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COLDEPORTES - Resolución 001541 de 2018

Ministerio de Deporte

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Detalles

Título
COLDEPORTES - Resolución 001541 de 2018
Autor
Ministerio de Deporte
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Deporte
Año
2018

REPÚBLICA DE COLOMBIA

DEPARTAMENTO ADMINIS TRATIVO DEL DEPORTE, LA RECREACIÓN, LA ACTIVIDAD FÍSICA Y EL APROVECHAMIENTO DEL TIEMPO LIBRE - COLDEPORTES RESOLUCIÓN No. Ü Q 1 5 4 1I DE i 5 JUL 2018 "Por fa cual se adopta el Plan Nacional de Capacitación en Administración Deportiva como requisito para ser miembro de dirección y administración de organismos deportivos, personal técnico y de juzgamiento, pertenecientes al Sistema Nacional del Deporle." LA DIRECTORA DEL DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DEL DEPORTE, LA RECREACIÓN, LA ACTIVIDAD FÍSICA Y EL APROVE CHAMIENTO DEL TIEMPO LIBRE -COLDEPORTESEn uso de las facultades legales y en especial las conferidas en el Decreto Ley 4183 de 2011, el Decreto Ley 1228 de 1995, y CONSIDERANDO: Que de conformidad con el articulo 3 del decreto 4183 de 2011, el Departamento Administrativo del Deporte, la Recreación, la Aclividad Física y el Aprovechamiento del Tiempo Libre, COLDEPORTES, tiene como objetivo, dentro del marco de sus competencias y de la ley, formular, adoptar, dirigir, coordinar y ejecutar la política pública, planes, programas y proyectos en materia el deporte, la recreación, el aprovechamiento del tiempo libre y la actividad física, para promover el bienestar, la calidad de vida, asi como contribuir a la salud pública, a la educación, a la cultura, a la cohesión social, a la conciencia nacional y a las relaciones internacionales, a rravés de la participación de los actores públlcos y privados. Que dentro de las funciones del Departamento Administrativo del Deporte, la Recreación, la Actividad

y a las relaciones internacionales, a rravés de la participación de los actores públlcos y privados. Que dentro de las funciones del Departamento Administrativo del Deporte, la Recreación, la Actividad Física y el Aprovechamiento del Tiempo Libre - COLDEPORTES está la de Formular, adoptar, coordinar la ejecución y evaluar estrategias de la promoción, el fomento, el desarrollo y la orientación del deporte, la recreación, la actividad física, y el aprovechamiento del tiempo libre, y la de Ejercer las funciones de inspección, vigilancia y control sobre los organísmos deportivos y demás entidades que conforman el Sistema Nacional del Deporte. Que el articulo 25 del Decreto Ley 1228 de 1995 establece: "Articulo 25'.-Plan Nacional de Capacitación. Ca/deportes, ofrecerá cursos de administración deportiva dirigidos a los miembros de dirección y administración de los organismos deportivos, personal técnico y 'de juzgamiento, como requisito para el desempeño de -sus funciones", Esta capacitación será atendida por la Escuela Nacional del Deporte, y demás organismos especializados, de conformidad con lo que sobre el parlicular c!isponga el Plan Nacional de Capacitación. Parágrafo Transitorio.- En un término de cuatro (4) años contados a partir de la publicación del presente Decreto, los actuales directivos de los organismos deporlivos deberán acreditar el cumplimiento de este requisito. Vencido este término, será indispensable para ser elegido en los órganos respectivos. Que en los últimos años se ha visto un desarrollo importante del deporte, la recreación y la actividad física en Colombia y con ello también han surgido en las principales ciudades del País centros de formación en Administración Deportiva y afines, mejorando continuamente los procesos y programas académicos que

Que en los últimos años se ha visto un desarrollo importante del deporte, la recreación y la actividad física en Colombia y con ello también han surgido en las principales ciudades del País centros de formación en Administración Deportiva y afines, mejorando continuamente los procesos y programas académicos que plantean y utilizan herramientas pedagógicas acordes con el contexto social y económico, lo cual es muy importante para el desarrollo del Sector. Sin embargo, en algunas ciudades capitales de departamento, y en la mayoría de ciudades intermedias y municipios aún no hay centros de formación profesional o tecnológica en estas materias, razón por la cual, mientras se logra cobertura en todo el territorio nacional, con instituciones de educación superior que formen profesionales en administración deportiva y afines,\\\)\DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DEL DEPORTE, LA RECREACIÓN, LA ACTIVIDAD

