CNUDMI - Ley Modelo de la CNUDMI sobre Garantías Mobiliarias (2016)
CNUDMI - Comisión de las Naciones Unidas para el Derecho Mercantil Internacional
Descargar PDF
Disponible
Detalles
- Título
- CNUDMI - Ley Modelo de la CNUDMI sobre Garantías Mobiliarias (2016)
- Autor
- CNUDMI - Comisión de las Naciones Unidas para el Derecho Mercantil Internacional
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Internacional Privado
- Año
- 2016
CNUDMI COMISIÓN DE LAS NACIONES UNIDAS
PARA EL DERECHO MERCANTIL INTERNACIONAL
NACIONES UNIDAS Ley Modelo de la CNUDMI sobre Garantías MobiliariasPara mayor información, sírvase dirigirse a: Secretaría de la CNUDMI, Centro Internacional de Viena, Apartado postal 500, 1400 Viena, Austria
Teléfono: (+43-1) 26060-4060 Telefax: (+43-1) 26060-5813
Internet: uncitral.un.org Correo electrónico: uncitral@un.orgLey Modelo de la CNUDMI
sobre Garantías Mobiliarias
NACIONES UNIDAS
Viena, 2019 COMISIÓN DE LAS NACIONES UNIDAS PARA EL DERECHO MERCANTIL INTERNACIONALNota Las signaturas de los documentos de las Naciones Unidas se componen de letras y cifras. La mención de una de tales signaturas indica que se hace referencia a un documento de las Naciones Unidas. © Naciones Unidas, septiembre de 2019. Reservados todos los derechos a nivel mundial. Las denominaciones empleadas en esta publicación y la forma en que aparecen presentados los datos que contiene no implican, de parte de la Secretaría de las Naciones Unidas, juicio alguno sobre la condición jurídica de países, territorios, ciudades o zonas, o de sus autoridades, ni respecto del trazado de sus fronteras o límites.
Producción de la publicación: Sección de Servicios en Inglés, Publicaciones y
Biblioteca, Oficina de las Naciones Unidas en Viena.
PUBLICACIÓN DE LAS NACIONES UNIDAS eISBN: 978-92-1-060235-8iii
Índice Página Ley Modelo de la CNUDMI sobre Garantías Mobiliarias ................... 1 Capítulo I. Ámbito de aplicación y disposiciones generales ............ 1
PUBLICACIÓN DE LAS NACIONES UNIDAS eISBN: 978-92-1-060235-8iii
Índice Página Ley Modelo de la CNUDMI sobre Garantías Mobiliarias ................... 1 Capítulo I. Ámbito de aplicación y disposiciones generales ............ 1 Artículo 1. Ámbito de aplicación ................. 1 Artículo 2. Definiciones y normas interpretativas .. 2 Artículo 3. Autonomía de las partes ............... 7 Artículo 4. Normas generales de conducta ........ 7 Artículo 5. Origen internacional y principios generales ............................ 8 Capítulo II. Constitución de una garantía mobiliaria ................... 9
A. Normas generales . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 9
Artículo 6. Constitución de una garantía mobiliaria y requisitos del acuerdo de garantía ........................... 9 Artículo 7. Obligaciones que podrán garantizarse .. 10 Artículo 8. Bienes que podrán gravarse............ 10 Artículo 9. Descripción de los bienes gravados y de las obligaciones garantizadas ........ 10 Artículo 10. Derecho al producto y a fondos entremezclados ...................... 10 Artículo 11. Bienes corporales mezclados en una masa o transformados en un producto elaborado ............................ 11 Artículo 12. Extinción de las garantías mobiliarias .. 11
B. Normas sobre determinados tipos de bienes ........... 11
Artículo 13. Limitaciones contractuales a la constitución de garantías mobiliarias sobre créditos por cobrar .............. 11iv Página
B. Normas sobre determinados tipos de bienes ........... 11
Artículo 13. Limitaciones contractuales a la constitución de garantías mobiliarias sobre créditos por cobrar .............. 11iv Página Artículo 14. Derechos personales o reales que garanticen o contribuyan a garantizar el pago u otra forma de cumplimiento de créditos por cobrar u otros bienes incorporales gravados, o de títulos negociables gravados ................. 12 Artículo 15. Derechos al cobro de fondos acreditados en una cuenta bancaria .... 13 Artículo 16. Documentos negociables y bienes corporales comprendidos en ellos ...... 13 Artículo 17. Bienes corporales respecto de los cuales se ejerzan derechos de propiedad intelectual ................. 13 Capítulo III. Oponibilidad de una garantía mobiliaria a terceros ......... 15
A. Normas generales . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 15
