COLPENSIONES - Manual de Funciones - 2018

COLPENSIONES

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Detalles

Título
COLPENSIONES - Manual de Funciones - 2018
Autor
COLPENSIONES
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Laboral
Año
2018

º

Trabajadores Oficiales2

MFCLC-TRABAJADORES OFICIALES

CAP. I / DISPOSICIONES GENERALES

Trabajadores Oficiales Manual Específico de Funciones y Competencias Laborales Colpensiones - MEFCL3

MFCLC-TRABAJADORES OFICIALES

CAP. I / DISPOSICIONES GENERALES

TABLA DE CONTENIDO

CAPITULO I

DISPOSICIONES GENERALES 006

TÍTULO I – ASPECTOS GENERALES 006

TÍTULO II - DISEÑO DE PERFILES Y

MODELO DE COMPETENCIAS LABORALES 007

TÍTULO III – APLICACIÓN DEL MFCLC 008

CAPITULO II

PERFILES DE LOS CARGOS 001

TITULO I – NIVEL DIRECTIVO 002

Parte A - Vicepresidente 003 Parte B - Gerente 002 Parte C - Jefe de Oficina 002 Parte D - Director 002 Parte E - Director Regional 002 Parte F - Subdirector de Determinación 002 Parte G - Jefe Punto de Atención 002

TÍTULO II – NIVEL ASESOR 001

Asesor 002

TÍTULO III – NIVEL PROFESIONAL 001

Parte A - Profesional Master 002 Parte B - Profesional Sénior 002 Parte C - Profesional Junior 002

TITULO IVNIVEL TÉCNICO 001

Parte A - Tecnólogo 002 Parte B - Analista 002 Parte C - Gestor de Servicio al Ciudadano 002 Parte D - Agente de Servicio al Ciudadano 0024

MFCLC-TRABAJADORES OFICIALES

Parte A - Tecnólogo 002 Parte B - Analista 002 Parte C - Gestor de Servicio al Ciudadano 002 Parte D - Agente de Servicio al Ciudadano 0024

MFCLC-TRABAJADORES OFICIALES

CAP. I / DISPOSICIONES GENERALES

TITULO VNIVEL ASISTENCIAL 001

Parte A - Asistente Administrativo 002 Parte B - Auxiliar Operativo 002 Parte C - Conductor 002

CAPITULO III

COMPETENCIAS LABORALES 0025

MFCLC-TRABAJADORES OFICIALES

CAP. I / DISPOSICIONES GENERALES6

MFCLC-TRABAJADORES OFICIALES

CAP. I / DISPOSICIONES GENERALES

CAPITULO I

DISPOSICIONES GENERALES

TÍTULO I – ASPECTOS GENERALES 1.1.CONTENIDO GENERAL Y CAMPO DE APLICACIÓN : El presente MFCLC, contiene las funciones, competencias laborales y requisitos que se aplican a los cargos de trabajadores oficiales de la planta de personal la Administradora Colombiana de P ensiones – Colpensiones-, dada la natu raleza jurídica de la misma, como Empresa Industrial y Com ercial del Estado de carácter especial Financiero.

1.2. PROPOSITOS: El presente MFCLC tiene los siguientes propósitos:  Contribuir, como instrumento indicativ o, en los procesos de selección y promoción del talento humano, sucesión, formación, entrenamiento y gestión del desempeño.  Proveer a los trabajadores oficiales de la Empresa la información de sus cargos con el fin de lograr compromiso y responsabilidad en su desempeño.