FÍSICA Y EL APROVECHAMIENTO DEL TIEMPO LIBRE -COLDEPORTES

RESOLUCIÓN No. 0 Q 1 5 4 1 DE 1 5 l\l! 2018 cdntinuación: "Por la cual se adopta el Plan Nacional de Capacitación en Administración Deportiva como re l uisito para ser miembro de dirección y administración de organismos deportivos, personal técnico y de juzgamiento, pertenecientes al Sistema Nacional del Deporte." .. ---------------------------------- --------·---------· ·--------·----------·-·-·-------·-------·------ for ula el presente plan, con el fin de aumentar y mejorar los niveles de capacitación para que las personas que fi aspiren a ocupar cargos en la dirigencia deportiva y personal técnico y de juzgamiento, antes de tomar pos sión al menos hayan asistido a un curso a nivel de diplomado en Administración Deportiva, lo que imp ica precisar los contenidos académicos, aumentar el tiempo de dedicación a la capacitación y

pos sión al menos hayan asistido a un curso a nivel de diplomado en Administración Deportiva, lo que imp ica precisar los contenidos académicos, aumentar el tiempo de dedicación a la capacitación y cu¡1ificación del equipo de formación. Qu$ conforme con lo indicado en el punto anterior, la capacitación a impartir se enmarca dentro de la ed i cación informal que tiene como objetivo brindar oportunidades para complementar, actualizar, pe eccionar, renovar o profundizar conocimientos, habilidades, técnicas y prácticas. Hacen parte de esta ofe a educativa aquellos cursos que tengan una duración inferior a ciento sesenta (160) horas. Su orgfinización, oferta y desarrollo no requieren de registro por parte de la secretaría de educación de la entjdad territorial certificada y sólo darán lugar a la expedición de una constancia de asistencia, segfin lo indtca el Articulo 2.6.6.8 del Decreto 1075 de 2015 - Por medio del cual se expide el Decreto Unico Rer'amentario del Sector Educación. Qufi según la norma antes citada, para el ofrecimiento de esta capacitación deben cumplir con lo est fi blecido en el artículo 47 del Decreto-ley 2150 de 1995; y toda promoción que se realice, respecto de est modalidad deberá indicar claramente que se trata de educación informal y que no conduce a título alg no o certificado de aptitud ocupacional. Qu con el propósito de identificar las necesidades en materia de capacitación que impiden el buen de empeño de los integrantes del Sistema Nacional del Deporte, las cuales pueden ser tratadas o su eradas a través de jornadas de capacitación en espacios teórico-prácticos, se realizó un requerimiento de información sobre: "Las necesidades más apremiantes en materia de capacitación para los miembros

su eradas a través de jornadas de capacitación en espacios teórico-prácticos, se realizó un requerimiento de información sobre: "Las necesidades más apremiantes en materia de capacitación para los miembros de dirección y administración de los organismos deportivos, personal técnico y de juzgamiento que int f ractúan en el Sistema Nacional del Deporte y que pudieran ser disminuidas o superadas a través de capacitación o fortalecimiento conceptual y práctico", a las siguientes entidades: • Institutos Departamentales de Deporte, Recreación y Aprovechamiento del Tiempo Libre. • Federaciones deportivas nacionales.

  • Comité Olímpico Colombiano
  • Comité Paralímpico Colombiano.

Q e igualmente y con el propósito indicado en el punto anterior, se hizo requerimiento de información s i re: "Las falencias, equivocaciones y problemas identificados en la Dirección a su cargo con los m, mbros de dirección y administración de los organismos deportivos, personal técnico y de juzgamiento, q e interactúan en el Sistema Nacional del Deporte, que pudieran ser disminuidas o superadas a través d9t capacitación o fortalecimiento conceptual y práctico con el fin de incluirlas en el plan Nacional de Cr:1pacitación de Ca/deportes", a las direcciones técnicas de Posicionamiento y Liderazgo Deportivo, Fomento y Desarrollo, y al Grupo Interno de Atención al Ciudadano y a los coordinadores de los grupos in emos de trabajo de la Dirección de Inspección, Vigilancia y Control. Qfie adicional a lo anterior, se tuvieron en cuenta las repuestas obtenidas del cuestionario aplicado a los pc¡rticipantes del curso de Administración Deportiva que desarrolló el Departamento Administrativo del D,porte, la Recreación, la Actividad Física y el Aprovechamiento del Tiempo Libre, COLDEPORTES en