Artículo 18. Métodos principales para lograr la oponibilidad a terceros ................ 15 Artículo 19. Producto ............................ 15 Artículo 20. Bienes corporales mezclados en una masa o transformados en un producto elaborado ............................ 16 Artículo 21. Cambio del método utilizado para lograr la oponibilidad a terceros ........ 16 Artículo 22. Cese de la oponibilidad a terceros ...... 16 Artículo 23. Continuidad de la oponibilidad a terceros al sustituirse la ley aplicable por la presente Ley ................... 16 Artículo 24. Garantías mobiliarias de adquisición sobre bienes de consumo.............. 17
Artículo 23. Continuidad de la oponibilidad a terceros al sustituirse la ley aplicable por la presente Ley ................... 16 Artículo 24. Garantías mobiliarias de adquisición sobre bienes de consumo.............. 17
B. Normas sobre determinados tipos de bienes ........... 17
Artículo 25. Derechos al cobro de fondos acreditados en una cuenta bancaria .... 17 Artículo 26. Documentos negociables y bienes corporales comprendidos en ellos ...... 17v Página Artículo 27. Valores no intermediados inmaterializados ...................... 18 Capítulo IV . El sistema registral ....................................... 19 Artículo 28. Creación del Registro ................. 19 Disposiciones Modelo sobre el Registro ................... 19
A. Normas generales . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 19
Artículo 1. Definiciones y normas interpretativas .. 19 Artículo 2. Autorización de la inscripción por el otorgante ............................ 20 Artículo 3. Suficiencia de una única notificación respecto de varias garantías mobiliarias . 21 Artículo 4. Inscripción anticipada ................ 21
B. Acceso a los servicios registrales ...................... 22
Artículo 5. Condiciones exigidas para acceder a los servicios registrales ................... 22 Artículo 6. Rechazo de la inscripción de una notificación o de una solicitud de información.......................... 22 Artículo 7. Información sobre la identidad del solicitante de una inscripción y análisis por el Registro de la forma o el contenido de una notificación ......... 23
notificación o de una solicitud de información.......................... 22 Artículo 7. Información sobre la identidad del solicitante de una inscripción y análisis por el Registro de la forma o el contenido de una notificación ......... 23
C. Inscripción de notificaciones ......................... 23
Artículo 8. Información que deberá consignarse en las notificaciones iniciales .......... 23 Artículo 9. Dato identificador del otorgante ....... 24 Artículo 10. Dato identificador del acreedor garantizado .......................... 25 Artículo 11. Descripción de los bienes gravados ..... 25 Artículo 12. Idioma de la información consignada en las notificaciones .................. 25 Artículo 13. Momento a partir del cual surtirá efecto la inscripción de una notificación ...... 26vi Página Artículo 14. Plazo de vigencia de la inscripción de una notificación . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 27 Artículo 15. Obligación de enviar una copia de las notificaciones inscritas ................ 28
D. Inscripción de notificaciones de modificación o de cancelación ......................................... 29
Artículo 16. Derecho a inscribir una notificación de modificación o de cancelación ...... 29 Artículo 17. Información que deberá consignarse en las notificaciones de modificación ... 30 Artículo 18. Modificación global de la información relativa al acreedor garantizado ........ 30 Artículo 19. Información que deberá consignarse en las notificaciones de cancelación .... 30 Artículo 20. Inscripción obligatoria de una notificación de modificación o de cancelación .......................... 30
Artículo 19. Información que deberá consignarse en las notificaciones de cancelación .... 30 Artículo 20. Inscripción obligatoria de una notificación de modificación o de cancelación .......................... 30 Artículo 21. Eficacia de la inscripción de notificaciones de modificación o de cancelación no autorizadas por el acreedor garantizado.................. 32
E. Consultas .......................................... 33
Artículo 22. Criterios de búsqueda ................ 33 Artículo 23. Informes de búsqueda ................ 33
F. Errores y cambios posteriores a la inscripción .......... 34
