CNUDMI - A CN.9 WG.V WP.69
CNUDMI - Comisión de las Naciones Unidas para el Derecho Mercantil Internacional
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Detalles
- Título
- CNUDMI - A CN.9 WG.V WP.69
- Autor
- CNUDMI - Comisión de las Naciones Unidas para el Derecho Mercantil Internacional
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Internacional_Privado
- Año
- —
Naciones Unidas A/CN.9/WG.V/WP.69
Asamblea General
Distr. limitada 8 de diciembre de 2003
Español Original: inglés
V.03-90511 (S) 140104 150104 0390511 Comisión de las Naciones Unidas para el Derecho Mercantil Internacional Grupo de Trabajo V (Régimen de la Insolvencia) 30º período de sesiones Nueva York, 29 de marzo a 2 de abril de 2004
I. Programa provisional del 30º período de sesiones del Grupo
de Trabajo V
1. Calendario de reuniones.
2. Elección de la Mesa.
3. Aprobación del programa.
4. Preparación de una guía legislativa sobre el régimen de la insolvencia.
5. Otros asuntos.
6. Aprobación del informe.
Notas sobre el programa provisional
Tema 1. Calendario de reuniones
1. El 30º período de sesiones del Grupo de Trabajo V (Régimen de la Insolvencia) se celebrará en la Sede de las Naciones Unid as del 29 de marzo al 2 de abril de 2004.
Se dispondrá de cinco jornadas laborables oficiales para examinar el programa. El horario de las sesiones será de las 10.00 a las 13.00 horas y de las 15.00 a las 18.00 horas.
2. El Grupo de Trabajo V (Régimen de la Insolvencia) se compone de todos los Estados miembros de la Comisión, a saber: Alemania, Austria, Benin, Brasil,
Burkina Faso, Camerún, Canadá, China, Colombia, España, Estados Unidos de
2. El Grupo de Trabajo V (Régimen de la Insolvencia) se compone de todos los Estados miembros de la Comisión, a saber: Alemania, Austria, Benin, Brasil, Burkina Faso, Camerún, Canadá, China, Colombia, España, Estados Unidos de América, Federación de Rusia, Fiji, Francia, Hondur as, Hungría, India, Irán
(República Islámica del), Italia, Japón, Kenya, la ex República Yugoslava de Macedonia, Lituania, Marruecos, México, Pa raguay, Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte, Rumania, Rwanda, Si erra Leona, Singapur, Sudán, Suecia, Tailandia, Uganda y Uruguay (que alterna anualmente con la Argentina).2
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Tema 2. Elección de la Mesa
3. Conforme a la práctica seguida en ante riores períodos de sesiones, el Grupo de Trabajo tal vez desee elegir un presidente y un relator.
Tema 4. Preparación de una guía legislativa sobre el régimen de la insolvencia
4. En su 33º período de sesiones, celebrado en 2000, la Comisión hizo suyas las recomendaciones que había formulado el Grupo de Trabajo V (Régimen de la Insolvencia) en su 22º período de sesiones, que tuvo lugar del 6 al 17 de diciembre de 1999, y le encomendó que preparara una descripción general de los objetivos fundamentales y las características esenciales de un sólido régimen de la insolvencia y de las relaciones jurídicas entre deudores y acreedores, incluido el examen de un procedimiento de reorganización extrajudicial, y una guía legislativa con soluciones
fundamentales y las características esenciales de un sólido régimen de la insolvencia y de las relaciones jurídicas entre deudores y acreedores, incluido el examen de un procedimiento de reorganización extrajudicial, y una guía legislativa con soluciones flexibles para la consecución de esos objetivos y características, que incluyera un examen de las diversas soluciones posibles y sus correspondientes ventajas e inconvenientes 1.
5. El Grupo de Trabajo V (Régimen de la Insolvencia) examinó el primer proyecto de guía legislativa sobre el régimen de la insolvencia en su 24º período de sesiones, que tuvo lugar en Nueva York del 23 de julio al 3 de agosto de 2001; las deliberaciones sobre la elaboración de la guía legislativa continuaron desde el 25º período de sesiones, celebrado en 2001, hasta el 29º período de sesiones, celebrado en 2003.
