COM-01-2003
CONCEJO MUNICIPAL
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Detalles
- Título
- COM-01-2003
- Autor
- CONCEJO MUNICIPAL
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Administrativo
- Año
- 2003
M U N I concejo municipal Acdo.No.COM-01-2003 EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DE GUATEMALA CONSIDERANDO Que el Concejo Municipal con fecha 2 de agosto de 1999, autorizó el pago de un Bono mensual a los jubilados y pensionados municipales en el rango de Q.50.00 a Q200.00 el cual se ha hecho efectivo de acuerdo al monto de la jubilación o pensión que perciban. CONSIDERANDO Que en virtud del elevado costo de vida que afronta la población guatemalteca, el cual indudablemente ha repercutido en mayor grado en los jubilados y pensionados municipales, por lo que se hace necesario, no obstante los limitados recursos municipales, otorgar un incremento al bono que actualmente reciben. POR TANTO En base a las facultades que le confieren los artículos 253 y 254 de la Constitución Política de la República de Guatemala, 3, 7, 9, 33,y 35 inciso i) del Código Municipal Decreto Número 12-2002 del Congreso de la República. ACUERDA Artículo 1. Se autoriza un incremento de cincuenta quetzales (Q.50.00) mensuales, al bono que actualmente devengan los jubilados y pensionados de la Municipalidad de Guatemala y de la Empresa Municipal de Agua de la ciudad de Guatemala -EMPAGUA-, el cual se hará efectivo a partir del mes de enero del 2003.e M U N l concejo municipal
Artículo 2. Se autoriza a la Dirección de Finanzas de la Municipalidad de Guatemala, y a la Dirección Financiera de EMPAGUA, para que realicen las operaciones presupuestarias y contables que procedan para hacer efectivo el anterior bono, a partir del mes de enero del año en curso Artículo 3. El presente Acuerdo entrará en vigencia inmediatamente.