pc¡rticipantes del curso de Administración Deportiva que desarrolló el Departamento Administrativo del D,porte, la Recreación, la Actividad Física y el Aprovechamiento del Tiempo Libre, COLDEPORTES en lo departamentos de Amazonas, Caquetá, Casanare y Quindío durante el año 2017 y los resultados de la encuesta de medición de la percepción de calidad del servicio que aplicó el grupo interno de trabajo At;ención al Ciudadano en los departamentos del Cesar, Santander, Cundinamarca y Antioquia en el año 2 18. O••> ................. q Ad, ........................ ñ dal o_, ... ._,""'•· ,_ NGGr6AC,IOMI ·-A<11-.h,t,1 ....... ,.íe.a y ... Ap . ..-6y<(l.<1,n-fi, ... .,,o ctel Tufi ... ·fiLn, ... • CC>Lt..>1!11 ... C>H f "· ....... "'" Nnn.....-11 PRX (57'"t>4'\?7o.:.o p.,.,,, ft:110030fi ....... Tfi&Z éO<g<>•• • c:010.-. ... , .... ... 1 ,,._, .. rl• .._. ... •••-•<"•.,.••::• o:>tt..:;• .. n•••uo O"A000P•o23Y fi Cl'i-,."t) ..i!.lr.!t'!'l7'•7 • ;a111••00!loO .,e.,. .... >?82•_.DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DEL DEPORTE, LA RECREACIÓN, LA ACTIVIDAD FÍSICA Y EL APROVECHAMIENTO DEL TIEMPO LIBRE -COLDEPORTES RESOLUCIÓN No. Q Ü ] 5 4 1 DE __ ifi5-JfiU-L_10_18 __ _ Continuación: "Por la cual se adopta el Plan Nacional de Capacitación en Administración Deportiva como

RESOLUCIÓN No. Q Ü ] 5 4 1 DE __ ifi5-JfiU-L_10_18 __ _ Continuación: "Por la cual se adopta el Plan Nacional de Capacitación en Administración Deportiva como requisito para ser miembro de dirección y administración de organismos deportivos, personal técnico y de juzgamiento, pertenecientes al Sistema Nacional del Deporte." Que según e! art, 19 numeral 7° es función de la Dirección de Inspección, Vigilancia y Control, brindar capacitación a los integrantes del Sistema Nacional del Deporte, sujetos de inspección, vigilancia y control, sobre la manera como deben cumplirse !as disposiciones que rigen su actividad, fijar los criterios técnicos y jurídicos que faciliten el cumpllmiento de tales normas y señalar los procedimientos para su cabal aplicación, así como sugerir reformas a los estatutos adoptados por los organismos deportivos. Que dada la amplitud de las temáticas de capacitación solicitadas por los distintos organismos que conforman el Sistema Nacional del Deporte y que no es posible abordarlas en su totalidad en un sólo curso académico de corta duración, en el presente documento se ha priorizado un contenido programático que favorezca la aplicación del principio de legalidad acompañado de valores democráticos y participativos con énfasis en aspectos administrativos, financieros y contables, manejo de recursos (públicos y privados) y controles, aspectos que deben conocer y aplicar los miembros de dirección y administración de los organismos deportivos, personal técnico y de juzgamiento para asegurar el cumplimiento de los fines de los organismos que conforman el Sistema Nacional del Deporte, su normal funcionamiento y permanencia en el tiempo. Que de acuerdo con !os registros que se tienen en la Dirección de Inspección, Vigilancia y Control, en el

