COLPENSIONES - Acuerdo 006 de 2020
COLPENSIONES
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Detalles
- Título
- COLPENSIONES - Acuerdo 006 de 2020
- Autor
- COLPENSIONES
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Laboral
- Año
- 2020
REPUBLICA DE COLOMBIA
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ADMINISTRADORA COLOMBIANA DE PENSIONES,
COLPENSIONES ACUERDO NÚMERO 006 DE 2020 ( 25 DE AGOSTO DE 2020 ) "Por el cual se modifica y actualiza el Manual del Sistema Integral de Administración de Riesgos de la Administradora Colombiana de Pensiones (Colpensiones)"
LA JUNTA DIRECTIVA DE LA ADMINISTRADORA COLOMBIANA DE PENSIONES
(COLPENSIONES) En ejercicio de sus facultades legales y en especial las conferidas por el Decreto 309 de 2017, el Acuerdo 106 de 2017, y CONSIDERANDO Que el artículo 155 de la Ley 1151 de 2007 creó a la Administradora Colombiana de Pensiones (Colpensiones), como una Empresa Industrial y Comercial del Estado del orden nacional, con personería jurídica, autonomía administrativa y patrimonio independiente. Que el objeto de la Administradora Colombiana de Pensiones (Colpensiones), es la administración estatal del Régimen de Prima Media con Prestación Definida y de los beneficios económicos periódicos de que trata el Acto Legislativo 01 de 2005, para lo cual se encuentra autorizado por la ley. Que mediante Decreto 4121 de 2011, se cambió la naturaleza jurídica de la Administradora Colombiana de Pensiones (Colpensiones), al de Empresa Industrial y Comercial del Estado organizada como entidad financiera de carácter especial. Que el numeral 4.2.4.1, capítulo IV del título IV de la parte 1, de la Circular Externa 029 de 2014 de la Superintendencia Financiera de Colombia fija como funciones de la Junta Directiva de las entidades vigiladas, en relación con el SARLAFT, entre otras, "aprobar
de 2014 de la Superintendencia Financiera de Colombia fija como funciones de la Junta Directiva de las entidades vigiladas, en relación con el SARLAFT, entre otras, "aprobar el manual de procedimientos y sus actualizaciones". Que mediante Acuerdo 114 de 2017 la Junta Directiva unificó los diferentes manuales de administración de riesgos de la entidad y adoptó el Manual del Sistema Integral de Administración de Riesgos de Colpensiones.ACUERDO NÚMERO 006 DEL 2020 HOJA No. 2
Continuación del Acuerdo: "Por el cual se modifica y actualiza el Manual del Sistema Integral de Administración de Riesgos de la Administradora Colombiana de Pensiones (Colpensiones)" Que mediante Acuerdo 001 del 21 de enero de 2019 de la Junta Directiva, se actualizó el Manual del Sistema Integral de Administración de Riesgos de Colpensiones con el propósito de mejorar la gestón de riesgos de la entidad.
Que mediante Acuerdo 004 del 21 de marzo de 2019 de la Junta Directiva, se actualizó la parte IV del Manual del Sistema Integral de Administración de Riesgos de Colpensiones, con el propósito de incorporar nuevas políticas que optimicen el Sistema de Administración de Riesgos de Mercado de la entidad. Que mediante Acuerdo 016 del 28 de octubre de 2019 de la Junta Directiva, se aprobó la metodología de segmentaciói:, diseñada para el producto Beneficios Económicofi Periódicos, dentro de la etapa de identificación del Sistema de Administración dél , ___ , - Riesgo de Lavado de Activos y Financiación del Terrorismo - SARLAFT, modificándose de esta manera la Parte II del Manual. Que mediante Acuerdo 002 del 25 de junio de 2020 de la Junta Directiva, se aprobó la
de esta manera la Parte II del Manual. Que mediante Acuerdo 002 del 25 de junio de 2020 de la Junta Directiva, se aprobó la metodología de segmentación aplicable al producto Régimen de Prima Media eon. Prfistación Definida, dentro de la etapa de identificación del Sistema de Administrac;:ióll qfi_I, Riesgo de Lavado de Aqfivos y Financiación del Terrorismo - SARLAFT, modificándose de esta manera la Parte 11 del Manual. , -.. • 1 :: • r· . ,- ) Qu'o fifi acuerdo con el plan e_strfif_fi-gico institucional - PEI 2019-2022 de Colpensionfis., {%¡fi§pecifiI lo relacionado con_1 fi!. 9bj.etivo de implementar las mejores prácticas ,s4fi 9fist_ipr),.con, enfoque en procesofi,y riesgos para responder a los cambios en el entorno y a las expectativas de la partes interesadas, y acogiendo las recomendaciones dadas por los órganos de control y supervisión, se hace necesario incorporar al Manual Integral de Administración de Riesgos, nuevas políticas, metodologías y prácticas parfi gestionar los riesgos estratégicos, tácticos y por proceso de la entidad, así comq compilar las modificaciones referidas en los párafos anteriores. Que el Vicepresidente de Seguridad y Riesgos Empresariales, previa recomendación del Comité de Auditoría celebrado el 24 de julio de 2020, sometió a consideración de la Junta Directiva, la modificación y actualización del Manual del Sistema Integral de Administración de Riesgos de Colpensiones. Que la Junta Directiva de la Administradora Colombiana de Pensiones (Colpensiones)
Junta Directiva, la modificación y actualización del Manual del Sistema Integral de Administración de Riesgos de Colpensiones. Que la Junta Directiva de la Administradora Colombiana de Pensiones (Colpensiones) en sesión del 25 de agosto de 2020, aprobó la modificación y consecuente actualización del Manual del Sistema Integral de Administración de Riesgos. .. - ,'I Qfi en mérito de lo expuesto, ACUERDA ARTÍCULO PRIMERO: Aprobar la modificación y actualización del Manual del Sistema Integral de Administración de Riesgos de la Administradora Colombiana de PensionesACUERDO NÚMERO 006 DEL 2020 HOJA No._1
Continuación del Acuerdo: "Por el cual se modifica y actualiza el Manual del Sistema Integral de Administración de Riesgos de la Administradora Colombiana de Pensiones (Ca/pensiones)" ----------------------------------------------- ·------------------------
(Colpensiones), que hace parte de este acuerdo con cinco partes y se adjunta como anexo.
ARTÍCULO SEGUNDO: El Manual del Sistema Integral de Administración de Riesgos que se adopte mediante este Acuerdo, deberá ser comunicado a las dependencias correspondientes por la Vicepresidencia de Seguridad y Riesgos Empresariales .
ARTÍCULO TERCERO: El presente Acuerdo rige a partir de la fecha de su expedición y deroga el Acuerdo 001 del 21 de enero de 2019, el Acuerdo 004 del 21 de marzo de 2019, el Acuerdo 016 del 28 de octubre de 2018, el Acuerdo 002 del 25 de junio de 2020 y aquellas disposiciones que le sean contrarias.
COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE Dado en Bogotá o.e., el 25 de agosto de 2020. ÍfÍ F LIPE NEGRET MOSQUER residente de la Junta Dire va