6. En su 36º período de sesiones, que tuvo lugar en Viena en 2003, la Comisión hizo suyas las recomendaciones que le había formulado el Grupo de Trabajo V en su 28º período de sesiones, celebrado en febrero de 2003, a saber: 1) que aprobara el alcance de la labor realizad a por el Grupo de Trabajo re conociendo que se ajustaba al mandato que se le había encomendado; 2) que aprobara de forma preliminar los objetivos y características fundamentales y la estructura de los regímenes de la insolvencia enunciados en los capítulos introductorios de la primera parte de la guía legislativa; 3) que encomendara a la Secretaría que hiciera llegar el actual proyecto de guía legislativa a todos los Estados Miembros de las Naciones Unidas, a los Estados observadores, a las organizaciones intergubernamentales y no
legislativa; 3) que encomendara a la Secretaría que hiciera llegar el actual proyecto de guía legislativa a todos los Estados Miembros de las Naciones Unidas, a los Estados observadores, a las organizaciones intergubernamentales y no gubernamentales pertinentes, así como a las organizaciones del sector privado y de ámbito regional para que formularan observaciones; 4) que continuara colaborando estrechamente con el Banco Mundial y otras organizaciones que se ocupan de la reforma del régimen de la insolvencia para asegurar la complementariedad y evitar duplicaciones, y que tuviera en cuenta la la bor realizada por el Grupo de Trabajo VI en materia de operaciones garantizadas; y 5) que pidiera al Grupo de Trabajo V que concluyera su labor sobre la guía legislativa y presentara el texto a la Comisión en su 37º período de sesiones, que se celebraría en 2004, con miras a su aprobación y adopción.
7. Se prevé que el Grupo de Trabajo V concluirá sus deliberaciones sobre el proyecto de guía legislativa en su 30º período de sesiones. Tendrá a su disposición, y tal vez desee utilizarlo como base de sus deliberaciones, el documento titulado “Proyecto de guía legislativa sobre el régimen de la insolvencia”
(A/CN.9/WG.V/WP.70, partes primera y segunda) y una nota de la Secretaría sobre la ley aplicable a los procedimientos de insolvencia (A/CN.9/WG.V/WP.72). Está previsto que el Grupo de Trabajo también tenga a su disposición otros documentos3
A/CN.9/WG.V/WP.69 de trabajo en que los gobiernos han hecho propuestas de revisión del texto, al responder a la solicitud de que formularan observaciones sobre el proyecto de guía legislativa.
A/CN.9/WG.V/WP.69 de trabajo en que los gobiernos han hecho propuestas de revisión del texto, al responder a la solicitud de que formularan observaciones sobre el proyecto de guía legislativa.
8. En el período de sesiones se dispondrá del material de antecedentes mencionado a continuación, que puede consultarse también en el sitio de la CNUDMI en Internet (http://www.uncitral.org)2. a) Posible labor futura en materia de derecho de insolvencia: nota de la Secretaría, A/CN.9/WG .V/WP.50; Proyecto de guía legislativa sobre el régimen de la insolvencia: informes del Secretario General, A/CN.9/WG .V/WP.54 y A/CN.9/WG .V/WP.54/Add.1 y 2; Enfoques alternativos de los procedimientos de insolvencia extrajudiciales: informe del S ecretario General, A/CN.9/WG .V/WP.55; Proyecto de guía legislativa sobre el régimen de la insolvencia: informes del Secretario General, A/CN.9/WG .V/WP.57 y A/CN.9/WG .V/WP.58; Procedimientos oficiosos de insolvencia alternativos, A/CN.9/WG .V/WP.59; Proyecto de guía legislativa sobre el régimen de la insolvencia: notas de la Secretaría, A/CN.9/WG .V/WP.61, A/CN.9/WG .V/WP.61/Add.1 y 2, y A/CN.9/WG .V/WP.63/ Add.1 a 17; b) Informe del Coloquio Mundial sobre la Insolvencia CNUDMI/INSOL/ Asociación Internacional de Abogados, celebrado en 2000 (A/CN.9/495);
Add.1 a 17; b) Informe del Coloquio Mundial sobre la Insolvencia CNUDMI/INSOL/ Asociación Internacional de Abogados, celebrado en 2000 (A/CN.9/495); c) Informes de la CNUDMI sobre su s períodos de sesiones 34º, celebrado en 2001 (A/56/17), 35º, celebrado en 2002 ( A/57/17), y 36º, celebrado en 2003 (A/58/17); d) Informes del Grupo de Trabajo V (R égimen de la Insolvencia) acerca de la labor de sus períodos de sesiones 22º, celebrado en diciembre de 1999 (A/CN.9/469); 24º, celebrado en los meses de julio y agosto de 2001 (A/CN.9/504); 25º, celebrado en diciembre de 2001 (A/CN.9/507); 26º, celebrado en mayo de 2002 (A/CN.9/511); 27º, celebrado en diciembre de 2002 (A/CN.9/529); 28º, celebrado en febrero de 2003 (A/CN.9/530); y 29º , celebrado en septiembre de 2003 (A/CN.9/542).