los organismos que conforman el Sistema Nacional del Deporte, su normal funcionamiento y permanencia en el tiempo. Que de acuerdo con !os registros que se tienen en la Dirección de Inspección, Vigilancia y Control, en el año 2017 se realizaron jornadas de capacitación en Administración Deportiva a 1718 personas y en el primer semestre del año 2018 se capacitaron 658 personas, con una duración de cuarenta (40) horas, realizadas directamente por Co!deportes en coordinación con los entes departamentales, lo cual sirve de referente para la fijación de la meta para los próximos diez (10) años, teniendo presente la especificidad de las temáticas requeridas y el propósito de mejorar los niveles de formación de la dirigencia deportiva y personal técnico y de juzgamiento, lo que demanda una precisión en los contenidos temáticos a abordar, aumento en la intensidad horaria y la cualificación del equipo de formación, dejando explicito que la capacitación pueda ser impartida por otras instituciones además de COLDEPORTES, siempre que cuenten con expertos en los contenidos programáticos a desarrollar y realicen los reportes respectivos a esta entidad. Que este Plan Nacional de Capacitación está orientado a lograr la masificación del conocimiento minimo que deben tener los dirigentes de los organismos deportivos del Sistema, personal técnico y de juzgamiento, como requisito para el desempeño de sus funciones, proyectado a un plazo de diez (1 O) años, 2018-2028. Que conforme con lo anterior y dando cumplimiento a lo señalado en articulo 25 del Decreto Ley 1228 de 1995, se considera necesario adoptar el Plan Nacional de Capacitación orientado a mejorar la calidad en la prestación de los servicios a cargo de los organismos deportivos del Sistema Nacional del Deporte para

1995, se considera necesario adoptar el Plan Nacional de Capacitación orientado a mejorar la calidad en la prestación de los servicios a cargo de los organismos deportivos del Sistema Nacional del Deporte para garantizar la instalación cierta y duradera de competencias y capacidades específicas de los miembros de dirección y administración de tales organismos deportivos, personal técnico y de juzgamiento, En virtud de lo anteriormente expuesto,

RESUELVE:

CAPITULO 1

DEL PLAN NACIONAL DE CAPACITACION EN ADMINISTRACIÓN DEPORTIVA ARTÍCULO PRIMERO.- Adoptar el Plan Nacional de Capacitación, dirigido a los miembros de dirección y administración de los organismos deportivos, personal técnico y de juzgamiento, como requisito para el desempeño de sus funciones, conforme lo dispone el articulo 25 del Decreto Ley 1228 de 1995. \ ":\ =-_,-nan,mn•~ ,._,.,_..,,. • .,,. .. __ .,_, fi-»-~ª• •a fi-fi•-nc.,.-,n •• "'fi"fi"•ª" fi•••fi• y ma --•n~mahmmaan,n <'nO T<n.-wn fi""fi, COL,l>O,PO><''L•,. Av GH N" fi,._.,,. º"'" ,,.,.,,.a,-,-uc,u ...... " C3DD3DD ---· 76<'fi "º"º·" • ,, ........... ... • •nnn .,_ -•-nfi•nu "' n,_,..M,_""" <><NDncc,n2•,- - 'ª'"'> .,,.,.,.,,. , ,fio•cno ••-•• na7n• •• --- •· .. ·••-••w•nM V''"·•·nDEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DEL DEPORTE, LA RECREACIÓN, LA ACTIVIDAD

FÍSICA Y EL APROVECHAMIENTO DEL TIEMPO LIBRE -COLDEPORTES RESOLUCIÓN No. Q Q 1 5 4 1 DE i 5 JU L 2018 -------- C ntinuación: "Por la cual se adopta el Plan Nacional de Capacitación en Administración Deportiva como re 1 uisito para ser miembro de dirección y administración de organismos deportivos, personal técnico y de juzgamiento, pertenecientes al Sistema Nacional del Deporte." - -----------------·-------------------------------------·-----------------------------------------------------·-------------- 1 ARrCULO SEGUNDO.- Objetivos: a} A 2029 haber capacitado en Administración Deportiva a más de 20.000 personas que aspiren a ser miembros de dirección y administración de los organismos deportivos del Sistema Nacional del Deporte, personal técnico y de juzgamiento, como requisito para el desempeño de sus funciones. b) Mejorar la calidad en la prestación de los servicios a cargo de los organismos deportivos del Sistema Nacional del Deporte garantizando la instalación cierta y duradera de competencias y capacidades específicas de los miembros de dirección y administración de tales organismos deportivos, personal técnico y de juzgamiento. e} Fortalecer la cualificación y el fortalecimiento de las capacidades de gestión del talento administrativo, técnico y científico encargado de los procesos de desarrollo deportivo del País. d) Lograr formación y actualización conceptual, técnica o científica de las personas que aspiren a ser miembros de dirección y administración de los organismos deportivos del Sistema Nacional del Deporte, personal técnico y de juzgamiento, como requisito para el desempeño de las funciones. Afi !CULO TERCERO.- Alcance: Definir los ejes temáticos y condiciones de la capacitación en

