COM-013-2005
CONCEJO MUNICIPAL
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Detalles
- Título
- COM-013-2005
- Autor
- CONCEJO MUNICIPAL
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Administrativo
- Año
- 2005
ACUERDO COM-013-05
Concejo Municipal CONCEJO MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE GUATEMALA CONSIDERANDO: Que de conformidad con el articulo 262 de la Constitución Política de la República de Guatemala, las relaciones laborales de los funcionarios y empleados de las Municipalidades se normarán por la Ley de Servicio Municipal.
CONSIDERANDO: El Código Municipal establece que tas Municipalidades deberán establecer un procedimiento de oposición para el otorgamiento de puestos, así como fijar las normas que garanticen y regulen las prestaciones económicas y sociales de los servidores públicos municipales y el régimen disciplinario y de sanciones aplicables a los mismos CONSIDERANDO: Que de conformidad con lo establecido en el artículo 21 de la Ley de Servicio Civil Municipal contenida en el Decreto número 1-87 del Congreso de la República, se debe crear un sistema de clasificación de puestos, comprendidos en el servicio municipal, agrupándolos en clases, manteniendo para el efecto al día un manual de especificaciones de clases y puestos, que defina la naturaleza de las funciones, atribuciones, requisitos mínimos de preparación y experiencia, así como un Reglamento que fije las normas para la administración del sistema de clasificación de puestos, a efecto que la Municipalidad pueda tomarlo en cuenta para la contratación de personal.
POR TANTO: En el ejercicio de las facultades que le confieren los artículos 108, 253, 254 y 262 de la Constitución Política de la República de Guatemala y los artículos 9, 33, 35, 80, 81, 90, 92 y 93 del Decreto número 12-2002 del Congreso de la República, que contiene el Código Municipal
ACUERDA:
262 de la Constitución Política de la República de Guatemala y los artículos 9, 33, 35, 80, 81, 90, 92 y 93 del Decreto número 12-2002 del Congreso de la República, que contiene el Código Municipal ACUERDA: Artículo 1. Aprobar el Plan de Clasificación de Puestos para la Municipalidad de Guatemala, el que se integra por dos instrumentos técnicos fundamentales para su administración:Concejo Municipal
ACUERDO COM-013-05 Hoja No. 2
1. Manual de Especificaciones de Clases de Puestos;
2. Escala de Salarios.
Articulo 2. El Manual de Especificaciones de Clases de Puestos, es el instrumento técnico que contiene la descripción de las clases de puestos incluidos en el Plan de Clasificación, agrupadas en Series, atendiendo a las características que le son propias en cuanto a la naturaleza del trabajo y a los factores inherentes a sus funciones, deberes, responsabilidades y requisitos necesarios para su eficiente desempeño, se integra con las siguientes series de clases de puestos: . a) Serie Servicios Generales: Comprende clases de puestos que por su naturaleza tienen asignadas tareas rutinarias, repetitivas, manuales o mecánicas, que requieren fundamentalmente esfuerzo fisico; se realizan atendiendo instrucciones específicas y procedimientos previamente establecidos. Para su desempeño, los puestos que integran las respectivas clases requieren educación primaria como máximo. b; Serie Especializada: Incluye clases de puestos cuya función esencial es el manejo de un determinado tipo de instrumento o maquinaria, ya sea en forma manual, automática o electrónica; el desempeño de las tareas de estos puestos se basa en la destreza física. El ejercicio de los mismos tiene como premisa fundamental el tener un conocimiento
