CNUDMI - A CN.9 WG.IV WP.191
CNUDMI - Comisión de las Naciones Unidas para el Derecho Mercantil Internacional
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Detalles
- Título
- CNUDMI - A CN.9 WG.IV WP.191
- Autor
- CNUDMI - Comisión de las Naciones Unidas para el Derecho Mercantil Internacional
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Internacional_Privado
- Año
- —
Naciones Unidas A/CN.9/WG.IV/WP.191
Asamblea General
Distr. limitada 29 de enero de 2026
Español Original: inglés
V.26 -01152 (S) 180226 180226 2601152
Comisión de las Naciones Unidas para el Derecho Mercantil Internacional Grupo de Trabajo IV (Comercio Electrónico) 70º período de sesiones Nueva York, 23 a 27 de marzo de 2026
Programa provisional anotado
I. Programa provisional
1. Apertura del período de sesiones y programación de las sesiones.
2. Elección de la Mesa.
3. Aprobación del programa.
4. Contratos de suministro de datos.
5. Otros asuntos.
6. Aprobación del informe.
II. Composición del Grupo de Trabajo
1. El Grupo de Trabajo está integrado por todos los Estados miembros de la Comisión, que son los siguientes: Afganistán (2028), Alemania (2031), Arabia Saudita (2028), Argentina (2028), Armenia (2028), Australia (2028), Austria (2028), Belarús (2028), Bélgic a (2031), Bolivia (Estado plurinacional de) (2031), Brasil (2028), Bulgaria (2028), Burundi (2031), Canadá (2031), Chequia (2028), Chile (2028), China (2031), Colombia (2028), Congo (2031), Côte d’Ivoire (2031), El Salvador (2031), España (2028), Estados Unidos de América (2028), Federación de Rusia (2031),
(2031), Colombia (2028), Congo (2031), Côte d’Ivoire (2031), El Salvador (2031), España (2028), Estados Unidos de América (2028), Federación de Rusia (2031), Filipinas (2031), Francia (2031), Ghana (2031), Grecia (2028), Hungría (2031), India (2028), Irán (República Islámica de) (2028), Iraq (2028), Israel (2028), Italia (2028), Japón (2031), Kenya (2028), Kuwait (2028), Malasia (2031), Malawi (2028), Marruecos (2028), Mauricio (2028), Mauritania (2031), México (2031), Nigeria (2028), Países Bajos (Reino de los) (2031), Panamá (2028), Perú (2031), Polonia (2028), Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Nor te (2031), República de Corea (2031), República Democrática del Congo (2028), República Dominicana (2031), Sierra Leona (2031), Singapur (2031), Somalia (2028), Sri Lanka (2031), Sudáfrica (2031), Suecia (2031), Suiza (2031), Tailandia (2028), Türkiye (202 8), Turkmenistán (2028), Ucrania (2031), Uganda (2028), Uruguay (2031), Venezuela (República Bolivariana de) (2028), Viet Nam (2031) y Zambia (2031 1. __________________ 1 A la fecha de presentación de esta nota.A/CN.9/WG.IV/WP.191
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2. Los Estados que no sean miembros de la Comisión y las organizaciones gubernamentales internacionales podrán asistir al período de sesiones en calidad de
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2. Los Estados que no sean miembros de la Comisión y las organizaciones gubernamentales internacionales podrán asistir al período de sesiones en calidad de observadores y participar en las deliberaciones. Asimismo, las organizaciones no gubernamentales intern acionales invitadas podrán asistir al período de sesiones en calidad de observadoras y exponer sus opiniones sobre los asuntos en que posean conocimientos especializados o experiencia internacional, a fin de facilitar las deliberaciones durante el período de sesiones.
III. Anotaciones sobre los temas del programa
Tema 1. Apertura del período de sesiones y programación de las sesiones
3. El 70º período de sesiones del Grupo de Trabajo se celebrará en la Sede de las Naciones Unidas (Nueva York) del 23 al 27 de marzo de 2026.
4. En razón de las medidas de austeridad vigentes en la Sede de las Naciones Unidas, el período de sesiones se declarará abierto a las 15.00 horas del 23 de marzo de 2026.
El horario de las reuniones durante el resto del período de sesiones será de 10.00 a 13 .00 horas y de 15.00 a 18.00 horas.
5. Se prevé que el Grupo de Trabajo celebre deliberaciones sustantivas durante las primeras ocho sesiones de media jornada (es decir, del lunes a la tarde al viernes por la mañana) y que apruebe un informe sobre el período de sesiones en su novena y última sesión (el viernes por la tarde). Se están haciendo los preparativos para la retransmisión en directo del período de sesiones, que se anunciará a su debido tiempo en la página del Grupo de Trabajo del sitio web de la CNUDMI, junto a más información sobre otros
sesión (el viernes por la tarde). Se están haciendo los preparativos para la retransmisión en directo del período de sesiones, que se anunciará a su debido tiempo en la página del Grupo de Trabajo del sitio web de la CNUDMI, junto a más información sobre otros preparativos para el período de sesiones. También se publicará en la página web del período de sesiones (véase el párr. 12 infra) la documentación para ese período de sesiones en cuanto esté disponible en todos los idiomas oficiales de las Naciones Unidas.
Tema 2. Elección de la Mesa
6. De conformidad con su práctica, el Grupo de Trabajo tal vez desee elegir una persona para la Presidencia y otra para la Relatoría.
