COM-013-2001
CONCEJO MUNICIPAL
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Detalles
- Título
- COM-013-2001
- Autor
- CONCEJO MUNICIPAL
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Administrativo
- Año
- 2001
Acuerdo No.COM-013. viendo AiO TABLA DE VALORES POR METRO CUADRADO (IUSI). Aprobado: 2 de marzo/2001. JUST - Metrópolis 2,010 (Arq. Mena). - Contraloría de Cuentas Carol »ejo municipal Acuerdo No. COM-013 G mamo [7551 DE GUATEMALA Que corresponde con exclusividad a l:: Corporación Municipal, la deliberación y decisión del gobierno y administración del patrimonie intereses del Municipio, emitiendo para el efecto, las ordenanzas y reglamentos respectivos.
CONSIDERANDO: Que constituyen la hacienda municipal, € “tre otros, los ingresos producto de los impuestos, que el Congreso de la República decrete a fa or de la Municipalidad, los cuales gozan de las mismas garantías y privilegios de los bienes CONSIDERANDO: Que por Acuerdo Ministerial número 6-9t vigente a partir del 14 de marzo de 1995, el Ministerio de Finanzas Públicas trasladó a la Municipalidad de Guatemala la recaudación y administración del Impuesto Único Sobre Inmuebles de su urisdicción, estando facultada de conformidad con la Ley del Impuesto Único Sobre Inmuebles para que efectúe los avalúos necesarios, resolver impugnaciones y realizar el levantamient > y mantenimientos catastral de su jurisdicción; CONSIDERANDO: Que de conformidad con el artículo 13 a > la Ley del Impuesto Único Sobre Inmuebles, Decreto 1598 del Congreso de la República, corresponde a las Municipalidades que administran dicho impuesto, sustituir los valores de los inm iebles mediante avalúos y basados en los procedimientos que para el efecto apruebe el Concejo M nicipal;
CONSIDERANDO:
que para el efecto apruebe el Concejo M nicipal; CONSIDERANDO: Que se hace necesario aprobar las table s de valores de construcción y de terrenos que sirva como base para fijar los valores fiscales de lc: inmuebles que se encuentran dentro de su jurisdicción, tomando como referencia los estudios té nicos y de campo efectuados.
POR TANTO: Con base en lo Considerado, en lo que ¡ ara el efecto establecen los artículos 253, 254 y 255 de la Constitución Política de la República de Suatemala; 3, 4, 39, 40, 41, 52, 82, 83, 84 y 85 del Código Municipal, Decreto 58-88 del Congreso 1e la República; y 1, 3 4, 5, 13, 14, 15 y 23 de la Ley del Impuesto Único Sobre Inmuebles, Decre o 15-98 del Congreso de la República; Palacio Municipal, Centro Cívico Zona 1 Teléfono 232-0121 al 8 ext, 204353 ¡Todos unidos por nuestra Ci ¡dad!stra JU ni concejo municipal
ACUERDA:
Establecer las siguientes: TABLAS DE VALORES POR METRO CUADRADO DE
CONSTRUCCIÓN Y POR METRO CUADRADO DE T':RRENO PARA LOS INMUEBLES
UBICADOS DENTRO DEL MUNICIPIO D= GUATEMALA:
TITULO ÚNICO
DE LAS TABLAS DE VALORES CAPITULO | TABLA DE VALORES POR METF O CUADRADO DE CONSTRUCCIÓN PARA LOS INMUEBLES UBICADOS DENTRO DEL MUNICIPIO DE GUATEMALA Artículo 1.-Clasificaciones: Para efecto: de la determinación y aplicación de los valores por metro cuadrado de construcción, se establecen diferentes tipologías según su uso en: residencial,
