios de confianza ( A/CN.9/891 ); ii) Definiciones de los términos y los conceptos relativos a la gestión de la identidad y los servicios de confianza ( A/CN.9/WG.IV/WP.150 ); iii) Cuestiones jurídicas relacionadas con la gestión de la identidad y los servicios de confianza ( A/CN.9/WG.IV/WP.153 y A/CN.9/WG.IV/WP.154 ); iv) Proyecto de disposiciones sobre el reconocimiento transfronterizo de sistemas de gestión de la identidad y servicios de confianza (A/CN.9/WG.IV/WP.157 ) con
- Proyecto de disposiciones sobre el reconocimiento transfronterizo de sistemas de gestión de la identidad y servicios de confianza (A/CN.9/WG.IV/WP.157 ) con observaciones explicativas ( A/CN.9/WG.IV/WP.158 ); v) Proyecto de disposiciones sobre el reconocimiento transfronterizo de sistemas de gestión de la identidad y servicios de confianza (A/CN.9/WG.IV/WP.160 ); vi) Proyecto de disposiciones sobre la utilización y el reconocimiento transfronterizo de sistemas de gestión de la identidad y servicios de confianza
(A/CN.9/WG.IV/WP.162 ), con una síntesis de las observaciones sobre ese proyecto presentadas por Estados y organizaciones internacionales (A/CN.9/WG.IV/WP.164 y Add.1); y vii) Proyecto de disposiciones sobre la utilización y el reconocimiento transfronterizo de sistemas de gestión de la identidad y servicios de confianza