promoción del talento humano, sucesión, formación, entrenamiento y gestión del desempeño.  Proveer a los trabajadores oficiales de la Empresa la información de sus cargos con el fin de lograr compromiso y responsabilidad en su desempeño.  Optimizar la gestión del talento humano mediante la aplicación de cuadros funcionales basados en la estructura de la planta de personal y el modelo de gestión por procesos de la Empresa.  Facilitar la movilidad de los trabajadores oficiales dentro de la Empresa, teniendo como refer ente el modelo de gestión por procesos de la misma y los cuadros funcionales.  Incorporar el modelo de gestión por competencias laborales de la Empresa, entendidas como capacidad para responder exitosamente a las demandas, requerimientos y complejidades de la organización; lo que implica llevar a cabo una actividad o tarea, según los criterios de desempeño definidos por la Empresa.  Contribuir al establecimiento de prácticas de planeació n, mejoramiento y modernización e innovación de la gestión del talento humano.  Fijar criterios y parámetros de eficiencia y autocontrol basados en resultados. 1.3.USOS DEL MANUAL: El MFCLC es de consulta obligatoria para la toma de decisiones relativas, entre otras, a:  Planeación: Formulación de los planes y programas de desarrollo organizacional de la Empresa, planes de gestión del talento humano, proyecciones de nuevos cargos en los negocios existentes y cargos para los nuevos negocios.

 Selección: Reclutamiento del talento humano de la Empresa. En todos los procesos de selección externa, promoción interna o sucesión que realice7

MFCLC-TRABAJADORES OFICIALES

CAP. I / DISPOSICIONES GENERALES

procesos de selección externa, promoción interna o sucesión que realice7 MFCLC-TRABAJADORES OFICIALES CAP. I / DISPOSICIONES GENERALES Colpensiones, para ocupar cargos en la planta de trabajadores oficiales, se tendrá en cuenta los perfiles definidos en el presente MFCLC.

 Vinculación: Comunicación y entrega de la parte correspondiente a su MFCLC a quienes sean contratados para ocupar cargos de la planta de personal de trabajadores oficiales de la Empresa.

 Movilidad: Decisión sobre traslados, promociones o sucesión de los trabajadores oficiales para los cuales se deben cumplir los perfiles fijados para cada cargo en el MFCLC.

 Formación: Para la Formulación y aplicación de los planes de formación de la Empresa dirigidos a trabajadores oficiales y para el cumplimiento de las reglas y requisitos previstos en los mismos.

 Gestión del desempeño: Examen de los perfiles y competencias contenidos en el MFCLC en la aplicación de los procedimientos de medición de competencias laborales de acuerdo a los modelos definidos por la Empresa.

 Procedimientos disciplinarios: Examen de los perfiles contenidos en el MFCLC, como elemento indicativo y auxiliar en los pro cesos de carácter disciplinarios. 1.4.COHERENCIA CON OTROS INSTRUMENTOS DE GESTIÓN: Para la ejecución del Macroproceso de talento humano, debe tenerse en cuenta que el MFCLC es coherente y debe ser aplicado en forma integral con lo dispuesto en los procesos del Sistema Integrado de Gestión de la Empresa.

ejecución del Macroproceso de talento humano, debe tenerse en cuenta que el MFCLC es coherente y debe ser aplicado en forma integral con lo dispuesto en los procesos del Sistema Integrado de Gestión de la Empresa.

TÍTULO II - DISEÑO DE PERFILES Y MODELO DE COMPETENCIAS LABORALES 2.1. DISEÑO Y COMPONENTES DE LOS PERFILES DE LOS CARGOS: El MFCLC está organizado por perfiles que siguen el orden de las denominaciones de los cargos de la planta de personal de trabajadores oficiales; cada perfil contiene una parte general y una parte específica, con los siguientes componentes: 2.2. COMPONENTES DE LA PARTE GENERAL.  Nivel: Indica si se trata de cargos directivos, asesores, profesionales, técnicos o asistenciales.  Código: Se refiere al número con el cual se identifica el nivel del cargo en la organización, definida por Acuerdo de la Junta Directiva de la Empresa.8 MFCLC-TRABAJADORES OFICIALES CAP. I / DISPOSICIONES GENERALES  Propósito del cargo: Indica la razón de ser del cargo en términos de resultados.  Grado: Indica la remuneración básica mensual del cargo dentro de una escala progresiva en cada nivel, según la complejidad y responsabilidad, inherente al ejercicio de las funciones. Es definido por Acuerdo de la Junta Directiva de la Empresa.  Número de ca rgos en la planta de trabajadores oficiales : Es la cantidad de cargos con la misma denominación y grado, existentes en la planta de personal de trabajadores oficiales , definidos por Acuerdo de la Junta Directiva de la Empresa.  Requisitos de estudio: Indica los niveles y modalidades de formación

