COM-003-2008
CONCEJO MUNICIPAL
Descargar PDF
Disponible
Detalles
- Título
- COM-003-2008
- Autor
- CONCEJO MUNICIPAL
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Administrativo
- Año
- 2008
< Concejo Municipal { DE GUATEMALA. mple. | EL CONCEJO MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE GUATEMALA "CONSIDERANDO: Que en sesión celebrada el veintidós de noviembre del dos mil siete, punto tercero, según Acta número noventa y uno guión dos mil siete (791-2007), la Junta Directiva de la Empresa Municipal de Agua de la Ciudad de Guatemala -EMPAGUAaprobó el proyecto de Presupuesto de Ingresos y Egresos correspondiente al ejercicio fiscal dos mil ocho.
CONSIDERANDO: Que el Presupuesto de Ingresos comprende la estimación de los recursos financieros que la Empresa Municipal de Agua de la Ciudad de Guatemala -EMPAGUAtiene previsto percibir durante el ejercicio fiscal dos mil ocho, los cuales han sido cuantificados razonablemente tomando en cuenta su actual situación financiera.
CONSIDERANDO: Que el Presupuesto de Egresos ha sido formulado programáticamente, tomando en cuenta la disponibilidad de recursos, a fin que la Empresa pueda atender sus compromisos financieros y cumplir sus funciones básicas referentes a la prestación, mejoramiento y ampliación de los servicios de agua potable, así como los servicios de alcantarillado y drenajes.
CONSIDERANDO: Que el Presupuesto de Ingresos y Egresos para el año 2008 debe formularse con la nomenclatura aprobada por la Dirección del Presupuesto del Ministerio de Finanzas Públicas ya que para dicho año, se tiene la obligación de implementar en EMPAGUA, el Sistema de Contabilidad Integrada (SICOIN), pues de no ser así, se podría incurrir en sanciones de parte de la Contraloría General de Cuentas de la Nación, por lo cual es necesario autorizar dicha nomenciatura.
el Sistema de Contabilidad Integrada (SICOIN), pues de no ser así, se podría incurrir en sanciones de parte de la Contraloría General de Cuentas de la Nación, por lo cual es necesario autorizar dicha nomenciatura.
POR TANTO: Con base a lo anteriormente expuesto y con fundamento legal en los artículos 253 y 254 de la Constitución Política de la República de Guatemala; 3, 6, 7, 9, 33, 35 incisos al y f) . 37, 40, 54 inciso cl), 68 inciso al, 125, 126, 127, 128, 129 y 130 del Código Municipal, Decreto No. 12-2002; y la Ley Orgánica del Presupuesto, Decreto 101-97, ambos del Congreso de la República.
ACUERDO COM-003-08Concejo Municipal Hoja No. 2 Acuerdo-COM-003-08
ACUERDA: ARTICULO To. Aprobar ias normas presupuestarias siguientes:
NORMAS PRESUPUESTARIAS 2008
DE LA EJECUCION DEL PRESUPUESTO DE INGRESOS La Ejecución del Presupuesto de Ingresos se regirá por las disposiciones legales que determinan su creación y administración, en la forma siguiente: La administración por medio de sus dependencias, además de la ejecución de las funciones generales que tienen a su cargo, deberá realizar una planificación adecuada de los ingresos a percibir durante el ejercicio fiscal dos mil ocho, para alcanzar las metas estimadas en cada rubro en la forma siguiente: Preparar el PLAN ANUAL DE INGRESOS, el cual se desarrollará en el año dos mil ocho, para tales propósitos dicho plan integrará los siguientes programas:
1. La calendarización mensual y cuatrimestral de la recaudación de los
Preparar el PLAN ANUAL DE INGRESOS, el cual se desarrollará en el año dos mil ocho, para tales propósitos dicho plan integrará los siguientes programas:
1. La calendarización mensual y cuatrimestral de la recaudación de los diferentes ingresos.
La realización de un programa anual de control y fiscalización de los ingresos de la Empresa. Dicho programa contendrá acciones para la incorporación al sistema de facturación, a los usuarios que tiene instalaciones directas o sin medidor. Iniciar con el programa de mejoramiento del sistema comercial de EMPAGUA, tendiente a incrementar los ingresos de la Empresa, como resultado de cobrar los servicios efectivamente prestados. Establecimiento del programa anual de cobranza, para que se cumpla estrictamente con el control efectivo de las cobranzas normales y económico-coactivas. Para tal efecto se aplicarán criterios de simplificación y racionalización de los trámites.O DE GUATEMALA cumple Concejo Municipal Hoja No. 3 Acuerdo COM-003-08 Para hacer efectivo el cobro de las deudas atrasadas, por concepto de: contribución por mejoras, servicios de agua potable y tasa de alcantarillado: se continuará otorgando el equivalente al diez por ciento (10%) por juicios extrajudiciales y el veinte por ciento (20%) por juicios judiciales, calculado sobre el monto que efectivamente se cobre por cada uno de los juicios económico-coactivos que se tramiten. Tal porcentaje se pagará en concepto de honorarios y costas a los abogados que intervengan en dichos juicios. DE LA EJECUCION DEL PRESUPUESTO DE EGRESOS En la ejecución del Presupuesto de Egresos para el ejercicio fiscal dos mil ocho, cada
porcentaje se pagará en concepto de honorarios y costas a los abogados que intervengan en dichos juicios. DE LA EJECUCION DEL PRESUPUESTO DE EGRESOS En la ejecución del Presupuesto de Egresos para el ejercicio fiscal dos mil ocho, cada Unidad Ejecutora, aplicará la política de austeridad y establecerá los procedimientos de control que tiendan a racionalizar los gastos ya sea minimizando o suprimiendo los que no sean necesarios para la ejecución de sus actividades y proyectos. Además de las medidas que dicte el Concejo Municipal, la Gerencia General de la Empresa por medio de la Dirección de Finanzas, aplicará en caso necesario, las medidas de restricción y ordenamiento del gasto que sean pertinentes y que estén en concordancia con la situación-económica de la Empresa. Se observarán además de las disposiciones legales ordinarias, las normas siguientes: Las Direcciones y Unidades Ejecutoras son responsables de la ejecución de los programas y proyectos contemplados en el Presupuesto General de Egresos, conforme la distribución analítica formulada en el mismo. En ese sentido, para garantizar el efectivo logro de los objetivos y metas programadas en el presupuesto, deberán presentar en los primeros quince días del ejercicio fiscal, una programación de los requerimientos financieros conforme a sus cronogramas de trabajo a desarrollar, con indicación del avance físico a nivel de renglón de trabajo debidamente aprobados por la autoridad que corresponda. Adicionalmente quedan obligadas a lo siguiente:
1. Llevar registro y control de sus asignaciones por programas y proyectos, a nivel de renglón.
2. Registro y control sobre la correcta aplicación al gasto.
3. Establecer un sistema de registro de la ejecución de las metas contenidas en el
1. Llevar registro y control de sus asignaciones por programas y proyectos, a nivel de renglón.
2. Registro y control sobre la correcta aplicación al gasto.
3. Establecer un sistema de registro de la ejecución de las metas contenidas en el Presupuesto, con el objeto de realizar el seguimiento y evaluación de laConcejo Municipal
DE GUATEMALA ¡ple
Hoja No. 4 Acuerdo COM-003-08 ejecución presupuestaria. La Unidad de Presupuesto queda obligada a la distribución, registro y control de los Proyectos y/o asignaciones a nivel de renglón, y de los gastos que efectúa cada dependencia, hasta por el monto aprobado en este presupuesto. Cuando los trabajos a ejecutar deben realizarse por el sistema de contrato y sean objeto de licitación pública, deberán aplicar el procedimiento administrativo conforme a la Ley de Contrataciones del Estado y su reglamento. v Los servidores de la Empresa desempeñarán las funciones que correspondan a su puesto, en la dependencia administrativa donde se encuentren presupuestados. Queda bajo la responsabilidad de la Dirección Administrativa y de la Gerencia General el cumplimiento de esta disposición. v La jornada extraordinaria de labores será retribuida, siempre y cuando se establezca que los servicios son indispensables y la autorización de las mismas estará a cargo de cada Director. No se autorizará tiempo extraordinario si se establece que las actividades se realizarán en una Dirección y/o unidad distinta a la que pertenece el trabajador, salvo casos especiales debidamente autorizados por Acuerdo de Gerencia. Vi La contratación de servicios personales que se requieran en forma temporal para la ejecución de los programas y proyectos que realiza la administración; deberán ser
trabajador, salvo casos especiales debidamente autorizados por Acuerdo de Gerencia. Vi La contratación de servicios personales que se requieran en forma temporal para la ejecución de los programas y proyectos que realiza la administración; deberán ser autorizados por la Junta Directiva de la Empresa, a solicitud del Director de la Unidad Ejecutora respectiva y con la autorización de la Dirección de Finanzas, basada en la disponibilidad presupuestaria.O Concejo Muni ve GUareñala e pal Hoja No. 5 Acuerdo COM-003-08 vi Los puestos cuyo fítulo o denominación requieran el ejercicio de una actividad profesional universitaria, deben ser desempeñados por profesionales colegiados activos en la rama corespondiente, haciéndolo constar en el nombramiento o contrato respectivo. VII Las dependencias autorizadoras y pagadoras de gastos presupuestarios, deben promover cualquier acción tendiente a retener el pago de uno o varios salarios, pensiones o prestaciones cuando el servidor de la Empresa, pensionado o beneficiado tenga deudas pendientes con la Empresa, por concepto de sueldos o cualesquiera otra clase de cobros indebidos. Los salarios, pensiones o prestaciones retenidas deberán cubrirse inmediatamente después de que el adeudo haya sido cancelado o se haya firmado el correspondiente compromiso de pago. Para el efecto, se autoriza al Gerente General a fin que conforme a su criterio y sin perjuicio de los intereses de la Empresa, acepte y formalice por escrito que el o los adeudos se cancelen en abonos mensuales, que deberán descontarse de los respectivos pagos. 1X Las pensiones por jubilación a los empleados, y las pensiones que al fallecer los mismos
