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COM-01-1995

CONCEJO MUNICIPAL

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Detalles

Título
COM-01-1995
Autor
CONCEJO MUNICIPAL
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Administrativo
Año
1995

muni concejo municipal municipalidad guatemala ACUERDO DEL CONCEJO MUNICIPAL CREACIÓN DE LA COMISIÓN MUNICIPAL COORDINADORA Y DIRECTORA OE LA UNIDAD COORDINADORA DEL SISTEMA DE TRANSPORTE

MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE GUATEMALA

APRCBIDO: 09 DE ENERO/95 HOJA No. 1 DE 4

EL CONCEJO MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE GUATEMALA CONSIDERANDO: Que esta Ergeno colegiado con fecha siete de noviembre de mil novecientos noventa y cuatro, acordó le creación de la Unidad Coordinadora del Sistema de Transporte Municipal de la Cludad de Guetemale.

CONSIDERANDO: Que para la edninistración, planificación, prestación y conocer de todo estudio relacionado con el servicio de Transporte Municipal, asf como la vigilancia, control y supervisión del servicio de transporte colectivo urbano por medio de autobuses y microbuses tanto en el servicio normal como en el servicio preferencial, se hace necesario le Integración de un cuerpo colegledo, que tenga a su cargo la dirección, coordinación y asesoramiento de la relecionada Unidad Municipal.

CONSIDERANDO: Que los funcionarios municipales que pasen a formar parte de la Comlsién Coordinadora y Directora de le Unidad Coordinadora del Sistema de Transporfe Municipal de la Cludad de Guatemala, pueden percibir dietas por el trabajo que desempeñan como mlembros del órgano cltado, slempre que tales actividades sean compatibles con la Jornada de trabajo del puesto que ocupen.

CONSIDERANDO: Que compete al Concejo Municipal, la Iniciativa, decisión y ejecución de los esuntos municipales, así cemo la disposición de los recursos del munlciplo pare el cumplimiento de sus fines.

POR TANTO:

CONSIDERANDO: Que compete al Concejo Municipal, la Iniciativa, decisión y ejecución de los esuntos municipales, así cemo la disposición de los recursos del munlciplo pare el cumplimiento de sus fines.

POR TANTO: Con fundamento en lo expuesto y lo que para el efecto preceptúen los ertículos 253, 254, 260 de lo Constitución Política de la República de Guatemala; 2, 3, 6, 7, 30, 31, Inciso a), 39, 40 Inclsos 8), 5), K, 1), m), md, 5), 4), y), 41 Incisos a), b}, k), 49, 51, 52, 53, 60, 61, 62, 82 Inciso d), 84, 109, 110, del Código Municipal: 1, 2, 4, 5, 11, 13, 29, 48 de la Ley Orgánica del Presupuesto.

ACUERDA: Artículo Primero: CREACIÓN: Se crea la Comisión Municipal Coordinadora y Directora de la Unidad Coordinadora del Sistena de Transporte Municipal de la cludad de Guatemala.

Artículo Segundo: INTEGRACION: La Comisión Municipal Coordinadora y Directora se Integra est:

  1. Un Presidente

b) Un Vice-Presidente ©) Un Secretario dí AsegorTa Jurídica e) Asesoria Técnica ) Ccorcinador General 9) Coordinador Operativo dl palacio municipal centro cívico zona 1 teléfono 20121 al 8 ext. 204-353muni concejo municipal municipalidad atemala ACUERDO DEL CONCEJO MUNICIPAL CREACIÓN DE LA COMISIÓN MUNICIPAL COORDINADORA Y DIRECTORA DE LA UNIDAD COORDINADORA DEL SISTEMA DE TRANSPORTE

MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE GUATEMALA APROBADO: 09 DE ENERO/95 HOJA No. 2 0€ 4 h» Coordinador Financiero 1) Coordinedor de Apoyo Artículo Torcero: Se nomra e las persones que a continuación se detallan, para ocupar los cargos arriba Inglcados, asf:

  1. Presidente Licenciado Oscar José Rafael Berger Perdomo; Alcalde Municipal
  2. Vice-Presidente, Arquitecto Manuel Eduardo Castillo Arroyo, Concejal Primero 3) Secretarlo, señor Serglo de Jesús Leal Baldlzén, Olrector Administrativo 4) Asesor Jurídico, |icencieda Gladys Anabel la de León Rulz, Jefe de la Administración Juridica 5) Asesor Técnico, señor Enrique Degenhart, quien colaborará en forma Ad-honoren 6) Coordinador General, señor Jorge Francisco Palacios Aldana, Director de Transportes Públicos 7) Coordinador Operativo, señor Salvador Gándara Galtén, Jefe de la Unidad de Alimentos por Trabajo 8) Coordinador Financiero, señor José Tul lo González Krocker 9) Cocrálnación de Apoyo 9.1. Ingeniero Edgar de León Maldonado, Sub-director de Planificación Urbana 9.2. Señor Orto René Marín del Valle, Director de Servicios PÚblicos 9.3. Lic. Merlo Alberto Zapata Niederhal+tman, Asesor del señor Alcalde Municipal 9.4. Ingentero Alejandro Cedenos Réalla, Director de Obras Municipales 9.5. Señor Victor Manuel Mendoza Mel canos, Director de Finenzas Municipales Artículo Cuarto: Al producirse una vacente en le Comisión Coordinadora y directora de la Unidad Coordinadora del Sistema de Transporte Municipal de la cludad de Guatemala, el Presidente o en su

Artículo Cuarto: Al producirse una vacente en le Comisión Coordinadora y directora de la Unidad Coordinadora del Sistema de Transporte Municipal de la cludad de Guatemala, el Presidente o en su defecto el Coordinador General lo comunicará a donde corresponde pera que se proceda a la designación del substituto.

Artículo Quinto: Los Integrantes de la Comisión Coordinadora y directora tlenen la obligación de acudir s las seslones de la mana, y de excusarse con la deblde anticipación cuando no puedan concurrir a una o más. Para celebrar sesión es necesario que estén presentes, por lo menos, el presidente o el vice-presidente, los asesores o Coordinadores. El reglamento de sesiones normerá lo demás reletivo a les mismas.

Artículo Sexto: Son funciones de la Comisión Municipal Coordinadora y directora: a) Dictar les medidas de administración superlor b) Acordar la polftica económica, financlera y de Inversión

©) Aprober el proyecto de presupuesto anual de Ingresos y egresos de la Unlded de Transporte Municipal. d) Conocer los estados de cuentas y balances de la Unidad de Transportes Municipal ©) Dar cuenta al Concejo del Informe anual de labores f) Aprobar los proyectos de tarifas del servicio de transporte municipal, con base en los estudios y ajusténdose razonablemente a las necesidades del municiplo y a las posibilidades económicas del vecindario; y eleverlos al Concejo para su aprobación. 6) Aprobar los proyectos de convenios a celebrar con Municipelidades u otras personas naturales o Jurídicas, respecto al servicio público de +rensportes municipales y eleverlos al Concejo para

su aprobación. h) Autorlzar las erogaciones de la Unidad del SIstena de Transporte Municipal, cuendo le cometa 1) Nombrer euditor o firma auditora de le Unidad del Sistema de Transporte Municipal. 1) Nombrar delegados y observadores k) Ejercer las demás funciones que le asigne el Concejo Municipal palacio municipal centro cívico zona 1 teléfono 20121 al 8 ext. 204-353concejo municipal municipalidad uatemala ACUERDO DEL CONCEJO CREACIÓN DE LA COMISIÓN MUNICIPAL COORDINADORA Y DIRECTORA DE LA UNIDAD COORDINADORA DEL SISTEMA DE TRANSPORTE MUNICIPAL

DE LA CIUDAD DE GUATEMALA

APROBADO: 09 DE ENERO/95 HOJA No. 3 OE 4

Artículo Séptimo: FUNCIONES DEL PRESIDENTE: El Presidente co la Comisión Coordinadora y Glrectore de Ta Unidad del Sistema de Transporte Municipal, son las siguientes: a) Es el representante legel de la Unidad del Sistema de Transporte Municipal b) Es el órgano de comunicación con el Concejo y los organismos del Estado

©) Dobe convocar, presidir y dirigir las sesiones d) Debe velar porque se alcancen los fines de la Unidad del Sistema de Transporte Municipal, se ejerciten los derechos y se cumplan las obligaciones de las mismas, e) Debe preparar, con ayude del Coordinador General, los Informes anuales de lebores 4) Debo desempeñar las comislones que se le asignen, compatibles con su Jerarquía glDebe atender las releciones con las autoridades superlores estetales y municipales a fin de coordinar les funciones de le Unidad del Sistema de Transporte Municipal con los planes de desarrollo urbano.

glDebe atender las releciones con las autoridades superlores estetales y municipales a fin de coordinar les funciones de le Unidad del Sistema de Transporte Municipal con los planes de desarrollo urbano.