de cargos con la misma denominación y grado, existentes en la planta de personal de trabajadores oficiales , definidos por Acuerdo de la Junta Directiva de la Empresa.  Requisitos de estudio: Indica los niveles y modalidades de formación académica que se fijan para todos los cargos exis tentes en la planta de personal de trabajadores oficiales , de conformidad con lo establecido por el Ministerio de Educación Nacional y por la Junta Directiva de la Empresa, así: Nivel Profesional: Estudios de pregrado en los programas de nivel profesional universitario.

Posgrado: Comprende los niveles de especialización, maestría y/o doctorado.

Para la acreditación de requisitos de estudio en cargos que requieren título de posgrado y para la aplicación de equivalencias, se entenderá como mínimo el de especialización.  Requisitos de experiencia : Indica conocimiento, habilidad y destreza adquiridos mediante el ejercicio de una profesión, arte u oficio por un tiempo determinado, que se exige para todos los cargos con la misma denominación y grado, existentes en la planta de personal de trabajadores oficiales , relacionado con las funciones del cargo y que debe ser acreditado mediante certificación que contenga la información que as í lo demuestre y conforme a lo establecido en Acuerdo de Junta Directiva.  Funciones generales: Indican qué debe hacer quien ocupa un cargo de acuerdo al nivel de responsabilidad, para lograr el propósito principal del mismo. Son las funciones redactadas en términos de responsabilidades, que cumplen ese objeto y que c orresponden a todos los cargos con la misma denominación, código y grado existentes en la planta de personal de trabajadores oficiales.

mismo. Son las funciones redactadas en términos de responsabilidades, que cumplen ese objeto y que c orresponden a todos los cargos con la misma denominación, código y grado existentes en la planta de personal de trabajadores oficiales. 2.3. COMPONENTES DE LA PARTE ESPECÍFICA.  Macroproceso: Corresponde al conjunto de procesos definido en el Mapa de Procesos de la Empresa a la que re sponden las funciones, conocimientos básicos y disciplinas académicas descritas en la parte específica para cada denominación de cargo.9 MFCLC-TRABAJADORES OFICIALES CAP. I / DISPOSICIONES GENERALES  Dependencias relacionadas: Indica las dependencias que participan o ejecutan el respectivo macroproceso y serán en las que se desempeñan las funciones allí descritas.  Funciones específicas: Indican qué debe hacer quien ocupa un cargo para lograr el resultado del o los macroprocesos en cada dependencia y dar respuesta a las necesidades del servicio. Comprenden el bloque de func iones que pueden asignarse a los trabajadores oficiales que desempeñan el cargo en el mismo macroproceso.  Conocimientos básicos: Son las nociones esenciales sobre tem as o materias específicas que requiere quien desempeñe el cargo para ejecutar el macroproceso o proceso de acuerdo con las funciones específicas.  Disciplinas académicas: Son conocimientos académicos adquiridos en instituciones públicas o privadas, nacionales o extranjeras, debidamente reconocidos por el Gobierno Nacional, correspondientes a la educación básica primaria, básica secundaria, media vocacional; superior en los programas de pregrado , formación técnica , técnica profesional y

reconocidos por el Gobierno Nacional, correspondientes a la educación básica primaria, básica secundaria, media vocacional; superior en los programas de pregrado , formación técnica , técnica profesional y tecnológica, así como los programas de posgrado.

2.4. MODELO DE COMPETENCIAS : El modelo de competencias laborales y comportamentales de la Empresa se describe en el Capítulo III y complementa los perfiles de los cargos de trabajadores oficiales contenidos en el M FCLC, por tanto debe tenerse en cuenta para los usos que se indican en presente.