adeudos se cancelen en abonos mensuales, que deberán descontarse de los respectivos pagos. 1X Las pensiones por jubilación a los empleados, y las pensiones que al fallecer los mismos tienen derecho sus viudas o viudos, hijos menores o incapaces, o padres que dependían económicamente de ellos, serán autorizadas a través de la Gerencia General. X Las remuneraciones y prestaciones del personal que a su fallecimiento hubieren quedado pendientes de pago, se cancelaran mediante Acuerdo de Gerencia General, sin necesidad de trámite judicial alguno y se cubrirá en el siguiente orden de prioridad: a) Al cónyuge o conviviente.DE Sunreni me Concejo Municipal Hoja No. é Acuerdo COM-003-08 b) Hijos menores o incapaces y; c} Alos padres que dependían económicamente del fallecido. Lo dispuesto en esta norma se aplicará también para la devolución de las cantidades retenidas en concepto de diferido, que el empleado tuviere acumuladas; entendiéndose como tal a la retención mensual equivalente al cuatro por ciento (4%) sobre el sueldo fijo que figura en una cuenta especial de Fondos Consignados. Dicha retención se hará de enero a noviembre del ejercicio fiscal que corresponda y se devolverá en el transcurso de la primera quincena del mes de diciembre; a excepción de aquellos casos, en que el trabajador, solicite su devolución con antelación a esta fecha. XI Las economías cuatrimestrales que se causen en el grupo “0" SERVICIOS PERSONALES, solo son transferibles: a) Cuando se trate de atender situaciones de urgencia nacional o calamidad pública que hayan sido previamente declarados de conformidad con la ley. -
PERSONALES, solo son transferibles: a) Cuando se trate de atender situaciones de urgencia nacional o calamidad pública que hayan sido previamente declarados de conformidad con la ley. - e, b) Para efectuar los ajustes salariales que se deriven de la actualización del Plan de Clasificación de Puestos y los que se produzcan como consecuencia de la aplicación de medidas de política salarial de tipo general, que pudieran acordarse en el curso del ejercicio fiscal. c} Cuando sean destinados a cubrir pagos de la Deuda Pública. Xi No se aprobaran operaciones presupuestarias destinadas a asignar recursos para implementar reorganizaciones de dependencias, salvo que previamente los servicios hayan sido clasificados como prioritarios y la reorganización se encuentre enmarcada dentro de las políticas de austeridad y racionalización del gasto, previsión financiera, ordenamiento presupuestario y/o reforma administrativa, adoptadas por la Junta Directiva de la Empresa.DE GUATEMALA, comple Concejo Municipal Hoja No. 7 Acuerdo COM-003-08 Presupuestariamente las reorganizaciones se entienden como la redistribución de los recursos humanos, materiales y financieros asignados en el presente ejercicio, con el objeto de dinamizar la ejecución de los programas y la efectiva consecución de los objetivos de la entidad. Las reorganizaciones aun cuando no impliquen incremento presupuestario, deben fundamentarse en estudios técnicos y ser aprobadas por Acuerdo de Junta Directiva, previo dictamen favorable de las Direcciones: Administrativa y Finanzas, quienes para el efecto pueden actuar en forma conjunta. XII La administración de la Empresa podrá suspender, previa calificación de las circunstancias propias del caso, la autorización de desembolsos con cargo a
Administrativa y Finanzas, quienes para el efecto pueden actuar en forma conjunta. XII La administración de la Empresa podrá suspender, previa calificación de las circunstancias propias del caso, la autorización de desembolsos con cargo a asignaciones presupuestarias previstas como contrapartida de préstamos externos, si después de evaluar el avance físico y financiero de los proyectos, se establece que la utilización de los recursos no está acorde con la programación y con las cláusulas de los convenios respectivos o con los documentos complementarios que para el efecto sean firmados. Podrá acordarse la suspensión, y esta también podrá aplicarse a los servicios de supervisión de los proyectos. De igual forma se procederá en el caso de las obras o proyectos financieros con recursos internos, cuando el avance físico no este acorde con el avance financiero. XIV La Dirección de Obras