INMUEBLES UBICADOS DENTRO DEL MUNICIPIO DE GUATEMALA Artículo 1.-Clasificaciones: Para efecto: de la determinación y aplicación de los valores por metro cuadrado de construcción, se establecen diferentes tipologías según su uso en: residencial, apartamentos, oficinas, comercio-¢ partamentos, comercio-oficinas, comercio-oficinasapartamentos, comercio, hoteles, gasolneras, hospitales, centros comerciales, industrial que se clasifican en: alta, media, baja y precaria de conformidad con las tablas. Artículo 2.-De la Tabla de Valores Fis ales por Metro’ Cuadrado de Construcción: Se crea una tabla basada en los usos, categorías la que contiene los valores fiscales a aplicar. Tabla de V alores Fiscales de Construcción Uso de la Construcción Rangos de Valores Fiscales Sm Ala Media Baja — Precaria Residencial (individual) 693 520 416 243 [Apartamentos (edificios, de +de 3 nivele 3) 1699 1,352 971 Oficina (edificios, de + de 3 niveles) 1,456 867 416 Comercio-apartamentos (edificios, de + le 3 niveles) 1699 1,352 971 Comercio-oficina (edificios de + de 3 nv les) 1,456 867 416 Comercio - oficina - apartamentos (edificios de + de 3 niveles) 1,699 1,352 971 [Comercio (individual) 693 520 416 Hoteles (edificios de + de 3 niveles) 1803 1458 1,040 520) Gasolineras 1,040 867 693 Hospitales ] 201 1895 1144 693
[Comercio (individual) 693 520 416 Hoteles (edificios de + de 3 niveles) 1803 1458 1,040 520) Gasolineras 1,040 867 693 Hospitales ] 201 1895 1144 693 [Centro comercial 1455 1,109 69 Industria 451 381 312 (Q/m?): Significa quetz ales por metro cuadrado de construcción. Palacio Municipal, Centro Cívico Zona 1 Teléfono 232-0121 al 8 ext. 204353 ¡Todos unidos por niestra cidad!stra uni concejo municipal CAPITULO H TABLA DE VALORES POR METRO C JADRADO DE TERRENO POR ZONAS HOMOGENEAS Artículo 3.- Definiciones: Debe entenc erse por:
a) ZONA HOMOGÉNEA FÍSICA.
El espacio dentro del perímetro urbano © n características si nilares en cuanto a: a1) Accidentes del terreno: Se debe entender por accidente del terreno los barrancos, laderas, los arroyos, y aquellas áreas que delimitan zonas homo ¡éneas de tipo físice por su propia naturaleza. a2) Red vial principal: Es la que configura por sí misn 3 un límite claro er este tipo de zonificación, las que en avenidas principales en capital :s como la Ciudac de Guatemala, define zonas físicas claramente diferenciables. a3) Servicios Definen también zonas homogé eas la disponibilid: 4 de servicios como el alcantarillado, electricidad, teléfono fijo, agua e »tubada, por lo que se pueden incluir en esta clasificación la calidad y el Estado de consen ación de la red vial ad) — Usos del suelo: La trama urbana, las distintas a tividades humanas tienden a agruparse en determinadas
ad) — Usos del suelo: La trama urbana, las distintas a tividades humanas tienden a agruparse en determinadas zonas de la ciudad, desde la di: ribución gremial en las vías medievales a la aparición de zonas netamente residenciales, ‘omerciales, de negocios o de recreación en las modernas urbes. Este aspecto se tendrá e | cuenta en las labores de zonificación. 25) Tipos de edificios: Las características constructivas de los edificios dependen, entre otros factores de la época en que se construyeron, result | frecuente que edificios de caracteristicas similares se construyeran en la misma époc: y en la misma zona en función del proceso de desarrollo urbano, por lo tanto éstas carac! risticas resultarán útiles para la delimitación de las zonas home a6) Otros: Otros aspectos a tener en cue rta para la zonificación urbana será en tamaño de los predios y la regularidad de la tra na urbana b) ZONAS HOMOGÉNEAS ECONOMICAS Son aquellas zonas, en las que el valor iel terreno es igual dentro de la misma zona homogénea. Para el establecimiento de éstas zonas 1omogéneas se tendrá los siguientes criterios: Palacio Municipal, Centro Cívico Zona 1 Teléfono 232-0121 al 8 ext. 204353 ¡Todos unidos por niestra cidad!stra { [ d ‘u ni concejo municipal b.1) La dinámica del mercado: Por las propias características « 3 mercado se producen situaciones, cuyas causas no resultan analizables, en las que dentro de una misma zona homogénea se encuentran variables físicas, que increment: n o restringen la oferta o la demanda. Por los propios mecanismos del mercado éstos ¢ ponen incrementos o decrementos en los valores de los