especial, el cual puede ser adquirido mediante estudios de nivel de educación media o adiestramiento específico en la práctica del trabajo. c) Serie Oficina: Comprende clases de puestos cuya función principal es brindar apoyo a todo nivel dentro de la organización, y sus tareas se enmarcan en la conformación y trámite de expedientes, elaboración y archivo de correspondencia, así como labores de mecanografía, levantado de textos, registros contables y las demás labores inherentes a este tipo de ocupación. El desempeño de estos puestos requiere haber realizado estudios de nivel medio con adiestramiento en el manejo de equipo de oficina y/o computación, técnicas de archivo y correspondencia y en algunos casos, el conocimiento de otro idioma.Concejo Municipal ACUERDO COM-013-05 Hoja No. 3 d) Serie Técnica: Comprende clases de puestos que tienen asignadas tareas en las cuales predomina el esfuerzo mental sobre el fisco, siendo esencial para su desempeño la aplicación de conocimientos técnicos en una rama específica. Los puestos asignados a esta serie requieren de una preparación teórico-práctica, adquirida en un centro de enseñanza de educación media y acreditada con extensión de un título o diploma de este nivel; puede también incluir estudios de los primeros dos años de una carrera universitaria. e Serie Educación, Cultura y Deportes: Está conformada por clases de puestos en que se incluyen actividades artisticas propiamente dichas y de docencia artística; las actividades asignadas requieren del dominio de una disciplina o género del arte como música, danza, pintura, escultura, teatro y otras. Para el desempeño de estos puestos se necesita de la aplicación de técnicas artísticas y poseer cualidades innatas que permitan su ejecución. Así también, incluye puestos de promoción
teatro y otras. Para el desempeño de estos puestos se necesita de la aplicación de técnicas artísticas y poseer cualidades innatas que permitan su ejecución. Así también, incluye puestos de promoción cultural y deportiva, para cuyo desempeño se requiere la puesta en práctica de conocimientos y experiencias en dichos campos. f) Serie Asistencia Administrativa: Comprende clases de puestos que tienen como función principal realizar tareas de asistencia o apoyo administrativo a un funcionario superior; su ejecución requiere la aplicación de principios específicos de una rama de la ciencia. Para el desempeño de estos puestos, se necesita acreditar los estudios universitarios que el puesto requiera, reconocidos por organización nacional o internacional y como máximo, pensum cerrado en la carrera universitaria que esté de acuerdo a la naturaleza de las funciones del puesto 9) Serie Asistencia Profesional: Comprende clases de puestos que tienen como función principal realizar tareas inherentes a un campo del conocimiento científico, cuya ejecución implica la aplicación de principios especificos de una rama de la ciencia, con el propósito de asistir a un profesional en el desarrollo de las actividades laborales que tienen asignadas. Para el desempeño de estos puestos, se necesita acreditar los estudios especializados que el puesto requiera, reconocidos por organización nacional o internacional, y como máximo, pensum cerrado en la carrera universitaria que esté de acuerdo a la naturaleza de las funciones del puestoConcejo Municipal ACUERDO COM-013-05 Hoja No. 4 h) Serie Profesional: Comprende clases de puestos que para desarrollar sus tareas, llevan a cabo investigaciones y aplican conocimientos científicos a la solución de problemas de orden tecnológico, económico y