y/o las unidades que tengan a su cargo la Ejecución de Programas o Proyectos de Inversión deberán de informar a la Dirección de Finanzas; cuando se finalice la construcción de cada obra, con el propósito de incorporar al patrimonio de la Empresa la obra concluida, así mismo presentar a la administración de la Empresa informes que contengan el estado del avance físico y financiero de cada uno de los proyectos de inversión, a más tardar quince (15) días después de finalizado cada cuatrimestre, quedando ésta, obligada a rendir estos informes al Concejo Municipal. XV Los vehículos que se hayan adquirido o que se adquieran en el futuro, por las unidades ejecutoras de proyectos de inversión, ya sea con fondos asignados en su respectivo presupuesto o con donaciones específicas, deberán estar exclusivamente al servicio directo del proyecto de que se trate, mientras dure su ejecución. Se
unidades ejecutoras de proyectos de inversión, ya sea con fondos asignados en su respectivo presupuesto o con donaciones específicas, deberán estar exclusivamente al servicio directo del proyecto de que se trate, mientras dure su ejecución. Se sancionará a los funcionarios o empleados que autoricen el uso de tales vehículos para fines distintos a los del proyecto.Concejo Municipal
DE GUATEM ALA ¡mie
Hoja No. 8 Acuerdo COM-003-08 XVI Los vehículos de trabajo propiedad de ia Empresa, no deben estar especificomente al servicio de un empleado, sino disponibles para la realización de distintas comisiones o labores que demanda la ejecución de los programas. Deben ser marcados en lugar visible y fácimente legible con el nombre de la Empresa. La asignación de cada vehículo deberá hacerse conforme las circunstancias de la comisión o labor que deba llevarse a cabo, y la provisión de combustible se hará con base a las disposiciones reglamentarias que correspondan, La Dirección Administrativa, velará por el debido cumplimiento de la presente norma recomendando a la Gerencia las sanciones que procedan de conformidad con la Ley en contra de los responsables. Cuando se adquieran vehículos nuevos, podrán entregarse a cuenta del precio correspondiente, los usados que estén al servicio de la Empresa, previo dictamen de la Dirección de Finanzas de la Empresa. XV! Las dependencias de la Empresa que para la ejecución de sus programas requieran servicios personales, no personales y bienes o suministros que sean producidos por empresas estatales, deberán adquirirlos en éstas, aplicando el Artículo 20. del Decreto Número 57-92 del Congreso de la República (Ley de Contrataciones del Estado y su
empresas estatales, deberán adquirirlos en éstas, aplicando el Artículo 20. del Decreto Número 57-92 del Congreso de la República (Ley de Contrataciones del Estado y su Reglamento), salvo que dichas empresas manifiesten por escrito que no tienen capacidad para proporcionar todo o en parte los productos o servicios. XVII En las especificaciones para cotización de maquinaria y equipo, así como en las bases para su licitación, deberá exigirse como requisito para adquirirlos que se garantice la existencia de repuestos en la cantidad y calidad necesarias: y que se provean los manuales en idioma español para la guía de operaciones y/o el mantenimiento correspondiente, Los materiales, equipo, maquinaria y demás artículos a adquirirse para la ejecución de los programas incluidos en el presupuesto, deberán ser preferentemente de producción nacional. XIX9 O Concejo Municipal Hoja No. 9 Acuerdo COM-003-08 Para el pago de los vencimientos de la deuda pública externa se elaborará el plan anual de tales vencimientos, para lo cual la Dirección de Finanzas hará la provisión de fondos respectiva a fin de que se atienda oportunamente el pago del servicio de la deuda. Las asignaciones previstas en el presupuesto para el pago de la deuda pública, deberán utilizarse únicamente para ese fin y no podrán transferirse por ningún motivo. XX Las acreedurias del ejercicio fiscal anterior que provengan de obligaciones legítimamente contraídas; entendiéndose como tales, aquellas en las cuales se han llenado las formalidades de Ley y los que surjan como consecuencia de haber recibido bienes o servicios así como los gastos comprometidos y no devengados al treinta y uno de diciembre del dos mil ocho, podrán trasladarse al ejercicio siguiente