Tema 5. Otros asuntos
9. Se prevé que la Comisión examine el proyecto de guía legislativa en su 37º período de sesiones, que tendrá lugar en Nueva York del 14 de junio al 2 de julio de 2004, a efectos de que quede concluido y aprobado.
Tema 6. Aprobación del informe
10. Al término de su período de sesiones, el Grupo de Trabajo tal vez desee aprobar un informe para presentarlo a la Comisión en su 37º período de sesiones,
Tema 6. Aprobación del informe
10. Al término de su período de sesiones, el Grupo de Trabajo tal vez desee aprobar un informe para presentarlo a la Comisión en su 37º período de sesiones, que se celebrará en 2004 en Nueva York. Tal vez desee tomar nota igualmente de que, en consonancia con las decisiones adoptadas por la Comisión en su 34º período de sesiones (véase A/56/17, párr. 381), se tiene previsto que el Grupo de Trabajo dedique las nueve primeras sesiones de media jornada (o sea, de lunes a viernes por la mañana) al examen de cuestiones de fondo y que la Secretaría prepare un proyecto de informe sobre todo el período de sesiones, que se someterá a aprobación en la décima y última sesión del Grupo de Trabajo (el viernes por la tarde).4
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II. Programa provisional del segundo período de sesiones conjunto de los Grupos de Trabajo V (Régimen de la
Insolvencia) y VI (Garantías Reales)
1. Elección de la Mesa.
2. Aprobación del programa.
3. Examen del tratamiento de las garantías reales en los procedimientos de insolvencia.
4. Otros asuntos.
5. Aprobación del informe.
Notas sobre el programa provisional
11. En su 35º período de sesiones, celebrado en 2002, la Comisión tomó nota con especial satisfacción de los esfuerzos realizados por el Grupo de Trabajo VI
(Garantías Reales) y el Grupo de Trabajo V (Régimen de la Insolvencia) para coordinar su labor con respecto a un asunto de interés común, como el tratamiento
especial satisfacción de los esfuerzos realizados por el Grupo de Trabajo VI (Garantías Reales) y el Grupo de Trabajo V (Régimen de la Insolvencia) para coordinar su labor con respecto a un asunto de interés común, como el tratamiento de las garantías reales en los procedimientos de insolvencia. Se expresó apoyo resuelto a esa labor de coordinación, que en general se consideró de importancia decisiva en lo que respecta a impartir a los Estados orientación amplia y sistemática con respecto al tratamiento de las garantías reales en las actuaciones relativas a la insolvencia. La Comisión hizo suya la sugerencia de revisar el capítulo X del proyecto de guía legislativa sobre las operaciones garantizadas, a la luz de los principios básicos convenidos por los Grupos de Trabajo V y VI (véase A/CN.9/511, párrs. 126 y 127, y A/CN.9/512, párr. 88). La Comisión también hizo suya la sugerencia de coordinar más estrechamente la labor de los dos Grupos de Trabajo y la de celebrar una reunión conjunta de és tos, de un día de duración, durante sus períodos de sesiones futuros 3.