Artículo 24. Errores en la información exigida cometidos por el solicitante de la inscripción ........................... 34 Artículo 25. Modificación del dato identificador del otorgante con posterioridad a la inscripción ........................... 36 Artículo 26. T ransmisión de un bien gravado con posterioridad a la inscripción .......... 37
G. Organización del Registro y del fichero registral ....... 39vii Página Artículo 27. El registrador ........................ 39
Artículo 28. Organización de la información en el fichero registral....................... 40 Artículo 29. Integridad de la información contenida en el fichero registral .................. 41 Artículo 30. Retiro y archivo de información contenida en el fichero registral de acceso público ....................... 41 Artículo 31. Corrección de errores cometidos por el Registro ............................. 42 Artículo 32. Limitación de la responsabilidad del Registro ............................. 44 Artículo 33. T asas registrales ...................... 45 Capítulo V . Prelación de las garantías mobiliarias ...................... 47
Registro ............................. 42 Artículo 32. Limitación de la responsabilidad del Registro ............................. 44 Artículo 33. T asas registrales ...................... 45 Capítulo V . Prelación de las garantías mobiliarias ...................... 47
A. Normas generales . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 47
Artículo 29. Concurrencia de garantías mobiliarias constituidas por el mismo otorgante ... 47 Artículo 30. Concurrencia de garantías mobiliarias constituidas por distintos otorgantes ... 47 Artículo 31. Concurrencia de garantías mobiliarias en caso de cambio del método utilizado para lograr la oponibilidad a terceros ... 48 Artículo 32. Concurrencia de garantías mobiliarias sobre el producto ..................... 48 Artículo 33. Concurrencia de garantías mobiliarias sobre bienes corporales mezclados en una masa o transformados en un producto elaborado................... 48 Artículo 34. Concurrencia de garantías mobiliarias y derechos de compradores u otros adquirentes, arrendatarios o licenciatarios de un bien gravado ....... 49viii Página Artículo 35. Efectos de la insolvencia del otorgante en la prelación de una garantía mobiliaria............................ 50 Artículo 36. Concurrencia de garantías mobiliarias y créditos privilegiados ................ 50 Artículo 37. Concurrencia de garantías mobiliarias y derechos de acreedores judiciales ..... 50 Artículo 38. Concurrencia de garantías mobiliarias de adquisición y garantías mobiliarias sin fines de adquisición ............... 51
Artículo 37. Concurrencia de garantías mobiliarias y derechos de acreedores judiciales ..... 50 Artículo 38. Concurrencia de garantías mobiliarias de adquisición y garantías mobiliarias sin fines de adquisición ............... 51 Artículo 39. Concurrencia de garantías mobiliarias de adquisición ....................... 53 Artículo 40. Concurrencia de garantías mobiliarias de adquisición y derechos de acreedores judiciales .................. 54 Artículo 41. Concurrencia de garantías mobiliarias sobre el producto de un bien gravado por una garantía mobiliaria de adquisición .......................... 54 Artículo 42. Concurrencia de garantías mobiliarias de adquisición que se extiendan a una masa o a un producto elaborado y garantías mobiliarias sin fines de adquisición que graven la masa o el producto elaborado................... 55 Artículo 43. Subordinación ....................... 55 Artículo 44. Anticipos futuros y bienes futuros gravados ............................. 56 Artículo 45. Irrelevancia del conocimiento de la existencia de una garantía mobiliaria ... 56
B. Normas sobre determinados tipos de bienes ........... 56
Artículo 46. Títulos negociables . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 56 Artículo 47. Derechos al cobro de fondos acreditados en una cuenta bancaria .... 57 Artículo 48. Dinero .............................. 58ix Página Artículo 49. Documentos negociables y bienes corporales comprendidos en ellos ...... 58 Artículo 50. Propiedad intelectual ................. 59 Artículo 51. Valores no intermediados ............. 59