ACUERDO COM-013-05 Hoja No. 4 h) Serie Profesional: Comprende clases de puestos que para desarrollar sus tareas, llevan a cabo investigaciones y aplican conocimientos científicos a la solución de problemas de orden tecnológico, económico y social; las funciones que desarrollan son de carácter analítico e interpretativo en virtud que deben conocer teoría, principios y leyes científicas. El ejercicio de estos puestos requiere formación académica de nivel superior universitario, y de acuerdo a las normas vigentes, se exige para su desempeño poseer titulo universitario en el grado académico de Licenciado, estar inscrito en el colegio profesional correspondiente y poseer la calidad de activo. i) Serie Asesoría Profesional: Comprende clases de puestos que tienen asignada funciones de asesoria y consultaria profesional especializada en determinadas ramas de la ciencia, a las autoridades superiores de la Municipalidad de Guatemala y sus empresas. Puede utilizarse también para asignar puestos cuya naturaleza esencial es dirigir, administrar y planificar las actividades técnicas y administrativas que se ejecutan en una dependencia o unidad administrativa. En los requisitos para su desempeño se contempla, para cada clase de puesto como mínimo ser profesional universitario graduado a nivel de licenciatura y una amplia experiencia en el ramo de interés, o poseer estudios de especialización. j) Serie Ejecutiva: Comprende clases de puestos cuya función principal es planificar organizar, coordinar y controlará las funciones de la dependencia a su cargo. Las personas en el desempeño de estos puestos son responsables de la ejecución de los planes, políticas y estrategias dictadas por las autoridades superiores de la Municipalidad de Guatemala. Los puestos asignados a esta serie son de libre
dependencia a su cargo. Las personas en el desempeño de estos puestos son responsables de la ejecución de los planes, políticas y estrategias dictadas por las autoridades superiores de la Municipalidad de Guatemala. Los puestos asignados a esta serie son de libre nombramiento y remoción. La asignación de niveles en esta serie obedece a la magnitud de la dependencia, la cobertura de la misma y su jerarquía dentro de la estructura organizacional. K] Serie Servicios de Protección y de Seguridad: Comprende clases de puesto cuya naturaleza es la de proteger contra los peligros a las personas y los bienes, hacer cumplir la ley y mantener el orden público. La Serie Servicios de Protección y de Seguridad se divide en dos grupos: Policia Municipal y Bomberos Municipales, para cuyo desempeño se exige cumplir con los requisitos establecidos en las respectivas disposiciones técnicas y legales que regulan elConcejo Municipal ACUERDO COM-013-05 Hoja No. 5 funcionamiento del Cuerpo de Bomberos Municipales y de la Policía Municipal, respectivamente. Artículo 3. El Manual de Especificaciones de Clases de Puestos es el instrumento técnico que comprende la recopilación de todas las especificaciones de clases existentes en el Plan de Clasificación de Puestos. La Dirección de Recursos Humanos deberá preparar el Manual de Especificaciones de Clases de Puestos. El Manual de Especificaciones de Clases de Puestos tiene como objetivo dar a conocer a los funcionarios responsables de las dependencias de la Municipalidad de Guatemala, los deberes y responsabilidades de los puestos así como los requisitos mínimos de educación formal y experiencia laboral para el desempeño de los mismos. Está conformado por la serie de clases de puestos definidas en el numeral anterior.
