COLDEPORTES - Resolución 001711 de 2019
Ministerio de Deporte
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Detalles
- Título
- COLDEPORTES - Resolución 001711 de 2019
- Autor
- Ministerio de Deporte
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Deporte
- Año
- 2019
Scanned by CamScanner REPÚBLICA DE COLOMBIA MINISTERIO DEL DEPORTE RESOLUCIÓN Nº _0_0_1_7_1_1_ DE 77 SEP 20í9 "Por la cual se suspenden los términos en las actuaciones administrativas Y procesales en el Ministerio del Deporte." EL MINISTRO DEL DEPORTE En uso de sus facultades constitucionales y legales y en especial las conferidas en la Ley 489 de 1998 y en el artículo 6º del Decreto 1670 de 2019 y C O N S I D E R A N D O: Que el artículo 209 de la Constitución Política de Colombia establece que la función administrativa está al servicio de los intereses generales y se desarrolla con fundamento en los principios de igualdad, moralidad, eficiencia, economía, celeridad, imparcialidad y publicidad. Además, las autoridades administrativas deben coordinar sus actuaciones para el adecuado cumplimiento de los fines del Estado. Que la Ley 85 de 1890 en su artículo 1º señala: "Se //ama fuerza mayor o caso fortuito, el imprevisto a que no es posible resistir, como un naufragio, un terremoto, el aprestamiento de enemigo, los autos de autoridad ejercidos por un funcionario público, etc." Que el Decreto 1670 de 2019, en su artículo 1º establece "El Ministerio del Deporte tendrá como objetivo, dentro del marco de sus competencias y de la ley, formular, adoptar, dirigir, coordinar, inspeccionar, vigilar, controlar y ejecutar la política pública, planes, programas y proyectos en materia del deporte, la recreación, el aprovechamiento del tiempo libre y la actividad física para promover el bienestar, la
adoptar, dirigir, coordinar, inspeccionar, vigilar, controlar y ejecutar la política pública, planes, programas y proyectos en materia del deporte, la recreación, el aprovechamiento del tiempo libre y la actividad física para promover el bienestar, la calidad de vida, así como contribuir a la salud pública, a la educación, a la cultura, a la cohesión e integración social, a la conciencia nacional y a las relaciones internacionales, a través de la participación de los actores públicos y privados." Que el numeral 22 del artículo 6 del Decreto 1670 de 2019, estipula dentro de las funciones del despacho del Ministro del Deporte la de: Implementar, mantener y mejorar el Sistema Integrado de Gestión Institucional, con el fin de garantizar la prestación de los servicios del Ministerio. Que actualmente se presenta una contingencia en el Sistema de Gestión Documental del Ministerio, desde el 18 de septiembre de 2019, correspondiente a la presencia de intermitencias en ia base de datos, debido a inconvenientes físicos a nivel de discos duros del sistema de almacenamiento (SAN) y al cambio de proveedor de conectividad (IFX a ETB), lo cual implica que la replicación en internet de todas las plataformas de la entidad, como son Gesdoc, !solución, página web, correo electrónico, entre otras. Ministerio del Deporte
Av. 68 Nº 55-65 PBX (571) 4377030
Línea de atención al ciudadano: 01800091023i - (571) 2258747
Correo electrónico: contacto@mindeporte.gov.co, página web: www.mindeporte.gov.co Página 1 de 1Scanned by CamScanner
REPÚBLICA DE COLOMBIA MINISTERIO DEL DEPORTE RESOLUCIÓN No. o Ü 1 7 1 1
DE 27 SEP 2019
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REPÚBLICA DE COLOMBIA MINISTERIO DEL DEPORTE RESOLUCIÓN No. o Ü 1 7 1 1
DE 27 SEP 2019 "Por la cual se suspenden los términos en las actuaciones administrativas y procesales en el Ministerio del Deporte." Que la mencionada contingencia impide la adecuada prestación del servicio por parte del Ministerio del Deporte, debido a un daño en el servidor web de la entidad, que se presentó en el proceso de cambio de proveedor de la red y que ha afectado el funcionamiento del sistema de gestión documental y que impide transitoriamente el acceso a los documentos que contienen las diversas peticiones y sus anexos, así como los expedientes y actuaciones administrativas. Encontrándose que incluso no ha sido posible otorgar número de radicación o identificación a los documentos recibidos, puesto que todas estas actividades son realizadas por intermedio de alguna de las plataformas informáticas de la Entidad. Que de acuerdo a la certificación otorgada por la Secretaria General, de conformidad con los procedimientos de reparación, efectuada por los encargados de soporte técnico y el GIT de Tecnologías de las Comunicaciones, las anomalías presentadas continuarán hasta eQ día 4 de octubre de 2019, fecha estimada, en la cual se espera el restablecimiento del servicio. Que al no contar con un normal funcionamiento del sistema de gestión documental (circunstancia imposible de resistir e imprevisible), no es posible para los servidores del Ministerio adelantar las gestiones necesarias para la respuesta a derechos de petición, de actos administrativos y/o impulso de las actuaciones administrativas que se encuentran en curso. Que esta suspensión de términos no cobija los procesos de selección de
del Ministerio adelantar las gestiones necesarias para la respuesta a derechos de petición, de actos administrativos y/o impulso de las actuaciones administrativas que se encuentran en curso. Que esta suspensión de términos no cobija los procesos de selección de contratistas de la entidad que se encuentran en curso, los cuales continuarán sin interrupción y se desarrollarán de acuerdo a lo previsto en los respectivos cronogramas establecidos en los actos administrativos que ordenaron su apertura. Lo anterior en consideración a que la comunicación con los interesados en participar en los procesos se realiza a través del SECOP e igualmente a través de dicho portal se pU'ede consultar los documentos y actuaciones que se generan durante el proceso de selección. Que en consecuencia el Ministerio del Deporte, teniendo en cuenta la eventualidad presentada, suspende términos procesales en los procesos y procedimientos misionales y administrativos a excepción dfi los procesos de selección de contratistas de la entidad. En consideración a lo expuesto anteriormente; RESUELVE ARTÍCULO PRIMERO: Suspender los términos en todos los procedimientos administrativos, procesales y misionales del Ministerio del Deporte, a partir del 18 de septiembre de 2019, los que se reanudarán automáticamente el día 7 de octubre Ministerio del Deporte
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MINISTERIO DEL DEPORTE
RESOLUCIÓN No. _O_0_1_7_1_1_DE Z7 SEP 2019.
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MINISTERIO DEL DEPORTE RESOLUCIÓN No. _O_0_1_7_1_1_DE Z7 SEP 2019. ·Por la cual se suspenden los términos en las actuaciones administrativas y procesales en el Ministerio del Deporte." de 2019, una vez se supere la contingencia presentada con los sistemas de información del Ministerio del Deporte.
ARTÍCULO SEGUNDO: Publíquese la presente Resolución en la página web institucional y remítase a todas las dependencias de la entidad.
ARTÍCULO OCTAVO: Vigencia: La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición.
Proyectó Ministro iana Carolina Bretón Franco - Secretaria General E Jaime Arturo Guerra Rodri uez - Jefe Oficina Jurídica Harold René Gamba Hurtado - Profesional Especializado GIT Atención al Ciudadano Ministerio del Deporte
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