Deporte, personal técnico y de juzgamiento, como requisito para el desempeño de las funciones. Afi !CULO TERCERO.- Alcance: Definir los ejes temáticos y condiciones de la capacitación en Administración Deportiva a partir de postulados constitucionales y legales que coadyuven a la formación y coficeptualización normativa y técnica de los integrantes del Sistema Nacional del Deporte y de quienes pretendan su vinculación en calidad de miembros de dirección y administración de organismos deportivos de istema, personal técnico y de juzgamiento. AfiTICULO CUARTO.- Principios Orientadores: Para la ejecución del Plan de Capacitación, se establecen como principios orientadores los siguientes: 1. f:I desarrollo de proceso de Capacitación estará orientado al alto desempeño del dirigente deportivo, personal técnico y de juzgamiento, brindándole oportunidades para complementar, actualizar, perfeccionar, renovar o profundizar conocimientos, habilidades, técnicas y prácticas. 2. fi ,sión de interacción con los actores del Sistema Nacional del Deporte.

3. Promoción de procesos internos de construcción y autoevaluación de la gestión como dirigente de ortivo, personal técnico y de juzgamiento. 4. plicación de los principios fundamentales de universalidad, participación comunitaria, participación ciudadana, integración funcional, democratización y ética deportiva, de que trata la Ley 181 de 1995.

5. La elevación de la competitividad de los organismos deportivos del Sistema Nacional del Deporte co stituye una obligación de todos, pero en especial de los directivos, técnicos y de juzgamiento razón por la ual se enfocará al crecimiento y orientación hacia los altos logros.

6. Los actores del sistema deben conocer y aplicar el principio de legalidad acompañado de valores

la ual se enfocará al crecimiento y orientación hacia los altos logros.

6. Los actores del sistema deben conocer y aplicar el principio de legalidad acompañado de valores de acráticos y participativos.

AfiTICULO QUINTO.- Contenido programático. El Plan Nacional de Capacitación tendrá como mínimo el figuiente contenido programático:

1. Ordenamiento Jurídico del Deporte: • Ordenamiento jurídico del deporte a nivel internacional, generalidades • Constitución política de Colombia • Principios fundamentales • Derechos fundamentales • Principio igualdad e inclusión (minorlas, equidad y género).

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FÍSICA Y EL APROVECHAMIENTO DEL TIEMPO LIBRE -COLDEPORTES

-fi ....... ,., ................. '- ..... .DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DEL DEPORTE, LA RECREACIÓN, LA ACTIVIDAD FÍSICA Y EL APROVECHAMIENTO DEL TIEMPO LIBRE -COLDEPORTES O O 1 5 4 1 1 ' JU L 2118 RESOLUCIÓN No. -- -fififi DE __ , ____ _ Continuación: ''Por fa cual se adopta el Plan Nacional de Capacitación en Administración Deportiva como requisito para ser miembro de dirección y administración de organismos deportivos, personal técnico y de juzgamiento, pertenecientes al Sistema Nacional del Deporte." • Derecho al deporte y la recreación • Gasto público social • Regulación del derecho de petición con énfasis en su aplicación a los organismos deportivos privados del Sistema Nacional del Deporte.

2. Generalidades de La Estructura del Estado y del Sistema Nacional del Deporte Estructura del Estado . • Estructura y funciones de COLDEPORTES • Principios de la función administrativa • Estructura del Sistema Nacional del Deporte y finalidades.

3. Plan Nacional de Desarrollo Generalidades Plan de desarrollo del sector Plan Docenal del Deporte, la Recreación, la Educación Física y la Actividad Física, o lineamientos de política pública del deporte, la recreación y el aprovechamiento del tiempo libre. • Interacción del Sistema Nacional del Deporte para el cumplimiento de metas del Plan de

Desarrollo. Lineamientos de política pública para pueblos indígenas en deporte. -· Fuentes de financiación del Sistema Nacional del Deporte.

