CNUDMI - A CN.9.1250 Add.9 Rev.1
CNUDMI - Comisión de las Naciones Unidas para el Derecho Mercantil Internacional
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Detalles
- Título
- CNUDMI - A CN.9.1250 Add.9 Rev.1
- Autor
- CNUDMI - Comisión de las Naciones Unidas para el Derecho Mercantil Internacional
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Internacional_Privado
- Año
- —
Naciones Unidas A/CN.9/1250/Add.9/Rev.1
Asamblea General
Distr. general 5 de marzo de 2026
Español Original: inglés
V.26 -03194 (S) 020426 020426 2603194
Comisión de las Naciones Unidas para el Derecho Mercantil Internacional 59º período de sesiones Nueva York, 22 de junio a 10 de julio de 2026
Actividades no legislativas
Recursos y financiación
Nota de la Secretaría
Adición
Índice Página
I. Introducción ................................ ................................ 2
II. Recursos y financiación ................................ ....................... 2
A. Fondo fiduciario para simposios de la CNUDMI ................................ 2
B. Fondo fiduciario establecido con objeto de conceder asistencia para gastos de viaje a los países en desarrollo que son miembros de la Comisión ........................... 2A/CN.9/1250/Add.9/rev.1
V.26-03194 2/3
I. Introducción
1. En el documento A/CN.9/1174/Add.9 figura información de antecedentes sobre la función que desempeñan los recursos extrapresupuestarios en el contexto de la ejecución de las actividades no legislativas de la CNUDMI, y la necesidad que existe de que se proporcionen esos recursos. En la pres ente nota se informa sobre los recursos y la financiación de las actividades no legislativas recibidos entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2025.
II. Recursos y financiación
financiación de las actividades no legislativas recibidos entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2025.
II. Recursos y financiación
A. Fondo fiduciario para simposios de la CNUDMI
2. Mediante el fondo fiduciario para simposios de la CNUDMI, entre otras fuentes, se financian varias actividades no legislativas de la secretaría de la Comisión, como iniciativas para el fomento de la capacidad judicial y la participación de miembros del personal y otros expertos en seminarios y otros eventos orientados a responder a las necesidades de reforma del derecho mercantil y la adopción y utilización de los textos de la CNUDMI. Las contribuciones al fondo fiduciario también apoyan una amplia gama de actividades conexas, como el mantenimiento de la presencia en línea de la CNUDMI.
3. Durante el año 2025 se recibieron las siguientes contribuciones para el fondo fiduciario en apoyo de actividades no legislativas: a) 69.684 dólares de los Estados Unidos aportados por Francia, para apoyar la implementación de la reforma del sistema de solución de controversias entre inversionistas y Estados (SCIE); b) 180.000 dólares de los Estados Unidos aportados por China, de conformidad con un memorando de entendimiento celebrado el 7 de agosto de 2019; c) 380.490 dólares de los Estados Unidos aportados por la Arabia Saudita, de conformidad con un memorando de entendimiento celebrado el 19 de mayo de 2020; d) 99.367 dólares de los Estados Unidos aportados por Suiza, para apoyar la adopción por los Estados de elementos de SCIE finalizados por la CNUDMI; e) 450.000 dólares de los Estados Unidos aportados por el Municipio
d) 99.367 dólares de los Estados Unidos aportados por Suiza, para apoyar la adopción por los Estados de elementos de SCIE finalizados por la CNUDMI; e) 450.000 dólares de los Estados Unidos aportados por el Municipio Metropolitano de Incheon, para apoyar el funcionamiento del Centro Regional de la CNUDMI para Asia y el Pacífico, y f) 196.410 dólares de los Estados Unidos aportados por el Japón, para apoyar las actividades del Centro Regional de la CNUDMI para Asia y el Pacífico relativas a la solución de controversias en la economía digital (SCED).
B. Fondo fiduciario establecido con objeto de conceder asistencia para gastos de viaje a los países en desarrollo que son miembros de la Comisión
4. El fondo fiduciario establecido con objeto de conceder asistencia para gastos de viaje a los países en desarrollo que son miembros de la Comisión, a petición de estos y en consulta con el Secretario General, acepta contribuciones financieras voluntarias de Gobiernos, órganos pertinentes del sistema de las Naciones Unidas, organizaciones, instituciones y particulares. La prestación de esa asistencia aumenta la representación de expertos de los países en desarrollo en los períodos de sesiones de la CNUDMI, lo que es esencial para incrementar los conocimientos técnicos y la capacidad a nivel local en esos países a fin de crear entornos regulatorios que propicien la actividad empresarial, el comercio y las inversiones.A/CN.9/1250/Add.9/rev.1
3/3 V.26-03194
5. En 2025 se recibieron de Austria 4.637,20 dólares de los Estados Unidos en concepto de contribuciones para ese fondo fiduciario. (La contribución a que se hace
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