TÍTULO III – APLICACIÓN DEL MFCLC 3.1. DISTRIBUCIÓN DE FUNCIONES: El Presidente, los Jefes de Oficina, los Vicepresidentes, los Gerentes, los Directores, los Directores Regionales, Subdirectores y Jefes de Punto de Atención distribuirán por escrito las funciones específicas dentro de sus respectiva dependencia a cada trabajador oficial adscrit o a la misma, de ser aplicable y de acuerdo con las funciones específicas establecidas para cada cargo. . La distribución se hará señalando dentro de las funciones contenidas en la ficha de cada perfil de cargo, las que desempeñará el trabajador oficial, teniendo en cuenta los siguientes criterios objetivos:  Las necesidades del servicio bajo la responsabilidad de la dependencia.  Los r esultados esperados del macroproceso o proceso que ejecuta la dependencia.  La distribución equitativa de los procesos y subprocesos entre los trabajadores oficiales distribuidos a la dependencia de acuerdo con la responsabilidad del cargo que desempeña.10

MFCLC-TRABAJADORES OFICIALES

dependencia.  La distribución equitativa de los procesos y subprocesos entre los trabajadores oficiales distribuidos a la dependencia de acuerdo con la responsabilidad del cargo que desempeña.10 MFCLC-TRABAJADORES OFICIALES CAP. I / DISPOSICIONES GENERALES  El propósito del cargo.  Las competencias laborales del trabajador oficial.  La coherencia entre las funciones distribuidas y la responsabilidad del cargo de trabajador oficial.

3.2. ASIGNACIÓN DE FUNCIONES, DESCONCENTRACIÓN Y DELEGACIÓN. En las decisiones sobre asignación de funciones, desconcentración y delegación de funciones se tendrán en cuenta las reglas fijadas en las normas legales y en los respectivos actos administrativos. 3.3. DISCIPLINAS ACADEMICAS: Adicionalmente a las disciplinas académicas establecidas en la parte específica de los perfiles para el desempeño de un cargo de trabajador oficial , se podrán considerar las demás disciplinas académicas relacionadas o afines con las profesiones descritas , de conformidad con lo dispuesto en el Sistema Nacional de Información de la Educación Superior SNIES. Para el ejercicio de los cargos de trabajador oficial que exigen como requisito el título de estudios en educación superior, estos deberán estar identificados en los Núcleos Básicos del Conocimiento – NBCque contienen dichas disciplinas académicas o profesiones, conforme a la clasificación establecida en el SNIES, tal como se señala a continuación:

AREA DEL CONOCIMIENTO NUCLEO BÁSICO DEL CONOCIMIENTO

AGRONOMIA, VETERINARIA Y AFINES Agronomía, Medicina Veterinaria, Zootecnia.

BELLAS ARTES

como se señala a continuación:

AREA DEL CONOCIMIENTO NUCLEO BÁSICO DEL CONOCIMIENTO

AGRONOMIA, VETERINARIA Y AFINES Agronomía, Medicina Veterinaria, Zootecnia.

BELLAS ARTES

Artes Plásticas Visuales y afines. Artes Representativas. Diseño. Música. Otros Programas Asociados a Bellas Artes. Publicidad y Afines

CIENCIAS DE LA EDUCACION Educación.

CIENCIAS DE LA SALUD

Bacteriología, Enfermería, Instrumentación Quirúrgica, Medicina, Nutrición y Dietética, Odontología, Optometría, Otros Programas de Ciencias de la Salud, Salud Pública Terapias

CIENCIAS SOCIALES Y HUMANAS

Antropología, Artes Liberales. Bibliotecología, Otros de Ciencias Sociales y Humanas. Ciencia Política, Relaciones Internacionales. Comunicación Social, Periodismo y afines. Deportes, Educación Física y Recreación. Derecho y Afines. Geografía, Historia. Lenguas Modernas, Literatura, Linguistica, y afines. Psicología. Sociología, Trabajo Social y afines. Filosofía, Teología y afines. Formación Relacionada con el Campo Militar o11

MFCLC-TRABAJADORES OFICIALES

CAP. I / DISPOSICIONES GENERALES

AREA DEL CONOCIMIENTO NUCLEO BÁSICO DEL CONOCIMIENTO

Policial.