Municipalidad de Guatemala, los deberes y responsabilidades de los puestos así como los requisitos mínimos de educación formal y experiencia laboral para el desempeño de los mismos. Está conformado por la serie de clases de puestos definidas en el numeral anterior. El Manual de Especificaciones de Clases de Puestos es de observancia obligatoria en todas las dependencias de la Municipalidad de Guatemala y los títulos con que se denomina a cada clase de puestos deben ser utilizados en expedientes y documentos relacionados con nombramientos, administración de personal, presupuesto y cuentas. Artículo 4. Se aprueba la Escala de Salarios y otras asignaciones a que se refiere el artículo 1 del presente Acuerdo, para las clases de puestos comprendidas en el “Plan de Clasificación de Puestos para la Municipalidad de Guatemala”, así como los sueldos o jornales iniciales y otros bonos o asignaciones a los puestos, con cargo a los renglones presupuestarios de personal permanente (011), por contrato (022) y por planilla (031). La escala de salarios queda estructurada en la forma siguiente
ESCALA DE SALARIOS Y OTRAS ASIGNACIONES
CÓDIGO TITULO DE CLASES DE PUESTOS SALARIO O BONO BONIFICACIÓN
DE CLASE JORNAL MUNICIPAL PROFESIONAL
BASE PUESTO CLASE 0010 ALCALDE MUNICIPAL 22,969.00 250.00 375.00Concejo Municipal
250.00 250.00 250.00 250.00 250.00 250.00 250.00 250.00
BONIFICACIÓN
ACUERDO COM-013-05
Hoja No. 6 0020 SECRETARIO MUNICIPAL 22,100.00 250.00
250.00 250.00 250.00 250.00 250.00
BONIFICACIÓN
ACUERDO COM-013-05
Hoja No. 6 0020 SECRETARIO MUNICIPAL 22,100.00 250.00 0030 GERENTE MUNICIPAL 21,100.00 250.00 0040 REGISTRADOR CIVIL 19,100.00 250.00 0050 SECRETARIO DEL CONCEJO MUNICIPAL 19,100.00 250.00 0060 TESORERO MUNICIPAL 13,100.00 250.00 SERIE SERVICIOS GENERALES 1010 TRABAJADOR DE SERVICIOS | 1,300.00 250.00 1020 TRABAJADOR DE SERVICIOS II — 1,400.00 250.00 1030 TRABAJADOR DE SERVICIOS III 1,500.00 250.00 1040 TRABAJADOR DE SERVICIOS IV 1,600.00 250.00 1050 TRABAJADOR DE SERVICIOS V 1,700.00 250.00 1060 TRABAJADOR DE SERVICIOS VI 1,800.00 250.00 . 1110 TRABAJADOR DE SERVICIOS JEFE | 1,900.00 250.00
1120 TRABAJADOR DE SERVICIOS JEFE II 2,000.00 250.00
SERIE ESPECIALIZADA 2010 TRABAJADOR ESPECIALIZADO | 1,600.00 2020 TRABAJADOR ESPECIALIZADO II 1,700.00 2030 TRABAJADOR ESPECIALIZADO ill 1,800.00
2040 TRABAJADOR ESPECIALIZADO IV 1,900.00
2050 TRABAJADOR ESPECIALIZADO V 2,000.00
2060 TRABAJADOR ESPECIALIZADO VI 2,100.00
2110 TRABAJADOR ESPECIALIZADO
2040 TRABAJADOR ESPECIALIZADO IV 1,900.00
2050 TRABAJADOR ESPECIALIZADO V 2,000.00
2060 TRABAJADOR ESPECIALIZADO VI 2,100.00 2110 TRABAJADOR ESPECIALIZADO JEFE | 2,200.00 2120 TRABAJADOR ESPECIALIZADO JEFE tl 2,300.00
CÓDIGO TITULO DE CLASES DE PUESTOS SALARIO O BONO DE CLASE JORNAL BASE
PUESTO CLASE SERIE OFICINA 3010 OFICINISTA| 1,600.00 250.00 3020 OFICINISTA II 1,800.00 250.00 3030 OFICINISTA II! 2,000.00 250.00 3040 OFICINISTA IV 2,200.00 250.00 3050 OFICINISTA V 2,500.00 250.00 3110 SECRETARIO EJECUTIVO | 1,600.00 250.00 MUNICIPAL PROFESIONALConcejo Municipal
ACUERDO COM-013-05
Hoja No. 7 3120 SECRETARIO EJECUTIVO || 1,800.00 250.00 3130 SECRETARIO EJECUTIVO Ill 2,000.00 250.00 3140 SECRETARIO EJECUTIVO IV 2,200.00 250.00 SERIE TÉCNICA 4010 TÉCNICO! 1,750.00 250.00 4020 TÉCNICO Il 2,000.00 250.00 4030 TÉCNICO tl 2,250.00 250.00 4040 TÉCNICO IV 2,500.00 250.00 4050 TÉCNICO V 2,750.00 250.00