12. En su primer período de sesiones conjunto, que se celebró en Viena los días 16 y 17 de diciembre de 2002, el Grupo de Trabajo V y el Grupo de Trabajo VI examinaron el tratamiento de las garantías reales en los procedimientos de insolvencia basándose en el capítulo IX, Insolvencia, del proyecto de guía legislativa sobre las operaciones garantizadas (A/CN.9/WG .VI/WP.6/Add.5). En ese período de sesiones, se pidió a la Secretaría que preparara una versión revisada del
legislativa sobre las operaciones garantizadas (A/CN.9/WG .VI/WP.6/Add.5). En ese período de sesiones, se pidió a la Secretaría que preparara una versión revisada del capítulo IX, Insolvencia (véase A/CN.9/535, párr. 8).
13. En su 36º período de sesiones, cele brado en 2003, la Comisión expresó su reconocimiento al Grupo de Trabajo V y al Grupo de Trabajo VI por los progresos realizados durante su primer período de sesiones conjunto en cuestiones de interés común y tomó nota con satisfacción de los planes de organización de otras reuniones conjuntas de expertos4.
Tema 1. Elección de la Mesa
14. Los Grupos de Trabajo tal vez deseen elegir un presidente y un relator del período de sesiones conjunto.5
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Tema 3. Examen del tratamiento de las garantías reales en los procedimientos de insolvencia
15. Los Grupos de Trabajo tendrán a su di sposición, y podrán utilizar como base para examinar el capítulo revisado relativo a la insolvencia del proyecto de guía legislativa sobre las operaciones garantizadas (A/CN.9/WG .VI/WP.11/Add.2), el proyecto de guía legislativa sobre el régimen de la insolvencia
(A/CN.9/WG.V/WP.70, partes primera y segunda), junto con una nota de la Secretaría en que se resume el tratamiento de los acreedores garantizados en el proyecto de guía legislativa sobre el régimen de la insolvencia
(A/CN.9/WG.V/WP.71).
Tema 5. Aprobación del informe
Secretaría en que se resume el tratamiento de los acreedores garantizados en el proyecto de guía legislativa sobre el régimen de la insolvencia
(A/CN.9/WG.V/WP.71).
Tema 5. Aprobación del informe
16. Al término de su período de sesione s conjunto, los grupos de trabajo tal vez deseen aprobar un informe para presentarl o a la Comisión en su 37º período de sesiones, que se celebrará en 2004.
Calendario de reuniones
17. El período de sesiones conjunto de lo s Grupos de Trabajo V y VI se celebrará el 26 de marzo de 2004 en la Sede de las Naciones Unidas. El horario de las reuniones será de 10.00 a 13.00 horas y de 15.00 a 18.00 horas. Se espera que los Grupos de Trabajo dediquen el viernes por la mañana y por la tarde al examen de cuestiones de fondo y que la Secretaría prepare un proyecto de informe, que los Grupos de Trabajo aprobarán el lunes 29 de marzo de 2004 por la tarde.
Notas 1 Documentos Oficiales de la Asamblea General, quincuagésimo quinto período de sesiones, Suplemento Nº 17 (A/55/17), párrs. 400 a 409. 2 El material de antecedentes puede consultarse en el sitio de la CNUDMI en Internet (www.uncitral.org ) abriendo sucesivamente los rótulos “Grupos de Trabajo” y “Grupo de Trabajo V (Régimen de la Insolvencia)”; los informes figuran en el documento que trata del período de sesiones pertinente de la Comisión.
(www.uncitral.org ) abriendo sucesivamente los rótulos “Grupos de Trabajo” y “Grupo de Trabajo V (Régimen de la Insolvencia)”; los informes figuran en el documento que trata del período de sesiones pertinente de la Comisión. 3 Op. cit., quincuagésimo séptimo período de sesiones, Suplemento Nº 17 (A/57/17), párr. 203. 4 Op. cit., quincuagésimo octavo período de sesiones, Suplemento Nº 17 (A/58/17), párr. 217.