llenado las formalidades de Ley y los que surjan como consecuencia de haber recibido bienes o servicios así como los gastos comprometidos y no devengados al treinta y uno de diciembre del dos mil ocho, podrán trasladarse al ejercicio siguiente imputándose a los créditos disponibles de cada unidad ejecutora. XXI La administración de la Empresa dentro de los quince (15) días siguientes de finalizado cada cuatrimestre se compromete a remitir a el Concejo Municipal un informe de su gestión, que contendrá como mínimo lo siguiente: a) La ejecución física de los programas y proyectos, comparándola con lo programado, b) La ejecución financiera de los gastos por programa y proyectos, compárandolos con lo programado. ¢) La ejecución financiera de los recursos por rubro de ingreso. d) Los resultados económicos y financieros del período; y, e) Análisis y justificaciones de las principales variaciones. XXI A las solicitudes de treslado de asignaciones presupuestarias se les dará trámite si se ajustan a los preceptos de la Ley Orgánica del Presupuesto: siempre que las dependencias interesadas propongan las partidas de las que se tomaran los recursos,3 Concejo Municipal
DE GUATEMALA -,mple
Hoja No. 10 Acuerdo COM-003-08 cuando dichas partidas correspondan a la propia dependencia o a otra dependencia de la misma Dirección en cuyo caso deberá contar con la anuencia del Jefe de la Unidad Ejecutora afectada. Cuando se trate de solicitudes de traslado de un Programa Institucional a otro, se requerirá la anuencia del respectivo Director, así como del Jefe de la Actividad y/o Proyecto que decrementa su presupuesto. Las transferencias de asignaciones hasta por QUINIENTOS MIL
traslado de un Programa Institucional a otro, se requerirá la anuencia del respectivo Director, así como del Jefe de la Actividad y/o Proyecto que decrementa su presupuesto. Las transferencias de asignaciones hasta por QUINIENTOS MIL QUETZALES EXACTOS (Q500,000.00), únicamente requerirán de ser aprobadas por la Dirección de Finanzas, previo Visto Bueno de la Gerencia General, excluyendose transferencias de la disponiblidad del rengión 111 (Energía Eléctrica), cuya asignación se utilizará exclusivamente para el pago de dicho servicio. El Concejo Municipal podrá aprobar transferencias presupuestarias en los casos en que se produzca una situación especial que amerite ampliación al presupuesto asignado, solicitando la autorización correspondiente, acompañada de las justificaciones que sean pertinentes, XXI De conformidad con lo establecido en la Ley Orgánica del Presupuesto y su Reglamento [Decreto Número 101-97 del Congreso de la República): las modificaciones presupuestarias en el grupo O servicios personales, las tendencias a aumento o disminución en el presupuesto de inversión, el incremento en el gasto financiado con endeudamiento, cambios en las fuentes de financiamiento, y las transferencias de asignaciones en los grupos | Servicios no Personales, 2 Materiales Y Suministros y 3 Propiedad, Planta Equipo e Intangibles del Programa de Gastos de Administración mayores a QUINIENTOS MIL QUETZALES (500,000.00) deberán someterse a consideración del Concejo Municipal. para su aprobación, exceptuando aquellas trasferencias de asignaciones originadas por traslado de personal entre unidades que afecten el grupo 0 servicios personales, pero que no incrementen ni decrementen lo presupuestado en dicho grupo O servicios personales. XXIV
