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COLPENSIONES - Acuerdo 010 de 2025

COLPENSIONES

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Detalles

Título
COLPENSIONES - Acuerdo 010 de 2025
Autor
COLPENSIONES
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Laboral
Año
2025

REPÚBLICA DE COLOMBIA

ADMINISTRADORA COLOMBIANA DE PENSIONES

COLPENSIONES ACUERDO NÚMERO 010 DE 2025 (27 de noviembre de 2025 ) “Por el cual se elige al Presidente de la Junta Directiva de la Administradora Colombiana de Pensiones (Colpensiones)” LA JUNTA DIRECTIVA DE LA ADMINISTRADORA COLOMBIANA DE PENSIONES — (COLPENSIONES) En ejercicio de sus facultades estatutarias, en especial las que le confiere el artículo 10 del Acuerdo 106 de 2017, adicionado por el Acuerdo 132 de 2018 y modificado por el Acuerdo 005 de 2024 y, CONSIDERANDO: Que la Ley 1151 de 2007 en su artículo 155, creó la Administradora Colombiana de Pensiones (Colpensiones), como una Empresa Industrial y Comercial del Estado del orden nacional, con personería jurídica, autonomía administrativa y patrimonio independiente. Que el Decreto Ley 4121 de 2011 cambió la naturaleza jurídica de la Administradora Colombiana de Pensiones (Colpensiones) a Empresa Industrial y Comercial del Estado organizada como entidad financiera de carácter especial, vinculada al Ministerio de Trabajo. Que con el fin de mejorar la eficiencia en la atención al ciudadano y optimizar los procesos de evaluación y control de la gestión, la Administradora Colombiana de Pensiones (Colpensiones) adoptó un nuevo modelo de operación, para lo cual fue preciso modificar su estructura interna, dando lugar a la expedición del Decreto 309 de 2017. Que el artículo 7° del Decreto 309 de 2017 establece que la Junta Directiva de Colpensiones estará integrada por un (1) representante del Ministro del Trabajo, un (1)

2017. Que el artículo 7° del Decreto 309 de 2017 establece que la Junta Directiva de Colpensiones estará integrada por un (1) representante del Ministro del Trabajo, un (1) representante del Ministro de Hacienda y Crédito Público y tres (3) representantes del Presidente de la República.ACUERDO NÚMERO 010 DE 2025 PÁGINA No. 2

Continuación del Acuerdo: “Por el cual se elige al Presidente de la Junta Directiva de la Administradora Colombiana de Pensiones (Colpensiones)” Que el inciso del artículo 7” del Decreto 309 de 2017 establece que, la Junta Directiva de Colpensiones la presidirá uno cualquiera de los representantes del Presidente de la

República. Que el artículo 10 del Acuerdo 106 de 2017, adicionado por el Acuerdo 005 de 2024 determina que corresponde a la Junta Directiva: “1. Elegir su presidente para periodos de un (1) año”. Que en sesión ordinaria celebrada el 27 de noviembre de 2025, la Junta Directiva de Colpensiones eligió a su Presidente para el periodo comprendido entre noviembre de 2025 y noviembre de 2026. Que en mérito de lo expuesto, ACUERDA: ARTÍCULO PRIMERO. Elegir a partir del 28 de noviembre del 2025, al doctor JOSE ORLANDO RODRÍGUEZ GUERRERO, identificado con cédula de ciudadanía No. 19.167.047, como Presidente de la Junta Directiva de la Administradora Colombiana de Pensiones (Colpensiones). PARAGRAFO. La elección del presidente de la Junta Directiva se efectúa por periodo de un (1) año o hasta que se lleve a cabo una nueva elección.

Pensiones (Colpensiones). PARAGRAFO. La elección del presidente de la Junta Directiva se efectúa por periodo de un (1) año o hasta que se lleve a cabo una nueva elección. ARTÍCULO SEGUNDO. El presente Acuerdo rige a partir de la fecha de su expedición y deroga las disposiciones que le sean contrarias.

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE

Dado en Bogotá, D.C., a los veintisiete (27) días del mes de noviembre de 2025 [HA PATRICIA BEJ NO RAMON Rresidénte de la Junta Directiva Secretaria Técnica de la Junta Directiva Revisó: Dra. Mirtha Patricia Bejarano Ramón — Jefe de la Oficina Asesora de Asuntos Legales CLP», Proyecto: Mauren Barón Burgos; Profesional Máster — Oficina Asesora de Asuntos Legales MD

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