Artículo Octavo: COORDINACION GENERAL: La coordinación general es el órgano ejecutivo superior de la Unidad del Sistema de Transporte Municipal, y como tal, le corresponde Impulsar, dirigir y coorélner las actividados administrativas. Para ser Coordinador General, es necesario desempeñar el cargo de

Director de Transportes Públicos Urbanos, de la Municipalidad de Guatemala.

Artículo Noveno: DEPENDENCIAS ADMINISTRATIVAS: La Comisión Coordinadora y directore de la Unidad del Sistema del Transporte Municipal, podrá creer las dependencias administrativas que sean necoserias para la buena administración y operación de la misma.

Artículo Décimo: Son funciones del Coordinador General: a) Tramitar y resolver los asuntos de su competencia b) Nombrar el personal administretivo y operativo, cuya designación no corresponda al Presidente o a la Comisión en pleno.

©) Enltir circulares, órdenes e Instructivos para el buen funcionamiento de la Unidad del Sistema de Transporte Municipal & Dirigir correspondencia, firmar cheques y demás documentos de crédito, debidamente autorizados y documentos bancarios. La Comisión en pleno, aprobará el Reglamento General de administración de la Unidad del Sistena de Transporte Municipal.

Artículo Décimo Primero: DISPOSICION: La Unidad del Sistema de Trensporte Municipal tlene la libre zdministración de sus blemes, que ejercerá conforme las disposiciones legales y reglamentarlos aplicables; para la enajenación, arrendamiento, gravamen, |imitecién y otras formas de disposición

zdministración de sus blemes, que ejercerá conforme las disposiciones legales y reglamentarlos aplicables; para la enajenación, arrendamiento, gravamen, |imitecién y otras formas de disposición atinentos a esos bienes, deberá de obtenerse previamente la autorización del Concejo Municipal.

Artículo Décimo Segundo: PRESUPUESTO: La Unidad del sistemo de transporte municipal elaborará Snuelmente su presupuesto, de acuerdo a las normas aplicables del presupuesto municipal y con le antelación necesaria pare que sea aprobado por el Concejo. et palacio municipal centro civico zona 1 teléfono 20121 al 8 ext. 204-353concejo municipal municipalidad guatemala

ACUERDO DEL CONCEJO MUNICIPAL CREACIÓN DE LA

COMISIÓN MUNICIPAL COORDINADORA Y DIRECTORA DE LA

UNIDAD COORDINADORA DEL SISTEMA DE TRANSPORTE

MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE GUATEMALA

APROBADO: 09 DE ENERO/95

HOJA No. 4 DE 4

Artículo Décimo Tercero: SUPERAVIT: En ceso de haber superávit en un ejercicio, previa autorización del Concejo, podré reinvertirse en la realización de los fines de la empresa, sin que por ningún notivo pueda ser utilizado con otro destino, parcial o totalmente, ni aún en forma temporal.

Artículo Décimo Cuarto: OBLIGACIONES: Las obligeciones que asume la Unidad del Sistema de Transporte Municipal, por su creeción y las que legelmente contrelga, gozan de plena garantía de la Municipalidad de Gustenals B Artículo Décimo Quinto: ORGANIZACION: El Alcalde en su calidad de Presidente de la Comisión, quede facultado para dictar y poner en práctica todas las nedidas necesarlas que +lendan a la organización

Artículo Décimo Quinto: ORGANIZACION: El Alcalde en su calidad de Presidente de la Comisión, quede facultado para dictar y poner en práctica todas las nedidas necesarlas que +lendan a la organización y funcionamiento de la Unidad del Sistema de Transporte Municipal.

Artículo Décimo Sexto: VIGENCIA: Este acuerdo entrará en vigor Inmediatamente.

DADO EN EL SALON DE SESIONES "MIGUEL ANGEL ASTURIAS" DEL PALACIO MUNICIPAL A LOS NUEVE DIAS DEL MES DE ENERO DE MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y CINCO.- palacio municipal centro cívico zona 1 teléfono 20121 al 8 ext. 204-353

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