COM-005-2004_Modificar-Acuerdo-Concejo-Municipal-del-veintitres-febrero-1998
CONCEJO MUNICIPAL
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Detalles
- Título
- COM-005-2004_Modificar-Acuerdo-Concejo-Municipal-del-veintitres-febrero-1998
- Autor
- CONCEJO MUNICIPAL
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Administrativo
- Año
- 1998
E MUNI concejo municipal Acuerdo No. COM-005-04 EL CONCEJO MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE GUATEMALA CONSIDERANDO Que la Constitución Política de la República de Guatemala, ordena que para el cumplimiento de sus disposiciones, las Municipalidades podrán crear, de conformidad con la ley, su Juzgado de Asuntos Municipales, de acuerdo con sus recursos y sus necesidades, el que funcionará bajo órdenes directas del Alcalde Municipal. ) CONSIDERANDO Que el Código Municipal, dispone que para la ejecución de sus ordenanzas, el cumplimiento de sus reglamentos y demás disposiciones, la municipalidad podrá crear, según sus recursos y necesidades, los Juzgados de Asuntos Municipales que estime convenientes. CONSIDERANDO Que la Ley de Tránsito Decreto No. 132-96 del Congreso de la. República, ordena que las Municipalidades, por intermedio del Juzgado de Asuntos Municipales, podrán imponer a las personas, conductoras y propietarios de vehículos, las sanciones administrativas que la misma ley señala; cuando esta competencia les sea otorgada. CONSIDERANDO Que el Organismo Ejecutivo, mediante Acuerdo Gubernativo No. 67-98 del 11 de febrero de 1998, transfirió a la Municipalidad de Guatemala las facultades inherentes a la autoridad de tránsito en el municipio de Guatemala. CONSIDERANDO Que mediante el Acuerdo Municipal de fecha veintitrés de febrero de mil novecientos noventa y ocho, se creó el Juzgado de Asuntos Municipales de Tránsito. CONSIDERANDO Que ante el crecimiento de la cantidad de vehículos que circulan en la ciudad de
novecientos noventa y ocho, se creó el Juzgado de Asuntos Municipales de Tránsito. CONSIDERANDO Que ante el crecimiento de la cantidad de vehículos que circulan en la ciudad de Guatemala, se hace necesario incrementar el número de Juzgados de Asuntos Municipales de Tránsito, para la atención de los infractores al Reglamento de Tránsito. 21 Calle 6-77, Zona 1, Centro Cívico - Palacio Municipal - Teléfonos: 285-8051, 285-8052 y 285-8053€ MUNI concejo municipal POR TANTO Con fundamento en lo considerado, leyes citadas y lo que para el. efecto preceptúan los artículos 253, 254, 259 de la Constitución Política de lá República de Guatemala, 3, 5, 7, 9, 33, 35 inciso i), 42, 52, 53, 70, 79, 161 y 162 del Código Municipal, Decreto 12-2002 del Congreso de la República. ACUERDA Modificar el Acuerdo del Concejo Municipal del veintitrés de febrero de mil novecientos noventa y ocho. . Artículo 1°. Se reforma el artículo1, el cual queda así: “Artículo 1. Creación de los Juzgados de Asuntos Municipales de Tránsito. Para ejercer de forma más adecuada la competencia del Tránsito en el municipio de Guatemala se crean los Juzgados Primero, Segundo y Tercero de Asuntos Municipales de Tránsito, los cuales dependerán directamente del Alcalde Municipal”. Artículo 2°. Se ratifica en todo su demás contenido el Acuerdo emitido por el Concejo Municipal con fecha veintitrés de febrero de mil novecientos noventa y
Asuntos Municipales de Tránsito, los cuales dependerán directamente del Alcalde Municipal”. Artículo 2°. Se ratifica en todo su demás contenido el Acuerdo emitido por el Concejo Municipal con fecha veintitrés de febrero de mil novecientos noventa y ocho, que contiene la creación del Juzgado de Asuntos Municipales de Tránsito. Artículo 3°. El presente acuerdo entra en vigor inmediatamente y deberá ser publicado en el Diario Oficial. DADO EN EL SALON DE SESIONES “MIGUEL ANGEL ASTURIAS” DEL PALACIO MUNICIPAL, A LOS VEINTICINCO DÍAS DEL MES DE FEBRERO o ® S SECRETARIO a MUNICIPAL y ©, - Vara a 21 Calle 6-77, Zona 1, Centro Cívico - Palacio Municipal - Teléfonos: 285-8051, 285-8052 y 285-8053