ECONOMIA, ADMINISTRACION,

CONTADURIA Y AFINES.

Administración. Contaduría Pública. Economía.

INGENIERIA, ARQUITECTURA, URBANISMO y AFINES

Policial.

ECONOMIA, ADMINISTRACION,

CONTADURIA Y AFINES.

Administración. Contaduría Pública. Economía. INGENIERIA, ARQUITECTURA, URBANISMO y AFINES Ingeniería Civil y afines.Ingeniería de Minas, Metalurgia y afines.Ingeniería de Sistemas, Telemática y afines.Ingeniería Eléctrica y afines.Ingeniería Electrónica, Telecomunicaciones y Afines.Ingeniería Industrial y afines.Ingeniería Mecánica y afines.Ingeniería Química y afines.Otras ingenierías. MATEMÁTICAS Y CIENCIAS NATURALES Biología, Microbiología y afines. Física. Geología, otros programas de Ciencias naturales. Matemáticas, Estadística y afines. Química y afines.

Para el desarrollo de los pro cesos de selección, promoción o sucesión, la dependencia a la que se encuentra distribuido el cargo podrá determinar, de entre las profesiones o disciplinas académicas establecidas en la parte específica de los perfiles, el requerimiento de provisión de conformidad c on las necesidades del servicio, previa justificación técnica escrita del directivo correspondiente y la viabilidad de la Gerencia de Talento Humano y Relaciones Laborales con el inicio del proceso correspondiente. 3.4. REGISTRO, INSCRIPCIÓN O TARJETA PROFESIONAL : Colpensiones establece como parte del requisito mínimo para el ejercicio de los cargo s de trabajador oficial, la acreditación , i nscripción, registro o m atricula profesional en todas las profesiones, arte s, oficio s, carrera s técnicas profesionales, t écnicas,

establece como parte del requisito mínimo para el ejercicio de los cargo s de trabajador oficial, la acreditación , i nscripción, registro o m atricula profesional en todas las profesiones, arte s, oficio s, carrera s técnicas profesionales, t écnicas, tecnológicas de acuerdo con lo que disponga la reglamentación vigente , expedidos por las correspondientes autoridades o consejos profesionales. 3.5. EQUIVALENCIAS ENTRE ESTUDIOS Y EXPERIENCIA: Para los diferentes cargos de trabajadores oficiales, se aplicarán los siguientes criterios de equivalencia, así: 3.5.1. Para los cargos pertenecientes a los niveles Directivo, Asesor y Profesional:  Título de posgrado en la modalidad de Especialización por:12

MFCLC-TRABAJADORES OFICIALES

CAP. I / DISPOSICIONES GENERALES

Dos (2) años de experiencia profesional relacionada y viceversa, siempre que se acredite el título profesional, o

Título profesional adicional al exigido en el requisito del respectivo cargo, siempre y cuando dicha formación adicional sea afín con las funciones del cargo, o

Terminación y aprobación de estudios profesionales adicionales al título profesional exigido en el requisito del respectivo cargo, siempre y cuando dicha formación adiciona l sea afín con las funciones del cargo, y un (1) año de experiencia profesional.

