CNUDMI - A-CN.9-WG.IV-WP.174
CNUDMI - Comisión de las Naciones Unidas para el Derecho Mercantil Internacional
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Detalles
- Título
- CNUDMI - A-CN.9-WG.IV-WP.174
- Autor
- CNUDMI - Comisión de las Naciones Unidas para el Derecho Mercantil Internacional
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Internacional Privado
- Año
- —
Naciones Unidas A/CN.9/WG.IV/WP.174
Asamblea General
Distr. limitada 22 de agosto de 2022
Español Original: inglés
V.22 -11095 (S) 090922 090922 2211095
Comisión de las Naciones Unidas para el Derecho Mercantil Internacional Grupo de Trabajo IV (Comercio Electrónico) 64º período de sesiones Viena, 31 de octubre a 4 de noviembre de 2022
Programa provisional anotado
I. Programa provisional
1. Apertura del período de sesiones y programación de las sesiones .
2. Elección de la Mesa .
3. Aprobación del programa .
4. Uso de la inteligencia artificial y la automatización en la contratación .
5. Nota explicativa de la Ley Modelo de la CNUDMI sobre la Utilización y el Reconocimiento Transfronterizo de la Gestión de la Identidad y los Servicios de
Confianza .
6. Otros asuntos .
7. Aprobación del informe .
II. Composición del Grupo de Trabajo
1. El Grupo de Trabajo está integrado por todos los Estados miembros de la Comisión, que son los siguientes: Afganistán (2028), Alemania (2025), Arabia Saudita (2028), Argelia (2025), Argentina (2028), Armenia (2028), Australia (2028), Austria (2028), Belarús (2028), Bélgica (2025), Brasil (2028) , Bulgaria (2028), Camerún (2025), Canadá (2025), Chequia (2028), Chile (2028), China (2025),
Austria (2028), Belarús (2028), Bélgica (2025), Brasil (2028) , Bulgaria (2028), Camerún (2025), Canadá (2025), Chequia (2028), Chile (2028), China (2025), Colombia (2028), Côte d’Ivoire (2025), Croacia (2025), Ecuador (2025), España (2028), Estados Unidos de América (2028), Federación de Rusia (2025), Finlandia (202 5), Francia (2025), Ghana (2025), Grecia (2028), Honduras (2025), Hungría (2025), India (2028), Indonesia (2025), Irán (República Islámica del) (2028), Iraq (2028), Israel (2028), Italia (2028), Japón (2025), Kenya (2028), Kuwait (2028), Malasia (2025), Malawi (2028), Malí (2025), Marruecos (2028), Mauricio (2028), México (2025), Nigeria (2028), Panamá (2028), Perú (2025), Polonia (2028), Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte (2025), República de Corea (2025), República Democrática del Congo (202 8), República Dominicana (2025), Singapur (2025), Somalia (2028), Sudáfrica (2025), Suiza (2025), Tailandia (2028), Türkiye (2028), Turkmenistán (2028), Ucrania (2025), Uganda (2028), Venezuela (República Bolivariana de) (2028), Viet Nam (2025) y Zimbabwe (2025).A/CN.9/WG.IV/WP.174
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2. Los Estados que no sean miembros de la Comisión y las organizaciones gubernamentales internacionales podrán asistir al período de sesiones en calidad de
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2. Los Estados que no sean miembros de la Comisión y las organizaciones gubernamentales internacionales podrán asistir al período de sesiones en calidad de observadores y participar en las deliberaciones. Asimismo, las organizaciones no gubernamen tales internacionales invitadas podrán asistir al período de sesiones en calidad de observadoras y exponer sus opiniones sobre los asuntos en que posean conocimientos especializados o experiencia internacional, a fin de facilitar las deliberaciones durante el período de sesiones.
III. Anotaciones sobre los temas del programa
Tema 1. Apertura del período de sesiones y programación de las sesiones
3. El 64º período de sesiones del Grupo de Trabajo se celebrará en el Centro Internacional de Viena del 31 de octubre al 4 de noviembre de 2022. El horario de las reuniones y demás aspectos relativos a la organización del período de sesiones se publicarán oportunamente en la página web del Grupo de Trabajo ( https://uncitral. un.org/es/working_groups/4/electronic_commerce ). La documentación para el período de sesiones (véanse los párrs. 10 y 13) podrá consultarse en la página web una vez que se haya publicado en todos los idiom as oficiales de las Naciones Unidas.