Página Artículo 49. Documentos negociables y bienes corporales comprendidos en ellos ...... 58 Artículo 50. Propiedad intelectual ................. 59 Artículo 51. Valores no intermediados ............. 59 Capítulo VI. Derechos y obligaciones de las partes y los terceros obligados ............................................... 61 Sección I. Derechos y obligaciones recíprocos de las partes en un acuerdo de garantía .............. 61
A. Normas generales . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 61
Artículo 52. Fuentes de los derechos y obligaciones recíprocos de las partes ............... 61 Artículo 53. Obligación de la parte que esté en posesión del bien gravado de actuar con diligencia razonable............... 61 Artículo 54. Obligación del acreedor garantizado de devolver el bien gravado ............ 61 Artículo 55. Derecho del acreedor garantizado a utilizar e inspeccionar el bien gravado y a que se le reintegren los gastos ....... 62 Artículo 56. Derecho del otorgante a obtener información.......................... 62
B. Normas sobre determinados tipos de bienes ........... 62
Artículo 57. Declaraciones del otorgante de una garantía mobiliaria sobre un crédito por cobrar ........................... 62 Artículo 58. Derecho del otorgante o del acreedor garantizado a notificar al deudor del crédito por cobrar .................... 63 Artículo 59. Derecho del acreedor garantizado a recibir el pago de un crédito por cobrar . 63 Artículo 60. Derecho del acreedor garantizado a
garantizado a notificar al deudor del crédito por cobrar .................... 63 Artículo 59. Derecho del acreedor garantizado a recibir el pago de un crédito por cobrar . 63 Artículo 60. Derecho del acreedor garantizado a preservar los derechos de propiedad intelectual gravados................... 64x Página Sección II. Derechos y obligaciones de los terceros obligados ................................... 64
A. Créditos por cobrar ................................. 64
Artículo 61. Protección del deudor de un crédito por cobrar ........................... 64 Artículo 62. Notificación de una garantía mobiliaria sobre un crédito por cobrar ............ 64 Artículo 63. Pago liberatorio del deudor de un crédito por cobrar .................... 65 Artículo 64. Excepciones y derechos de compensación que podrá invocar el deudor de un crédito por cobrar ....... 66 Artículo 65. Acuerdo de no oponer excepciones o derechos de compensación .......... 67 Artículo 66. Modificación del contrato que dio origen a un crédito por cobrar ......... 67 Artículo 67. Reintegro de pagos ................... 68
B. Títulos negociables.................................. 68
Artículo 68. Derechos que podrán invocarse frente al obligado en virtud de un título negociable ........................... 68
C. Derechos al cobro de fondos acreditados en una cuenta bancaria ............................................ 68
Artículo 69. Derechos que podrán invocarse frente a la institución depositaria ............. 68
D. Documentos negociables y bienes corporales comprendidos en ellos ............................... 69
bancaria ............................................ 68 Artículo 69. Derechos que podrán invocarse frente a la institución depositaria ............. 68
D. Documentos negociables y bienes corporales comprendidos en ellos ............................... 69
Artículo 70. Derechos que podrán invocarse frente al emisor de un documento negociable . 69
E. Valores no intermediados ............................ 69
Artículo 71. Derechos que podrán invocarse frente al emisor de un valor no intermediado .. 69 Capítulo VII. Ejecución de una garantía mobiliaria ...................... 71
A. Normas generales . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 71xi Página Artículo 72. Derechos posteriores al incumplimiento ...................... 71
Artículo 73. Métodos de ejercicio de los derechos posteriores al incumplimiento ......... 71 Artículo 74. Medidas otorgables en caso de incumplimiento ...................... 72 Artículo 75. Derecho de las personas afectadas a poner fin a la ejecución .............. 72 Artículo 76. Derecho de un acreedor garantizado con mayor grado de prelación a asumir la ejecución .......................... 73 Artículo 77. Derecho del acreedor garantizado a obtener la posesión del bien gravado ... 73 Artículo 78. Derecho del acreedor garantizado a enajenar el bien gravado............... 74 Artículo 79. Distribución del producto de la enajenación de un bien gravado y responsabilidad del deudor en caso de insuficiencia del producto ............. 75 Artículo 80. Derecho a proponer la adquisición de