 Título de posgrado en la modalidad de Maestría por:

Tres (3) años de experiencia profesional relacionada y viceversa, siempre que se acredite el título profesional, o

Título de posgrado en la modalidad de especialización, siempre y cuando dicha formación adicional sea afín con las funciones del cargo, más un (1) año

se acredite el título profesional, o

Título de posgrado en la modalidad de especialización, siempre y cuando dicha formación adicional sea afín con las funciones del cargo, más un (1) año de experiencia profesional relacionada y viceversa

 Título de posgrado en la modalidad de Doctorado por:

Cuatro (4) años de experiencia profesional relacionada y viceversa, siempre que se acredite el título profesional, o

Título de posgrado en la modalidad de maestría, siempre y cuando dicha formación adicional sea afín con las funciones del cargo , más un (1) año de experiencia profesional relacionada y viceversa o

Título de posgrado en la modalidad de especialización , siempre y cuando dicha formación adicional sea afín con las funciones del cargo , más dos (2) años de experiencia profesional relacionada y viceversa.

En la aplicación de equivalencia de experiencia profesional relacionada por estudios, éstos deberán ser afines con las funciones del cargo. 3.5.2. Para los cargos pertenecientes a los niveles técnico y asistencial:  Título de formación tecnológica o de formación técnica profesional, por un (1) año de experiencia relacionada, siempre y cuando se acredite la terminación y la aprobación de los estudios en la respectiva modalidad.  Tres (3) años de experiencia relacionada por título de formac ión tecnológica o de formación técnica profesional adicional al inicialmente exigido y viceversa.13

MFCLC-TRABAJADORES OFICIALES

CAP. I / DISPOSICIONES GENERALES

La equivalencia respecto de la formación que imparte el Servicio Nacional de Aprendizaje, Sena, se establecerá así:

MFCLC-TRABAJADORES OFICIALES

CAP. I / DISPOSICIONES GENERALES

La equivalencia respecto de la formación que imparte el Servicio Nacional de Aprendizaje, Sena, se establecerá así:  Tres (3) años de educación básica secundaria o dieciocho (18) meses de experiencia por el CAP del SENA.  Dos (2) años de formación en educación superior, o dos (2) años de experiencia por el CAP Técnico del SENA y bachiller con intensidad horaria entre 1.500 y 2.000 horas.  Tres (3) años de formación en educación superior o tres (3) años de experiencia por el CAP Técnico del SENA y bachiller, con intensidad horaria superior a 2000 horas.

En ningún caso puede hacerse uso simultáneo de lo acreditado para cumplir el requisito mínimo para el cargo y a su vez para aplicar una equivalencia. Así mismo, para acreditar el cumplimiento de los requisitos mínimos para el cargo sólo podrá aplicar un criterio de equivalencia de los señalados anteriormente para cada nivel de cargo.

3.6. MOVILIDAD DENTRO DE LA PLANTA DE PERSONAL: El modelo de cuadros funcionales bajo el que se estructura el MFCLC permite agrupar los cargos por denominaciones, así como la movilidad de los trabajadores oficiales dentro y entre dependencias de la Empresa, siempre que se cumplan los requisitos establecidos para el cargo. Para las decisiones sobre traslado de los trabajadores entre dependencias, se requiere justificación técnica previa escrita del Gerente correspondiente, y la viabilidad de la Gerencia de Talento Humano y Relaciones Laborales.14

establecidos para el cargo. Para las decisiones sobre traslado de los trabajadores entre dependencias, se requiere justificación técnica previa escrita del Gerente correspondiente, y la viabilidad de la Gerencia de Talento Humano y Relaciones Laborales.14

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CAP. I / DISPOSICIONES GENERALES 3.7. DERECHOS ADQUIRIDOS Y SITUACIONES CONSOLIDADAS : Los trabajadores oficiales a quienes a la entrada en vigencia del presente MFCLC, se encuentren desempeñando cargos de confo rmidad con lo dispuesto en el Manual de Funciones y Competencias Laborales establecido en la Resolución No. 524 de 2015 y sus modificatorios, no se les exigirá nuevos requisitos a los allí previstos..1 1