SERIE EDUCACIÓN, CULTURA Y
DEPORTES
5010 TÉCNICO EN CULTURA
4040 TÉCNICO IV 2,500.00 250.00 4050 TÉCNICO V 2,750.00 250.00
SERIE EDUCACIÓN, CULTURA Y
DEPORTES 5010 TÉCNICO EN CULTURA Y DEPORTES | 1,500.00 250.00
5020 TÉCNICO EN CULTURA
Y DEPORTES II 1,750.00 250.00
5030 TÉCNICO EN CULTURA
Y DEPORTES III 2,000.00 250.00
5040 TÉCNICO EN CULTURA
Y DEPORTES IV 2,500.00 250.00
5050 TÉCNICO EN CULTURA
Y DEPORTES V 3,000.00 250.00
5060 TÉCNICO EN CULTURA
Y DEPORTES VI 4,000.00 250.00
SERIE ASISTENCIA ADMINISTRATIVA 6010 ASISTENTE ADMINISTRATIVO | 2,500.00 250.00 6020 ASISTENTE ADMINISTRATIVO II 2,800.00 250.00 6030 ASISTENTE ADMINISTRATIVO lll 3,300.00 250.00 6040 ASISTENTE ADMINISTRATIVO IV 3,800.00 250.00 6050 ASISTENTE ADMINISTRATIVO V 4,300.00 250.00 6060 ASISTENTE ADMINISTRATIVO VI 5,000.00 250.00Concejo M unicipal
ACUERDO COM-013-05
Hoja No. 8
cóDIGO TITULO DE CLASES DE PUESTOS SALARIO O BONO
DE CLASE JORNAL BASE
PUESTO CLASE
9210 9220 9230 9240 9250 9270
SERIE ASISTENCIA PROFESIONAL ASISTENTE PROFESIONAL | 2,800.00
DE CLASE JORNAL BASE
PUESTO CLASE
9210 9220 9230 9240 9250 9270
SERIE ASISTENCIA PROFESIONAL ASISTENTE PROFESIONAL | 2,800.00
ASISTENTE PROFESIONAL II 3,300.00
ASISTENTE PROFESIONAL 111 3,800.00
ASISTENTE PROFESIONAL IV 4,300.00
ASISTENTE PROFESIONAL V 5,000.00
ASISTENTE PROFESIONAL VI 6,000.00
SERIE PROFESIONAL PROFESIONAL 1 5,000.00
PROFESIONAL II 6,000.00
PROFESIONAL III 7,000.00
PROFESIONAL tV 8,000.00
SERIE ASESORÍA PROSESIONAL ASESOR PROFESIONAL | 8,500.00
ASESOR PROFESIONAL 11 10,000.00
ASESOR PROFESIONAL il 12,000.00
ASESOR PROFESIONAL IV 13,000.00
ASESOR PROFESIONAL V 15,000.00
SERIE EJECUTIVA SUBDIRECTOR EJECUTIVO 16,100 00
DIRECTOR EJECUTIVO 19,100.00
SERIE SERVICIOS DE PROTECCIÓN Y DE SEGURIDAD
POLICIA MUNICIPAL POLICÍA MUNICIPAL | 1,500.00
POLICÍA MUNICIPAL 11 1,750.00
POLICIA MUNICIPAL [ll 2,000.00
POLICÍA MUNICIPAL IV. 2,250.00 POLICÍA MUNICIPAL VY 2,400.00
OFICIAL | DE POLICIA MUNICIPAL 3,250.00
250.00 250.00 250.00
POLICÍA MUNICIPAL IV. 2,250.00 POLICÍA MUNICIPAL VY 2,400.00
OFICIAL | DE POLICIA MUNICIPAL 3,250.00
250.00 250.00 250.00 250.00 250.00 250.00
BONIFICACION
250.00 250.00 250.00 250.00 250.00 250.00 250.00 250.00 250.00 250.00 250.00 250.00 250.00 250.00 250.00 250.00 250.00
MUNICIPAL PROFESIONAL
375.00 375.00 375.00 375.00 375.00 375.00 375.00 375.00
375.00 375.00 375.00E SUATEMALA ple
Concejo Municipal
ACUERDO COM-013-05
Hoja No. 9
9280 OFICIAL Il DE POLICIA MUNICIPAL 2.750.00 250.00
CÓDIGO TITULO DE CLASES DE PUESTOS SALARIO O BONO DE CLASE JORNAL MUNICIPAL
BASE PUESTO CLASE 9290 OFICIAL 111 DE POLICIA MUNICIPAL 2.550.00 250.00 9310 JEFE DE SEGURIDADI 510000 250.00 9320 JEFE DE SEGURIDAD 1 8,00000 25000 9410 SUBDIRECTOR DE LA POLICIA MUNICIPAL 8,600.00 250.00
9510 DIRECTOR EJECUTIVO DE LA POLICIA MUNICIPAL 13,600.00 250.00
BOMBEROS MUNICIPALES 9610 BOMBERO | 2,250.00 250.00
9510 DIRECTOR EJECUTIVO DE LA POLICIA MUNICIPAL 13,600.00 250.00
BOMBEROS MUNICIPALES 9610 BOMBERO | 2,250.00 250.00 9620 BOMBERO II 2,150.00 250.00 9630 BOMBERO Il 2,050.00 250.00 9710 SUB-OFICIAL DE BOMBEROS | 2,550.00 250.00 9720 SUB-OFICIAL DE BOMBEROS II 2,450.00 250.00 9730 SUB-OFICIAL DE BOMBEROS II 2,350.00 250.00 9810 OFICIAL DE BOMBEROS | 2,850.00 250.00 9820 OFICIAL DE BOMBEROS II 2,750.00 250.00 9830 OFICIAL DE BOMBEROS 111 2,650.00 250.00 9910 OFICIAL MAYOR DE BOMBEROS | 3,150.00 250 00 9920 OFICIAL MAYOR DE BOMBEROS II 3.050,00 250 00 9930 OFICIAL MAYOR DE BOMBEROS lil 2.950.00 250.00
DIRECTOR EJECUTIVO BOMBEROS MUNICIPALES 7100.00 250 00
BONIFICACION PROFESIONAL.