4. Legislación Deportiva Objetivos generales, objetivos específicos, principios de la Ley del Deporte. • Sistema Nacional del Deporte, Estructura y Niveles Jerárquicos de los integrantes del SND.

-· Fuentes de financiación del Sistema Nacional del Deporte.

4. Legislación Deportiva Objetivos generales, objetivos específicos, principios de la Ley del Deporte. • Sistema Nacional del Deporte, Estructura y Niveles Jerárquicos de los integrantes del SND. • Clubes, ligas, federaciones, estructura de los organismos deportivos, asociaciones o corporaciones. • Deporte profesional.

Disposiciones en materia de seguridad y convivencia en el deporte profesional. • Funciones de las comisiones disciplinarias. • Estatutos de las Asociaciones o Corporaciones deportivas. • La función de Inspección Vigilancia y Control (Competencia, definición, funciones, medios de IVC, sanciones) Reconocimientos Deportivos. Personería Jurídica • Otras organizaciones (Escuelas de Formación Deportiva, Asociaciones Juveniles y Recreativas, Comités deportivos Municipales), • Comités provisionales

5. Aspectos Contables y Financieros

  • • Principios contables y financieros, autoridades competentes, entidades responsables de vigilar su cumplimiento. (Normas Internacionales de Información Financiera).

Normas de contabilidad, de información financiera y de aseguramiento de la información. Aspectos presupuestales, tributarios. Responsabilidades de las corporaciones y asociaciones del Sistema Nacional del Deporte. fifi fifififi - fiDEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DEL DEPORTE, LA RECREACIÓN, LA ACTIVIDAD

FÍSICA Y EL APROVECHAMIENTO DEL TIEMPO LIBRE -COLDEPORTES

RESOLUCIÓN No. o o 1 5 4 1 DE , 5 JUL 2018 -------- -------- C tinuación: "Por la cual se adopta el Plan Nacional de Capacitación en Administración Deporliva como re uisito para ser miembro de dirección y administración de organismos deportivos, personal técnico y de juzgamiento, pertenecientes al Sistema Nacional del Deporte." - -------------------------------------------------------------------------------------------------------

6. Orientaciones Generales de Administración Deportiva. • Planeación estratégica y formulación de proyectos en organismos deportivos. • Elaboración de presupuesto. • Diseño -organización y ejecución de eventos deportivos. • Marketing deportivo. • Ejecución financiera y liquidación de contratos suscritos con entidades públicas. • Trazabilidad y soporte documental de la gestión del organismo.

7. El papel del Dirigente Deportivo, personal técnico y de juzgamiento.

Sensibilización respecto de los derechos, deberes y responsabilidades de los miembros de la estructura del organismo deportivo en el Sistema Nacional del Deporte, personal técnico y de juzgamiento. AR7'ICULO SEXTO. Perfil del Equipo Capacitador. El equipo capacitador se convierte en un asesor de las áreas sustantivas encargadas del proceso formativo, por tanto debe contar con las mejores calidades pro esionales y personales para apoyar a los potenciales directivos de los organismos del Sistema Na ional del Deporte, personal técnico y de juzgamiento a informar, sistematizar, clasificar y dar forma ex lícita a configurar un perfil de alto desempeño, mediante procedimientos didácticos adecuados, ev I Iuables y verificables. El i quipo capacitador debe ser multidisciplinario y cada uno de sus miembros debe contar por lo menos co los siguientes requisitos: Título Profesional en temas relacionados con la temática a abordar y

ev I Iuables y verificables. El i quipo capacitador debe ser multidisciplinario y cada uno de sus miembros debe contar por lo menos co los siguientes requisitos: Título Profesional en temas relacionados con la temática a abordar y es ecialización en Docencia Universitaria, o Dirección y Gestión Deportiva, o Administración Deportiva, o Ad inistración Financiera y experiencia laboral en entidades públicas u organismos deportivos. AfiTÍCULO SÉPTIMO. Duración de la Capacitación. La capacitación en Administración Deportiva tendrá como mínimo una duración de Cuarenta y ocho (48) horas académicas. A TICULO OCTAVO.-Certificados de Participación. Finalizada la jornada, se entregará constancia de pa icipación a aquellas personas que hayan asistido como mínimo al ochenta por ciento (80%) de las ho as de capacitación en Administración Deportiva.