exceptuando aquellas trasferencias de asignaciones originadas por traslado de personal entre unidades que afecten el grupo 0 servicios personales, pero que no incrementen ni decrementen lo presupuestado en dicho grupo O servicios personales. XXIV El presupuesto podrá ser ampliado durante et ejercicio fiscal dos mil ocho, cuando la Empresa obtenga ingresos ordinarios o extraordinarios provenientes de subsidios, donaciones, contrataciones de préstamos, nuevas tasas, arbitrios o aumentos a los establecidos en las tarifas, saldo de ejercicios anteriores, y otros. Para tal efecto y de conformidad con lo establecido en el artículo 10 del Acuerdo número COM-036-03, aprobado por este Concejo con fecha dieciséis de diciembre de dos mil tres, medificado mediante Acuerdos números COM-002-06 y COM-017-07 aprobados por este Concejo con fechas dieciocho de enero de dos mil seis y once de junio de dos mil siete respectivamente, se aprueba la fórmula de indexación respectiva, la cualDE G TEMALA ¡mple Concejo Municipal Hoja No. 11 Acuerdo. COM-003-08 consiste en la sumatoria de: el ajuste por pago de consumo de energía eléctrica, el ajuste de los costos de operación y de mantenimiento e inversiones en la infraestructura de prestación de los servicios, y el ajuste a los cargos fijos; la Gerencia será responsable de determinar los ajustes antes indicados, de conformidad con el anexo de fórmulas de ajustes que forma parte del presente Acuerdo, así como de establecer los mecanismos necesarios para aplicar la sumatoria que resulte de los O mismos. XXV La administración de la Empresa a más tardar el treinta y uno de marzo de cada año,
establecer los mecanismos necesarios para aplicar la sumatoria que resulte de los O mismos. XXV La administración de la Empresa a más tardar el treinta y uno de marzo de cada año, deberá presentar al Concejo Municipal y a la Contraloría General de Cuentas, la liquidación de sus respectivos presupuestos y los estados financieros correspondientes, así mismo deberá enviarse copia de dicha liquidación a la Dirección de Contabilidad del Estado, para efectos de la consolidación financiera del Sector Público de Guatemala. La liquidación debe contener los estados y cuadros siguientes, en lo que les fuere aplicable: a) Balance General de Empagua. b) Estado de Resultados c) Estado de Ejecución Presupuestaria (Liquidación de Ingresos y Egresos). A d) Ejecución física y financiera de los proyectos y obras ejecutadas en el año. ARTICULO 20. El Presupuesto de Ingresos y Egresos para el año 2008 debe formularse de conformidad con el Sistema de Contabilidad Integrada (SICOIN), cuya nomenclatura es la siguiente: 2008 | 21200090] 0 Tolo [0]0] 0 | 0 [EMPRESA MUNICIPAL DE AGUA -EMPAGUA2008 [21200090 | 0 [0 1 0/0] 0 | 0 [ACTIVIDADES CENTRALES 2008 /21200090 0 [0[ 1 0|0/ 0 | 0 [SIN SUBPROGRAMA 2008 21200090 | 0 [0]1 VIO |O | 0 [SINPROYECTO 200821200090 | 0 [0] 1 [010] 1] 0 [Dirección Superior 2008 121200090 0 lo! 1 |0]0] 2] 0 | Administración y Coordinación
200821200090 | 0 [0] 1 [010] 1] 0 [Dirección Superior 2008 121200090 0 lo! 1 |0]0] 2] 0 | Administración y Coordinación 2008121200090 | 0 0|1 00! 3| 0 Administración financiera 2008 |21200090| 0 [0] 1 0/0] 4] C [Administración Comercial 2008 21200090 | 0 [0 1 [0] 0] 5] 0 [Planificación y ProgramaciónDE GUATEMALA, ¿mple Concejo Municipal Hoja No. 12 Acuerdo COM-003-08 2008 |21200090| O |0| 1]0|0| 6| 9 | Administración y Servicios Técnicos 2008 |21200090 | O (0|1 (0/0|.7| O | Admon.de Obras para Agua Potable Urbana 2008 [21200090] 0 [0] 1 [0] 0] 8] O | Admon. de Obras de Alcantarillado 200821200090 0 [0] 1 [0/0] 9] 0 | Admon.Operación y Mant. De Agua 200821200090 0 [0[ 1 [0[0[410] 0 [Laboratorio 2008 (21200090 | O (0| 1 [0]|0]41] O | Potencia y Energia 2008721200090 | 0 [0 1 [0]0[12] 9 | Dirección Ejecutora de Proyectos 2008 | 21200090 | 0 [0[ 1 [0]0[13[ 0 | Administración de Servicios Sociales 2008 [21200090 | 0 [0[11]0] 0] 0] O|SERVICIO DE AGUA POTABLE