375.00 375.00 375.00 375.00 37500Concejo Municipal
ACUERDO COM-013-05
Hoja No. 10 Artículo 5. Los montos mensuales establecidos en la Escala de Salarios a que se refiere el artículo anterior, corresponden a una jornada completa de trabajo. En consecuencia, cuando un funcionario o empleado municipal desempeñe un puesto de tiempo parcial (por horas), únicamente tiene derecho
que se refiere el artículo anterior, corresponden a una jornada completa de trabajo. En consecuencia, cuando un funcionario o empleado municipal desempeñe un puesto de tiempo parcial (por horas), únicamente tiene derecho a la parte proporcional que corresponda, conforme al horario de trabajo legalmente establecido. Artículo 6. El Bono Municipal no forma parte del salario, ni está sujeto a descuentos, deducciones, gravámenes o embargos; tampoco se tomará en cuenta para el pago de viáticos, tiempo extraordinario, aguinaldo, indemnización, bonificación anual (Bono Catorce), ventajas económicas y demás prestaciones laborales. Tampoco se otorgará dicho Bono al trabajador que se encuentre suspendido disciplinariamente o esté gozando de licencias y/o permisos sin goce de salario. En caso de suspensión por enfermedad y/o accidente debidamente declarada por el Instituto Guatemalteco de Seguridad Social, así como en periodos de pre y post natal y otro beneficios legalmente establecidos, los trabajadores tienen derecho a que se les haga efectivo en su totalidad el Bono Municipal. Articulo7. El monto de la Bonificación Profesional será cancelado únicamente a los empleados municipales con título universitario y con la acreditación de su calidad de colegiados activos La Bonificación Profesional no se tomará en cuenta para cómputo de viáticos, pago de tiempo extraordinario laborado, licencias o permisos de cualquier naturaleza incluidos los que se concedan de conformidad con el Régimen de Seguridad Social. y otras prestaciones laborales de cualquier indole Artículo 8. En la aplicación del presente Plan de Clasificación de Puestos, se incluye la escala de salarios y otras asignaciones, En el caso de que el salario actual de un empleado municipal, sea mayor que el salario establecido en el
Seguridad Social. y otras prestaciones laborales de cualquier indole Artículo 8. En la aplicación del presente Plan de Clasificación de Puestos, se incluye la escala de salarios y otras asignaciones, En el caso de que el salario actual de un empleado municipal, sea mayor que el salario establecido en el presente Plan, la diferencia será cubierta con el renglón presupuestario 012, 024 y 033 según el caso Este Plan de Clasificación de Puestos. no perjudicará las prestaciones laborales ni los derechos adquiridos por los empleados municipales.+ JATEMALA _ Concejo Municipal
ACUERDO COM-013-05
Hoja No. 11 Artículo 9. Para el caso de los empleados que ocupen puestos asignados en el renglón presupuestario 031 (personal por planilla), las asignaciones a que se refiere la Escala de Salarios corresponden a un mes completo de trabajo. Para el cálculo de la fracción de jornal diario del salario o bono municipal, según el caso, se dividirá el monto correspondiente entre 240, que corresponde al coeficiente de cómputo de jornal por hora Por naturaleza de las funciones asignadas a los puestos de personal por planilla, no se autorizará la creación de puestos en dicho renglón, que correspondan a las Series Profesional y de Asesoría Profesional Artículo 10. Los casos no previstos en el presente Acuerdo, serán resueltos por medio de la Dirección de Recursos Humanos de la” Municipalidad de Guatemala, quien emitirá el dictamen correspondiente con el visto bueno de la Gerencia Municipal Artículo 11. La Dirección Financiera de la Municipalidad de Guatemala, deberá efectuar los ajustes presupuestarios para dar cumplimiento a lo establecido en el presente acuerdo e implementar el pago correspondiente a salarios y/o bonificaciones a empleados municipales, a traves de
Artículo 11. La Dirección Financiera de la Municipalidad de Guatemala, deberá efectuar los ajustes presupuestarios para dar cumplimiento a lo establecido en el presente acuerdo e implementar el pago correspondiente a salarios y/o bonificaciones a empleados municipales, a traves de acreditamiento bancario en uno de los bancos del sistema, para ser más eficiente el mismo. Artículo 12. Se derogan todas aquellas disposiciones que se opongan a lo dispuesto en el presente acuerdo. Artículo 13. El presente Acuerdo empezará a regir a partir del uno de abril del año dos mil cinco