4. En consonancia con las decisiones adoptadas por la Comisión en su 34° período de sesiones 1, se espera que el Grupo de Trabajo celebre deliberaciones de fondo durante las primeras nueve sesiones de media jornada (es decir, del lunes al viernes por la mañana) y que apruebe un informe sobre el período de sesiones en su décima y última sesión (es decir, el viernes por la tarde). En su 55º período de sesiones, la Comisión
mañana) y que apruebe un informe sobre el período de sesiones en su décima y última sesión (es decir, el viernes por la tarde). En su 55º período de sesiones, la Comisión decidió permitir que los grupos de trabajo utiliza ran la última sesión para sostener deliberaciones sustantivas, en lugar de dedicarla a la aprobación del informe del período de sesiones, y continuar con la práctica de aprobar el informe mediante el procedimiento escrito que se describía en el párrafo 19 del documento A/CN.9/1103 2.
Tema 2. Elección de la Mesa
5. De conformidad con la práctica seguida en períodos de sesiones anteriores a la pandemia de enfermedad por coronavirus (COVID -19), el Grupo de Trabajo tal vez desee elegir una persona para la Presidencia y otra para la Relatoría.
Tema 4. Uso de la inteligencia artificial y la automatización en la contratación
a) Información de antecedentes
6. En su 63º período de sesiones (Nueva York, 4 a 8 de abril de 2022), el Grupo de Trabajo celebró un debate conceptual sobre el uso de la inteligencia artificial y la automatización en la contratación (véase A/CN.9/1093 , párrs. 49 a 76). Este debate había sido encargado por la Comisión, en su 54º período de sesiones de 2021, con el fin de que se precisara el alcance y la índole de la labor que habría de realizarse al respecto 3.
El Grupo de Trabajo también cele bró una discusión preliminar acerca de la naturaleza y el alcance que tendría la posible labor futura sobre las operaciones de datos (ibid., párrs. 77 a 95). En el 55º período de sesiones de la Comisión, celebrado en 2022,
y el alcance que tendría la posible labor futura sobre las operaciones de datos (ibid., párrs. 77 a 95). En el 55º período de sesiones de la Comisión, celebrado en 2022, se expresó un amplio apoyo a qu e el Grupo de Trabajo siguiera ocupándose de ambos temas de manera conjunta, incluso alternándolos entre un período de sesiones y otro 4. Se prevé que el Grupo de Trabajo trate del tema del uso de la inteligencia artificial y la automatización en la contra tación en su 64º período de sesiones. __________________ 1 Documentos Oficiales de la Asamblea General , quincuagésimo sexto período de sesiones , suplemento núm. 17 y corrección ( A/56/17 y Corr. 3), párr. 381. 2 Ibid., septuagésimo séptimo período de sesiones , suplemento núm. 17 (A/77/17 ), párr. 236. 3 Ibid. , septuagésimo sexto período de sesiones , suplemento núm. 17 (A/76/17 ), párr. 25 e). 4 Ibid., septuagésimo séptimo período de sesiones , suplemento núm. 17 (A/77/17 ), párrs. 150 a 155.A/CN.9/WG.IV/WP.174
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7. Se expresó un amplio apoyo en la Comisión que la labor futura sobre el tema avanzara por etapas a partir de un examen de la práctica comercial y los casos de uso.
Por lo tanto, la Comisión solicitó al Grupo de Traba jo lo siguiente: a) en una primera etapa, que recopilara disposiciones de los textos de la CNUDMI que fueran aplicables a la contratación automatizada y revisara dichas
Por lo tanto, la Comisión solicitó al Grupo de Traba jo lo siguiente: a) en una primera etapa, que recopilara disposiciones de los textos de la CNUDMI que fueran aplicables a la contratación automatizada y revisara dichas disposiciones, según procediera, y b) en una segunda etapa, que señalara y elabor ara nuevas disposiciones que trataran una amplia variedad de cuestiones 5.
8. La Comisión convino además en que, al desempeñar su nuevo mandato, el Grupo de Trabajo se guiara por los principios de neutralidad tecnológica y no discriminación contra el uso de medios electrónicos, y también fuera consciente de las necesidades específicas de los países en desarrollo.