MFCLC-TRABAJADORES OFICIALES

CAP. II / PERFILES DE LOS CARGOS2

2

MFCLC-TRABAJADORES OFICIALES

CAP. II / PERFILES DE LOS CARGOS

PARTE GENERAL

Vicepresidente 3

PARTE ESPECÍFICA

016

VICEPRESIDENTES Vicepresidencia Comercial y de Servicio al Ciudadano Vicepresidencia de Operaciones del Régimen de Prima Media Vicepresidencia de Beneficios Económicos Periódicos Vicepresidencia de Planeación y TIC Vicepresidencia de Gestión Corporativa Vicepresidencia de Seguridad y Riesgos Empresariales

5 7 9 11 14 15

PARTE A3

Vicepresidencia de Planeación y TIC Vicepresidencia de Gestión Corporativa Vicepresidencia de Seguridad y Riesgos Empresariales

5 7 9 11 14 15

PARTE A3

3

MFCLC-TRABAJADORES OFICIALES

CAP. II / PERFILES DE LOS CARGOS

Nivel: Directivo Denominación del cargo:

Vicepresidente Código: 160

Propósito del Cargo

Liderar y articular a nivel nacional, la formulación de políticas y la adopción de planes, programas y proy ectos relacionados con el o los macroproceso bajo su responsabilidad. En el marco de las n ormas, políticas y lineamientos de la Empresa.

Grado Número de cargos en la planta Requisitos de Estudio Requisitos de experiencia 09 06 Título profesional y título de posgrado.

Registro, Inscripción, Tarjeta o Matricula Profesional en los casos reglamentados por ley. Ciento dos (102) meses de experiencia profesional relacionada. Funciones Generales

1. Asistir al Presidente de COLPENSIONES en la determinación de las políticas, objetivos y estrategias relacionadas con la administración de la Empresa.

2. Dirigir, liderar y administrar las estrategias, políticas, lineamientos, planes, proyectos y los recursos físicos y tecnológicos que le corresponden a la Vicepresidencia con base en las competencias atribuidas a La Empresa y la normatividad vigente.

3. Orientar y administrar a los Gerentes y al talento humano de la Vicepresidencia en el proceso de toma de decisiones, a fin de que se obtengan los resultados esperados.

base en las competencias atribuidas a La Empresa y la normatividad vigente.

3. Orientar y administrar a los Gerentes y al talento humano de la Vicepresidencia en el proceso de toma de decisiones, a fin de que se obtengan los resultados esperados.

4. Dirigir, controlar y evaluar el cumplimiento de los objetivos institucionales que le corresponden a la Vicepresidencia, en concordancia con los planes de desarrollo y las políticas trazadas por La Empresa.

5. Definir, estructurar y determinar prioridades y ajustar los planes de acción de la Vicepresidencia en coordinación con las Gerencias y con base en los análisis de diagnósticos, evaluaciones y políticas de la Empresa para su adopción.

6. Responder de manera int egral y oportuna a los requerimientos judiciales que se reciban en la dependencia, de los despachos, de los apoderados externos y de la Oficina Asesora de Asuntos Legales o de la Gerencia de Defensa Judicial, según corresponda y comunicar la respuesta a esta última.

7. Dirigir y liderar la planeación y ejecución de los proyectos de la Vicepresidencia y las Gerencias a su cargo.

8. Dirigir la elaboración, ejecución y seguimiento del presupuesto de la Vicepresidencia y sus dependencias de acuerdo con la programació n integral de las necesidades y los4

4 MFCLC-TRABAJADORES OFICIALES CAP. II / PERFILES DE LOS CARGOS instrumentos administrativos.

9. Organizar el funcionamiento de la Vicepresidencia, proponer ajustes a la organización interna y demás disposiciones que regulan los procedimientos y trámites administrativos internos.

10. Dirigir los procesos de evaluación, investigación, implementación y administración de los diferentes servicios que requiera La Empresa y que son responsabilidad de la

organización interna y demás disposiciones que regulan los procedimientos y trámites administrativos internos.

10. Dirigir los procesos de evaluación, investigación, implementación y administración de los diferentes servicios que requiera La Empresa y que son responsabilidad de la vicepresidencia para el cumplimiento de los objetivos empresariales.