Tema 4. Contratos de suministro de datos
7. Se prevé que el Grupo de Trabajo siga elaborando normas supletorias sobre los contratos de suministro de datos, que han sido preparadas por la secretaría en forma de disposiciones legislativas modelo, tal como solicitó el Grupo de Trabajo ( A/CN.9/1241 , párr. 77).
a) Antecedentes
8. En su 63 er período de sesiones (Nueva York, 4 a 8 de abril de 2022), el Grupo de Trabajo celebró un debate preliminar en torno a la naturaleza y el alcance de la posible labor futura sobre el tema de las operaciones de datos ( A/CN.9/1093 , párrs. 77 a 95).
Posteriormente se presentó a la Comisión una propuesta de labor futura sobre ese tema, en la que se habían sintetizado e incorporado las deliberaciones sostenidas en ese período de sesiones, mediante una nota de la Secretaría ( A/CN.9/1117 ).
Posteriormente se presentó a la Comisión una propuesta de labor futura sobre ese tema, en la que se habían sintetizado e incorporado las deliberaciones sostenidas en ese período de sesiones, mediante una nota de la Secretaría ( A/CN.9/1117 ).
9. En su 55º período de sesiones, celebrado en 2022, la Comisión aceptó encargar al Grupo de Trabajo que siguiera trabajando sobre los contratos de suministro de datos 2.
No se tomó ninguna decisión en cuanto a la forma que habría de adoptarse para la labor, aunque se recordó que en el 63 er período de sesiones del Grupo de Trabajo se habían examinado varias opciones, entre ellas, que se formularan normas “supletorias” para __________________ 2 Documentos Oficiales de la Asamblea General , septuagésimo séptimo período de sesiones , suplemento núm. 17 (A/77/17 ), párr. 163.A/CN.9/WG.IV/WP.191
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incluirlas en un texto legislativo, se preparara una guía de buenas prácticas para las partes y se elaborara una guía legislativa 3.
10. Más tarde, el Grupo de Trabajo examinó el tema de los contratos de suministro de datos junto con el tema del uso de la inteligencia artificial y la automatización en la contratación (véase la cronología de ese examen en A/CN.9/WG.IV/WP.189 , párr. 12).
11. En sus dos últimos períodos de sesiones, el Grupo de Trabajo ha examinado el tema como único tema sustantivo de su programa: a) En su 68º período de sesiones (Nueva York, 24 a 28 de marzo de 2025), el
11. En sus dos últimos períodos de sesiones, el Grupo de Trabajo ha examinado el tema como único tema sustantivo de su programa: a) En su 68º período de sesiones (Nueva York, 24 a 28 de marzo de 2025), el Grupo de Trabajo examinó una tercera versión revisada del proyecto de normas supletorias preparada por la secretaría ( A/CN.9/WG.IV/WP.188 ) y centró sus deliberaciones en las normas relativas al modo de suministro, la conformidad de los datos, el uso de los datos y los datos derivados ( A/CN.9/1202 , párrs. 10 a 79). En su 58º período de sesiones, celebrado en 2025, la Comisión observó con aprecio los avances realizados por el Grupo de Trabajo 4; b) En su 69º período de sesiones (Viena, 20 a 24 de octubre de 2025), el Grupo de Trabajo examinó una cuarta versión revisada del proyecto de normas supletorias preparada por la secretaría ( A/CN.9/WG.IV/WP.190 ). El Grupo de Trabajo avanzó en la definición y adaptación del suministro “pasivo” de datos y prosiguió sus deliberaciones sobre el modo de suministro, la conformidad de los datos y el uso de datos ( A/CN.9/1241 , párrs. 10 a 73). También escuchó un intercambio de opiniones sobre la forma de las normas supletorias ( ibid., párrs. 74 a 79) y se le informó de la labor exploratoria y preparatoria que estaba realizando la secretaría sobre otros temas relacionados con el comercio electrónico.
b) Documentación
12. El Grupo de Trabajo tendrá ante sí los siguientes documentos preparados por la
secretaría:
exploratoria y preparatoria que estaba realizando la secretaría sobre otros temas relacionados con el comercio electrónico.
b) Documentación
12. El Grupo de Trabajo tendrá ante sí los siguientes documentos preparados por la secretaría: a) una versión revisada del proyecto de normas supletorias en forma de disposiciones legislativas modelo ( A/CN.9/WG.IV/WP.192 ); b) un proyecto de nota explicativa con comentarios sobre las disposiciones, artículo por artículo ( A/CN.9/WG.IV/WP.193 ).
c) Cuestiones prioritarias que podían examinarse
13. El Grupo de Trabajo podría considerar prioritariamente las siguientes cuestiones: a) los artículos 11 y 12 sobre obligaciones comunes e incumplimiento; b) el artículo 13 sobre el suministro pasivo de datos, en que se incluyen las disposiciones elaboradas en el 69º período de sesiones ( A/CN.9/1241 , párrs. 14 y 48); c) otras cuestiones que se señalan en las anotaciones en el documento A/CN.9/WG.IV/WP.192 ; d) próximos pasos.
Tema 6. Aprobación del informe
14. El Grupo de Trabajo tal vez desee aprobar, al término del período de sesiones, un informe sobre la labor realizada durante el período de sesiones para presentarlo a la Comisión, en que podrían incluirse recomendaciones a la Comisión sobre los próximos paso s a seguir.
__________________ 3 Ibid., párr. 164. 4 Ibid. , octogésimo período de sesiones , suplemento núm. 17 (A/80/17 ), párrs. 178.