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COM-006-2003

CONCEJO MUNICIPAL

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Detalles

Título
COM-006-2003
Autor
CONCEJO MUNICIPAL
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Administrativo
Año
2003

S M U N l concejo municipal

ACUERDO No. COM 00603

EL CONCEJO MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE GUATEMALA CONSIDERANDO: Que es competencia de la Corporación Municipal formular y ejecutar planes de ordenamiento territorial y de desarrollo integral, asi como emitir y ejecutar las ordenanzas y reglamentos de su Municipio de acuerdo con las facultades otorgadas por la ley, en función de un mejoramiento del medio ambiente y por lo tanto, de la calidad de vida de sus vecinos.

N CONSIDERANDO: Que con el fin de preservar la calidad de vida en las áreas residenciales y ordenar el desarrollo urbano del Municipio de Guatemala, el Concejo Municipal emitió el Acuerdo 42-2001 que contiene la Declaratoria de Áreas Residenciales del Municipio de Guatemala, sin que se haya establecido la delimitación exacta de los distintos sectores residenciales.

POR TANTO: Con fundamento en lo considerado y en lo que para el efecto establecen los articulos 97, 134, 253 y 254 de la Constitución de la República de Guatemala; 3, 5, 9, 33, 35, 38, 40, 67, 68, 142, y 143 del Código Municipal, Decreto número 12-2002 del Congreso de la República.

ACUERDA: Delimitar de Áreas Residenciales de las zonas 1, 2,3 y 5 del Municipio de Guatemala Artículo 1°. Se aprueba la delimitación de las Áreas Residenciales de las zonas 1, 2, 3 y 5 del Municipio de Guatemala, según planos adjuntos; las cuales fueron declaradas como tales, en acuerdo del Concejo Municipal del 24 de octubre del 2001; las que se detallan a continuación: ZONA 1 - Las Victorias - 10 de Mayo

Municipio de Guatemala, según planos adjuntos; las cuales fueron declaradas como tales, en acuerdo del Concejo Municipal del 24 de octubre del 2001; las que se detallan a continuación: ZONA 1 - Las Victorias - 10 de Mayo ZONA2 - El Zapote - El Sauce - Jocotenango (sectores A, B y C)

  • Asunción
  • Ciudad Nueva
  • Melgar Díaz
  • El Roble
  • La Floresta
  • San Angel IV ZONA3 - Lo de Bran ZONAS - Jardines de la Asunción (sectores A y B)
  • Vivibien.

Artículo 2°. En el perímetro del Centro Histórico, por estar éste sujeto a régimen especial, sus sectores predominantemente residenciales deberán contemplarse en el “Marco Regulatorio del Manejo y Revitalización del Centro Histórico”.COLONIA

LAS VICTORIAS

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MUNICIPALIDAD

GUATEMALA

PLAN DE DESARROLLO

METROPOLITANO

SAN ANGEL IV

JOCOTENANGO)

SECTORA

1—— ASUNCIÓN

17 PLANO DE

DELIMITACIÓN DE ÁREAS UBICACION

RESIDENCIALES

ZONA POSTAL

02LO DE BRAN

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