Artículo 79. Distribución del producto de la enajenación de un bien gravado y responsabilidad del deudor en caso de insuficiencia del producto ............. 75 Artículo 80. Derecho a proponer la adquisición de un bien gravado por el acreedor garantizado .......................... 76 Artículo 81. Derechos adquiridos sobre un bien gravado.............................. 77
B. Normas sobre determinados tipos de bienes ........... 78
Artículo 82. Obtención del pago................... 78 Artículo 83. Obtención del pago por un cesionario puro y simple de un crédito por cobrar . 79 Capítulo VIII. Conflicto de leyes........................................ 81
A. Normas generales . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 81
Artículo 84. Derechos y obligaciones recíprocos del otorgante y el acreedor garantizado .... 81xii Página Artículo 85. Garantías mobiliarias sobre bienes corporales ........................... 81 Artículo 86. Garantías mobiliarias sobre bienes incorporales ......................... 82 Artículo 87. Garantías mobiliarias sobre créditos por cobrar relacionados con bienes inmuebles ........................... 82 Artículo 88. Ejecución de garantías mobiliarias ..... 82 Artículo 89. Garantías mobiliarias sobre el producto.. 82 Artículo 90. Significado de “ubicación” del otorgante . 83 Artículo 91. Momento que se tendrá en cuenta para determinar la ubicación .......... 83 Artículo 92. Exclusión de la remisión .............. 83
Artículo 90. Significado de “ubicación” del otorgante . 83 Artículo 91. Momento que se tendrá en cuenta para determinar la ubicación .......... 83 Artículo 92. Exclusión de la remisión .............. 83 Artículo 93. Normas imperativas inderogables y orden público ........................ 84 Artículo 94. Efectos de la apertura de un procedimiento de insolvencia en la ley aplicable a las garantías mobiliarias ..... 84 Artículo 95. Estados multiterritoriales ............. 85
B. Normas sobre determinados tipos de bienes ........... 85
Artículo 96. Derechos y obligaciones entre los terceros obligados y los acreedores garantizados ......................... 85 Artículo 97. Garantías mobiliarias sobre derechos al cobro de fondos acreditados en una cuenta bancaria ...................... 85 Artículo 98. Oponibilidad a terceros obtenida mediante inscripción registral de garantías mobiliarias sobre determinados tipos de bienes .......... 86 Artículo 99. Garantías mobiliarias sobre derechos de propiedad intelectual .............. 87 Artículo 100. Garantías mobiliarias sobre valores no intermediados ..................... 87xiii Página Capítulo IX. Disposiciones transitorias ................................ 89 Artículo 101. Modificación y derogación de otras leyes................................. 89 Artículo 102. Aplicabilidad general de la presente Ley . 89 Artículo 103. Aplicabilidad de la ley anterior a asuntos objeto de acciones iniciadas antes de la entrada en vigor de la presente Ley ......................... 89 Artículo 104. Aplicabilidad de la ley anterior a la constitución de una garantía mobiliaria anterior.............................. 90
asuntos objeto de acciones iniciadas antes de la entrada en vigor de la presente Ley ......................... 89 Artículo 104. Aplicabilidad de la ley anterior a la constitución de una garantía mobiliaria anterior.............................. 90 Artículo 105. Disposiciones transitorias para determinar la oponibilidad a terceros de una garantía mobiliaria anterior ..... 90 Artículo 106. Aplicación de la ley anterior a la prelación de una garantía mobiliaria anterior frente a los derechos adquiridos por reclamantes concurrentes en virtud de la ley anterior ...................... 91 Artículo 107. Entrada en vigor de la presente Ley .... 911 Ley Modelo de la CNUDMI sobre Garantías Mobiliarias 1 Capítulo I. Ámbito de aplicación y disposiciones generales Artículo 1. Ámbito de aplicación
1. La presente Ley será aplicable a las garantías reales sobre bienes muebles.
2. Con excepción de los artículos 72 a 82, la presente Ley se aplicará a las cesio nes puras y simples de créditos por cobrar celebradas por acuerdo de partes.
