COLPENSIONES - Acuerdo 004 de 2022
COLPENSIONES
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Detalles
- Título
- COLPENSIONES - Acuerdo 004 de 2022
- Autor
- COLPENSIONES
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Laboral
- Año
- 2022
REPUBLICA DE COLOMBIA
ADMINISTRADORA COLOMBIANA DE PENSIONES,
COLPENSIONES
ACUERDO NÚMERO 004 DE 2022
( 28 de febrero de 2022 )
“Por el cual se adopta el Manual del Sistema de Gestión de Seguridad de la Información y Ciberseguridad de la Administradora Colombiana de Pensiones (Colpensiones) y se modifica la Parte V del Manual del Sistema Integral de Administración de Riesgos”
LA JUNTA DIRECTIVA DE LA ADMINISTRADORA COLOMBIANA DE PENSIONES
(COLPENSIONES)
En ejercicio de sus facultades legales y estatutarias en especial las conferidas por el Decreto 309 de 2017, el Acuerdo 106 de 2017, Acuerdo 132 de 2018 y
CONSIDERANDO
Que el artículo 155 de la Ley 1151 de 2007 creó a la Administradora Colombiana de Pensiones (Colpensiones), como u na Empresa Industrial y Comercial del Estado del orden na cional, con personería jurídica, autonomía administrativa y patrimonio independiente.
Que el objeto de la Administradora Colombiana de Pensiones (Colpensiones), es la administración estatal del Régimen de Prima Media con Prestación Definida y de los beneficios económicos periódicos de que trata el Acto Legislativo 01 de 2005, para lo cual se encuentra autorizado por la ley.
Que mediante el Decreto Ley 4121 de 2011, se cambió la naturaleza jurídica de la Administradora Colombiana de Pensiones (Colpensiones), a la de Empresa Industrial y Comercial del Estado organizada como entidad financiera de carácter especial.
Que mediante el Decreto Ley 4121 de 2011, se cambió la naturaleza jurídica de la Administradora Colombiana de Pensiones (Colpensiones), a la de Empresa Industrial y Comercial del Estado organizada como entidad financiera de carácter especial.
Que en cumplimiento de la Circular Externa 029 de 2014 de la S uperintendencia Financiera de Colombia, la cual imparte instrucciones que las entidades sometidas a su inspección y vigilancia deben adoptar, entre las que se encuentra la obligación de “Establecer una política que contenga los principios, procedimientos y lineamientos para la gestión de la seguridad de la información y riesgo de ciberseguridad en la entidad (…)” la cual debe contar con ciertas características específicas, se haceACUERDO NÚMERO 004 DEL 2022 HOJA No. 2
Continuación del Acuerdo: “Por el cual se adopta el Manual del Sistema de Gestión de Seguridad de la Información y Ciberseguridad de la Administradora Colombiana de Pensiones (Colpensiones) y se modifica la Parte V del Manual del Sistema Integral de Administración de Riesgos”
necesaria la expedición del Manual del Sistema de Gestión de Seguridad de la Información y Ciberseguridad de la Administradora Colombiana de Pensiones.
Que de conformidad con el subnumeral 3.1.1 del Capítulo V, Título IV de la Parte I de la precitada Circular Externa, la política de seguridad de la información y riesgos de ciberseguridad debe “ser aprobada por la Junta Directiva”.
Que mediante el Acuerdo 015 del 2021 la Junta Directiva a probó la actualización del Manual del Sistema Integral de Administración de Riesgos de la Administradora Colombiana de Pensiones (Colpensiones) con sus cinco partes, acorde con los marcos
Que mediante el Acuerdo 015 del 2021 la Junta Directiva a probó la actualización del Manual del Sistema Integral de Administración de Riesgos de la Administradora Colombiana de Pensiones (Colpensiones) con sus cinco partes, acorde con los marcos de referencia y buenas prácticas en cada uno de los sistemas de administración de riesgos aplicables a la entidad.
Que la Parte V del M anual del Sistema Integral de Administración de Riesgos denominada “Sistema de Gestión de Riesgos de Seguridad de la Información y Ciberseguridad” contiene en los numerales 5.1, 5,2 y 7.1, la Política General de Seguridad de la Información y Ciberseguridad , las Políticas Específicas y las Responsabilidades, siendo necesario separarlas de dicho cuerpo normativo para que sean incorporadas en el Manual del Sistema de Gestión de Seguridad de la Información y Ciberseguridad que se adoptará mediante este Acuerdo.
Que el Comité de Auditoría en sesión celebrada el 23 de febrero de 2022, recomendó presentar a nte la Junta Directiva de la Administradora Colombiana de Pensiones (Colpensiones), la creación del Manual de Gestión de Seguridad de la Información y Ciberseguridad, así como la modificación de la Parte V del Manual del Sistema Integral de Administración de Riesgos, relacionada con la Gestión de Riesgos de Seguridad de la Información y Ciberseguridad.
Que la Junta Directiva en sesión ordinaria del 28 de febrero de 2022, aprobó el Manual del Sistema de Gestión de Seguridad de la Información y Ciberseguridad y la consecuente modificación de la Parte V del Manual del Sistema Integral de Administración de Riesgos de la entidad.
Que teniendo en cuenta lo anterior,
ACUERDA
consecuente modificación de la Parte V del Manual del Sistema Integral de Administración de Riesgos de la entidad.
Que teniendo en cuenta lo anterior,
ACUERDA
ARTÍCULO PRIMERO: Aprobar el Manual del Sistema de Gestión de Seguridad de la Información y Ciberseguridad de la Administradora Colombiana de Pensiones
(Colpensiones), el cual hace parte integral de este Acuerdo y se adjunta como anexo junto con la “Política General de Seguridad de la Información y Ciberseguridad ” y el documento de “Roles y Responsabilidades del Sistema de Gestión de Seguridad de la Información y Ciberseguridad”.ACUERDO NÚMERO 004 DEL 2022 HOJA No. 3
Continuación del Acuerdo: “Por el cual se adopta el Manual del Sistema de Gestión de Seguridad de la Información y Ciberseguridad de la Administradora Colombiana de Pensiones (Colpensiones) y se modifica la Parte V del Manual del Sistema Integral de Administración de Riesgos”
ARTÍCULO SEGUNDO: Modificar la Parte V del Manual del Sistema Integra l de Administración de Riesgos, relacionado con la Gestión de Riesgos de Seguridad de la
Información y Ciberseguridad.
ARTÍCULO TERCERO: El Manual del Sistema de Gestión de Seguridad de la Información y Ciberseguridad que se adopte mediante este Acuerdo, deberá ser comunicado a las dependencias correspondientes por la Vicepresidencia de Seguridad y Riesgos Empresariales .
ARTÍCULO CUARTO: El presente Acuerdo rige a partir de la fecha de su expedición, modifica la Parte V del Manual del Sistema Integral de Administración de Riesgos de
y Riesgos Empresariales .
ARTÍCULO CUARTO: El presente Acuerdo rige a partir de la fecha de su expedición, modifica la Parte V del Manual del Sistema Integral de Administración de Riesgos de Colpensiones contenida en el Acuerdo 015 de 2021 y deroga las disposiciones que le sean contrarias.
PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE
Dado en Bogotá D.C., el 28 de febrero de 2022.
CATALINA FALQUEZ MARTINEZAPARICIO
Presidente de la Junta Directiva
MIGUEL ANGEL ROCHA
CUELLO
Secretario Técnico (A)