resultan analizables, en las que dentro de una misma zona homogénea se encuentran variables físicas, que increment: n o restringen la oferta o la demanda. Por los propios mecanismos del mercado éstos ¢ ponen incrementos o decrementos en los valores de los inmuebles. b.2) Localización respecto a los dif: rentes focos de atracción según los usos del suelo: Algunos edificios producen un ár a de influencia en función de su actividad, en dicha área de influencia se incrementa o de rementa el valor del terreno. Es el caso de los dedicados a actividades molestas, insalubre , nocivas o peligrosas que hacen disminuir el valor de los terrenos circundantes al contra! > en el que la existencia de determinadas actividades suponen un atractivo para la imp 2mentación de otras actividades conexas que inciden en el incremento del valor de los ter »nos circundantes, puede ser el caso de la proximidad de un hospital para la ubicación de | 's farmacias. b.3) — Accesibilidad a los transportes públicos: La cercanía o lejanía al sistema : íblico de transporte modifica sustancialmente el valor del terreno para la construcción esp. cialmente en los usos comerciales y en muchos casos en los usos residenciales. Artículo 4.- De la Tabla de Valores Fi: cales por Metro Cuadrado de Terreno: Se establece una tabla de valores por metro cuadr: Jo de terreno pare los inmuebles ubicados dentro del Municipio de Guatemala, la cual se desc. be a continuación Tabla de \ dores Fiscales de Terreno Uso / Aptitud predominante de C tegoría Rangos de /alores Fiscales la Zona e 343 1,213 174 347] Residencial es 473] 5 87 654 1,560]
Uso / Aptitud predominante de C tegoría Rangos de /alores Fiscales la Zona e 343 1,213 174 347] Residencial es 473] 5 87 654 1,560] " 348 $93] Comercial 174 347] 87 173 48 797] industrial 174 347| E7 173| L 521 1,005] Institucional [— 174 520 EZ 173] Rústica 25 $07] (Q/m?): Significa qu: tzales por metro cuadrado de terreno. Palacio Municipal, Centro Cívico Zona 1 Teléfono 232-0121 al 8 ext 204353 ¡Todos unidos por niestra cidad!stra JU n concejo municipal Artículo 5.- Los valores fiscales por metro cuadrado de construcción y por metro cuadrado de terreno descritas en el presente Acuerdo, serén la base para deteminar el valor que el Departamento de Catastro asignará a los inmuebles ubicados dentro de la jurisdicción del Municipio de Guatemala. Artículo 6.- Todos aquellos inmuebles que se encuentren registrados en el Departamento de Catastro de esta Municipalidad, con valores mayores a los que se obtengan de la aplicación de las presentes tablas, conservarán el valor mayor. Artículo 7.- Vigencia: El presente Acuerdo entrará en vigencia un día después de su publicación en el Diario Oficial. DADO EN EL SALON DE SESIONES “MIGUEL ANGEL ASTURIAS" DEL PÁLACIO MUNICIPAL, ALOS DOS DIAS DEL MES DE MARZO DEL AÑO DOS MIL UNO. — € D — < $ SECRETARIO ™ e MUNICIPAL + < - Gara ad Palacio Municipal, Centro Cívico Zona 1 Teléfono 232-0121 al 8 ext. 204-353
— € D — < $ SECRETARIO ™ e MUNICIPAL + < - Gara ad Palacio Municipal, Centro Cívico Zona 1 Teléfono 232-0121 al 8 ext. 204-353 ¡Todos unidos por niestra ciidad!