COM-013-2008
CONCEJO MUNICIPAL
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Detalles
- Título
- COM-013-2008
- Autor
- CONCEJO MUNICIPAL
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Administrativo
- Año
- 2008
Concejo Mun DE GUATEMALA ¡ple | pal EL CONCEJO MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE GUATEMALA CONSIDERANDO: Que de conformidad con la Constitución Política de la República y el Código Municipal, Decreto 12-2002 del Congreso de la República, se establece que el Gobierno Municipal corresponde al Concejo Municipal, el cual está facultado para emitir sus propios acuerdos, reglamentos y ordenanzas.
CONSIDERANDO: Que las tasas del Registro Civil se encuentran contempladas en el Acuerdo emitido por el Concejo Municipal con fecha 17 de marzo de 1986 y modificado por los Acuerdos de fechas 10 de Junio de 1992 y 13 de Diciembre del año 2000, en los cuales se decidió exonerar la tasa municipal correspondiente a la expedición de la primera cédula de vecindad.
CONSIDERANDO: Que la Municipalidad de Guatemala, a través de la Dirección de Desarrollo Social ha implementado el “Programa Población en Riesgo", que tiene como objetivo fundamental la reinserción social de niños, jóvenes y adultos a través de proyectos específicos, siendo uno de estos la identificación legal correspondiente a cada uno de las personas inscritas en dicho programa, y que dada su situación social y económica no cuentan con los mismos.
POR TANTO: Con fundamento en el artículo 253 de la Constitución Política de la República de Guatemala; 33 y 35 incisos a), e), i}, m) del Código Municipal, Decreto número 12-2002 del Congreso de la
República.
ACUERDA: Artículo 1. Se exonera del pago de la tasa municipal por reposición de cédula de vecindad, certificación de la partida de nacimiento, así como del pago del arbitrio del boleto de ornato
República.
ACUERDA: Artículo 1. Se exonera del pago de la tasa municipal por reposición de cédula de vecindad, certificación de la partida de nacimiento, así como del pago del arbitrio del boleto de ornato a las siguientes personas que se encuentran dentro del "Programa Población en Riesgo" de la
Municipalidad de Guatemala:
1. Leonel Antonio Sandoval García
2. Gloria Marina Coy Coy
3. Flor de María Cueva López Artículo 2. La Dirección de Desarrollo Social, se responsabilizará de la extensión de los documentos que se soliciten a favor de las personas indigentes que se encuentren dentro del “Programa Población en Riesgo” de la Municipalidad de Guatemala.
Artículo 3. El presente Acuerdo empezará a regir inmediatamente. ACUERDO COM-013-08Concejo e Hoja No. 2 entes Men: Municipal MALID, °
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