3. Sin perjuicio de lo dispuesto en el párrafo 1, la presente Ley no será aplicable a las garantías mobiliarias que graven: a) El derecho a solicitar el pago o a percibir el producto en virtud de una garantía independiente o una carta de crédito; b) Derechos de propiedad intelectual, en la medida en que la presente Ley sea incompatible con [la ley relativa a la propiedad intelectual que indique el Estado promulgante]2; c) Valores intermediados; [o] d) Derechos de cobro que nazcan o dimanen de contratos financieros que se rijan por acuerdos de compensación global, con excepción de los derechos de
promulgante]2; c) Valores intermediados; [o] d) Derechos de cobro que nazcan o dimanen de contratos financieros que se rijan por acuerdos de compensación global, con excepción de los derechos de cobro que nazcan a raíz de la conclusión de todas las operaciones pendientes[; o 1 Se entiende por “operación garantizada” toda operación por la que se constituya una garantía real sobre un bien mueble. Por lo tanto, no existe una diferencia de fondo entre el título de la Ley Modelo en los idiomas que no utilizan la expresión “operación garantizada” en su respectiva versión y el título de la Guía legislativa de la CNUDMI sobre las operaciones garantizadas. 2 Esta disposición puede no ser necesaria si el Estado promulgante ha coordinado, o ha regulado de alguna otra manera, la relación entre la presente Ley y las disposiciones de su legislación sobre propiedad intelectual que se refieran a las operaciones garantizadas.2 Ley Modelo de la CNUDMI sobre Garantías Mobiliarias e) Los demás tipos de bienes que indique el Estado promulgante, como los que estén sujetos a regímenes especiales de operaciones garantizadas e inscripción registral basada en los bienes con arreglo a otra ley, en la medida en que esa otra ley rija las cuestiones previstas en la presente Ley] 3.
4. La presente Ley no será aplicable a las garantías reales sobre el producto de bienes gravados si el producto es un tipo de bien al que no se aplique la presente Ley, en la medida en que [cualquier otra ley que indique el Estado promulgante] sea aplicable a las garantías reales sobre esos tipos de bienes y rija las cuestiones previstas en la presente Ley.
5. Nada de lo dispuesto en la presente Ley afectará a los derechos y obligaciones
sea aplicable a las garantías reales sobre esos tipos de bienes y rija las cuestiones previstas en la presente Ley.
5. Nada de lo dispuesto en la presente Ley afectará a los derechos y obligaciones que correspondan al otorgante y al deudor de un crédito por cobrar en virtud de otras leyes que rijan la protección de las partes que realicen operaciones con fines personales, familiares o domésticos.
6. Nada de lo dispuesto en la presente Ley dejará sin efecto las disposiciones de cualquier otra ley que limiten la constitución o la ejecución de una garantía mobiliaria sobre determinados tipos de bienes o la posibilidad de transmitirlos, salvo si esas disposiciones limitan la constitución o la ejecución de una garantía mobiliaria sobre un bien o la posibilidad de transmitirlo por la sola razón de que se trate de un bien futuro, una fracción de un bien o un derecho indiviso sobre un bien.
Artículo 2. Definiciones y normas interpretativas A los efectos de la presente Ley: a) Por “acreedor garantizado” se entenderá: i) T oda persona que tenga una garantía mobiliaria; y ii) El cesionario en una cesión pura y simple de un crédito por cobrar celebrada por acuerdo de partes; b) Por “acreedor garantizado financiador de adquisiciones” se entenderá todo acreedor garantizado que tenga una garantía mobiliaria de adquisición; c) Por “acuerdo de compensación global” se entenderá todo acuerdo celebrado entre dos o más partes que contenga una o más de las siguientes estipulaciones: 3 Si el Estado promulgante decidiera introducir otra u otras excepciones, debería establecer solo unas pocas y enunciarlas de manera clara y concreta en la ley por la que incorpore la Ley Modelo a su derecho interno.Capítulo I. Ámbito de aplicación y disposiciones generales 3