A TÍCULO NOVENO: Metas del Plan Nacional de Capacitación 2018 a 2028. A partir de la entrada en vigencia de la presente resolución y durante los próximos diez (1 O) años, se espera capacitar y certi ficar en Administración Deportiva a 20.000 personas de todos los departamentos del País, como requisito para el fi esempeño de sus funciones, como miembros de dirección y administración de los organismos de ortivos del Sistema, personal técnico y de juzgamiento, en aplicación de lo dispuesto en el artículo 25 de Decreto Ley 1228 de 1995.

A JTÍCULO DÉCIMO. Reportes, a efectos de lograr consolidar los indicadores de avance en la ejecución dJ Plan Nacional de Capacitación, las entidades y organismos que realicen capacitación en Administración D fi

A JTÍCULO DÉCIMO. Reportes, a efectos de lograr consolidar los indicadores de avance en la ejecución dJ Plan Nacional de Capacitación, las entidades y organismos que realicen capacitación en Administración D fi ortiva de que trata la presente resolución, deberán remitir a COLDEPORTES, a más tardar dentro del m s siguiente a la culminación del evento académico, el reporte con el nombre e identificación de los p icipantes que cumplieron con la intensidad horaria y por tanto obtuvieron certificación de asistencia y la echa y lugar en que se realizó.

AlTÍCULO UNDÉCIMO: Modalidades, la capacitación de que trata el presente acto está definida para 1olrar un aprendizaje presencial, sin embargo, podrá realizarse en otras modalidades de estudio, siempre \+\ 0'-IP•"·"fiº ... "'º Ad•">' ............. 0 ... 0 dftl o.,,oo'il<,;t. ,..,. Rcu:::r __ .,,o, .. ·fi Actlvld,Mü .......... y ol ,Ap .. 0 .... .,, ........... -..,.,.e. <1:1•1 t' J-,.mpQ Llbrá • OOt..Ot..Pc:>M'rie" ........ f'l,ft N .. &f!l-9fJ PVIX (l'J1''1 , ... fi..,.,.030 ....... 1 o:,oo=-au A.A . .,.,,,2 1;11,Q(¡róUlo fi Co10, ... 1:,, ..

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CAPÍTULO 11

ENTIDADES QUE PUEDEN IMPARTIR ESTA CAPACITACIÓN EN ADMINISTRACIÓN DEPORTIVA ARTICULO DUODÉCIMO. Entidades y organismos autorizados. La capacitación en Administración Deportiva podrá ser impartida por las siguientes instituciones, siempre que cuenten con expertos en los contenidos programáticos a desarrollar: Coldeportes; la Escuela Nacional del Deporte; instituciones de

Deportiva podrá ser impartida por las siguientes instituciones, siempre que cuenten con expertos en los contenidos programáticos a desarrollar: Coldeportes; la Escuela Nacional del Deporte; instituciones de educación superior nacionales o extranjeras·, el Comité Olímpico Colombiano; el Comité Paralímplco Colombiano; los entes deportivos departamentales; el Instituto Distrital para la Recreación y el Deporte de Bogotá - IDRD y todos los municipios del País cualquiera sea su categoria. ARTÍCULO DÉCIMO TERCERO. Equivalencia de la capacitación. La capacitación en Administración Deportiva objeto del presente acto, podrá ser homologada para cumplir el requisito previo a la elección como miembros de dirección y administración de los organismos deportivos, personal técnico y de juzgamiento, a efectos de cumplir el requisito previsto en el artículo 25 del Decreto Ley 1228 de 1995, bajo las siguientes condiciones: a) Que haya cursado y aprobado al menos un (1) crédito académico de formación superior de pregrado o. posgrado, en deporte, recreación o actividad fisica, entendido un crédito como la unidad de medida del trabajo académico para expresar todas las actividades que hacen parte del plan de estudios que deben cumplir los estudiantes, equivale a ochenta (80) horas de trabajo académico, que comprende las horas con acompañamiento directo del docente y la

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