🇨🇴⚖️ La Rama Judicial valida a Ariel en prueba de concepto de IA. Conoce los resultados aquí

COM-002-2008

CONCEJO MUNICIPAL

Icono de documento PDF

Descargar PDF

Disponible

Detalles

Título
COM-002-2008
Autor
CONCEJO MUNICIPAL
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Administrativo
Año
2008

ACUERDO COM-002-08

Concejo Municipal EL CONCEJO MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE GUATEMALA CONSIDERANDO: Que de conformidad con lo establecido en el artículo 253 de la Constitución Política de la República de Guatemala, es función del Concejo Municipal formular y ejecutar planes de ordenamiento territorial y de desarrollo integral, así como emitir y ejecutar las ordenanzas y reglamentos de su municipio, de acuerdo con las facultades otorgadas por la ley, en función del mejoramiento del ordenamiento territorial.

CONSIDERANDO: o \\> Que la Municipalidad de Guatemala ha emprendido una serie de medidas tendentes a la recuperación de la vía pública, siendo una de estas la señalización de calles y avenidas, a través de una Nomenclatura Única Municipal que permita uniformar de forma integral la identificación de las arterias que conforman el municipio, atendiendo las características arquitectónicas y culturales de este municipio.

CONSIDERANDO: Que con base en análisis técnicos realizados por el Departamento de Control de la Construcción Urbana, se elaboraron las "Especificaciones Técnicas para la Fabricación e Instalación de la Nomenclatura Unica Municipal de la Ciudad de Guatemala", instrumento que contiene las disposiciones concemientes a la señalización de calles y avenidas de este municipio, y sus distintas modalidades de implementación.

POR TANTO: Con fundamento en lo considerado y en lo que para el efecto establecen los artículos 97, 134, . 253 y 254 de la Constitución Política de la República de Guatemala; 3, 5, 9, 33, 35, 38, 40, 67, <<? 68, 142 y 143 del Código Municipal, Decreto número 12-2002 del Congreso de la República de

Guatemala.

<<? 68, 142 y 143 del Código Municipal, Decreto número 12-2002 del Congreso de la República de Guatemala.

ACUERDA: Articulo 1. Se aprueban “Las Especificaciones Técnicas para la Fabricación e Instalación de la

Nomenclatura Única Municipal de la Ciudad de Guatemala". Articulo 2. Para la aplicación de “Las Especificaciones Técnicas para la Fabricación e Instalación de la Nomenclatura Unica Municipal de la Ciudad de Guatemala”, se faculta al Departamento de Control de la Construcción Urbana para supervisar, monitorear y controtar el estado de las nomenciaturas, así como solicitar la restitución de ¡as mismas. Articulo 3. Se faculta al Alcalde Municipal para nombrar a una Comisión Técnica de evaluación, selección y autorización de solicitudes relacionadas con la Nomenclatura Unica Municipal, integrada por tres funcionarios municipales.Hoja No. 2 Acuerdo COM-002-08 Articulo 4. Se faculta al Alcalde Municipal para suscribir la Escritura Pública de Donación de la Nomenclatura Única Municipal respectiva, la cual obligará a la empresa contratante a la instalación y mantenimiento de la nomenclatura y concederá la utilización del espacio de marca por un plazo no mayor de 10 años. Articulo 5. El presente Acuerdo empezará a regir un día después de su publicación en el Diario Oficial, órgano ofjsial del Estado. 3 o = SECRETARIO © MUNICIPAL 4 > 7 Vara?

Consultar sobre este documento ...