9. El 64º período de sesiones será la primera ocasión que tendrá el Grupo de Trabajo para examinar el tema de conformidad con el nuevo ma ndato. Se prevé que el Grupo de Trabajo intercambie opiniones sobre la práctica institucional relativa al uso de la inteligencia artificial en la contratación y se centre en la primera etapa del mandato
(es decir, en recopilar y examinar disposiciones de los textos de la CNUDMI que fueran aplicables). Si bien se prevé que las deliberaciones del Grupo de Trabajo se funden en la discusión conceptual que tuvo lugar durante el 63º período de sesiones (véase A/CN.9/1093 ), se señaló en la Comisión que el Grupo de Trabajo podría examinar cuestiones relativas a las definiciones 6.
b) Documentación
10. El Grupo de Trabajo tendrá ante sí una nota de la secretaría so bre las disposiciones de los textos de la CNUDMI que se aplican a la contratación automatizada
(A/CN.9/WG.IV/WP.176 ) y una nota sobre algunas de las otras cuestiones jurídicas
de los textos de la CNUDMI que se aplican a la contratación automatizada (A/CN.9/WG.IV/WP.176 ) y una nota sobre algunas de las otras cuestiones jurídicas señaladas en el Grupo de Trabajo en su 63 er período de sesiones
(A/CN.9/WG.IV/WP.177) .
11. Además de los documentos mencionados precedentemente (párrs. 6 y 7), el Grupo de Trabajo tal vez desee remitirse a los siguientes documentos para basar en ellos los debates que celebre en relación con este tema del programa: a) una nota de la secretaría, preparada para que la examinara el Grupo de Trabajo en su 63 er período de se siones, sobre el uso de la inteligencia artificial y la automatización en la contratación ( A/CN.9/WG.IV/WP.173 ), y b) una propuesta de la secretaría, preparada para que la examinara la Comisión en su 55º período de sesiones, para que precisara el mandato del Grupo de Trabajo en materia de contratación automatizada ( A/CN.9/1116 ).
Tema 5. Nota explicativa de la Ley Modelo de la CNUDMI sobre la Utilización y el Reconocimiento Transfronterizo de la Gestión de la Identidad y los Servicios de Confianza
a) Información de antecedentes
12. En su 55º período de sesiones, la Comisión aprobó la Ley Modelo de la CNUDMI sobre la Utilización y el Reconoci miento Transfronterizo de la Gestión de la Identidad y los Servicios de Confianza y aprobó en principio el proyecto de nota explicativa de la ley modelo preparado por la secretaría ( A/CN.9/1112 ), con las modificaciones realizadas durante el período de sesiones 7. La Comisión también solicitó a la secretaría
y los Servicios de Confianza y aprobó en principio el proyecto de nota explicativa de la ley modelo preparado por la secretaría ( A/CN.9/1112 ), con las modificaciones realizadas durante el período de sesiones 7. La Comisión también solicitó a la secretaría que finalizara la nota explicativa y que reflejara en ella las deliberaciones celebradas y las decisiones adoptadas por la Comisión en ese período de s esiones, y autorizó al Grupo __________________ 5 Ibid. , párr. 159. 6 Ibid., párr. 158. 7 Ibid., párr. 14 9.A/CN.9/WG.IV/WP.174
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de Trabajo a examinar las partes de la nota revisada que guardaran relación con esas deliberaciones y decisiones 8. b) Documentación
13. El Grupo de Trabajo tendrá ante sí una nota de la secretaría con las partes de la nota e xplicativa de la Ley Modelo que hubieran sido revisadas y que guardaran relación con las deliberaciones celebradas y las decisiones adoptadas por la Comisión en su 55º período de sesiones ( A/CN.9/WG .IV/WP.175 ).
Tema 6. Otros asuntos
14. El Grupo de Trabajo tal vez quiera examinar las novedades que se hayan producido en relación con su programa de trabajo, por ejemplo, un informe sobre los progresos de la labor de la secretaría respecto de la prep aración de un documento de orientación sobre las cuestiones jurídicas relativas al uso de los sistemas de registros distribuidos en el comercio, como solicitara la Comisión en su 55º período de sesiones 9.
Tema 7. Aprobación del informe
las cuestiones jurídicas relativas al uso de los sistemas de registros distribuidos en el comercio, como solicitara la Comisión en su 55º período de sesiones 9.
Tema 7. Aprobación del informe
15. Como se indicó precedentemente (párr. 4), el Grupo de Trabajo podría aprobar un informe para que fuera presentado a la Comisión en su 56º período de sesiones, que se celebrará en Viena del 3 al 21 de julio de 2023. Se señala al Grupo de Trabajo que su 65º período de sesiones se celebrará en Nueva York del 10 al 14 de abril de 2023 .
__________________ 8 Ibid. 9 Ibid., párrs. 166 a 169.