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COM-015-2001

CONCEJO MUNICIPAL

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Detalles

Título
COM-015-2001
Autor
CONCEJO MUNICIPAL
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Administrativo
Año
2001

s Puliicact, Diez “Acuerdo No. . . 40 dal /200 "4 Reformas Reglamento de diseño de entra21 dre [2001 das, salidas y disposición de estacionamientos privados en el mmicipio deGuatemala. ne V- /- /- Juzgado Municipal de Tránsito . HP . Enetro v Y” 4” concejo municipal Contraloría S "o Ny E Y, Acuerdo No. COM-015 NO EL CONCEJO MUNICIPAL DE GUATEMALA CONSIDERANDO: Que constitucionalmente, los municipios de la República de Guatemala son instituciones autónomas. Entre otras funciones les corresponde atender los servicios públicos locales, el ordenamiento territorial de su jurisdicción y el cumplimiento de sus fines propios, dentro de los cuales debe crear seguridad para los peatones, a través de las ordenanzas y reglamentos respectivos; CONSIDERANDO: Que con fecha diecisiete de octubre del año dos mil, este Concejo Municipal emitió el Reglamento de diseño de entradas, salidas y disposición de estacionamientos privados en el Municipio de Guatemala, el cual es necesario reformar en algunos de sus articulos para ejercer la fiscaizacion y regulación del ordenamiento territorial; CONSIDERANDO: La ejecución del desarrollo integra! del municipio y lo que al respecto establece el Reglamento de Tránsito relacionado a áreas verdes y peatonales, para que se cumpla el uso adecuado de ellas; POR TANTO: De conformidad con lo establecido en los artículos 253, inciso c) de la Constitución Política de la República de Guatemala; 3, 6, 7, inciso c), 39, 40, incisos b., d., 0., y

POR TANTO: De conformidad con lo establecido en los artículos 253, inciso c) de la Constitución Política de la República de Guatemala; 3, 6, 7, inciso c), 39, 40, incisos b., d., 0., y r, 82 inciso h., 112, 113, 116, 117, 120 del Decreto No. 58-88 del Congreso de la República (Código Municipal); 2, 12, 23 inciso a), 24, 26 del Decreto No. 132-96 del Congreso de la República (ley de Tránsito); y 62 inciso a), 152 inciso d), 153 inciso b) del Acuerdo Gubernativo No. 273-98 (Reglamento de Tránsito); Palacio Municipal, Centro Cívico Zona 1 Teléfono 2320121 al 8 ext 204353 ¡Todos unidos por nuestra ciudad! qstra Juni concejo municipal ACUERDA: Emitir Las siguientes reformas al Reglamento de diseño de entradas, salidas y disposición de estacionamientos privados en el municipio de Guatemala: ARTICULO 1 Se modifica el inciso d) y se adiciona el inciso e) al artículo 8, los cuales quedan así: “d) En lotes con frentes entre veinte metros (20.00 m) y veintinueve punto noventa y nueve metros (29.99 m), doce metros (12.00 m); e) En lotes con frentes mayores de treinta metros (30.00 m), dieciocho metros (18.00 m).” Artículo 2°.: Se modifica el artículo 22, el cual queda así: “Artículo 22. Concesión de aceras. Independientemente de lo estipulado en los anteriores artículos del presente capítulo, la Municipalidad. podrá otorgar la

Artículo 2°.: Se modifica el artículo 22, el cual queda así: “Artículo 22. Concesión de aceras. Independientemente de lo estipulado en los anteriores artículos del presente capítulo, la Municipalidad. podrá otorgar la concesión de las aceras que deberán ser de un ancho mayor a siete punto cincuenta metros (7.50 m). Para el efecto serán tomados en cuenta los aspectos urbanísticos de circulación vial y de calidad ambiental del lugar en cuestión. Si se concesionara la acera, ésta debe tener por lo menos dos punto cincuenta metros (2.50 m.) de ancho libre para circulación peatonal. La Municipalidad de Guatemala cancelará la concesión cuando el espacio concesionado se requiera para proyectos urbanos, viales o ambientales.” ARTICULO 3°.: Se modifica el artículo 24, el cual queda así: “Artículo 24. Multas por incumplimiento. Por el incumplimiento del presente reglamento, se aplicará a través del Juzgado Municipal de Tránsito, una multa entre un mínimo de mil Quetzales (Q. 1,000.00) hasta el máximo de diez mil Quetzales (Q.10,000.00). De continuar con el incumplimiento se procederá al cierre del espacio físico de entrada o salida vehicular.” ARTICULO 4%.: Se modifica y amplía el artículo 2. De las Disposiciones Transitorias y Finales, el cual queda asf: Palacio Municipal, Centro Cívico Zona 1 Teléfono 2320121 al 8 ext, 204-353 ¡Todos unidos por nuestra ciudad!stra e Ju n concejo municipal “Artículo 2. De los usuarios de las aceras como parqueos y/o estacionamientos en aceras. Las personas que actualmente utilizan las aceras

¡Todos unidos por nuestra ciudad!stra e Ju n concejo municipal “Artículo 2. De los usuarios de las aceras como parqueos y/o estacionamientos en aceras. Las personas que actualmente utilizan las aceras para el estacionamiento de vehículos de sus visitantes, empleados, clientes u otras personas, podrán continuar usándolas temporalmente, previa aprobación de EMETRA y siempre que se conserve un mínimo de 2.50 metros de ancho de acera para el paso peatonal. Posteriormente la Municipalidad de Guatemala emitirá disposición legal prohibiendo totalmente el uso de las aceras como estacionamiento vehicular. A partir de la vigencia del presente artículo las personas a quienes afecte deberán previa aprobación de EMETRA, iniciar los trabajos de remodelación de las aceras para ubicar el estacionamiento. El diseño y la ubicación del nuevo estacionamiento deberá cumplir con lo establecido en el presente reglamento. La autoridad competente preparará un listado de distintas opciones de diseño y ubicación de estacionamientos, con el propósito de facilitar a los interesados la elección de la alternativa de remodelación. Adicionalmente, los afectados podrán solicitar a la autoridad competente, los beneficios de redefinición de la línea de bordillo y concesión de aceras, de acuerdo alos artículos 20 y 22 del reglamento correspondiente. Artículo 5°.: Se ratifica el todo su demás contenido el Reglamento de diseño de entradas, salidas y disposición de estacionamientos privados en el municipio de Guatemala, de fecha diecisiete de octubre del año dos mil. ARTICULO 6°.: El presente acuerdo entrará en yige el Diario Oficial. ia el día de su publicación en

DADO EN EL SALON DE SESIONES /PHGUEL ANGEL ASTURIAS” DEL

MARZO DEL AÑO

ARTICULO 6°.: El presente acuerdo entrará en yige el Diario Oficial. ia el día de su publicación en DADO EN EL SALON DE SESIONES /PHGUEL ANGEL ASTURIAS” DEL MARZO DEL AÑO Palacio Municipal , Centro Cív Teléfono 2320121 al 8 ext. 204353 ¡Todos unidos por nuestra ciudad!

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