unas pocas y enunciarlas de manera clara y concreta en la ley por la que incorpore la Ley Modelo a su derecho interno.Capítulo I. Ámbito de aplicación y disposiciones generales 3 i) La liquidación neta, ya sea mediante novación o de alguna otra manera, de los pagos adeudados en una misma moneda que venzan en la misma fecha; ii) En caso de insolvencia u otro incumplimiento de una de las partes, la liquidación de todas las operaciones pendientes a su valor de sustitución o a su valor real de mercado y la conversión de esas sumas a una sola moneda y a un único saldo neto que una de las partes abonará a la otra; o iii) La compensación de los saldos calculados en la forma indicada en el inciso ii) que se adeuden en virtud de dos o más acuerdos de compensación global; d) Por “acuerdo de control” se entenderá: i) Con respecto a los valores no intermediados inmaterializados, todo acuerdo celebrado por escrito entre el emisor, el otorgante y el acreedor garantizado conforme al cual el emisor acepte seguir las instrucciones del acreedor garantizado en relación con los valores sin que se requiera el ulterior consentimiento del otorgante; y ii) Con respecto a los derechos al cobro de fondos acreditados en una cuenta bancaria, todo acuerdo celebrado por escrito entre la insti tución depositaria, el otorgante y el acreedor garantizado conforme al cual la institución depositaria acepte seguir las instrucciones del acreedor garantizado en relación con el pago de fondos acreditados en la cuenta bancaria sin que se requiera el ulterior consentimiento del otorgante; e) Por “acuerdo de garantía” se entenderá: i) T odo acuerdo celebrado entre un otorgante y un acreedor garanti
en la cuenta bancaria sin que se requiera el ulterior consentimiento del otorgante; e) Por “acuerdo de garantía” se entenderá: i) T odo acuerdo celebrado entre un otorgante y un acreedor garanti zado en que se estipule la constitución de una garantía mobiliaria, independientemente de que las partes lo denominen o no acuerdo de garantía; y ii) T odo acuerdo en que se estipule una cesión pura y simple de un crédito por cobrar; f) Por “bien corporal” se entenderá cualquier bien mueble corporal. Salvo en el caso del artículo 2, apartados g) , v), x), z) y hh), y de los artículos 11, 20, 33, 34 y 38 a 42, el término abarcará el dinero, los títulos negociables, los documentos negociables y los valores no intermediados materializados; g) Por “bien de equipo” se entenderá todo bien corporal que el otorgante uti lice o se proponga utilizar principalmente en la explotación de su negocio, excluidas las existencias y los bienes de consumo;4 Ley Modelo de la CNUDMI sobre Garantías Mobiliarias h) Por “bien futuro” se entenderá todo bien mueble que no exista, o sobre el cual el otorgante no tenga derechos, o que el otorgante no esté facultado para gravar, en el momento de celebrarse el acuerdo de garantía; i) Por “bien gravado” se entenderá: i) T odo bien mueble sobre el que exista una garantía real; y ii) T odo crédito por cobrar que haya sido objeto de una cesión pura y simple celebrada por acuerdo de partes; j) Por “bien incorporal” se entenderá todo bien mueble que no sea un bien corporal; k) Por “bien mueble” se entenderá todo bien corporal o incorporal que no
y simple celebrada por acuerdo de partes; j) Por “bien incorporal” se entenderá todo bien mueble que no sea un bien corporal; k) Por “bien mueble” se entenderá todo bien corporal o incorporal que no sea un bien inmueble; l) Por “bienes de consumo” se entenderá los bienes que el otorgante utilice o se proponga utilizar principalmente con fines personales, familiares o domésticos; m) Por “conocimiento” se entenderá el conocimiento efectivo; n) Por “contrato financiero” se entenderá toda operación al contado, a plazo, de futuros, de opción o de permuta financiera relativa a tipos de interés, productos básicos, monedas, acciones, obligaciones, índices u otros instrumentos financieros, toda operación de préstamo o de recompra de valores, y cualquier otra operación similar a alguna de las anteriormente mencionadas que se concierte en un mercado financiero, así como cualquier combinación de esas operaciones; o) Por “crédito por cobrar” se entenderá el derecho a obtener el cumpli miento de una obligación pecuniaria, con excepción del derecho de cobro docu mentado en un título negociable, el derecho al cobro de fondos acreditados en una cuenta bancaria y el derecho de cobro que dimane
Estás viendo una vista previa
Lee el documento completo con Ariel
Este es un fragmento de uno de los más de 1.2 millones de documentos de la biblioteca de Ariel. Crea tu cuenta para leerlo completo, descargarlo y consultarlo con Ariel, que siempre te lleva a la fuente exacta: Ariel NO alucina.