COM-006-2003
CONCEJO MUNICIPAL
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Detalles
- Título
- COM-006-2003
- Autor
- CONCEJO MUNICIPAL
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Administrativo
- Año
- 2003
S M U N l concejo municipal
ACUERDO No. COM 00603
EL CONCEJO MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE GUATEMALA CONSIDERANDO: Que es competencia de la Corporación Municipal formular y ejecutar planes de ordenamiento territorial y de desarrollo integral, asi como emitir y ejecutar las ordenanzas y reglamentos de su Municipio de acuerdo con las facultades otorgadas por la ley, en función de un mejoramiento del medio ambiente y por lo tanto, de la calidad de vida de sus vecinos.
N CONSIDERANDO: Que con el fin de preservar la calidad de vida en las áreas residenciales y ordenar el desarrollo urbano del Municipio de Guatemala, el Concejo Municipal emitió el Acuerdo 42-2001 que contiene la Declaratoria de Áreas Residenciales del Municipio de Guatemala, sin que se haya establecido la delimitación exacta de los distintos sectores residenciales.
POR TANTO: Con fundamento en lo considerado y en lo que para el efecto establecen los articulos 97, 134, 253 y 254 de la Constitución de la República de Guatemala; 3, 5, 9, 33, 35, 38, 40, 67, 68, 142, y 143 del Código Municipal, Decreto número 12-2002 del Congreso de la República.
ACUERDA: Delimitar de Áreas Residenciales de las zonas 1, 2,3 y 5 del Municipio de Guatemala Artículo 1°. Se aprueba la delimitación de las Áreas Residenciales de las zonas 1, 2, 3 y 5 del Municipio de Guatemala, según planos adjuntos; las cuales fueron declaradas como tales, en acuerdo del Concejo Municipal del 24 de octubre del 2001; las que se detallan a continuación: ZONA 1 - Las Victorias - 10 de Mayo
Municipio de Guatemala, según planos adjuntos; las cuales fueron declaradas como tales, en acuerdo del Concejo Municipal del 24 de octubre del 2001; las que se detallan a continuación: ZONA 1 - Las Victorias - 10 de Mayo ZONA2 - El Zapote - El Sauce - Jocotenango (sectores A, B y C)
- Asunción
- Ciudad Nueva
- Melgar Díaz
- El Roble
- La Floresta
- San Angel IV ZONA3 - Lo de Bran ZONAS - Jardines de la Asunción (sectores A y B)
- Vivibien.
Artículo 2°. En el perímetro del Centro Histórico, por estar éste sujeto a régimen especial, sus sectores predominantemente residenciales deberán contemplarse en el “Marco Regulatorio del Manejo y Revitalización del Centro Histórico”.COLONIA
LAS VICTORIAS
N > 10 DE MAYO | | | — — e i Ll [ | / » N Q ta S | E e | | 7 ! H ; S | — ° | E 7 la) Sá dan [am] ELI
NORTE MUNICIPALIDAD CDE a || DELIMITACIÓN | cación — DEAREAS — | ———— DESARROLLO RESIDENCIALES o1 METROPOLITANOE
JOCOTENANGO |
SECTOR B YC
MUNICIPALIDAD
GUATEMALA
PLAN DE DESARROLLO
METROPOLITANO
SAN ANGEL IV
JOCOTENANGO)
SECTORA
1—— ASUNCIÓN
17 PLANO DE
DELIMITACIÓN DE ÁREAS UBICACION
RESIDENCIALES
ZONA POSTAL
02LO DE BRAN
MUNICIPALIDAD
SAN ANGEL IV
JOCOTENANGO)
SECTORA
1—— ASUNCIÓN
17 PLANO DE
DELIMITACIÓN DE ÁREAS UBICACION
RESIDENCIALES
ZONA POSTAL
02LO DE BRAN
MUNICIPALIDAD
GUATEMALA
PLAN DE
DESARROLLO METDADAITANA
DELIMITACION
DE ÁREAS
RESIDENCIALES
PLANO DE
UBICACION
ZONA POSTAL
03hn NORTE
JARDINES DE
LA ASUNCIÓN
SECTORES A YB
VIVIBIEN
_— -
MUNICIPALIDAD PLANO DE
E