11. Implementar y vigil ar las metodologías, estándares, procedimientos y mecanismos definidos que le corresponden a la vicepresidencia.

12. Coordinar el seguimiento, control y evaluación del desarrollo de proyectos que la Empresa contrate con terceros y que sean responsabilidad de la Vicepresidencia y sus

Gerencias.

13. Emitir los lineamientos y directrices en los asuntos de su competencia a las Regionales y orientar y hacer seguimiento a su aplicación.

14. Realizar alianzas interinstitucionales con base en las necesidades de los planes, programas y proyectos de la Empresa.

15. Dirigir en su área la implementación y sostenibilidad del Sistema Integrado de Gestión Institucional y sus componentes, en coordinación con las demás dependencias de la Empresa.

16. Dirigir la administración de los sistemas de información de la Vicepresidencia de acuerdo con las atribuciones de La Empresa y los sistemas de información empresarial.

17. Dirigir la atención de los requerimientos de los usuarios internos o externos y brindar la asesoría y respuesta oportuna relacio nada con la responsabilidad que le corresponde a la Vicepresidencia.

18. Orientar y dirigir a los Gerentes de la Vicepresidencia en las respuestas a los informes que soliciten los órganos de control, a los requerimientos de jueces y fiscales, respuestas a l os informes internos y requerimientos que soliciten la rama legislativa y las instancias de la rama ejecutiva, en especial el Ministerio del Trabajo.

fiscales, respuestas a l os informes internos y requerimientos que soliciten la rama legislativa y las instancias de la rama ejecutiva, en especial el Ministerio del Trabajo.

19. Dirigir y artícular la formulación de los planes estratégicos y operativos de

COLPENSIONES.

20. Orientar, dirigir y articular la gestión de las dependencias bajo su responsabilidad, para el cumplimiento de los planes, programas y proyectos de la Empresa.

21. Asistir y liderar las reuniones de los consejos, juntas, comités y demás cuerpos internos y externos en los cuales sea designado de acuerdo a las competencias de la

Empresa.

22. Presentar los informes propios de su gestión y los que le sean solicitados por la Presidencia, las demás áreas de la Empresa o por los organismos externos.

23. Participar en la aprobación de los procesos de COLPENSIONES y en la generación de acuerdos de niveles de servicio cuando así se requiera.

24. Participar en la identificación, medición y control de riesgos relacionados con los procesos asociados al área.

25. Aprobar y garantizar el cumplimiento a los planes de mejoramiento presentados a los entes de control y a la oficina de control interno.

26. Participar activamente en el establecimiento, fortalecimiento y mantenimiento de la5

5 MFCLC-TRABAJADORES OFICIALES CAP. II / PERFILES DE LOS CARGOS cultura de autocontrol, y en el desarrollo y sostenimient o del sistema integrado de gestión.

27. Garantizar la organización, conservación, uso, manejo y custodia de los documentos de conformidad con lo establecido en la Ley General de Archivos.

28. Participar activamente en pausas activas, capacitaciones y actividades para la

gestión.

27. Garantizar la organización, conservación, uso, manejo y custodia de los documentos de conformidad con lo establecido en la Ley General de Archivos.

28. Participar activamente en pausas activas, capacitaciones y actividades para la promoción y prevención de Seguridad y Salud en el Trabajo.

29. Procurar el cuidado integral de su salud , suministrando información clara, veraz y completa sobre su estado de salud.

30. Utilizar y mantener adecuadamente las instalaciones y equipos a su cargo.

31. Reportar oportunamente actos y condiciones inseguras, incidentes, accidentes y emergencias. En caso de ser necesario, participar activamente en las investigaciones de accidentes presentados en su área de trabajo.

32. Atender las indicaciones del personal experto en caso de que ocurra una emergencia.

33. Evitar el consumo de tabaco, bebidas alcohólicas y sustancias psicoactivas dentro de las instalaciones del lugar de trabajo.

34. Las demás inherentes a la naturaleza del

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