2008 | 21200090 | 0 [0[ 1 [0]0[13[ 0 | Administración de Servicios Sociales 2008 [21200090 | 0 [0[11]0] 0] 0] O|SERVICIO DE AGUA POTABLE 2008 |21200090| 0 0 /11|1:0| 0 O| SISTEMA SUPERFICIAL 2008 (21200090 | 0 0 11|1 0| 0 O|SINPROYECTO 2008 [21200090 | O O/11:1/0| 1| Ol Captación de fuentes Naturales (Acueduct) 2008 | 21200090 | O (0|41:1/0| 2| O] Tratamiento agua cruda (Pl. Tratamiento) 2008 | 21200090! O ¡O|11:1/0| 3| 0] Potabilización del agua (cloración) 2008 |21200090/ 0 O0|11 1/0| 4| Ol Almacenamiento (Tanque Almacenadores) 2008 [21200090 | O ¡0|11 11 0| 5| O] Distribución (Redes de Distribución) 2008 | 21200090! O O|111/0| 6| 0| Mantenimiento de Sistemas de Producción 2008 | 21200090! O {0|11/1| 0| 7| O| Mantenimiento de Sistemas Electromecánicos 2008 |21200090| 0 O] 1111|0| 8| Ol Mantenimiento acueducto Xayá-Pixcaya 2008 | 21200090! 0 [0[11]1] 1] 0] O Electro Válvulas de lavado, filtración y aire
2008 |21200090| O |0|141/1|1| O| 1iEléctro Válvulas de lavado, filtración y aire 2008 | 21200090! O |0|11|1|2| O| O Distribución de Agua Superficial 2008 | 21200090 | O |O0|11|1|2| O| 1 Colonia Roosevelt Zona 11 200821200090 | 0 |[0[11]1] 2] o| 2 Cambio Tuberías agua Tikal |, Il y lll zona 7. 2008 |21200090 | O |O|11|1! 2! O| 3 Sustitución y renov. equipos mecánicos eléctricos 2008 [21200090 | 0 [0]11]1] 2] 0] 4] Incorporacion de usuarios al servicio domiciliar 2008 21200090| O |0|11]1|2| O| 5 Remodelación redes de Distribución de Agua. 2008 21200090 0 |0]11|1| 2] 0| 6] Construcc.Redes de Distrib.de Agua en Areas Peri-Urbanas 2008 21200090 | O |0|11/2/0| O| 0. Sistema de Pozos Operación y Mantenim 2008 21200090! 0 |0|11/2/ 0! 0] O SIN PROYECTO 200821200090} O ¡O|11|2/0| 1| O Extracción 2008 ¡21200090 | O [0[11]2] 0] 2| 0] Potabilización del agua (Cloración) 2008 :21200090| O [0|11/2/0! 3| 0, Almacenamiento (Tanques Almacenadores) 2008 21200090| O |0|11/2 O] 4| 0| Distribución (Redes de Distribución)
2008 :21200090| O [0|11/2/0! 3| 0, Almacenamiento (Tanques Almacenadores) 2008 21200090| O |0|11/2 O] 4| 0| Distribución (Redes de Distribución) 2008 [21200090 | O [0]11]2[ 0] 5] 0| Mantenimiento de Sistemas de Producción 2008 ¡21200090 | O |0/11|2 0 6| O| Mantenimiento de Sistemas Electromecánicos 2008 [21200090 | O |0|11/2/0| 7 | O| Mantenimiento Sistema Subterraneo 2008 |21200090| 0 |0]41|2|1| 0] 0 | CONSTRUCCIÓN Y EQUIPAMIENTO DE POZOS 2008 |21200090| O |0|11|2|1| O| 1:El Limonz. 18 2008 |21200090| 0 [0]11]2] 1] 0] 2 Viveroz.2DE GUATEMALA, mp Concejo Municipal Hoja No. 13 Acuerdo COM-003-08 2008 |21200090| O |Ol41]2| 1] 0] 31 Parque Centro America z. 7. 2008 | 21200090 | 0 |0 42/0/0|0| 0 SISTEMA DE ALCANTARILLADO 2008 |21200090 | 0 ¡O |12/0/0 0] O|SIN SUBPROGRAMA 2008 ¡21200090 | 0 [0]12]{0] 0] o| 0|SIN PROYECTO 2008 21200090] O [0 1>|0/0] 1| Ol Diseño de redes de alcantarillado 2008 [21200090 | 0 [0 12|0/0 2] 0]Construccién de Alcantarillados
2008 21200090] O [0 1>|0/0] 1| Ol Diseño de redes de alcantarillado 2008 [21200090 | 0 [0 12|0/0 2] 0]Construccién de Alcantarillados 2008 |21200090| 0 '0/42/0|0: 3| 0| Mantenimiento Alcantarillado 2008 21200090 | 0 (0|42/0|1| Ol O Proyectos de Alcantarillado 2008 |21200090| O [0 |12]0] 1] 0 1| Drenaje Pluvial Col. Periodistas Bello Horizonte Zona 21 2008 | 21200090 | 0 |0|12|0 1| O| 2]Colct. Pluvial Col. Interamericano Ciudad Vieja 1 Z. 16 2008 |21200090: 0 |0|12|0/ 1| 0] 3] Drenaje Pluvial Col. Venezuela Zona 21 2008 |21200090 0 |0|12:0/1| 0| 4|Optimización Sistemas de Drenaje Sanitario. 2008 | 21200090 | 0 (0|12 0|1| O) 5|Drenaje pluvial 3a. Av. Col. Montesano Zona 16 2008 | 21200080 | 0 |0]12 0] 1] 0| 6|Red Superficial 4a. Calle Col. Guajitos Zona 21 2008 | 21200090 | 0 [0/12/01 1]| 0] 7| Red. Superficial Pluvial 11 av. Fina! Charcas Z.11
2008 |21200090 | 0 |0 120 1] 0] 8 Tunel colector Bulevard Acatan (B. S/Isidro) zona 16. 2008 121200090 0 10|12/0 1| 0| Y Drenaje col. La Floresta Zona 7 Y 2008 [21200090 | 0 |0|12/0| 1} O|10 Drenaje 3a. Calle Av. Hincapié Zona 13 2008 21200090 O (0!42/0| 1| 0}{11|Nueva descarga Colonia San Rafael |, zona 12 2008 [21200090 | O |C|12/